Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Resoluciones relevantes electorales y municipales

3. ESTRUCTURACIÓN DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES

3.1 TSE como órgano de administración electoral superior
3.2 Registro Electoral
   3.2.a) Registro de Partidos Políticos
   3.2.b) Financiamiento de Partidos Políticos
   3.2.c) Departamento de Programas Electorales
3.3 Registro Civil
3.4 Juntas electorales
   3.4.a) Juntas Cantonales
   3.4.b) Juntas Receptoras de Votos
3.5 Cuerpo Nacional de Delegados
3.6 Asesores y auxiliares electorales
3.7 Autoridad de policía

3. ESTRUCTURACIÓN DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES

3.1 TSE como órgano de administración electoral superior

  • Actuación del TSE como juez electoral en procesos de parcialidad o beligerancia política. 5624-E6-2010 (1)
  • Adecuada conformación de órganos electorales. Finalidad del proceso y la administración electorales. 0007-E-2002 (1)
  • Análisis por parte de TSE en gestiones de adición o aclaración se limita a parte dispositiva de sentencia. 1034-E3-2013 (2)
  • Ante ausencia definitiva de alcalde corresponde a TSE cancelar credencial y nombrar en cargo a quien ocupe vicealcaldía primera. 8652-E8-2012 (2)
  • Carácter de cosa juzgada material de resoluciones electorales permite que únicamente se interpongan recursos extraordinarios. Recurso de revisión. Potestad de jurisdicción electoral de revisar propios fallos. Principio de acceso a la justicia. 7799-M-2012 (9)
  • Competencia del Juez Electoral de verificar cumplimiento de debido proceso de normativa electoral en procedimientos de cancelación de credenciales de funcionarios municipales de elección popular. 7799-M-2012 (2)
  • Competencia del TSE para juzgar beligerancia política o participación política prohibida. 4686-E6-2012 (3)
  • Competencia del TSE para organizar, dirigir y vigilar actos relativos al sufragio relacionados a procesos electivos o consultivos. 6839-E9-2012 (1)
  • Competencia exclusiva y excluyente del TSE de cancelar credenciales a funcionarios municipales de elección popular. 0253-M-2012 (4)
  • Competencia natural y excluyente del TSE para conocer defensa de derechos fundamentales en procesos consultivos. 8382-E1-2012 (2)
  • Competencia y funciones del TSE. Posición de árbitro del proceso electoral. 1019-E-2001 (6)
  • Corresponde a TSE emitir opinión jurídica sobre hechos investigados por la Contraloría General de la República en tema de cancelación de credenciales. 6673-M-2011 (13)
  • Corresponde a TSE impartir justicia electoral. 1904-M-2012 (1)
  • Ejercicio del sufragio en procesos electivos y consultivos. Competencia del TSE derivada de artículo 99 constitucional aplica a celebración de consultas populares en que se manifieste voluntad popular. 6839-E9-2012 (4)
  • Facultades constitucionales del TSE. Interpretación auténtica de la competencia genérica del TSE establecida los artículos 9 y 99 de la Constitución Política, para organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio. Alcance de actos relativos al sufragio. Declinación de lo que no ataña a la materia electoral. 004-1996 (2)
  • Facultad del TSE para vigilar procesos internos de los partidos políticos e interpretar disposiciones estatutarias sin menoscabo del derecho de autorregulación. Deber constitucional de los partidos políticos de estructurarse internamente y de funcionar democráticamente. Escogencia de miembros bajo principios democráticos y de representatividad. En proceso interno se debe reconocer y respetar principios fundamentales de igualdad y de seguridad. 3938-E2-2009 (3)
  • Imposibilidad de impugnar resoluciones de cancelación de credenciales a funcionarios de elección popular en instancia distinta a la electoral. Principio de autonomía que acompaña función desempeñada por Tribunal Electoral. 7799-M-2012 (5)
  • Imposibilidad de revisar sentencias de TSE en otra jurisdicción. 6290-E6-2011 (3)
  • Imposibilidad del TSE para reformar legislación electoral. Voto en el extranjero. 2594-E-2006 (4)
  • Necesidad de TSE de interpretar el artículo 14 del Código Municipal para armonizar sistema de elección de cargos municipales aprobado por ley 8611 con sistema actual. TSE, como encargado de organizar los comicios, debe planificar previamente los procesos electorales. Interpretación oficiosa del TSE, exclusiva y obligatoria de las disposiciones constitucionales y legales electoralespara garantizar un adecuado desarrollo de procesos electorales y transición democrática de nuevo gobierno local. 405-E8-2008 (16)
  • Participación de funcionarios electorales en proceso de referéndum. Imparcialidad del TSE. 1119-E-2007 (6)
  • Principio de legalidad es rector de actuaciones del TSE. Celebración deconsulta popular requiere autorización legal expresa. Artículo 11 de la Constitución Política y de la Ley General de la Administración Pública. 3384-E-2006 (1)
  • Sentencias del TSE constituyen cosa juzgada material 6290-E6-2011 (1)

3.2 Registro Electoral

  • Competencia de Dirección General del Registro Electoral de realizar investigación, aplicar multas y demás trámites relacionados a denuncias por faltas electorales. 5409-E7-2009 (1)
  • Control de legalidad por parte de la Dirección General del Registro Electoral en proceso de acreditación de actas de asamblea nacional. 0532-E3-2013 (1)
  • Coordinación de Programas Electorales Acta Nº 0083-2004, Artículo Segundo
  • Prórroga a nombramientos de miembros de Comité Ejecutivo de partido político por parte de Dirección General del Registro Electoral en caso que no haya concluido proceso de renovación de estructuras. 1257-E8-2013 (6)

