13. OTROS
13.1 Régimen municipal.
Cambios incorporados al régimen municipal costarricense con Ley n.º 8611 publicada en La Gaceta 225 del 22 de noviembre del 2007. Las normas que fueron afectas por la Ley número 8611, publicada en La Gaceta, fueron los artículos 14, 19 y 20 del Código Municipal. La reforma aprobada estableció, de manera expresa, varias modificaciones al régimen municipal, entre las que destacan: a) la eliminación de los alcaldes suplentes y, en su lugar, la incorporación de la figura de dos vicealcaldes que, en el caso del primero, tendrá funciones específicas de carácter permanente en la municipalidad, b) la creación de la figura del viceintendente distrital, para los ocho distritos en que funcionan los concejos municipales de distrito y, c) el cambio de la fecha en que se realizará la elección para escoger a esos funcionarios, la cual se verificará “el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se elija a las personas que ocuparán la Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a quienes integrarán la Asamblea Legislativa.”. 0405-E8-2008 de las 07:20 horas del 8 de febrero de 2008. Interpretación del artículo 14 del Código Municipal, ley n.º 8611, publicada en La Gaceta 225 del 22 de noviembre del 2007 y artículos 97 y 98 del Código Electoral.