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SEGUNDO SEMESTRE 2025 NÚMERO 40 |
ISSN: 1659-2069 |
Transparencia y rendición de cuentas en el
financiamiento político en Panamá: retos y avances hacia un gobierno abierto
Franchiska Kamani Ávila*
https://doi.org/10.35242/RDE_2025_40_11
Nota del Consejo Editorial
Recepción: 30 de abril de 2025.
Revisión, corrección y aprobación: 27 de junio de 2025.
Resumen: Artículo de investigación
que analiza el financiamiento político en Panamá, centrándose en la importancia
de la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo de los recursos
públicos y privados utilizados por partidos políticos y candidatos. Se evalúa
el papel del Tribunal Electoral de Panamá en la fiscalización de dichos
recursos, así como las medidas y reformas implementadas, que contribuyen a la
mejora de la transparencia del sistema electoral. A través del análisis de la
normativa vigente y los desafíos en la aplicación de estas leyes, el estudio
busca identificar áreas de mejora para fortalecer la confianza pública en el
proceso electoral.
Palabras clave: Financiamiento del partido político / Manejo de
fondos / Deuda pública / Financiamiento privado / Fiscalización electoral /
Transparencia / Rendición de cuentas / Gobierno abierto / Panamá.
Abstract: This
research article analyzes political financing in Panama, focusing on the importance
of transparency and accountability in the management of public and private
resources used by political parties and candidates. It evaluates the role of
the Electoral Tribunal of Panama in overseeing these resources, as well as the
measures and reforms implemented to improve transparency in the electoral
system. Through the analysis of current regulations and the challenges in
applying these laws, the study aims to identify areas for improvement to
strengthen public trust in the electoral process.
Key Words: Political party financing / Fund management / Public debt / Private financing / Electoral oversight / Transparency / Accountability / Open government / Panama.
1.
Introducción
El Tribunal Electoral de Panamá, en su calidad
de órgano constitucional autónomo e independiente, posee la responsabilidad de
organizar, supervisar y fiscalizar todas las etapas del proceso electoral. Esta
atribución, consagrada en la Constitución Política de la República de Panamá y
desarrollada por el Código Electoral, le otorga la facultad de regular, auditar
y fiscalizar el financiamiento público y privado de los partidos políticos y de
los candidatos por libre postulación. Bajo este marco normativo, se han
establecido mecanismos que permiten conocer con claridad el origen, el monto y
el destino de los recursos que financian las campañas políticas, así como el
uso de los fondos públicos asignados.
La función fiscalizadora del Tribunal
Electoral tiene como objetivo fundamental asegurar la transparencia, la equidad
y la legalidad en las actuaciones de los sujetos políticos. Dicha función
implica no solo la verificación del cumplimiento normativo en materia contable
y financiera, sino también la promoción de una gestión pública conforme a los
principios de eficiencia, responsabilidad y control ciudadano.
2.
Principios del gobierno
abierto en Panamá
a)
Concepto y enfoque
aplicado a los procesos electorales
El concepto de gobierno abierto ha
cobrado relevancia como una respuesta institucional ante las crecientes
demandas sociales de mayor transparencia, participación ciudadana y redición de
cuentas. Este modelo de gobernanza se basa en la transformación de la gestión
pública tradicional hacia una más colaborativa, accesible y sujeta al
escrutinio ciudadano. En este marco, Panamá, desde su adhesión en 2012 a la
Alianza para el Gobierno Abierto (OGP, por sus siglas en inglés), ha asumido el
compromiso de incorporar estos principios en diversas áreas del quehacer
estatal, incluyendo los procesos electorales, donde la legitimidad democrática
depende en gran medida de la confianza ciudadana en la integridad del sistema
electoral y, en particular, en el control del financiamiento político.
Los principios rectores de la OGP
No obstante, para efectos de comprender la
aplicación concreta del enfoque de gobierno abierto al control del
financiamiento político en Panamá, resulta más pertinente considerar los
principios establecidos por la reforma al Código Electoral de 2021, los cuales
reflejan los valores democráticos que deben regir la organización y desarrollo
de los procesos electorales. Esta reforma consagra como principios
fundamentales del sistema electoral panameño los siguientes: equidad,
transparencia, rendición de cuentas y justicia.
Tabla 1
Principios aplicables en el contexto electoral
panameño
Equidad |
Transparencia |
Rendición de cuentas |
Justicia |
Garantiza que todos los actores políticos compitan en
condiciones justas, lo que impide ventajas indebidas, regula el acceso a la
financiación pública y privada, y promueve una distribución equilibrada de
los espacios en medios de comunicación. |
Obliga a los partidos y candidatos a divulgar, de manera clara y
oportuna, la información sobre el origen, destino y uso de los recursos, de
esta forma permite a la ciudadanía y a las autoridades ejercer una
fiscalización efectiva. |
Exige que los sujetos obligados en el proceso electoral -incluyendo
partidos políticos, candidatos, proveedores y medios de comunicación-
respondan por la legalidad y legitimidad de su comportamiento financiero y
operativo. |
Asegura la existencia de mecanismos institucionales eficaces para
sancionar las infracciones al régimen de financiamiento, de forma que se
garantiza el respeto al debido proceso y la aplicación oportuna de las
sanciones correspondientes. |
Nota. Elaborado con base en el Código Electoral de 2021.
Estos principios no solo fortalecen la
integridad del sistema electoral panameño, sino que también articulan de manera
coherente con los postulados del gobierno abierto. Así, la gestión pública
electoral se transforma en un ejercicio de corresponsabilidad, donde las
instituciones deben promover el acceso a la información, habilitar canales de
participación y asegurar el cumplimiento de las normas, especialmente en lo
relativo al financiamiento político, que constituye uno de los factores de
mayor riesgo para la equidad democrática.
b)
Transparencia en el contexto
electoral panameño
En Panamá, la
percepción de corrupción y opacidad en el financiamiento político ha sido
históricamente un factor que debilita la confianza ciudadana en los procesos electorales.
