13- OTROS
13.1. Régimen municipal
13.1.a) Requisito de inscripción electoral
Obligación de regidor de residir en cantón ininterrumpidamente. Arraigo en la comunidad. Razonabilidad y proporcionalidad.
Para ser regidor, debe la persona estar domiciliada electoralmente y de modo ininterrumpido en el cantón, al menos, dos años antes del ejercicio efectivo del cargo. Este requisito, garantiza un mínimo de arraigo en la comunidad por parte de aquellos que pretendan dirigir sus destinos y de evitar traslados ficticios con propósitos meramente electoreros, debe ser aplicado por la administración electoral. No le corresponde a ésta, sino a la jurisdicción constitucional, valorar su razonabilidad y proporcionalidad. 2380-E-2001 de las 11:50 horas del 8 de noviembre de 2001. Solicitud de interpretación del artículo 22 del Código Municipal formulada por el señor HUMBERTO VARGAS CARBONELL, en su calidad de Secretario del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Pueblo Unido.