Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Anula sanción que Dirección del Registro Electoral impuso a El Mundo CR

TSE declara con lugar apelación de medio sancionado por difusión de encuesta

  • Magistratura electoral invoca protección de la libertad de expresión y de la libertad de prensa.
  • Reitera su jurisprudencia de que la veda lo que prohíbe es la difusión de resultados de estudios de opinión nuevos, es decir, que no se hayan publicado antes de iniciada.

  • TSE declara con lugar apelación de medio sancionado por difusión de encuesta

    San José, 17 de enero de 2025. Ayer, en resolución n.° 0228-E3-2025, el Tribunal Supremo de Elecciones declaró con lugar el recurso de apelación electoral interpuesto por el señor Mauricio Muñoz Salazar, director del medio “El Mundo CR”, contra la resolución n° 0167-DGRE-2024, en la cual la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos había sancionado a dicho medio de comunicación.

    La sanción de la administración electoral anulada por el TSE (es decir, por su magistratura), se fundamentó en que en dicho medio se publicó, el 2 de abril de 2022, durante el periodo de veda previo a la segunda ronda electoral del 2022, un artículo que citaba los resultados de un estudio de opinión.

    En su resolución de ayer, los magistrados y la magistrada electoral reiteran que la finalidad de la veda propagandística y de estudios de opinión establecida en el artículo 138 del Código Electoral, es salvaguardar un periodo de serenidad (los tres días previos y el propio de la votación) para que el electorado medite su decisión de voto, de modo que, en lo que a resultados de encuestas y sondeos se refiere, prohíbe, solamente, su publicación (entendiendo por esta su puesta en conocimiento, por vez primera, del público). Ese no era el caso de la nota publicada en El Mundo CR, pues en ella se citaba una encuesta realizada y publicada por el Centro de Investigación y Estudios Políticos de la Universidad de Costa Rica el 29 de marzo de 2022, es decir, antes de que iniciara la veda (en esa ocasión el 31 de marzo de 2022).




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