SEGUNDO SEMESTRE 2024 NÚMERO 38 |
ISSN: 1659-2069 |
Transformando realidades en Tibás: un análisis de la
municipalidad y su aplicación de la Ley 10235 para erradicar la violencia
contra las mujeres en la política
Cristine Rojas Brenes*
Paula Nathalia Salas
Abarca**
Yendry Navarro Araya***
https://doi.org/10.35242/RDE_2024_38_11
Nota del Consejo
Editorial
Recepción: 12 de
marzo de 2024.
Revisión, corrección y
aprobación: 11 de julio de 2024.
Resumen: El artículo recupera algunas características de
la gestión de la Municipalidad de Tibás en el marco de las responsabilidades
que le asigna la Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en la política aprobada en mayo de 2022. La
erradicación de conductas y prácticas discriminatorias contra las mujeres que
ejercen sus derechos políticos en cargos de elección popular, designaciones,
partidos políticos y en el ejercicio de la función pública, sin duda,
constituye una condición esencial para la vida en democracia, la igualdad
efectiva y los derechos humanos; es por esto que con el presente análisis, se
pretende dar un aporte desde el área de Trabajo Social para visibilizar
desigualdades y las acciones de violencia en razón de género que se manifiestan
en el ámbito de la gestión de la política social local.
Palabras
clave: Puestos
de elección popular / Violencia por razones de género / Género / Mujeres /
Municipalidad / Política social.
Abstract: This article recovers some
characteristics of the management of the Municipality of Tibás within the
framework of the responsibilities assigned to it by Law No. 10235 to prevent,
address, punish and eradicate violence against women in the policy approved in
May 2022. The eradication of discriminatory conduct and practices against women
who exercise their political rights in elected positions, appointments,
political parties and in the exercise of public office, without a doubt,
constitutes an essential condition for life in democracy, effective equality.
and human rights, which is why this analysis aims to provide a contribution
from Social Work to make visible inequalities and actions of gender-based
violence that manifest themselves in the field of local social policy
management.
Key Words: Popular
election posts / Gender-based violence / Gender / Women / Municipality / Social
politics.
1.
Introducción
La Ley 10235 para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política
realiza un importante esfuerzo por identificar las diversas manifestaciones de
la violencia en este ámbito, así como las responsabilidades que tienen los
distintos actores para su aplicación. Destaca el papel del Estado y de las
municipalidades como garantes del cumplimiento efectivo de la democracia y los
derechos humanos; por esto, como parte de la práctica académica del nivel de
licenciatura, las autoras se incorporan a la Municipalidad de Tibás, en el
Departamento de Gestión Social, específicamente en la Oficina de la Mujer
(OFIM) y con el apoyo de Licda. Meilyn Reyes,
psicóloga de la oficina, analizaron algunos elementos del contexto que rodean
la gestión de la política social de género en el cantón.
El análisis se centrará en las
responsabilidades que la Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar
y erradicar la violencia contra las mujeres en la política les asigna a los
gobiernos locales, e identificar los procesos de gestión que ejecuta la
Municipalidad de Tibás para cumplir con dichas responsabilidades.
Cabe resaltar que el presente artículo se ha
construido mediante la revisión exhaustiva de diversas fuentes bibliográficas
que abordan las particularidades del cantón de Tibás en términos de su contexto
histórico, cultural, social y político. Además, se realizó el análisis de las
leyes y reglamentos relacionados con la violencia de género y se llevaron a
cabo entrevistas a personas vinculadas con la gestión local, personas expertas
en temas de violencia política del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) y
del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Otro recurso valioso fue la
participación de las autoras como oyentes en el foro "Principios generales
para el establecimiento de procedimientos partidarios de investigación por
denuncias de violencia contra las mujeres en la política", organizado por
el Tribunal Supremo de Elecciones en octubre de 2023 en el que hubo
participación de lideresas políticas de diversos cantones del país.
Las reflexiones aquí planteadas pretenden
contribuir con la comprensión de la importancia que tiene la reflexión y acción
para fortalecer los mecanismos destinados a erradicar la violencia de género en
todos los espacios del ámbito político, promoviendo así un entorno más
equitativo y seguro para todas las mujeres involucradas en la vida pública de
los cantones.
