Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Resoluciones relevantes electorales y municipales

4. PROCESO ELECTORAL

4.1 Etapa preparatoria:
   4.1.a) Padrón
   4.1.b) Convocatoria a elecciones
   4.1.c) Inscripción de Candidaturas
   4.1.d) Campaña electoral
   4.1.e) Gestiones ante la Administración Electoral
4.2 Etapa constitutiva de eficacia:
   4.2.a) Jornada electoral
   4.2.b) Escrutinio
   4.2.c) Segunda vuelta electoral
4.3 Etapa declarativa:
   4.3.a) Condiciones de validez del voto
   4.3.b) Declaratoria de elección

4. PROCESO ELECTORAL

  • Concepto. Fases del proceso electoral. Naturaleza especial del proceso electoral. Aplicación supletoria de la Ley General de la Administración Pública. 0129-E-2006 (4)

4.1 Etapa preparatoria:

   4.1.a) Padrón

  • Cierre del padrón electoral. Principio de seguridad jurídica se concreta al fijar lista de electores que podrán emitir voto para designar integrantes de órgano partidario. 6148-E1-2012 (3)
  • Diferencia entre residencia, domicilio y domicilio electoral. 0703-E-2000 (4)
  • Interpretación de artículo 1 de Ley 6068 del 11 de julio de 1977. Invariabilidad de la División Territorial Administrativa. Aplicabilidad de regla en elecciones municipales. 1883-E-2001 (1)
  • Padrón único para la primera y segunda votación. 0304-E-2002 (1)
  • Papel de la División Territorial Administrativa en procesos eleccionarios. Concepto de División Territorial Electoral. 1883-E-2001 (2)
  • Segunda vuelta electoral. Lista de electores se mantiene. 0135-E-2002 (2)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

   4.1.b) Convocatoria a elecciones

  • Convocatoria a elecciones nacionales incluye segunda vuelta electoral. 0135-E-2002 (4)
  • Necesitad de interpretar los artículos 97 y 98 del Código Electoral por modificación implícita en reforma de 2007 al Código Municipal. Convocatoria conjunta a elecciones municipales. 405-E8-2008 (21)
  • Propaganda de los partidos políticos es controlada, como regla de principio, a partir de convocatoria a elecciones. TSE no controla contenido de mensajes políticos, por inconstitucionalidad de censura previa. 3426-E7-2013 (1)

   4.1.c) Inscripción de Candidaturas

  • Ausencia de inscripciones de candidaturas para alcalde en un cantón. Convocatoria a elección posterior. Presidente del Concejo Municipal asume temporalmente cargo de alcalde. Artículo 19 del Código Municipal. 2061-E-2002 (1)
  • Inclusión del “conocido como” (“c.c.”) en la inscripción de una papeleta. Seudónimo. Artículo 33 de la Constitución Política. Identificación de candidatos. Artículo 58 del Código Civil. Uso de apellido del esposo por parte de candidatas. 0578-E-2000 (1)
  • Inscripción de candidaturas. Impugnación de vicios. 0129-E-2006 (3)
  • Inscripción de candidaturas para Concejos Municipales de Distrito. 1529-E-2002 (1)
  • Inscripción de candidatura para puesto de diputado no requiere requisito de inscripción electoral ni residencia efectiva en la provincia en que se pretende participar. 4558-E8-2012 (2)
  • Nóminas de candidatos a elección popular deben presentarse completas. Artículo 74 del Código Electoral. 1543-E-2001 (5)
  • Plazos para ajustar nóminas de candidatos.1543-E-2001 (6)
  • Preclusión de las etapas en los procesos electorales. Seguridad jurídica. Etapa de inscripción de candidaturas.1978-E-2004 (4)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

