Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Resoluciones relevantes electorales y municipales

1. PRINCIPIOS ELECTORALES

1.1 Principio pro participación
1.2 Principio democrático
1.3 Principio soberanía popular
1.4 Principio favor libertatis
1.5 Principio de no falseamiento de la voluntad popular
1.6 Principio de conservación del acto electoral
1.7 Principio de seguridad jurídica
1.8 Principio de preclusión y calendarización
1.9 Principio de equidad en procesos electorales
1.10 Principio de economía
1.11 Principio de interdicción de la arbitrariedad
1.12 Principio de unidad o simultaneidad del acto comicial

1. PRINCIPIOS ELECTORALES

1.1 Principio pro participación

  • Celebración de asambleas cantonales con “horario abierto” soslaya principios fundamentales, dificulta fiscalización por parte del TSE y lesiona principio democrático. 6262-E8-2012 (9)
  • Criterio de interpretación. Concepto de participación popular. Limitación restrictiva en admisibilidad. 790-E-2007 (2)
  • Derechos políticos se alcanzan con la mayoridad. Inconstitucionalidad de inscripción de candidaturas de menores de edad para cargos de dirección interna partidaria. Interpretación normativa acorde con principio proparticipación. 3937-E2-2009 (3)
  • Ejercicio del voto mediante poder contraviene deliberación, participación y pluralismo de asambleas de partidos políticos. Deber de partidos políticos de responder a valores democráticos y participativos. 0919-1999 (10)
  • Exclusiones de papeletas por no pagos totales de inscripción solo puede producirse de previo a celebración de comicios internos. Luego de efectuados los comicios, las candidaturas inscritas no pueden ser legítimamente excluidas, porque atenta contra derechos políticos fundamentales de participación de aspirantes y de electores en contienda interna partidaria. 2812-E1-2013 (1)
  • Inconstitucionalidad de requisito de celebrar asambleas distritales facilita creación de nuevos partidos políticos. Potestad de agrupaciones políticas de incluir asambleas distritales en estatutos. 4651-E3-2011 (2)
  • Omisión de Concejo Municipal de promulgar reglamento para celebración de consultas populares limita derecho fundamental de participación política. 1903-E1-2012 (1)
  • Participación de juventud. Partidos políticos establecen modelo de representación y participación por principio de autorregulación partidaria. 3937-E2-2009 (1)
  • Precepto constitucional que indica que referéndum no debe realizarse en seis meses posteriores o anteriores a elecciones presidenciales incluye también celebración. Interpretación en contrario afecta derecho de participación política de ciudadano y conspira con organización eficiente de procesos electorales. 3006-E9-2013 (1)
  • Satisfacción de la expresión de voluntad popular como fin y propósito de la convocatoria a referéndum. 977-E-2007 (5)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

1.2 Principio democrático

  • Aplicación de las normas y resoluciones judiciales no debe conducir a resultados manifiestamente injustos o absurdos. Supremacía del principio democrático y el respeto de la voluntad popular. Decisión por mayorías y sistema proporcional. 2236-E1-2009 (1)
  • Contribución estatal. Principio democrático. Párrafo segundo del artículo 96 constitucional. 0591-E-2002 (3)
  • Deber del Tribunal de Elecciones Internas de confeccionar y enviar material electoral suficiente. Papeletas no oficiales utilizadas para emitir el voto. Nulidad de papeletas. Principios democráticos. Garantía del sufragio activo. 1696-E-2001(5)
  • Derecho a la libre asociación. Principio de libre agrupación en partidos políticos. Principio de democracia. Artículo 65 del Código Electoral. Obligación de los partidos políticos de estimular el derecho de libertad de agrupación. 1440-E-2000 (10)
  • Ejercicio del voto mediante poder contraviene deliberación, participación y pluralismo de asambleas de partidos políticos. Deber de partidos políticos de responder a valores democráticos y participativos. 0919-1999 (11)
  • Fragmentar elecciones municipales no fortalece a gobiernos locales. Perenne transitoriedad de gobiernos locales es contradictoria con el interés general en fortalecer y acercar gobiernos locales a ciudadanía y al principio democrático. 405-E8-2008 (12)
  • Identificación de precandidato con seudónimo en papeletas. Derecho al sufragio pasivo. Papeletas. Principios democráticos. Vicio de nulidad del proceso electoral. 2097-E-2001 (2)
  • Principio democrático como límite al derecho de autorregulación partidaria. Normativa interna de partidos políticos no debe contradecir reglas democráticas, como igualdad del sufragio reflejado en máxima one person, one vote. Artículo 98 del Código Electoral. 7450-E8-2012 (10)
  • Reglas de participación de juventud deben ser incorporadas expresamente en estatuto o reglamento de partido político. Mecanismo debe estar definido previo a elecciones para garantizar seguridad jurídica y precepto democrático. “Reglas claras y resultados inciertos”. 2769-E1-2013 (1) Resguardo de los valores democráticos y del instituto electoral de las convenciones nacionales. Sanción ante su quebranto. 907-1997 (5)

