6. PARTIDOS POLÍTICOS

6.10. Procedimientos Disciplinarios.


Miembros de partidos políticos pueden ser sancionados a través de procedimientos disciplinarios. Tribunal de Ética es órgano competente para realizar procedimientos disciplinarios.

Los miembros de los partidos políticos tienen el deber de ajustar su conducta a los principios y la normativa interna de cada organización. Sus faltas pueden ser sancionadas a través de procedimientos disciplinarios realizados por el órgano competente, en este caso, el Tribunal de Ética. Pero la potestad sancionatoria del partido encuentra sus límites en el respeto a los derechos fundamentales de los partidarios.

 

0957-E-2001 de las 9:25 horas con del 2 de mayo de 2001. Recurso de Amparo Electoral interpuesto por Victor Manuel Delgado Espinoza, mayor, casado dos veces, técnico en electrónica, vecino de Puntarenas, con cédula de identidad número 6-174-666 contra Justo Orozco Álvarez en su calidad de Presidente del Partido Renovación Costarricense y contra el Tribunal de Ética de tal Partido.