   4.1.d) Campaña electoral

  • Actividades de carácter político-electoral pueden realizarse en viviendas de precandidatos de forma esporádica. Requisito de presentar solicitud ante autoridad de policía si actividades adquieren carácter habitual. 8612-E8-2012 (10)
  • Apertura de locales partidarios requieren autorización administrativa. Delegaciones cantonales de policía competentes para otorgar autorización. 0700-E-2000 (1)
  • Artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Bien jurídico tutelado.Gestión de gobierno. Tratados de libre comercio y programas gubernamentales. Repercusiones en procesos electorales. Promoción del TLC. 3540-E-2006 (2)
  • Artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Información de gestiones propias del giro del Gobierno en proceso electoral municipal. 2694-E-2006 (4)
  • Debates político-electorales. Regulación en el nuevo Código Electoral. Acceso igualitario a todos los partidos políticos, con candidaturas inscritas. Omisión de referencia normativa sobre debates político-electorales organizados por medios de comunicación privados. 4099-E8-2009 (3)
  • Debates político-electorales en período electoral. Replanteamiento de criterio jurisprudencial. Reglas aplicables. Deber de brindar acceso a todos los partidos políticos participantes y candidatos presidenciales inscritos en debates organizados por entes públicos. Ente organizador determina formato que garantice cumplimiento de obligación y trato equitativo. Sujetos privados no están obligados a invitar a todos los candidatos presidenciales inscritos. Libertad de prensa y de empresa. Exclusión de uno o varios candidatos no debe ser arbitraria o discriminatoria. 4099-E8-2009 (1)
  • Divisa partidaria como elemento propio de propaganda. 0567-E1-2013 (1)
  • Elementos calificativos de propaganda electoral. Propaganda permitida a precandidatos presidenciales oficializados. Uso de Internet en propaganda político-electoral. Actividades sujetas a control del TSE. Artículo 74 del Código Electoral. 0978-E8-2009 (3)
  • Foros y debates políticos. Participación de candidatos inscritos. Igualdad de derechos de promoción de propuesta política. 2759-E-2001 (7)
  • Libertad de reunión. Posibilidad de utilizar viviendas de personas físicas para realizar actividades político-partidistas ocasionalmente en tanto se respete orden público. Deber de inscribir el inmueble como local partidario en supuesto que actividades sean habituales. 8612-E8-2012 (17)
  • Libertad propagandística o de publicidad electoral. Artículos 74, 79 y 85 inciso g) del Código Electoral. 1957-E-2005 (2)
  • Limitación espacial y temporal para difusión propagandística. Artículo 85 inciso f) del Código Electoral. Gasto justificable. 2749-E-2005 (2)
  • Papeletas muestra repartidas por TSE a instituciones constituyen material didáctico para información y comunicación y no responden a propaganda político-electoral. 5624-E6-2010 (6)
  • Participación de extranjeros en actividades de los partidos políticos. Participación de músico o cantante extranjero como artista en actividad partidaria. Artículo 19 de la Constitución Política. 0183-E-2001 (1)
  • Participación política de servidores del Estado. Artículo 88 del Código Electoral. Prohibiciones. 1119-E-2007 (4)
  • Partido político puede celebrar actividades no proselitistas y esporádicas en inmueble utilizado casa de habitación registrado a nombre de persona jurídica. 8612-E8-2012 (19)
  • Prohibición a empresas del Estado y administración descentralizada de pautar publicidad. Declaración interpretativa del artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Excepciones a la prohibición. 3005-E8-2009 (2)
  • Prohibiciones para campaña electoral. Alcances de periodos de tregua electoral. 1036-E1-2011 (1)
  • Propaganda política de tendencia no inscrita formalmente es actividad privada protegida por principio pro libertatis.8553-E1-2012 (4)
  • Tribunal puede ejercer, de manera legítima, control sobre mensajes políticos solo en situaciones extraordinarias previstas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 3426-E7-2013 (2)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

4.1.e) Gestiones ante la Administración Electoral

  • Autorización previa como requisito de apertura y funcionamiento de locales de partidos políticos. Deber de partidos de observar artículo 3 del Reglamento sobre la autorización y funcionamiento de los locales para uso de los partidos políticos. 8612-E8-2012 (3)
  • Imposibilidad de que tendencia presente directamente solicitudes de autorización de funcionamiento de locales ante autoridad de policía. Potestad para que partido político solicite autorización de apertura de local a instancia de tendencia. Corresponde a cada agrupación política distribuir internamente locales que se autoricen. Función de interés público de partidos políticos. 8612-E8-2012 (8)
  • Libertad de reunión. Posibilidad de utilizar viviendas de personas físicas para realizar actividades político-partidistas ocasionalmente en tanto se respete orden público. Deber de inscribir el inmueble como local partidario en supuesto que actividades sean habituales. 8612-E8-2012 (18)
  • Potestad de partido político de solicitar apertura de local nuevo en cualquier momento, con única restricción de que sólo partidos con candidaturas inscritas pueden solicitar autorización durante dos meses antes de elección. 8612-E8-2012 (5)