2.
Municipalidad de
Tibás y la atención de problemáticas sociales vinculadas con la violencia de
género
La Municipalidad de Tibás asigna un papel
significativo a los elementos de índole social y cultural, dado que estos
desempeñan un rol fundamental en las relaciones que se establecen entre la
forma de intervenir de esta entidad gubernamental y los(as) residentes del
cantón. Es por esta razón que resulta esencial llevar a cabo un análisis de
cómo los fenómenos de carácter sociocultural inciden en el funcionamiento de la
Oficina de la Mujer de dicha entidad. En relación con este tema, resulta
fundamental tomar en cuenta las manifestaciones de la violencia de género en el
cantón de Tibás, las cuales se detallan en la figura 1.
Figura 1
Manifestaciones de violencia de género en Tibás
Nota. Elaborado con base en Municipalidad de Tibás, 2020b.
Se evidencia la persistencia del sistema
patriarcal en el cantón de Tibás y este es uno de los motivos por el cual la
Municipalidad de Tibás estableció la Oficina de la Mujer: el “machismo y la
sociedad patriarcal como uno de [los] principales problemas que tienen las
mujeres habitantes de Tibás. Este grave problema también está relacionado en su
mayoría con violencia doméstica” (Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 51). Por
ende, dicha oficina pretende “promover cambios socioculturales en el cantón de
Tibás, que garanticen una mayor igualdad efectiva entre hombres y mujeres para
la promoción, protección, respeto y garantía de sus derechos humanos”
(Municipalidad de Tibás, s. f., p. 1).
En esta línea, la municipalidad está
comprometida con fomentar cambios socioculturales y actualmente está enfocada
en abordar la problemática del acoso callejero a través de la creación de un
programa llamado "Tibás libre de violencia contra la mujer".
Asimismo, la Licda. Meilyn Reyes señala que se está
llevando a cabo una colaboración interinstitucional con el Instituto Nacional
de las Mujeres (INAMU) con el objetivo de establecer entornos seguros (Reyes,
M., comunicación personal, 27 de setiembre del 2023). Adicionalmente, la
Oficina de la Mujer tiene como propósito “fortalecer la autonomía económica de
las mujeres del cantón de Tibás a través del empleo inclusivo asalariado y por
cuenta propia” (Municipalidad de Tibás, s. f., p. 9); este objetivo se
materializa a través del Programa de Emprendedurismo.
Es fundamental abordar esta temática debido a que el desempleo representa una
de las problemáticas más significativas que afecta a las mujeres en este
cantón, además un “72,6% indican la necesidad de fuentes de empleo”
(Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 50).
Con el propósito de alcanzar este objetivo,
se implementan acciones relacionadas con la capacitación, orientación y
asesoramiento a las mujeres emprendedoras. El fin es que estas mujeres
adquieran habilidades técnicas, ya sea a través de su participación en
programas interinstitucionales o mediante su involucramiento en ferias de emprendedurismo organizadas por la Cámara de Comercio, el
Poder Judicial o la Asamblea Legislativa. Estos espacios generan un entorno
propicio para que dichas mujeres tomen conciencia de la importancia de
familiarizarse con los procesos de registro de marcas (Reyes, M., comunicación
personal, 27 de setiembre del 2023).
Asimismo, la Oficina de la Mujer de la
Municipalidad de Tibás se propone promover la corresponsabilidad social en
relación con el cuidado y el trabajo doméstico no remunerado, con el propósito
de establecer igualdad de oportunidades y equidad. Por último, busca aumentar
la participación política de las mujeres al facilitar su acceso a cargos de
representación y a espacios de toma de decisiones (Municipalidad de Tibás,
2020a).
Los derechos humanos desempeñan un papel
fundamental en la promoción de cambios en las relaciones de género, ya que
fomentan el respeto y protegen los derechos de las mujeres, sin importar su
edad o etnia. En otras palabras, para esta oficina, los derechos humanos
representan una herramienta que posibilita “identificar y analizar las
desigualdades que forman parte de los problemas más importantes del desarrollo,
de esa forma, corregir las prácticas de carácter discriminatorio y de las
injustas relaciones de poder que dificultan el progreso” (INAMU, citado por Municipalidad
de Tibás, 2020b, p. 26).