1.3 Principio soberanía popular

  • Extensión de mandato de funcionarios municipales electos es contraria al principio de soberanía popular. 0405-E8-2008 (6)Poder soberano del pueblo. Derecho a la participación popular. Sufragio en procesos electivos y consultivos. 1119-E-2007 (7)

1.4 Principio favor libertatis

  • Aplicación en propaganda política de tendencias o movimientos. 556-1-E-2001 (1)
  • Ciudadanos electos como diputados no actúan en representación de partido político que postuló candidatura sino ejercen mandato nacional. Garantías constitucionales de libertad e independencia de criterio. 1847-E-2003 (6)
  • Concepto. Restricción de derechos constitucionales. 0169-1996 (1)
  • Derecho al sufragio. Impedimento de ejercicio del sufragio. 185-P-2004 (1)
  • Discursos políticos con tónica religiosa lesionan ejercicio libre del sufragio. 3281-E1-2010 (11)
  • Divisa de partido político con emblema religioso explícito constituye amenaza a libertad del sufragio. 0567-E1-2013 (2)
  • Facultad de interpretar en forma exclusiva y obligatoria normativa electoral por parte del TSE. Principio de favor libertatis. Parámetros fundamentales de interpretación. No aplicación de inhabilitación temporal para acceso a cargos públicos cuando se trata de postulación a cargo de elección popular. 3869-E-2006 (3)
  • Interpretación del principio de libertad para la efectiva participación política. Protección de derecho participación política. Impedimento de vedar actuaciones no prohibidas. 1036-E1-2011 (2)
  • Posibilidad de que se afecte libre determinación electoral de ciudadanos constituye amenaza a derechos fundamentales de electores. 3281-E1-2010 (15)
  • Prohibiciones de artículo 146 de Código Electoral deben interpretarse a favor de principio pro libertate en caso de duda. 0223-E6-2012 (3)
  • Propaganda política de tendencia no inscrita formalmente es actividad privada protegida por principio pro libertatis. 8553-E1-2012 (3)
  • Violación a libertad de elector como presupuesto de anulación de elecciones. 0569-E4-2011 (6)

