7. FINANCIAMIENTO POLÍTICO, FISCALIZACIÓN Y RESPONSABILIDAD

7.1. Fiscalización del financiamiento político.

7.1.b) Contraloría General de la Republica.


Liquidación de gastos de organización y capacitación. Artículos 178 y 188 del Código Electoral.

La liquidación de los gastos de organización y capacitación acaecidos antes de la convocatoria electoral, pueden ser presentados a cobro con motivo de las liquidaciones anticipadas indicadas en el artículo 178 del Código Electoral o, incluso, en el momento de formular la liquidación final prevista en su numeral 188. 2321-1-E-2001 de las 15:00 horas del 2 de noviembre de 2001. Adición y aclaración de la resolución Nº 2287-E-2001, mediante la cual el Tribunal Supremo de Elecciones contestó la solicitud de interpretación de los artículo 178 y 188 del Código Electoral, formulada por el Gerente de la División de Desarrollo Institucional de la Contraloría General de la República.