La Oficina de la Mujer parte de la visión de
que los derechos humanos se rigen por el principio de universalidad, lo que
implica que todas las personas poseen derechos en igualdad de condiciones; independientemente
de su “etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política, nacionalidad,
condición social, posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición
social" (Art. 2.2 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales), por lo tanto, todo la población es candidata de los derechos y
libertades que han sido reconocidos. Esta perspectiva dispone que los servicios
ofrecidos sean integrales, inclusivos y orientados a la eliminación de
barreras.
En la misma línea, con el propósito de
eliminar obstáculos y fomentar un servicio inclusivo, los distintos programas
de la Oficina de la Mujer se fundamentan en un enfoque de interseccionalidad.
Esto se debe a la percepción de que las múltiples formas de discriminación que
una mujer puede enfrentar pueden agravarse según el contexto histórico,
político, social, cultural y personal en el que se encuentre inmersa. En
consecuencia, la interseccionalidad garantiza que el servicio se preste
teniendo en cuenta que cada mujer experimenta la discriminación de manera única
(Municipalidad de Tibás, 2020b).
La oficina adopta el enfoque de desarrollo
humano sostenible debido a su convicción de que cada mujer enfrenta una
situación única y se “sitúa a la persona en el centro de los procesos de
desarrollo, priorizando la satisfacción de sus necesidades e intereses antes de
la riqueza de capital” (INAMU citado por Municipalidad de Tibás, 2020b, p. 27).
El objetivo principal de este enfoque es abordar las necesidades del presente y
proporcionar herramientas para el futuro, al mismo tiempo que se busca promover
la igualdad de oportunidades.
Además, la OFIM fundamenta su accionar en el
enfoque de igualdad de género, ya que este “obliga a mirar cualquier situación
social, o programa de intervención desde una perspectiva que permita entender
las necesidades específicas de mujeres y hombres y además los efectos
diferenciales de cada situación en ellas y ellos” (INAMU citado por Municipalidad
de Tibás, 2020b, p. 27). En otras palabras, facilita la comprensión de las
mediaciones que afectan la vida cotidiana de las mujeres y cómo estas
diferencias a menudo resultan en impactos negativos, como exclusión social,
violencia de género y disparidades sociales.
Se demuestra que efectivamente la OFIM, en su
marco de acción y sus postulados teóricos, se centra en el trabajo integral por
y para las mujeres del cantón tomando como punto de partida el enfoque de
género y de derechos humanos; no obstante, dentro de la Municipalidad de Tibás
el tema de género es más complejo, ya que los distintos departamentos y actores
del gobierno local tienen menos empatía y menos sensibilización con este tema.
Lo anterior se ve ejemplificado en los
discursos reproducidos en el contexto municipal, ya que se escuchan comentarios
como “y ¿qué pasa con los hombres que también somos violentados’, ¿por qué no
hay una oficina para protegernos?” (Reyes, M., comunicación personal, 27 de
setiembre de 2023). Este tipo de comentarios por parte de personas funcionarias
de la municipalidad revelan que efectivamente hay discursos patriarcales y
violentos que fomentan la invalidación de la realidad vivida por las mujeres,
tanto en temas de violencia como también en las desigualdades de género y la
vulneración de sus derechos.
Asimismo, dentro de la Municipalidad de Tibás
se tiene una visión focalizada de cómo trabajar el tema de género y es que se
reproduce la idea de que es responsabilidad únicamente de la Oficina de la Mujer
abordar estos temas; no obstante, es importante comprender que el trabajo desde
el enfoque de género debe de ser un eje transversal en el que se involucren
todas las personas y las oficinas (Reyes, M., comunicación personal, 27 de
setiembre de 2023).
Hay un factor que resalta respecto a la influencia de
los procesos electorales municipales en la OFIM, y es que se identificó que
antes de las campañas política, por ejemplo, el apoyo a temas de las mujeres no
es tan fuerte como lo es con otras poblaciones; hay que luchar e insistir mucho
para que se escuche a la oficina, si eso no se hace no se logra nada. No
obstante, conforme se aproximan los procesos políticos se ve más movimiento,
más interés en actividades, e incluso más acercamientos a la oficina para
conocer qué se hace y qué necesidades existen. (Reyes, M., comunicación
personal, 27 de septiembre de 2023).