En respuesta, el Tribunal Electoral ha adoptado diversas medidas normativas
orientadas a garantizar la transparencia; entre ellas, el Decreto 29
·
La
presentación periódica de informes financieros ante el Tribunal Electoral, que
deben incluir los ingresos percibidos, fuentes de financiamiento, egresos
realizados y destino de los fondos.
·
La
auditoría posterior a las elecciones por parte de la Dirección de Fiscalización
del Financiamiento Político del Tribunal Electoral.
·
La
posibilidad de imponer sanciones administrativas por el incumplimiento de estas
obligaciones, que incluyen multas, suspensión de asignaciones del
financiamiento público y otras medidas.
No obstante, a
pesar de este marco normativo, la divulgación oportuna y comprensible de dicha
información continúa siendo limitada, lo cual representa una barrera
significativa para la fiscalización ciudadana efectiva y el ejercicio del voto
informado. En primer lugar, la información que se publica suele estar en
formatos no reutilizables o poco comprensibles para el público general, lo que
impide una auditoría social significativa. Por último, existe una falta de
cultura institucional proactiva de transparencia, tanto en los actores
políticos como en el propio órgano electoral, que reduce la eficacia del
sistema.
En este contexto,
se evidencia que la brecha entre la norma y la práctica no necesariamente
obedece a la inexistencia de mecanismos legales, sino más bien a su
implementación deficiente, falta de fiscalización en tiempo real y ausencia de
sanciones disuasorias suficientemente efectivas. Esto subraya la necesidad de
fortalecer las capacidades institucionales del Tribunal Electoral, promover
estándares de datos abiertos y desarrollar campañas de alfabetización cívica
que empoderen a la ciudadanía para exigir transparencia en el uso de los
recursos electorales.
c)
Rendición de cuentas y
el sistema electoral
El
principio de rendición de cuentas implica que los actores políticos deben
justificar el uso de los recursos públicos y privados. El Código
Electoral de Panamá de 2022 incluyó nuevas
medidas que aseguran una mayor
rendición de cuentas, como los topes al financiamiento privado, la exigencia de
divulgar los financiadores de las campañas y el establecimiento de plazos
claros para la entrega de informes financieros. Además, las reformas han venido
acompañadas de un esfuerzo por parte del Tribunal Electoral para establecer una
auditoría constante de los recursos utilizados en las
campañas, lo que garantiza que los fondos sean utilizados de acuerdo con las
normativas establecidas.
Pese
a ello, persisten desafíos estructurales, entre ellos, la falta de herramientas
tecnológicas que permitan un seguimiento en tiempo real del financiamiento
político, así como una limitada capacidad sancionatoria ante incumplimientos.
d)
Participación ciudadana
y el control del financiamiento
La participación
ciudadana efectiva no debe limitarse al ejercicio del voto, sino ampliarse
hacia una fiscalización activa de los procesos electorales. Para ello, se
requiere el diseño e implementación de plataformas electrónicas que permitan a
la ciudadanía consultar en tiempo real el estado financiero de los partidos y
candidatos, reforzando así la vigilancia pública.
e)
Tecnología e innovación
como herramienta de control
La aplicación de
tecnologías digitales en materia electoral representa una herramienta
estratégica para mejorar la trazabilidad, fiscalización y transparencia del
financiamiento político. No obstante, a pesar de estos avances, el modelo
actual aún se basa principalmente en una lógica posterior y reactiva: la
información se entrega en fechas determinadas y la fiscalización se realiza
luego del cierre del período electoral. Esto limita la capacidad de
intervención temprana, dificulta la detección oportuna de irregularidades y
reduce las posibilidades de que la ciudadanía acceda a información útil antes
de emitir su voto.
En este contexto,
la implementación de sistemas de monitoreo en tiempo real, integrados con bases
de datos abiertas, representa una oportunidad para transformar la vigilancia
del financiamiento político en un proceso más ágil, accesible y preventivo.
Estos sistemas permitirían a los partidos y candidatos registrar en línea -y de
manera inmediata- cada transacción vinculada con ingresos y egresos de campaña.
La información sería publicada automáticamente en una plataforma abierta, con
visualización dinámica, esto permite que tanto el Tribunal Electoral como la
sociedad civil puedan seguir la evolución de los flujos financieros conforme
estos ocurren.
Por ejemplo, un
sistema de este tipo podría integrarse con bases de datos del Ministerio de
Economía y Finanzas, la Dirección General de Ingresos y la Autoridad Nacional
de Transparencia y Acceso a la Información para verificar en tiempo real la
identidad y la capacidad económica de los donantes, detectar posibles
conflictos de interés o triangulaciones financieras ilegales, y fortalecer los
mecanismos de alerta temprana ante el uso indebido de recursos públicos. Las
ventajas de estos esquemas incluyen:
·
Trazabilidad
total de cada dólar recibido y gastado, con su respectiva documentación de
respaldo digital.
·
Mayor control
institucional y capacidad sancionatoria oportuna por parte del Tribunal
Electoral.
·
Participación
ciudadana efectiva, al poner a disposición pública la información en formatos
accesibles y reutilizables.
·
Reducción de los
márgenes de opacidad, informalidad y uso de recursos no declarados.
3.
Análisis crítico de la
transparencia y la rendición de cuentas
a)
Impacto de la opacidad
en la confianza ciudadana
La falta de
transparencia en el sistema de financiamiento político -ya sea respecto al
origen de los fondos o al manejo y destino de los recursos utilizados en
campaña- tiene efectos profundamente negativos en la confianza ciudadana. Esta
opacidad genera un entorno propenso a la sospecha de corrupción, fomenta la
percepción de captura del proceso electoral por intereses económicos
particulares y deteriora la legitimidad del sistema democrático.