4.2 Etapa constitutiva de eficacia:

   4.2.a) Jornada electoral

  • Interpretación e integración del artículo 69 inciso j) del Código de Trabajo.Facilidades que deben dar patronos a ciudadanos integrantes de Juntas Receptoras de Votos. 1404-E-2002 (3)

   4.2.b) Escrutinio

  • Conteo de votos sobrantes. Voluntad de electores. Revisión de aparentes inconsistencias. 2336-E-2002 (2)
  • Cuestionamientos al escrutinio deben basarse en hechos concretos y verificables. 0394-E-2002 (4)
  • Diferencia entre escrutinio y conteo. Interpretación lógica del artículo 197 del Código Electoral. 5721-E8-2009 (1)
  • Diferencia entre escrutinio preliminar y definitivo. Comparación normativa legal electoral derogada y vigente. Artículos 40 inciso e), 197 del Código Electoral y 48 inciso b), 130 del Código derogado. 5721-E8-2009 (2)
  • Escrutinio como prerrogativa del TSE. Artículo 95 de la Constitución Política. 5721-E8-2009 (4)
  • Escrutinio definitivo a cargo del TSE. Cómputo defintivo de las juntas receptoras de votos por el TSE. Supuestos de excepción para conteo total o parcial de los votos por el TSE. Interpretación oficiosa del artículo 197 del Código Electoral. 5721-E8-2009 (7)
  • Escrutinio del TSE. Artículo 129 bis y 130 del Código Electoral. Derecho de apelación contra decisión de Junta Receptora de Votos. 2336-E-2002 (1)
  • Finalidad de obligación de firmar el padrón registro. Ausencia de firma o estampa diferente no es motivo de nulidad del voto. Cotejo de firmas. Artículo 143 del Código Electoral. Demanda de nulidad. Finalidad de la fiscalización partidaria. 2296-E-2002 (1)
  • Fiscalización partidaria. Responsabilidad de los partidos políticos. 2296-E-2002 (3)
  • Función de fiscales durante escrutinio. Artículo 91 del Código Electoral. 0394-E-2002 (3)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

   4.2.c) Segunda vuelta electoral

  • Miembro de juntas electorales. Naturaleza del cargo. Artículos 39 y 41 del Código Electoral. Vigencia del nombramiento hasta conclusión de segunda vuelta electoral. 0289-E-2002 (3)
  • Padrón único para la primera y segunda votación. 0304-E-2002 (2)
  • Segunda votación. Artículo 138 de la Constitución Política. Integración de Juntas Electorales. Artículo 55 del Código Electoral. Fiscales de partidos políticos. Contribución estatal. Permisos para reuniones públicas. Artículos 79 a 84 del Código Electoral y Decreto n°. 10-2001 del TSE. Padrón. Plazas públicas. Difusión o publicación de sondeos de opinión o encuestas. 0135-E-2002 (3)

4.3 Etapa declarativa:

   4.3.a) Condiciones de validez del voto

  • Interpretación del artículo 138 de la Constitución. Votos nulos y en blanco no contabilizan para calcular 40% para elección presidencial ni para establecer el cociente o subcociente. Artículos 126, 127, 134, 135 y 136 del Código Electoral. 2587-E-2001 (1)
  • Reglas aplicables. Decisiva voluntad del elector. 3583-E-2006 (2)

   4.3.b) Declaratoria de elección

  • Oportunidad para solicitar suspensión de la declaratoria. Artículo 148 del Código Electoral. Irrecurribilidad de la declaratoria oficial. Artículo 103 de la Constitución Política. 0276-E-2007 (1)