A partir de la realidad expuesta anteriormente, es
importante destacar que el apoyo político de las municipalidades es esencial
para promover la igualdad de género, prevenir la violencia de género y crear
comunidades más inclusivas y equitativas, pues con un soporte desde lo cantonal
se puede tener un acercamiento más micro a las necesidades e intereses de las
mujeres. En este sentido, cuando los gobiernos locales lideran este tema y se involucran
más en proyectos y acciones, pueden marcar una verdadera diferencia en la vida
de las personas y contribuir a la construcción de sociedades más justas y
equitativas.
También, a raíz de esta posición de
dominación y privilegio, existe la posibilidad de ejercer violencia sobre las
mujeres, tal y como lo afirma Expósito (2011): “La violencia es un recurso que
la sociedad y la cultura ponen a disposición del hombre para su uso en caso de
necesidad, dejando a criterio de cada uno cuando surge ese requerimiento” (p. 22).
La violencia de género se puede ejercer a nivel físico, psicológico, social,
económico, sexual, e incluso a nivel político.
Es por ello que, al encontrar este contexto,
resulta indispensable analizar la Ley 10235: Ley para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política,
debido a que como bien se señala en su artículo 1, el objetivo se fundamenta
en: “prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
en la política como práctica discriminatoria por razón de género, que es
contraria al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres” (Ley
10235).
3.
Ley 10235 para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política
Esta legislación fue promulgada por la
Asamblea Legislativa el 17 de mayo de 2022, en respuesta a la presencia de
prácticas discriminatorias basadas en género en los espacios políticos en
nuestro país, las cuales crean obstáculos significativos para la participación
y el acceso de las mujeres a cargos de elección, participar en las estructuras
de los partidos políticos y en el desempeño de las funciones públicas.
La violencia política contra las mujeres se
refiere a: “toda conducta sea por acción, omisión o tolerancia, dirigida contra
una o varias mujeres que aspiren o estén en ejercicio de un cargo o una función
pública, que esté basada en razones de género…” (Ley 10235, art. 4). Esta
violencia puede manifestarse de manera directa, a través de terceras personas o
incluso por medios visuales, con el objetivo de causar daño a las mujeres a
través de la anulación al reconocimiento, goce o el ejercicio de los derechos políticos
de las mujeres (Ley 10235, art. 4).
Dentro de las manifestaciones de la violencia
política contra las mujeres, se incluyen diversas acciones, como obstaculizar
el pleno ejercicio de su cargo o posición, coaccionar la renuncia a una
precandidatura o candidatura política, difamar o menoscabar la reputación, el
prestigio o la imagen pública con el fin de obstaculizar el ejercicio de sus
derechos políticos, o incluso afectar su derecho a la vida, integridad personal
o derechos patrimoniales. Además, se considera una expresión de violencia política
el irrespeto hacia los cargos de representación partidaria. Cabe destacar que
todas estas formas de violencia política se encuentran en conformidad con lo
estipulado en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer (Ley 10235, art. 4).
Figura 2
Diversas manifestaciones de la violencia política contra la mujer
Nota:
Elaborado con base en la Ley 10235
Las diversas manifestaciones de la violencia
política contra las mujeres subrayan la necesidad de una ley que no solo
reconozca y visibilice esta problemática, sino que trabaje activamente en su
erradicación; de ahí la importancia de la Ley 10235, ya que abarca ambos
elementos de manera integral. Además, en el contexto costarricense prevalece el
sistema patriarcal, en donde es evidente que estas dinámicas relacionadas con
discriminación de género se extienden al ámbito político, contribuyendo a la
perpetuación de estereotipos y prejuicios que limitan la participación plena de
las mujeres en la esfera política.
El impacto del sistema patriarcal en el
ámbito político ha sido un factor determinante que condujo a la creación y
adopción de la ley por parte de la Asamblea Legislativa en 2022. Esta
legislación marca un hito significativo en el camino hacia la igualdad de
género en la política costarricense al desafiar las estructuras patriarcales
que han restringido la plena participación de las mujeres en la esfera
política.