Cuando los
ciudadanos no tienen acceso claro, oportuno y verificable a la información
sobre quién financia a los candidatos, cuánto dinero reciben y en qué lo
gastan, se debilita la percepción de integridad del proceso electoral. En
particular, el desconocimiento del origen de los recursos puede alimentar la
idea de que ciertos actores económicos están influyendo de manera indebida en
las decisiones políticas. Del mismo modo, la falta de trazabilidad sobre el uso
de los fondos obstaculiza el escrutinio público y abre la puerta a gastos
irregulares o ilícitos.
Es importante
distinguir que, si bien la equidad en el financiamiento político se refiere
principalmente a la distribución equilibrada de los recursos entre los
distintos actores que compiten en una elección, la transparencia guarda
relación con el acceso público a la información financiera. No obstante, ambos
conceptos se conectan en tanto que la opacidad puede esconder desequilibrios
estructurales en los que determinados candidatos o partidos reciben aportes
sustanciales de origen desconocido, lo que genera una competencia electoral
desigual.
Esta falta de
transparencia en el financiamiento afecta directamente la confianza ciudadana
en los mecanismos de control electoral no tanto en el sistema electoral en su
conjunto, sino específicamente en los dispositivos institucionales encargados
de fiscalizar y garantizar el uso correcto del financiamiento político. Si los
votantes perciben que las campañas están dominadas por flujos financieros
opacos, pueden concluir que el proceso electoral está siendo manipulado por
intereses privados y no responde al principio de soberanía popular.
Además, el
financiamiento político opaco afecta la credibilidad de los resultados
electorales. Si los votantes no saben de dónde provienen los recursos que
financian las campañas, pueden cuestionar la imparcialidad de las elecciones.
Por ejemplo, si un candidato tiene una gran cantidad de dinero de fuentes
desconocidas, los ciudadanos pueden llegar a la conclusión de que su éxito
electoral está más relacionado con el poder económico que con las ideas o
propuestas. Esto genera un deterioro en la legitimidad del proceso democrático.
A largo plazo, la falta de transparencia puede desencadenar un círculo vicioso
de desconfianza, donde los votantes se sienten cada vez más desconectados de
los políticos y las instituciones.
b)
Evolución de la fiscalización
electoral
Aunque se han
realizado avances normativos relevantes en materia de fiscalización electoral,
su impacto sigue siendo limitado debido a la persistencia de debilidades
institucionales, la insuficiencia en las sanciones y la falta de divulgación
oportuna de la información financiera. Uno de estos avances es el Decreto 29 del
30 de mayo de 2022 “Que convoca a la Elección General del 5 de mayo de 2024 y
aprueba su reglamentación”. Este decreto establece el calendario electoral, los
procedimientos para la postulación de candidatos, así como las reglas para el
financiamiento público y privado de las campañas políticas. En él se refuerzan
los mecanismos de rendición de cuentas mediante la obligación de presentar
informes financieros y de reportar ingresos y egresos con mayor detalle.
Otro instrumento
clave fue el Decreto 42 del 2 de diciembre de 2019 “Que convoca y reglamenta la
integración de la Comisión Nacional de Reformas Electorales 2020”. Este decreto
dio inicio formal al proceso de reformas electorales posteriores a los comicios
de 2019, de manera que abrió un espacio de diálogo multisectorial para revisar,
entre otros temas, el financiamiento político, la transparencia y los
mecanismos de fiscalización.
La fiscalización
del financiamiento político en Panamá ha experimentado un proceso de evolución
marcado por la necesidad de hacer frente a los desafíos que plantea la falta de
transparencia y la creciente preocupación por la corrupción. El Tribunal Electoral
ha desempeñado un papel fundamental en la mejora de los controles sobre el
financiamiento político, por medio del establecimiento de reglas más estrictas
y mecanismos de auditoría para garantizar que los fondos se utilicen de acuerdo
con la ley.
Una de las primeras
reformas clave en la fiscalización del financiamiento político se remonta a la
década de 1990, con la introducción del financiamiento público para partidos
políticos en 1997. Esta reforma estableció la obligación de llevar contabilidad
oficial y justificar el uso de los recursos públicos, lo que marcó un hito
inicial en la institucionalización de la transparencia.
El exmagistrado
del Tribunal Electoral de Panamá, Erasmo Pinilla, señala que: “Fue en 1997
cuando se adopta finalmente el subsidio directo… implementado por primera vez
en las elecciones de 1999” (Pinilla, 2002). Además, en la cobertura de La
Prensa se señala: “Desde que en 1997 se reglamentó el financiamiento electoral
de los partidos con fondos públicos…” (La Prensa, 2019).
Posteriormente,
entre 2015 y 2017, Panamá profundizó esta lógica mediante compromisos asumidos
en el marco de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP, 2015). El Plan de
Acción 2015-2017, implementado desde mayo de 2015, introdujo la obligación de
presentar informes auditados y detallados sobre el uso de fondos públicos,
incluyendo la creación de un módulo digital para publicar en formatos
reutilizables seis meses después de cada elección.
Tabla 2
Resumen cronológico, reformas en la fiscalización
del financiamiento político
Año |
Reforma o medida |
Naturaleza del avance |
1997 |
Reforma
al Código Electoral |
Introduce
subsidio estatal directo para partidos y candidatos, y contabilidad oficial |
1999 |
Primera
aplicación del subsidio en elecciones |
Implementación
efectiva del financiamiento público directo |
2015-2017 |
Plan de
Acción OGP |
Implementación
de herramientas digitales y transparencia de datos financieros |
Nota. Elaborado con base en la información recopilada.