1.5 Principio de no falseamiento de la voluntad popular

  • Afectación a libertad de elector como presupuesto de contravención a principio de no falseamiento de voluntad popular. 0569-E4-2011 (5)
  • Circunstancias y actuaciones que evidencian falseamiento de voluntad popular. 0569-E4-2011 (9)
  • Código Electoral garantiza la pureza del sufragio. Vigilancia durante la jornada electoral. Artículos 12 inciso ñ, 197 del Código Electoral. Razonabilidad de la reforma electoral para el escrutinio definitivo. 5721-E8-2009 (5)
  • Concepto y aplicación. Vicios invalidantes del proceso electoral. 907-1997 (1)
  • Designaciones en procedimientos de postulación popular. Voluntad de las bases partidarias. Nombramientos vinculantes o no para asambleas partidarias. 2130-E-2001 (1)
  • Impedimentos para integrar organismos electorales. Participación de familiar de un precandidato como delegado del Tribunal de Elecciones Internas en una junta receptora de votos. Principios de no falseamiento de la voluntad popular de conservación del acto electoral. 1696-E-2001 (3)
  • Imposibilidad de transformación mediante reforma legislativa del cargo de alcaldes suplentes en el de vicealcaldes de los funcionarios electos en las elecciones de diciembre del 2006. Cambio por reforma legal en propuesta electoral lesiona la voluntad popular expresada en las urnas. 405-E8-2008 (5)
  • Nulidad de elección por falseamiento de voluntad popular. 0569-E4-2011 (2)
  • Tutela por parte de TSE tendente a respetar voluntad popular en cargos municipales de elección popular. 4203-E1-2011 (1)
  • Votaciones diferidas quiebran principio de unidad o simultaneidad del acto comicial y son incompatibles con principio democrático, por afectación indebida de igualdad del voto. Formas de afectar indebidamente imperativo de igualdad del voto. Voto no simultáneo rompe regla de que cada persona debe tener claras normas aplicables y desconocer resultados o posibles resultados de proceso electoral cuando se presenta a votar, como garantía de libertad y pureza del sufragio. 7450-E8-2012 (14)

1.6 Principio de conservación del acto electoral

  • Alcances. Nulidades en el proceso electoral. Principio de no falseamiento de la voluntad popular. 907-1997 (2)
  • Aplicación del principio de conservación del acto electoral cuando no se demuestra violencia que influya en voluntad de electores. 4413-E1-2009 (2)
  • Impedimentos para integrar organismos electorales. Participación de familiar de un precandidato como delegado del Tribunal de Elecciones Internas en una junta receptora de votos. Principios de no falseamiento de la voluntad popular de conservación del acto electoral. 1696-E-2001 (4)
  • No aplicación del principio de conservación del acto electoral ante transgresión a preceptos y garantías constitucionales que convierte en nulos de pleno derecho acuerdos partidarios. 4130-E1-2009 (4)
  • Presupuestos de aplicación. Inaplicabilidad del principio ante cantidad de irregularidades del proceso electoral. 2397-E-2000 (2)

1.7 Principio de seguridad jurídica

  • Aplicación. Reglas en mecanismos de postulación y elección. Derecho de participación política. Violación al derecho fundamental de ser electo. 0046-E-2002 (2)
  • Cierre del padrón electoral. Principio de seguridad jurídica se concreta al fijar lista de electores que podrán emitir voto para designar integrantes de órgano partidario. 6148-E1-2012 (1)
  • Fortalecimiento de principio democrático. Deber de partidos políticos de dar información a interesados sobre procedimientos aplicables y condiciones de competencia en procesos electivos internos. Modificaciones sustanciales en reglas de contienda sin autorización vulneran principio de seguridad jurídica. 4713-E1-2012 (2)
  • Garantías de participación de los afiliados partidarios. Principios de igualdad y de seguridad. 1440-E-2000 (2)
  • Modificar reglas existentes en relación a adjudicación de puestos con posterioridad a las votaciones genera incerteza jurídica a personas que se postularon. 2769-E1-2013 (5)
  • Postulaciones de delegados a las asambleas. Imposibilidad de variar arbitrariamente procedimiento de escogencia de representantes de asambleas. 0028-E-2003 (1)
  • Preclusión de las etapas en los procesos electorales. Seguridad jurídica. Etapa de inscripción de candidaturas. 1978-E-2004 (2)
  • Reglas de participación de juventud deben ser incorporadas expresamente en estatuto o reglamento de partido político. Mecanismo debe estar definido previo a elecciones para garantizar seguridad jurídica y precepto democrático. “Reglas claras y resultados inciertos”. 2769-E1-2013 (2)
  • Supuesto en que partido político no cuente con registro actualizado y fiable de militantes. Imposibilidad de agrupación política de excluir participación en procesos internos a ciudadanos que no acrediten militancia. 1512-E1-2009 (1)