En esta misma línea, Marcela Guerrero Campos,
exministra de la Condición de la Mujer (2020-2022), expresó:
vemos como el patriarcado se va
rearticulando, en todos los ámbitos, incluyendo el ámbito político, de ahí que
observamos cómo las mujeres se ven expuestas a una serie de prácticas y
manifestaciones de descalificación, discriminación, anulación que se constituyen
en obstáculos muy fuertes para participar como candidatas y ejercer los puestos
de toma de decisión. (Presidencia de la República, 2022, párr. 7)
La perspectiva de la exministra destaca cómo el
patriarcado coloca a las mujeres en una posición vulnerable frente a prácticas
discriminatorias por lo cual, la Ley para prevenir, atender, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en la política no solo cumple con
las obligaciones internacionales, sino, también, sienta las bases para un
sistema político más inclusivo y equitativo, donde todas las voces de las
mujeres sean escuchadas, validadas y respetadas.
Según Yensy Herrera, coordinadora del Departamento de Ciudadanía
Activa del INAMU, el sistema patriarcal impone estereotipos de género,
definidos como una “preconcepción de atributos o características poseídas o
papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres respectivamente”
(García citada en Herrera, Y., comunicación personal, 26 de octubre de 2023).
Estos estereotipos son un factor que inciden en la creación de la Ley 10235, ya
que en muchas instancias imponen expectativas y normas rigurosas respecto de
cómo las personas deben comportarse en el ámbito de la política en función de
su género. En consecuencia, generan barreras que obstaculizan la equidad, esto
“implica la necesidad de superar obstáculos patriarcales para lograr una
igualdad en la política” (Herrera, Y., comunicación personal, 26 de octubre de
2023).
La Ley 10235 establece en su artículo 4,
inciso a, que la violencia política puede expresarse de manera directa o a
través de terceras personas y medios virtuales; en la actualidad, las redes
sociales y los entornos virtuales se han convertido en uno de los principales
ámbitos donde se ejerce violencia política contra las mujeres. Esto se
manifiesta a través de intentos de "deslegitimar el liderazgo, los conocimientos
y las capacidades de las mujeres en la política con el propósito de
obstaculizar su participación en el espacio público y la toma de
decisiones" (Organización de las Naciones Unidas, 2023, párr. 5).
El Centro de Investigación en Comunicación
(CICOM) de la Universidad de Costa Rica (UCR) examinó la experiencia de mujeres
que ocupan cargos políticos en diversas instancias, como las municipalidades,
la Asamblea Legislativa y el Poder Ejecutivo; y en el estudio se reveló que
estas mujeres han enfrentado violencia política de diversas maneras, incluyendo
la difamación de su labor política a través del uso de sus fotos personales,
acoso, hostigamiento y mensajes privados que contienen insultos. Frente a estas
circunstancias, muchas de ellas han optado por reducir su presencia en las
redes sociales o limitar su uso como medida para preservar su bienestar
emocional y su salud mental (Martínez, 2022).
Por esta razón, frente a estas
manifestaciones de violencia política, la ley en su artículo 1 fija como
objetivo:
prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en la política como práctica discriminatoria por
razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos
políticos de las mujeres, todo en concordancia con el principio de igualdad
ante la ley de todas las personas, establecido en el artículo 33 de la
Constitución Política del país. (Ley 10235, art. 1)
La norma refleja un firme compromiso para
abordar la violencia política de manera integral. No solo se enfoca en la
sanción, sino que también se dedica a la prevención, lo cual resulta esencial
para deconstruir estereotipos y prejuicios de género que permean nuestra
sociedad. Además, al basarse en el principio de igualdad ante la ley consagrado
en la Constitución Política, se enfatiza la urgente necesidad de garantizar que
tanto hombres como mujeres sean tratados con equidad en el ámbito político.
La ley no define explícitamente sus ejes o
líneas de acción; sin embargo, en el capítulo IV, se detallan los aspectos
generales del proceso en caso de denuncia. Este procedimiento incluye
principios fundamentales como la confidencialidad y la no revictimización.
Además, se establecen pautas relacionadas con las pruebas, el apoyo legal y
emocional, el plazo para llevar a cabo la investigación y las medidas
cautelares. Por otro lado, en el capítulo VII se definen las sanciones en los
ámbitos ético, administrativo y político (Ley 10235).
Algo novedoso es que asigna claras
responsabilidades a los partidos políticos y a las instituciones encargadas de
diseñar, implementar, supervisar y brindar asesoría en situaciones relacionadas
con la prevención y la atención de la violencia política contra las mujeres.
Además, establece medidas destinadas a garantizar la equidad entre hombres y
mujeres y prevenir la violencia basada en la condición de género.
Otro actor involucrado es el Instituto
Nacional de las Mujeres (INAMU), a quien le corresponde “diseñar, ejecutar,
monitorear y asesorar en las políticas públicas y recomendaciones para la
prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la política…” (Ley
10325, art. 11). Además, tiene la obligación de colaborar con otras entidades
gubernamentales para impulsar programas que fomenten la igualdad de género y la
función de llevar a cabo campañas de sensibilización y divulgación que informen
sobre la ley y sus implicaciones en lo que respecta a la violencia de género en
la política. Por último, el INAMU debe ofrecer apoyo psicológico y
asesoramiento jurídico a las mujeres que denuncian casos de violencia política
basada en el género.
La institucionalidad pública en su totalidad
tiene la responsabilidad de “diseñar, aprobar e implementar normativas internas
de prevención, para incorporar en los procedimientos disciplinarios, principios
y las normas contenidas en esta ley para su efectivo cumplimiento…” (Ley 10235,
art. 10). Además, deben proporcionar capacitación relacionada con la igualdad
de género y la prevención de la violencia política dirigida a su personal.
Asimismo, deben llevar a cabo acciones afirmativas con el fin de garantizar la
igualdad entre mujeres y hombres.
En esta misma línea, la Defensoría de los
Habitantes de la República y el Tribunal Supremo de Elecciones (a través del
Instituto de Formación y Estudios en Democracia) están encargados de difundir
esta ley. En este proceso de divulgación, es esencial que consideren las
tecnologías de la información con el objetivo de tener mayor alcance e impacto
en la población costarricense. Esto contribuirá a generar concientización sobre
la violencia política dirigida contra las mujeres por razones de género (Ley
10235).
La ley constituye un hito histórico en lo que
respecta a la protección y a la garantía de los derechos de las mujeres en la
esfera política, además, evidencia de manera explícita las múltiples
manifestaciones de la violencia que experimentan las mujeres debido a su
género, lo cual representa un paso significativo hacia la garantía de la
igualdad de género en la participación política. Por otra parte, las acciones
preventivas propuestas tienen un papel fundamental, ya que sensibilizan y
contribuyen a deconstruir estereotipos arraigados en torno a la participación
de las mujeres en la política.
Finalmente, Andrei Cambronero, jefe del
Despacho de la Presidencia del TSE y letrado del Tribunal Supremo de Elecciones
menciona que a pesar de la creación, divulgación y aplicación de la Ley 10235,
se descubren áreas de mejora y vacíos, por ejemplo, “la ley no tiene alcance a
personas particulares” (Cambronero, A., comunicación personal, 26 de julio del
2023). Este aspecto representa una problemática significativa, ya que las
mujeres en el ámbito político continúan recibiendo constantemente mensajes
ofensivos en las redes sociales debido a su género. Por lo tanto, es esencial
que las instituciones públicas sigan trabajando en la evolución y
fortalecimiento de esta ley para garantizar los derechos humanos en todas las
esferas.
4.
La Ley 10235 y su reglamentación
en el contexto municipal tibaseño
La Ley 10235 otorga a las municipalidades una
serie de responsabilidades y tareas específicas con el propósito de servir como
un marco guía para alcanzar los objetivos de democracia política y la
erradicación de la violencia política en contra de las mujeres. La figura 3
presenta de manera clara las tareas concretas que han sido establecidas para
las municipalidades.
Figura 3
Responsabilidades que la Ley 10235 les asigna a las municipalidades
Nota. Elaborado con base
en, Asamblea Legislativa, 2022
La primera responsabilidad asignada a las
municipalidades implica la necesidad de desarrollar políticas de prevención,
promulgar reglamentos y adoptar protocolos que incorporen los principios y
normas establecidos en la ley para prevenir la violencia contra las mujeres en
la política. Esta labor va más allá de lo meramente administrativo, incluyendo
la definición de procedimientos disciplinarios que aseguren el pleno
cumplimiento de la ley y la difusión activa de sus alcances para crear
conciencia y responsabilidad en la comunidad (Ley 10235).