En 2019, se dio
un paso importante hacia una mayor regulación con la aprobación del Decreto 42,
que convocó a la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) para llevar a
cabo modificaciones en el Código Electoral de 2017. Esta reforma buscaba fortalecer
la fiscalización del financiamiento político y la rendición de cuentas, por
medio del abordaje de las deficiencias previas en la regulación y el control de
los recursos electorales. Entre las medidas adoptadas destaca la introducción
de topes al financiamiento privado, lo cual limita la influencia de grandes
donantes en las campañas políticas y busca prevenir la financiación ilícita.
Sin embargo,
persisten desafíos en la transparencia del financiamiento político,
especialmente en cuanto a la difusión oportuna de la información. La rendición
de cuentas no solo es responsabilidad de los partidos políticos, sino también
del órgano de control, que debe garantizar la accesibilidad y la correcta
difusión de la información, además de la aplicación efectiva de sanciones.
Es importante
evaluar si las reformas han sido suficientes para superar los problemas
históricos en la transparencia del sistema de financiamiento político electoral.
Las reformas deben ser vistas en el contexto de una evolución constante de las
necesidades democráticas, sobre todo con relación a la rendición de cuentas en
el financiamiento político.
Desde la reforma
electoral de 2017 -y con mayor énfasis a partir de la reforma del Código
Electoral panameño de 2021- el sistema de fiscalización del financiamiento
político en Panamá ha experimentado una transformación normativa orientada a
fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas. Una de las medidas más
significativas ha sido la obligación legal de divulgar los nombres de los
donantes que financian las campañas, con el objetivo de que la ciudadanía
conozca los intereses que respaldan económicamente a los candidatos.
Estas reformas
introdujeron procedimientos más rigurosos respecto al control del
financiamiento privado y al uso del financiamiento público. Por ejemplo, se
establecieron techos de gasto, restricciones a donaciones provenientes de
fuentes prohibidas, y exigencias más estrictas sobre la documentación y
presentación de informes financieros ante el Tribunal Electoral. En ese
sentido, las normas se han vuelto más estrictas en cuanto al alcance, exigencia
de trazabilidad y control documental de los recursos empleados en las campañas
electorales.
No obstante, a
pesar de estos avances normativos, el impacto de las reformas ha sido limitado
en términos de su efectividad práctica. Una de las debilidades más persistentes
radica en la divulgación no oportuna de la información financiera durante el
desarrollo de las campañas. Aunque los partidos y candidatos están obligados a
presentar informes financieros al finalizar el proceso electoral, la falta de
publicación en tiempo real impide que la ciudadanía tenga acceso a información
clave mientras los hechos ocurren. Esta situación restringe el ejercicio del
voto informado y reduce las posibilidades de ejercer una fiscalización social
efectiva mientras se desarrollan los actos de campaña.
c)
Divulgación tardía y credibilidad
electoral
Uno de los
desafíos persistentes en la regulación del financiamiento político en Panamá es
la publicación extemporánea de los informes financieros, los cuales, según la
normativa vigente, deben presentarse una vez culminada la contienda electoral.
Esta demora en la divulgación impide que el electorado valore oportunamente la
magnitud y procedencia del financiamiento recibido por los candidatos y
partidos, lo que limita su capacidad de tomar decisiones informadas durante el
desarrollo mismo de la campaña.
La falta de
información en tiempo real sobre el origen y uso de los fondos afecta
particularmente la percepción de equidad del proceso electoral, ya que puede
dar lugar a ventajas indebidas entre candidatos, especialmente en contextos
donde el acceso al financiamiento privado es desigual. De este modo, la
opacidad temporal no solo genera incertidumbre sobre si se han respetado los
techos de gasto o si existen vínculos con fuentes prohibidas, sino que también
compromete la percepción de imparcialidad y transparencia en la contienda.
Si los votantes
desconocen -al momento de ejercer el sufragio- quiénes han financiado a los
candidatos y de qué manera se ha utilizado ese dinero, pueden considerar que la
elección carece de condiciones justas o que el poder económico ha distorsionado
la competencia electoral. En consecuencia, la legitimidad del proceso electoral
se ve debilitada, al no estar acompañada por un escrutinio público efectivo del
financiamiento durante las etapas más sensibles del ciclo electoral.
Aunque esta
situación incide de manera directa sobre la confianza ciudadana en los
mecanismos de fiscalización electoral, sus efectos pueden extenderse al sistema
democrático en su conjunto. En contextos reiterados de opacidad y debilidad
institucional en la supervisión financiera, la ciudadanía puede extrapolar la
desconfianza al resto de las instituciones públicas, lo que refuerza una
percepción generalizada de impunidad y falta de responsabilidad política.
4.
Eficacia de las reformas
electorales
a)
Reformas como proceso evolutivo
Las reformas al
Código Electoral deben concebirse como parte de una dinámica institucional
permanente. La irrupción de nuevas tecnologías, el financiamiento digital y la
aparición de nuevos actores políticos exigen una actualización constante del
marco regulatorio y la capacidad de respuesta del Tribunal Electoral.
Al evaluar la
eficacia de las reformas introducidas en el marco del financiamiento político
en Panamá, resulta fundamental determinar si han sido suficientes para superar
los problemas históricos de opacidad y falta de rendición de cuentas que han
caracterizado el sistema. En este sentido, la reforma al Código Electoral del
2021, junto con su reglamentación mediante el Decreto 29 de 2022, han tenido un
impacto positivo en ciertos aspectos clave.
Entre los avances
destacables, puede mencionarse la prohibición de donaciones anónimas, la
obligación de revelar la identidad de los donantes, la limitación del
financiamiento privado y la introducción de techos de gasto de campaña más
precisos. Asimismo, se han fortalecido los mecanismos de control previo y
posterior mediante la obligatoriedad de reportes financieros auditables por
parte de partidos y candidatos, así como la supervisión de la Dirección de
Fiscalización del Financiamiento Político del Tribunal Electoral.
