Reglamento ya fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta
A partir de hoy, sistema web de “Consultas Civiles” requiere usuario y contraseña para acceder a la información
Existirán perfiles diferenciados para personas y funcionarios de instituciones públicas que requieran consultar información de los hijos e hijas, el nombre de su padre o madre, el domicilio, el detalle individualizado de los matrimonios, divorcios y viudeces de una persona.
Titulares podrán solicitar reportes de quiénes accedieron a su información.
San José, 9 de octubre de 2026. A partir de hoy, todas las personas usuarias que ingresen a consultar información a la sección de “Consultas Civiles” (https://www.tse.go.cr/consultasciviles.html) ubicada en el sitio web del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), experimentarán varios cambios que buscan resguardar los datos e información pública de las personas costarricenses y contar con una trazabilidad de quiénes accedan a los datos incluidos en las bases de datos del Registro Civil. Para la entrada en vigencia de estos ajustes, el organismo electoral emitió el “Reglamento para el Acceso y la Consulta Web de Datos Personales de Carácter Público Contenido en la Base de Datos del Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta (https://www.tse.go.cr/pdf/normativa/7-2026-Regl-acceso-y-consulta-web-datos-personales-BD-RC-TSE.pdf ).
La regulación da sustento normativo al servicio de acceso y consulta de la información personal de carácter público, que se encuentra en el sitio web institucional, protegiendo la exposición de datos personales de todos los costarricenses.
Entre las principales modificaciones al momento de ingresar al sitio web del TSE, están las siguientes:
Registro obligatorio y aceptación de los términos y condiciones de uso: antes de hacer cualquier consulta, las personas deben realizar el registro respectivo; tomando en cuenta que, por ahora, solamente personas físicas mayores de edad podrán registrarse, para lo cual deberán acreditar su identidad y aceptar los términos y condiciones de uso del servicio que le serán presentados en la página. Las personas extranjeras, deberán aportar su Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros (DIMEX), expedido por la Dirección General de Migración y Extranjería o bien su pasaporte; documentos que contienen los datos que permiten identificar y validar que se trata de una persona mayor de edad.
Registro de cuentas: serán personales e intransferibles (incluso cuando se utilicen para efectuar consultas institucionales) y requerirán validación de identidad.
Información disponible según perfil de acceso: el perfil de acceso general mostrará únicamente los datos asociados al nombre completo, citas de inscripción, fecha de nacimiento y nacionalidad. Los datos del domicilio, hijos e hijas, padre y madre; y los detalles relacionados con matrimonios, divorcios y viudeces estarán disponibles únicamente para el perfil de acceso diferenciado.
Perfiles diferenciados para instituciones y profesionales: según sea el caso, se crearán perfiles diferenciados para personas profesionales (mediante una solicitud motivada), e instituciones (cuando estas los soliciten para sus funcionarios) que justifiquen la necesidad de acceder a información adicional para ejercer sus competencias legales. Lo anterior, resguardando la protección de datos y el interés público de la información, conforme lo indica el artículo 8 de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales.
Las solicitudes de acceso diferenciado deben presentarse ante la Dirección General del Registro Civil o en alguna de las 32 oficinas regionales, sea de manera física con firma manual de la persona solicitante, o bien, a través de correo electrónico (accesowebdiferenciado@tse.go.cr), con firma digital certificada de conformidad con la Ley N° 8454. Dicha Dirección se encargará de analizar la competencia, identidad, integridad documental y precisión de la finalidad de cada solicitud.
En los casos de las personas abogadas, la plataforma tendrá una pestaña de prerregistro, donde utilizarán el correo electrónico que tienen registrado ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, lo que los exime de realizar la solicitud formal de autorización de acceso a dicho perfil.
Registro y monitoreo: se llevará un registro de las consultas realizadas en la web para identificar posibles usos indebidos; en cuyo caso, podrán generarse responsabilidades administrativas, civiles, penales, disciplinarias o profesionales, según corresponda. El registro de las consultas realizadas abarcará: nombre de la persona que la realizó, cuándo se efectuó y qué información revisó. Además, las personas titulares podrán solicitar un reporte ante la Dirección General del Registro Civil, sobre las consultas efectuadas respecto de sus datos personales.
Estos cambios tienen el objetivo de resguardar el acceso a los datos e información pública que está en las bases del Registro Civil, en procura de reforzar el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, sin menoscabar el derecho a la información y el acceso a datos de carácter público, todos bienes jurídicos relevantes en una democracia.
Para evacuar consultas sobre este tema, el TSE dispuso el número telefónico 2287 5756 que funcionará de lunes a viernes de 7 de la mañana a 7 de la noche, y sábados y domingos, de 8 de la mañana a 4 de la tarde.
Procedimiento y requisitos para obtener el usuario y la contraseña
A continuación se detallan los pasos a seguir para obtener el ususario y la contraseña, según se trata de un perfil general para persona costarricense, perfil para persona extranjera o perfil diferenciado.
Tweet