1.8 Principio de preclusión y calendarización

  • Cronograma electoral. Sistema Electoral. Obligatoriedad de ajustarse a los plazos. 0080-E-2002 (4)
  • Inscripción de candidaturas. Impugnación de vicios. 0129-E-2006 (2)
  • Preclusión de las etapas en los procesos electorales. Seguridad jurídica. Etapa de inscripción de candidaturas. 1978-E-2004 (1)
  • Principios y plazos en procesos electorales. Régimen de nulidades. 0129-E-2006 (1)

1.9 Principio de equidad en procesos electorales

  • Artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Sentido normativo. Conducta prohibitiva. 2694-E-2006 (3)
  • Comportamiento democrático de partidos políticos. Principio de igualdad. 1892-E-2001 (1)
  • Contribución estatal. Principio democrático. Párrafo segundo del artículo 96 constitucional. 0591-E-2002 (1)
  • Deber de empresas que prestan servicios de propaganda electoral de garantizar igualdad de condiciones y trato a partidos participantes en justa electoral. 0051-E8-2013 (5)
  • Derechos a la igualdad y a la libertad. Democracia como modelo de participación. 2759-E-2001 (1)
  • Foros y debates políticos. Participación de candidatos inscritos. Igualdad de derechos de promoción de propuesta política. 2759-E-2001 (8)
  • Garantías de participación de los afiliados partidarios. Principios de igualdad y seguridad. 1440-E-2000 (7)
  • Medios de comunicación. Fin público. 2759-E-2001 (3)
  • Medios de comunicación. Imposibilidad de violentar derechos constitucionales de candidatos. 2759-E-2001 (6)
  • Naturaleza de frase “gestión propia de su giro”. Artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Bien jurídico tutelado. Promoción del TLC. 3540-E-2006 (1)
  • Participación política de servidores del Estado. Artículo 88 del Código Electoral. Prohibiciones. 1119-E-2007 (1)
  • Potestad para que partidos políticos realicen asambleas en instalaciones públicas cuando no sean de carácter proselitista y en condiciones de igualdad con demás agrupaciones. Requisito de contar con autorización de autoridad competente. 8612-E8-2012 (11)
  • Prohibición fijada en artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Equilibrio político partidario. 2694-E-2006 (1)

1.10 Principio de economía

  • Inconveniencia, por principio de economía electoral, de celebrar elecciones para desempeño de cargos municipales por quince meses. Criterios de razonabilidad y proporcionalidad en interpretación del TSE sobre reforma al artículo 14 del Código Municipal. 405-E8-2008 (19)
  • Dimensionamiento de alcances del artículo 19 del Código Municipal. Convocatoria a elecciones ante cancelación de credenciales de alcaldes propietario y suplentes. Recargo de alcaldía en Presidente municipal. Principio de economía electoral. 1296-M-2006 (3)
  • Principio económico de interpretación. Técnica legislativa especificativa. Prohibición legal de concurrencia del funcionario público a actividades políticas diferentes. 169-1996 (5)

1.11 Principio de interdicción de la arbitrariedad

  • Concepto. Justificación plena de actuaciones y decisiones de partidos políticos. 0046-E-2002 (1)

1.12 Principio de unidad o simultaneidad del acto comicial

  • Principio democrático como límite al derecho de autorregulación partidaria. Normativa interna de partidos políticos no debe contradecir reglas democráticas, como igualdad del sufragio reflejado en máxima “one person, one vote”. Principio de unidad o simultaneidad del acto comicial como regla democrática y garante de igualdad del sufragio. Colegio electoral debe votar en forma simultánea para escogencia de candidaturas. Votaciones diferidas en el tiempo quiebran principio de unidad o simultaneidad del acto comicial y son incompatibles con el principio democrático, por afectación indebida de igualdad del voto. 7450-E8-2012 (12)
  • Votaciones diferidas en el tiempo quiebran principio de unidad o simultaneidad del acto comicial y son incompatibles con el principio democrático, por afectación indebida de igualdad del voto. Formas de afectar indebidamente el imperativo de igualdad del voto. 7450-E8-2012 (13)