No obstante,
persisten vacíos estructurales que limitan el alcance efectivo de estas
reformas. La divulgación extemporánea de los informes financieros, la falta de
interoperabilidad tecnológica para la trazabilidad de fondos en tiempo real, y
las dificultades operativas del órgano electoral para procesar y difundir la
información de manera accesible comprometen el impacto transformador que se
espera de estos avances normativos.
Por tanto, si
bien las reformas han marcado un paso importante hacia una mayor transparencia,
la persistencia de obstáculos normativos, técnicos e institucionales sugiere
que aún no se ha logrado consolidar un sistema de financiamiento político
plenamente transparente y sujeto a un control ciudadano eficaz. Uno de los
principales problemas sigue siendo la divulgación tardía de la información. Si
bien los informes financieros se presentan en algunos casos, no se publican en
tiempo real, lo que dificulta el acceso de los votantes a datos actualizados.
La transparencia no se puede garantizar si la información no está disponible en
el momento adecuado, cuando los votantes están tomando decisiones sobre a quién
apoyar en las urnas.
Además, la
implementación de topes al financiamiento privado ha sido un avance importante,
pero todavía existe el riesgo de que los fondos lleguen a través de vías
indirectas o que los intereses privados puedan eludir estos límites mediante
métodos no directamente visibles. El control del financiamiento debe ser
exhaustivo para garantizar que los recursos provengan de fuentes lícitas y no
sean utilizados para influir en los resultados electorales de manera injusta.
Las reformas
deben verse no solo como una respuesta a problemas pasados, sino como un
proceso evolutivo que debe adaptarse a las necesidades democráticas cambiantes.
El financiamiento político es un área en constante evolución debido a los
cambios en las tecnologías de comunicación, el aumento de las campañas en redes
sociales y la presencia de nuevos actores políticos, como los candidatos de
libre postulación. La capacidad del Tribunal Electoral para regular estos
aspectos y garantizar una fiscalización efectiva dependerá de su disposición
para adaptarse a los nuevos desafíos que surgen con el tiempo.
Por ejemplo, el
uso de plataformas digitales y redes sociales en las campañas electorales ha
transformado la forma en que los partidos y candidatos recaudan fondos y
comunican sus mensajes. Esto plantea nuevos desafíos para el control del
financiamiento, ya que las donaciones y los aportes pueden provenir de fuentes
globales y no necesariamente estar sujetos a las mismas regulaciones que los
fondos nacionales. El Tribunal Electoral debe tener la capacidad de monitorear
estas nuevas formas de financiamiento y adaptarse a la digitalización de las
campañas para asegurar que la transparencia no se vea comprometida.
En este contexto,
las reformas deben ser parte de un proceso continuo de ajuste normativo y
fortalecimiento de las capacidades del Tribunal Electoral para responder a los
nuevos desafíos. Es fundamental que el país no vea las reformas como una
solución final, sino como un paso dentro de un proceso más amplio de
fortalecimiento institucional que permita mejorar de manera sostenida la
rendición de cuentas en el financiamiento político.
5.
Dificultades en la
rendición de cuentas
Una de las
principales dificultades para asegurar la rendición de cuentas en el
financiamiento de los partidos políticos es la capacidad institucional limitada
para procesar, auditar y divulgar en tiempo real la información financiera de
las campañas. En otras palabras, aunque existen normas que exigen el reporte
detallado del origen y uso de los fondos, y aunque el Tribunal Electoral ha
creado instancias como la Dirección de Fiscalización del Financiamiento
Político, la falta de divulgación oportuna y de sistemas tecnológicos
interoperables sigue impidiendo un control ciudadano efectivo. Esta situación
contribuye a una percepción de opacidad, aunque existan auditorías formales en
curso.
Adicionalmente,
la estructura de financiamiento político en Panamá es particularmente compleja
debido a la coexistencia de múltiples fuentes de recursos, incluyendo
financiamiento público, aportes privados individuales, contribuciones de
simpatizantes, eventos proselitistas y autofinanciamiento de candidatos. Esta
pluralidad de fuentes dificulta el seguimiento preciso de los flujos
financieros, especialmente cuando se presentan movimientos en efectivo,
triangulación de fondos a través de terceros o utilización de recursos en especie
que no siempre quedan registrados formalmente.
Otro desafío estructural
en la fiscalización del financiamiento político en Panamá es la insuficiencia de
sanciones efectivas frente a las infracciones en esta materia. Aunque el Código
Electoral establece diversas sanciones para quienes incumplen las normas sobre
financiamiento, estas medidas suelen ser de carácter pecuniario y de bajo
impacto real, lo que reduce su capacidad disuasoria.
Según los
artículos 558-561 del Código Electoral, modificado por las reformas de 2021,
los partidos políticos, candidatos o responsables de campañas que no presenten
informes financieros en los plazos establecidos pueden ser sancionados con
multas de hasta el 60% del monto que aplique. Asimismo, se contemplan sanciones
por donaciones prohibidas (como las provenientes del extranjero, de personas
jurídicas o de fuentes anónimas), que también pueden conllevar la devolución
del monto y la imposición de multas.
Además, la
ausencia de consecuencias más severas, como la pérdida de derechos electorales
pasivos, la inhabilitación para postularse o la cancelación de candidaturas en
casos graves, diluye el efecto correctivo del sistema sancionatorio. Esto
genera un mensaje contradictorio en la lucha por la integridad electoral, al
percibirse que las violaciones a las normas pueden ser “costos asumibles”
dentro de la lógica de las campañas. Por tanto, es fundamental fortalecer el
régimen sancionador no solo en términos normativos, sino también en su
aplicación efectiva y proporcional para que las reglas del financiamiento
político sean respetadas de manera real y no solo formal.
