5. JUSTICIA ELECTORAL

5.5. Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública

5.5.d) Parcialidad participación o beligerancia, política prohibida a los funcionarios públicos.

Cargo de regidor es incompatible con el desempeño de otro cargo que tenga prohibición absoluta de intervenir en actividades políticas. La normativa electoral no regula que el desempeño simultáneo del cargo de regidor y de gerente de una institución autónoma sea constitutivo del delito electoral de beligerancia política. Sin embargo, quien desempeñe el cargo de regidor no puede desempeñarse al mismo tiempo en algún cargo de los que tienen prohibición absoluta de intervenir en actividades políticas, ya que al constituirse éste en un requisito que debe mantenerse durante todo el tiempo que desempeñe el cargo de regidor, su incumplimiento será sancionado con la pérdida de la credencial de regidor.

4627-E6-2008 de las 07:45 horas del 12 de diciembre del 2008. Denuncia por parcialidad o participación política contra e, Gerente del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).