7. FINANCIAMIENTO POLITICO, FISCALIZACION Y RESPONSABILIDAD
7.1. Fiscalización del financiamiento politico.
7. 1.a) Tribunal Supremo de Elecciones.
Fuero de competencia del TSE en materia de contribución estatal. El fuero de competencia de este Tribunal no puede ir más allá de poner en conocimiento del Ministerio Público la presente denuncia, dada la imposibilidad de darle el trámite requerido, en razón de que no es órgano de alcance penal. Bajo ninguna circunstancia, este Tribunal avaló el mecanismo utilizado (fideicomiso) por el partido político para la cesión del derecho de la contribución estatal. Importa rescatar, que en el caso de análisis subyace toda una bifurcación entre la realidad jurídica -tanto formal como material-, a la cual responden los análisis hechos por este Tribunal, y una realidad política de contrapeso, directamente relacionada con la petitoria de cuentas a los otros poderes del Estado, cuyo monopolio es exclusivo y excluyente de la Asamblea Legislativa.
484-E-2004 de las 10:30 horas del 24 de febrero de 2004. Recurso de Revisión planteado por el señor Diputado José Humberto Arce Salas contra la resolución Nº 904-E-2003 del Tribunal Supremo de Elecciones y denuncia concomitante contra el Tesorero, miembros del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional y contribuyentes denominados “fiduciarios alternos”, con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato denominado “Fideicomiso para el control y transparencia de la cesión de la deuda política del Partido Liberación Nacional”, celebrado entre éste y el Banco de Costa Rica.