También, se han
denunciado casos de uso indebido de fondos públicos destinados a los partidos
políticos, lo cual revela problemas persistentes en el control y fiscalización
de estos recursos:
·
Partido Cambio
Democrático (CD)
Un grupo de
diputados del mismo partido interpuso una denuncia ante el Tribunal Electoral
contra la dirigencia de CD -incluido Rómulo Roux y la secretaria ejecutiva
Mitzi Tejeira Araúz- por el presunto desvío del subsidio postelectoral en el “uso
indebido o desviación de recursos” del partido “para fines propios o fines
distintos” a los que fueron concebidos en la Ley electoral (La Prensa, 2021).
·
Partido Molirena
En el período
2019-2024, se reportaron al menos cuatro denuncias ante el Tribunal Electoral
sobre posibles irregularidades en el uso del subsidio, incluyendo compra de
bienes o servicios no relacionados con actividades partidarias, impago de
cuotas obrero‑patronales y contratación sospechosa. El partido respondió que una auditoría forense concluyó que “no se determinaron irregularidades o
inconsistencias” (La Prensa, 2021).
·
Uso indebido de
bienes y servicios estatales
Durante la
campaña de las elecciones generales de 2024, el presidente del Tribunal
Electoral, Alfredo Juncá, instó a denunciar el uso de
fondos, bienes o servicios públicos para beneficiar a candidatos o partidos, e
indicó que se detectaron varios casos de este tipo en campañas locales (TVN,
2024).
Estas
denuncias evidencian: (1) falta de control efectivo en el uso del subsidio estatal
y prerrogativas públicas; (2) limitaciones en la investigación y en la imposición
de sanciones concretas; y (3) la necesidad de fortalecer los mecanismos de
auditoría proactiva y de transparencia, incluidos reportes disponibles en
tiempo real y sanciones con verdadero efecto disuasorio.
6.
Propuestas de mejora
Cabe
señalar que la implementación efectiva de muchas de las propuestas planteadas -particularmente
aquellas vinculadas con el fortalecimiento de la transparencia, el control del
financiamiento privado, la regulación del financiamiento digital y la
modernización institucional- podría requerir ajustes normativos y
reglamentarios. Aunque algunas acciones pueden desarrollarse dentro del marco
legal vigente mediante resoluciones administrativas del Tribunal Electoral,
otras demandan reformas más profundas a leyes existentes como el Código
Electoral o el Decreto 29 de 2022. En especial, aspectos como la regulación del
crowdfunding[1], la fiscalización de donantes indirectos o el
establecimiento de registros de beneficiarios finales requieren un sustento
legal robusto que garantice su legitimidad, aplicabilidad y sostenibilidad en
el tiempo. Por tanto, se recomienda realizar una revisión técnica del marco
normativo actual para determinar los cambios necesarios que permitan al Tribunal
Electoral implementar estas mejoras sin vulnerar principios constitucionales ni
competencias previamente establecidas.
a)
Fortalecimiento de la transparencia
Recomendación: Divulgación oportuna y continua de la información
financiera. Una de las críticas más relevantes sobre el financiamiento político
es la falta de divulgación oportuna y continua de la información. Actualmente,
los informes financieros de las campañas solo se presentan una vez finalizado
el proceso electoral, lo que no permite a los votantes evaluar en tiempo real
cómo los fondos están influenciando las elecciones.
Propuesta:
·
El Tribunal
Electoral debería implementar una plataforma digital pública donde los partidos
políticos y candidatos puedan cargar información detallada sobre sus ingresos y
egresos durante el período de campaña. Esta información debería ser accesible a
los ciudadanos de manera continua, a fin de permitir una evaluación constante
del origen y destino de los fondos.
·
Regular la
actualización diaria de los informes, de manera que la ciudadanía tenga acceso
a información actualizada sobre el financiamiento en las campañas. La
divulgación tardía de la información mina la confianza en el proceso electoral.
b)
Control del financiamiento
privado
Recomendación: Fortalecer los topes al financiamiento
privado y controlar el financiamiento indirecto.
Aunque en Panamá
se han logrado establecer límites al financiamiento privado -como los previstos
en el Decreto 29 de 2022, que fija topes diferenciados para aportes
individuales y colectivos-, aún persiste el riesgo de que los fondos lleguen de
manera indirecta, a través de terceros o entidades que actúan como
intermediarios para eludir las normativas vigentes. Este fenómeno se agrava
ante la falta de mecanismos de fiscalización proactiva y el uso de estructuras
complejas que ocultan el origen real del dinero.
El
fortalecimiento de los topes al financiamiento privado en los procesos
electorales se convierte en una necesidad imperiosa para garantizar la equidad,
la transparencia y la integridad de la competencia democrática. Para lograrlo,
se han propuesto diversas estrategias que apuntan a modernizar y reforzar los
mecanismos existentes.
Una de las
primeras medidas consiste en actualizar los topes de financiamiento conforme al
tamaño del electorado o al tipo de elección. Esta actualización periódica tiene
como finalidad mantener la proporcionalidad entre el gasto permitido y la
magnitud del proceso electoral, para evitar así que los límites pierdan
efectividad con el paso del tiempo o queden rezagados frente a nuevas
realidades sociales y políticas.
Adicionalmente,
se propone la implementación de topes acumulativos que contemplen no solo las
contribuciones directas en dinero, sino también aquellas aportaciones en
especie, los servicios prestados gratuitamente y cualquier beneficio indirecto
recibido por los candidatos o partidos. Esta medida busca cerrar los vacíos
legales que permiten la elusión de los límites financieros mediante aportes
difíciles de rastrear o valorizar.
El sistema
sancionatorio también debe fortalecerse, por medio de la adopción de un esquema
escalonado que contemple desde sanciones económicas proporcionales hasta
consecuencias más severas, como la cancelación de candidaturas o la pérdida del
acceso a subsidios estatales. De esta manera, se promueve el cumplimiento
normativo mediante incentivos negativos que desincentivan las prácticas
ilícitas o irregulares.
En paralelo,
surge la necesidad de aumentar la vigilancia sobre las redes de donantes
indirectos u ocultos. Una vía efectiva para lograrlo es la creación de
registros de beneficiarios finales, los cuales obliguen a identificar al
verdadero aportante detrás de toda donación, ya sea realizada de forma directa
o a través de fundaciones, empresas u organizaciones. Esta exigencia, inspirada
en los estándares internacionales contra el lavado de activos, permite
transparentar el origen de los recursos y evitar el financiamiento encubierto.
El uso de
tecnología también desempeña un rol fundamental en este proceso. Se plantea la
bancarización obligatoria de todas las donaciones, así como su registro en
plataformas digitales auditables en tiempo real por el Tribunal Electoral. Esta
medida permite un control más eficiente, reduce el margen de discrecionalidad y
facilita la detección temprana de irregularidades.
Para complementar
estas acciones, se propone la realización de auditorías cruzadas con entidades
externas como la Dirección General de Ingresos (DGI) o la Unidad de Análisis
Financiero (UAF), con el objetivo de detectar inconsistencias entre los
ingresos reportados por los donantes y las contribuciones efectuadas. Esta
cooperación interinstitucional fortalece la fiscalización y previene el uso de
fondos de origen ilícito.
Finalmente, es
necesario establecer restricciones claras a la triangulación de fondos a través
de terceros. Las reglas deben impedir que personas jurídicas canalicen aportes
que, en realidad, provienen de otras entidades, con el propósito de ocultar su
verdadero origen. Solo así se podrá cerrar el cerco a los mecanismos de
financiamiento opaco y asegurar una competencia política basada en la
transparencia y la legalidad.
Propuesta: Se debe implementar una mayor vigilancia sobre
las redes de donantes indirectos o entidades que canalicen fondos en nombre de
grandes donantes. Esto implicaría la obligación de transparentar no solo a los
donantes directos, sino también a cualquier actor que esté detrás de las
contribuciones, incluso si estas se realizan de manera indirecta.
c)
Regulación del financiamiento
digital
Recomendación: Adaptación de las normativas al uso de
plataformas digitales y redes sociales. El uso de plataformas digitales y redes
sociales ha transformado el panorama del financiamiento político, de manera que
ha permitido a los partidos y candidatos recaudar fondos a través de canales
globales y no necesariamente sujetos a las mismas regulaciones que los fondos
nacionales.
Propuesta:
·
El Tribunal
Electoral debe crear una normativa que regule específicamente el financiamiento
electoral a través de plataformas digitales, redes sociales y crowdfunding, con el fin de garantizar
que estas contribuciones sean transparentes y cumplan con los mismos principios
que las contribuciones tradicionales, entendidas como aquellas efectuadas por
medio de depósitos bancarios, cheques, transferencias locales o donaciones en
especie dentro del territorio nacional, bajo las reglas y supervisión directa
del sistema electoral panameño.
·
Establecer
acuerdos con plataformas internacionales de crowdfunding y redes
sociales para el seguimiento y regulación del dinero que fluye hacia las
campañas. Esto podría incluir mecanismos de verificación de identidad de los
donantes, transparencia sobre los montos recaudados y coordinación
institucional para la trazabilidad de los aportes.
d)
Fortalecimiento institucional
Recomendación: Capacitación y recursos adecuados para el
Tribunal Electoral. El Tribunal Electoral debe estar preparado para hacer
frente a los nuevos desafíos del financiamiento político, especialmente en un
entorno cada vez más digital y globalizado. Es esencial que cuente con los
recursos y la capacitación adecuados para realizar su labor de fiscalización de
manera eficaz.
Propuesta:
·
Incrementar los
recursos y capacitación del personal encargado de la fiscalización,
específicamente en las áreas de análisis de datos digitales y seguimiento de
plataformas en línea.
Si bien no existen cifras oficiales desglosadas en el estudio
sobre cuánto específicamente se invierte en esta área, el presupuesto total del Tribunal Electoral para 2024 asciende a
B/. 234.6 millones, de los cuales
B/. 59.9 millones están destinados a eventos electorales -incluyendo
capacitación y tecnología- y B/. 12 millones a inversión,
posiblemente vinculada a infraestructura tecnológica (La Estrella de Panamá,
2023).
·
Establecer
acuerdos con organismos internacionales y otras autoridades electorales para
mejorar las herramientas de fiscalización, particularmente en lo que respecta a
donaciones extranjeras y financiamiento a través de medios digitales.
Si bien es cierto
que el presupuesto global que administra esta institución es considerable,
persiste una falta de claridad respecto a cuánto de ese monto se destina
específicamente a la formación en competencias digitales. Esto impide conocer
si los recursos asignados están siendo realmente suficientes y estratégicamente
dirigidos hacia el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas necesarias
para una fiscalización electoral más eficiente.
A pesar de que se
han desarrollado jornadas de capacitación con un enfoque proactivo, orientadas
a preparar al personal en el uso de nuevas herramientas tecnológicas, no
existen métricas públicas que permitan evaluar con precisión su frecuencia,
duración o el alcance real que han tenido. Mucho menos se cuenta con
indicadores que permitan medir el impacto concreto de estas acciones en la
mejora de los procesos de fiscalización digital, un componente clave en el
contexto electoral contemporáneo.