3.2.a) Registro de Partidos Políticos

3.2.b) Financiamiento de Partidos Políticos

  • Autorización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos como requisito para que contrato entre entidad financiera y partido político surta efectos jurídicos. 1344-E8-2013 (15)
  • Proceso de verificación contable que realiza Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Información obtenida en el proceso, que pueda originar procedimiento administrativo o denuncia ante Ministerio Público, reviste carácter confidencial. 0286-E3-2011 (2)

3.3.c) Departamento de Programas Electorales

  • Programa Electoral sobre Equiparación de Condiciones para Ejercicio del Voto. Políticas institucionales para proceso de consulta popular. 1558-E-2007 (3)

3.3 Registro Civil

  • Dependencia exclusiva del TSE. Imposibilidad de recurrir sus actos vía amparo electoral. Recurso de apelación electoral. Artículo 102 inciso 4) de la Constitución Política. 2357-1-E-2001 (1)
  • Excepción a regla de instancia única de jurisdicción electoral. Competencia de Dirección General de Registro Civil para resolver objeciones de legalidad de asambleístas. Artículos 95.8, 98 y 102 inciso 4.º de Constitución Política y 64 del Código Electoral. Recurso de amparo electoral y acción de nulidad como mecanismos alternos de impugnación. 0166-E-2005 (4)

3.4 Juntas electorales

  • Desempeño obligatorio del cargo en las juntas electorales. 0289-E-2002 (2)
  • Miembro de juntas electorales. Naturaleza del cargo. Artículos 39 y 41 del Código Electoral. Vigencia del nombramiento. 0289-E-2002 (1)
  • Miembros extraordinarios. Obligatoria imparcialidad política. 1012-E-2007 (3)
  • Naturaleza jurídica y funciones. Responsabilidades de sus miembros. 1012-E-2007 (1)
    • Naturaleza jurídica de de miembros de juntas electorales. Limitaciones al ejercicio de su cargo. Posibilidad de candidatos a regiduría de ser miembros de junta electoral. 3194-E-2005 (1)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

   3.4.a) Juntas Cantonales

  • Miembros de las juntas cantonales. Remoción o sustitución. Requisito de vecindad. Participación política. 1012-E-2007 (2)

   3.4.b) Juntas Receptoras de Votos

  • Conceptos de elector y de funcionario público. Diferencia entre elector y miembro de junta receptora de votos. Artículo 93 de la Constitución Política. 0183-E-2006 (1)
  • Delegado del TSE a cargo de mesa de votación en referendos. Naturaleza y funciones. 0472-E8-2008 (3)
  • Fiscales generales de las juntas receptoras de votos. Artículo 96 del Código Electoral. No requisito de domicilio electoral para desempeño del cargo. 0183-E-2006 (3)
  • Función de juntas receptoras de votos. Base de la administración electoral. Artículo 49 del Código Electoral. 0007-E-2002 (2)
  • Juntas Receptoras de Votos. Integrantes protegidos con inmunidad. Ser miembro es función primordial y obligatoria. 1404-E-2002 (2)
  • Participación de funcionarios judiciales en cargos o actividades electorales que no implican vinculación partidaria. 0472-E8-2008 (5)
  • Requisito de residencia en el cantón del miembro de junta receptora de votos. Artículo 40 inciso b) del Código Electoral. 0183-E-2006 (2)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

3.5 Cuerpo Nacional de Delegados

  • Libre designación y remoción de los integrantes del Cuerpo de Delegados. 3794-E3-2008 (1)
  • Participación de funcionarios judiciales en cargos o actividades electorales que no implican vinculación partidaria. 0472-E8-2008 (6)

    • Resoluciones de la Sala Constitucional

3.6 Asesores y auxiliares electorales

  • Auxiliar electoral. Naturaleza y funciones. 0472-E8-2008 (2)
  • Auxiliares electorales. Artículo 102, inciso 3) de la Constitución Política. No aplicación de incompatibilidades en razón de parentesco. Interpretación de artículos 14, inciso b) del Código Electoral y 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Reconsideración de acuerdo del TSE del artículo tercero de sesión 109-2001 de 11 de diciembre de 2001. 2712-E-2006 (2)
  • Auxiliares electorales. Naturaleza de sus funciones. Retribución de gastos. 2712-E-2006 (1)
  • Participación de funcionarios judiciales en cargos o actividades electorales que no implican vinculación partidaria. 0472-E8-2008 (7)

3.7 Autoridad de policía

  • Actividades de carácter político-electoral pueden realizarse en viviendas de precandidatos de forma esporádica. Requisito de presentar solicitud ante autoridad de policía si actividades adquieren carácter habitual. 8612-E8-2012 (9)
  • Autorización previa de autoridad de policía como requisito de apertura y funcionamiento de locales de partidos políticos. Deber de partidos de observar artículo 3 del Reglamento sobre la autorización y funcionamiento de los locales para uso de los partidos políticos. 8612-E8-2012 (2)
  • Imposibilidad de que tendencia presente directamente solicitudes de autorización de funcionamiento de locales ante autoridad de policía. Potestad para que partido político solicite autorización de apertura de local a instancia de tendencia. Corresponde a cada agrupación política distribuir internamente locales que se autoricen. Función de interés público de partidos políticos. 8612-E8-2012 (6)
  • Interpretación de artículo 82 del Código Electoral. Delegados cantonales o director general de fuerza pública son competentes para autorizar apertura de locales partidarios. 0700-E-2000 (2)
  • Miembros de fuerzas policiales. Prohibición de participar en procesos de referéndum. 1119-E-2007 (3)
  • Potestad de partido político de solicitar apertura de local nuevo ante autoridad de policía en cualquier momento, con única restricción de que sólo partidos con candidaturas inscritas pueden solicitar autorización durante dos meses antes de elección. 8612-E8-2012 (4)