En beneficio de la seguridad de las personas costarricenses
TSE modificará consultas civiles en sitio web
Fenómeno del cibercrimen hace necesario realizar ajustes que estarán listos en 45 días naturales.
Establecerán como requisito crear un usuario para consultar información en la web institucional del TSE y se anonimizarán ciertos datos.
Cambio permitirá tener trazabilidad de la información revisada de cada costarricense.
San José, 9 de julio de 2026. En el contexto global actual, propio de la era digital, nuestro país no está exento del fenómeno de cibercrimen y de los riesgos asociados a las estafas informáticas, suplantación de identidad, phishing, vishing, smishing y el mal uso de la ingeniería de datos. Por esta razón, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) acordó este jueves, instruir a las Direcciones Generales de Estrategia Tecnológica y del Registro Civil, implementar varios cambios en la sección de “Consultas Civiles” ubicada en la página web institucional (www.tse.go.cr) de manera que se requiera un registro o fase previa para poder acceder a las consultas civiles de todas las personas costarricenses.
Las modificaciones van dirigidas a la forma del acceso abierta, irrestricta y masiva que existe actualmente para revisar información personal.
Dado que en el contexto actual esta información podría ser utilizada para construir perfiles familiares, relacionales y contextuales que sean usados con fines criminales; las Magistradas y los Magistrados del TSE tomaron un acuerdo y giraron la instrucción para que, en un máximo de 45 días naturales, se realicen los siguientes cuatro ajustes en los datos contenidos en el sitio web:
1. Establecer como requisito para acceder a la consulta de información en la página web institucional el registro previo mediante la creación de un usuario, de forma similar al mecanismo implementado por el Registro Nacional. Esta medida permitirá garantizar la trazabilidad de las consultas realizadas, identificando a las personas usuarias que acceden a la información.
2. Adoptar las medidas técnicas necesarias para anonimizar la información relativa a matrimonios y divorcios, de manera que en la consulta web únicamente se visualice el historial correspondiente sin detalle de información personal de terceras personas. Esta anonimización deberá aplicarse igualmente a la información que se despliegue al solicitar certificaciones registrales digitales. Las certificaciones físicas que se extiendan, tanto en Sede Central como en algunas de las 32 sedes regionales, sí contendrán la información sin anonimizar.
3. Realizar los ajustes necesarios para que en la información disponible para consulta en la página web del TSE, se excluya el dato relativo a los hijos e hijas.
4. Diseñar perfiles de acceso con niveles diferenciados de consulta para abogados, notarios públicos y para aquellas instituciones, organizaciones o personas funcionarias que, por razones de interés público y en el ejercicio de competencias legalmente atribuidas, requieran acceder a información más amplia. La asignación de estos perfiles deberá responder a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y su habilitación deberá contar con la autorización previa de este Tribunal.
Estos cambios pretenden resguardar el acceso a los datos e información pública que está en las bases de datos del Registro Civil, en procura de reforzar el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, sin menoscabar el derecho a la información y el acceso a datos de carácter públicos, todos bienes jurídicos relevantes en una democracia.
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