Frente a este
panorama, resulta esencial dar el siguiente paso: la implementación de un
sistema de seguimiento y evaluación que permita reportar, con rigor y
transparencia, la inversión realizada en formación tecnológica. Este sistema
debería incluir datos desagregados sobre las horas de capacitación impartidas,
las herramientas adquiridas, el número de funcionarios capacitados y, sobre
todo, los resultados alcanzados en cada ciclo electoral. Solo a través de este
enfoque sistemático y basado en evidencias será posible fortalecer de manera
efectiva las capacidades institucionales y garantizar que la tecnología se
convierta en un verdadero aliado de la democracia.
7.
Conclusiones
La transparencia
en el financiamiento político no solo depende de la creación de normas y
regulaciones, sino también de su implementación efectiva y de la adaptación
continua a las nuevas realidades del contexto electoral. Si bien el control del
financiamiento político es un componente clave para garantizar elecciones
justas, no es el único determinante de la legitimidad del proceso electoral.
La legitimidad y la
credibilidad de los procesos electorales también dependen del adecuado
cumplimiento de todas las funciones sustantivas del organismo electoral, tales
como la organización de los comicios, la depuración del padrón electoral, la
supervisión del proceso de votación, el escrutinio transparente y la resolución
imparcial de conflictos. Por ello, la falta de control sobre el financiamiento
debe entenderse como un factor que puede debilitar, pero no por sí solo
invalidar, la integridad del proceso.
Solo mediante un
enfoque integral -que incluya la divulgación oportuna de la información
financiera, la regulación del financiamiento digital, la aplicación efectiva de
sanciones y el fortalecimiento institucional del Tribunal Electoral- se podrá
contribuir al fortalecimiento de la confianza pública, la equidad en la
competencia y la transparencia del sistema democrático.
La rendición de
cuentas en el financiamiento de los partidos políticos es fundamental para
asegurar la transparencia y la democracia. Es necesario que las autoridades y
los partidos políticos trabajen juntos para establecer un sistema de
financiamiento más transparente y eficiente, que permita una mayor
participación ciudadana y que restaure la confianza de la ciudadanía en el
sistema político.
Por ello, desde
la comunidad académica y como especialistas en derecho electoral, hacemos un
llamado a la sociedad civil, a las autoridades y a los partidos políticos para
que se comprometan a establecer medidas efectivas de rendición de cuentas en el
financiamiento de los partidos políticos en Panamá. Solo así podremos
garantizar un sistema político más transparente, justo y democrático para todos
los panameños.
Referencias
Alianza para el Gobierno Abierto. (9 de junio de 2025). Financiación
transparente de partidos y candidatos (PA0009). Open Government Partnership. https://www.opengovpartnership.org/es/members/panama/
commitments/pa0009/
Alianza para el Gobierno Abierto. (2022). Open Government Partnership
[Archivo PDF]. https://www.opengovpartnership.org/wp-content/uploads/2001/01/OGP_Booklet_Spanish_Digital.pdf
Código Electoral. Ley 247
de 2021. 22 de octubre (Panamá).
Comisión Económica para América Latina y el
Caribe (2017). Desde el gobierno abierto al Estado abierto en América Latina
y el Caribe. Editorial CEPAL. https://snia.mop.gob.cl/repositoriodga/bitstream/handle/20.500.13000/4391/OTR5786.pdf?sequence=1
La Estrella de Panamá (16 agosto de 2023). Entes
electorales tendrán el presupuesto más alto de su historia en 2024. La
Estrella de Panamá. https://www.laestrella.com.pa/panama/nacional/entes-electorales-tendran-presupuesto-CELE496620
La Prensa (24 de marzo de 2019). $230 millones de dinero
público para los partidos. La Prensa. https://www.prensa.com/impresa/panorama/millones-dinero-publico-partidos_0_5265223457.htmlLa Prensa (3 de agosto de 2021). Tribunal Electoral
tramita la denuncia contra CD, sobre un presunto mal manejo del subsidio. La
Prensa. https://www.prensa.com/politica/tribunal-electoral-inicia-auditoria-a-cambio-democratico-tras-denuncia-de-mal-manejo-del-subsidio/
La Prensa (22 de diciembre de 2021). El Tribunal Electoral
tiene la palabra sobre escándalo en el Molirena:
Ford. La Prensa. https://www.prensa.com/impresa/panorama/el-te-tiene-la-palabra-sobre-escandalo-en-el-molirena-ford/
Pinilla, E. (2002). El financiamiento de los
partidos políticos en la República de Panamá. Tribunal Electoral de Panamá.
Tribunal Electoral de la República de Panamá
(2022). Decreto 29 de 2022, Convocatoria a la Elección General del 5 de mayo de
2024 y aprueba su reglamentación. https://rinedtep.edu.pa/entities/publication/602b3d49-b92f-4fd4-abf5-180fa9608e75
TVN (4 de enero de 2024). Presidente del
Tribunal Electoral instó a denunciar el uso de fondos públicos en la campaña. TVN. https://www.tvn-2.com/tu-decision-2024/presidente-tribunal-electoral-insto-denuncie-elecciones-2024_1_2100259.html
* Panameña,
abogada y politóloga, correofkamani@contraloria.gob.pa. Licenciada
en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad de Panamá, con una Maestría
en Gestión Fiscal con especialización en Tributación y en Derecho Procesal
Civil. Posee estudios de postgrado en Docencia Superior y diplomados en Derecho
Tributario y Jurisdicción de Cuentas. Actualmente se desempeña como asesora legal
en la Contraloría General de la República de Panamá y es editora jefe de la Revista
Vanguardia Jurídica. ORCID: https://orcid.org/0009-0005-6793-6158.
[1] Financiación
colectiva. En el contexto electoral, la microfinanciación ha sido
planteado como una alternativa innovadora y transparente para diversificar las
fuentes de financiamiento político y reducir la dependencia de grandes
donantes. Sin embargo, su implementación requiere una regulación clara para
evitar que sea utilizado como vía para eludir los controles sobre el origen de
los fondos o para canalizar aportes de actores prohibidos.