13. OTROS

13.2 Fuentes del derecho electoral


TSE está sometido a principio de legalidad. Artículo 11 de la Constitución Política y de la Ley General de la Administración Pública.

El TSE, como toda entidad de derecho público, está sometido al principio de legalidad, en virtud del cual únicamente puede realizar aquellos actos que el ordenamiento jurídico le autorice (artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública), estando expresamente prohibido a sus funcionarios arrogarse facultades no concedidas por ley (artículo 11 de la Constitución Política). 2531-E-2005 de las 14:35 horas del 26 de octubre de 2005. Recurso de Amparo Electoral promovido por José Manuel Echandi Meza contra el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores.