Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Revista de Derecho Electoral, Publicación Semestral del TSE.
Número 37, Enero - Junio 2024, ISSN:1659-2069.

Presentación, edición número 11, primer semestre 2011

La Constitución Política de 1949 otorgó al Tribunal Supremo de Elecciones una posición de privilegiada independencia frente a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.  Además de la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio y la prestación de los servicios de registración civil e identificación de la ciudadanía, los constituyentes atribuyeron al Tribunal facultades jurisdiccionales en materia electoral.  Así, por ejemplo, en el artículo 102 inciso 3) incluyeron entre las funciones del TSE interpretar “en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral”.  Adicionalmente, en el artículo 103 se indica que: “Las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones no tienen recurso, salvo la acción por prevaricato”. 

La creación de la Sala Constitucional, por reforma constitucional de 18 de agosto de 1989, constituye una de las mayores revoluciones jurídicas experimentadas por el país en toda su historia.  Ella asumió el control de constitucionalidad de las normas jurídicas, la tutela de los derechos fundamentales mediante la resolución de los recursos de hábeas corpus y de amparo y dirimir los conflictos de competencia entre los Poderes del Estado, así como con otras entidades y órganos públicos.

En la década de 1990 se presentaron algunos casos que pusieron en evidencia la necesidad de delimitar las fronteras competenciales entre el TSE y la Sala Constitucional.  Pero en el último decenio el tema tomó mayor relevancia por el amplio desarrollo de la jurisdicción electoral a partir de jurisprudencia de la propia Sala y del TSE, lo cual desembocó en la inclusión de un capítulo sobre la jurisdicción electoral, compuesto por 51 artículos, dentro del Código Electoral promulgado en setiembre de 2009. 

Entre los institutos de mayor desarrollo jurisprudencial y legislativo durante ese período sobresale el recurso de amparo electoral, mediante el cual el TSE asumió la tutela de los derechos fundamentales en materia electoral, como excepción a la competencia genérica de la Sala.  Adicionalmente, en algunas ocasiones el TSE ha desaplicado normas estatutarias en casos concretos, por considerarlas contrarias a la Constitución.

Con el objeto de propiciar una discusión reposada y de alto nivel académico sobre este tema, la Revista de Derecho Electoral cumple su quinto aniversario con una Sección Especial dedicada a analizar cómo se articulan las competencias de la Sala Constitucional y del Tribunal Supremo de Elecciones en materia electoral. El antecedente inmediato que motiva esta discusión es el voto 13313-10 de la Sala Constitucional que anuló el proceso de referéndum iniciado por el TSE, en torno a la Ley de unión civil entre personas del mismo sexo.  Con la colaboración del Proyecto Estado de la Nación, la Revista de Derecho Electoral N.° 11 incorpora las perspectivas de los abogados constitucionalistas Bernal Arias Ramírez y Julio Jurado Fernández.

Como es habitual, la Revista abre con la sección Autor Invitado que en este caso contiene un estudio del reconocido académico colombiano Humberto de la Calle Lombana, intitulado “La relevancia de la transparencia en la rendición de cuentas, y sus efectos sobre la legitimidad de los partidos políticos”, que trata sobre la polémica relación entre el dinero y la política.

La sección Aportes desde el TSE incorpora un artículo de Luis Diego Brenes Villalobos sobre “El Rol Político del Tribunal Electoral como variable dependiente”, que constituye un aporte metodológico al estudio de los organismos electorales.  Además, Gustavo Román Jacobo ofrece un valioso estudio de alguna reciente jurisprudencia del TSE bajo el título “Invocación de motivos religiosos en propaganda política. Análisis de la resolución n° 3281-E1-2010 del 3 de mayo de 2010”.

En esta ocasión, el apartado de Colaboraciones Externas cuenta con cinco artículos, que denotan la vocación de la Revista por comprender el fenómeno electoral desde una perspectiva multidisciplinaria y comparada.  Juan Ignacio García Rodríguez es autor de “Los desafíos de los organismos electorales latinoamericanos en el siglo XXI  y la incorporación de la tecnología”; María José Cascante reflexiona sobre “La competencia electoral en Costa Rica y Nicaragua: diferencias multinivel”; Vanesa Valverde Camiña aporta el estudio denominado “Definiendo modelos de administración electoral. El caso argentino a examen.”; Amelia Brenes Barahona es la autora de “Estrategias conceptuales sobre populismo: un estado de la cuestión.”; finalmente, Nicolás Prado Hidalgo ofrece el estudio “La participación del Poder Ejecutivo en los procesos de referéndum: análisis de derecho comparado”.

La sección Reseña Bibliográfica incluye el libro de Isabel Torres García, “Costa Rica: sistema electoral, participación y representación política de las mujeres”, y el estudio editado por Olman Ramírez Moreira denominado “Comportamiento del electorado costarricense: elecciones del 2006”.  Además, se incorporan reseñas de  la Revista Mundo Electoral N°.9 del Tribunal Electoral de Panamá y de la Revista Justicia Electoral N°.5 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Mexicana.

Finalmente, en ocasión del quinto aniversario de la Revista de Derecho Electoral, se anexa a este número un catálogo temático y de autores que comprende todos los trabajos publicados hasta la fecha.

San José, 26 de enero de 2011

 

La Dirección