13. OTROS
13.1. Régimen municipal.
13.1.b) Domicilio electoral.
Diferencia entre residencia, domicilio y domicilio electoral.
Existe una evidente diferencia entre lo que debe entenderse por residencia y domicilio, siendo este último un concepto más amplio e independiente del primero al que puede o no comprender. La residencia "desde un punto de vista jurídico, se refiere al lugar donde la persona mora habitualmente, pero no puede tomarse como prueba absoluta de domicilio, porque es posible que una persona desarrolle sus actividades e intereses en un determinado lugar, donde tendrá el domicilio, y habite en otro, donde tendrá su residencia. El domicilio electoral a diferencia de los anteriores es un domicilio especial y corresponde al lugar donde se vota en las elecciones nacionales y que además tiene sus propias particularidades.0703-E-2000 de las 10:00 horas del 2 de mayo del 2000. Denuncia presentada por el señor Carlos Alberto Valverde Segura contra el señor Carlos Alberto Araya Rivera, regidor propietario del cantón de Aguirre de Puntarenas.
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