En un segundo plano, las municipalidades
tienen el imperativo de tomar medidas concretas que garanticen la igualdad
efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito político. Esto implica la
implementación de políticas diseñadas para prevenir cualquier forma de
violencia o discriminación basada en el género. Estas acciones buscan nivelar
las oportunidades y derribar las barreras que puedan afectar la participación y
representación de las mujeres en la política, contribuyendo a una sociedad más
inclusiva y justa (Ley 10235).
Adicionalmente, prescribe que las
municipalidades deben asumir la responsabilidad de proporcionar capacitación y
formación en igualdad de género y prevención de la violencia hacia las mujeres
en la política. Este esfuerzo educativo se extiende tanto a su personal como a
las estructuras de decisión municipales. La capacitación es fundamental para
sensibilizar y concienciar a los actores políticos y funcionarios municipales
sobre la importancia de la igualdad de género y la prevención de la violencia,
lo que contribuye a cambiar las mentalidades y actitudes arraigadas en la
sociedad (Ley 10235).
La ley otorga a las municipalidades la
flexibilidad para implementar otras medidas que consideren apropiadas y
efectivas en la consecución de los objetivos de la ley. Esta disposición es
fundamental, ya que reconoce que las circunstancias varían de una municipalidad
a otra y permite la adaptación de estrategias según las necesidades específicas
de cada comunidad. De esta manera, se fomenta la innovación y la creatividad en
la búsqueda de soluciones para prevenir y eliminar la violencia política contra
las mujeres (Ley 10235).
Según Ivannia Monge del Departamento de
Condición Jurídica y Protección de los Derechos de las Mujeres del INAMU, es
indiscutible que estas acciones preventivas a nivel municipal desempeñan un
papel fundamental en la creación de un entorno político seguro y equitativo
para las mujeres. Tanto el concejo municipal como las alcaldías asumen la
responsabilidad de adoptar medidas concretas para abordar la problemática de la
violencia de género en el ámbito político, todo ello enmarcado en sus
competencias y autonomía legal (Monge, I., comunicación personal, 26 de
octubre, 2023).
En este contexto, el 7 de julio de 2023, la
Municipalidad de Tibás publicó en La Gaceta el Reglamento para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política
el cual señala en el artículo 1 que:
El objetivo del presente reglamento es
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la
política en la Municipalidad de Tibás, a través del establecimiento de un
procedimiento interno en observancia con los principios que lo informan, que
permita las denuncias por este motivo, su investigación y eventual sanción de
las personas responsables. (Municipalidad de Tibás, 2023d)
Esta normativa local constituye un paso
significativo hacia la aplicación efectiva de la Ley 10235 en la Municipalidad
de Tibás. Su propósito es claro: proporcionar un marco estructurado y un
procedimiento interno que facilite la presentación de denuncias relacionadas
con la violencia contra las mujeres en la política y garantice su investigación
adecuada. Además, busca establecer un mecanismo para sancionar a las personas
responsables de tales actos, en línea con los principios establecidos en la Ley
10235. (Municipalidad de Tibás, 2023d).
El reglamento, en su articulado, hace
referencia explícita a la "Ley 10235", lo que demuestra que está
directamente vinculado y alineado con la normativa nacional para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política.
Este nivel de concordancia es un buen inicio para que las acciones
implementadas por la Municipalidad de Tibás estén en total conformidad con los
preceptos legales establecidos por la ley a nivel nacional.
Dentro de las especificidades reglamentarias
sobresalen las impuestas en el capítulo V, a través del establecimiento de un
procedimiento detallado para investigar y denunciar casos de violencia política
contra las mujeres en el ámbito de la Municipalidad de Tibás. Las mujeres
afectadas por este tipo de violencia, según lo definido por el reglamento,
tienen el derecho de presentar denuncias, ya sea por escrito o verbalmente.
Estas denuncias deben contener información esencial, tal como se muestra en la
figura 4 (Municipalidad de Tibás, 2023d).
Figura 4
Requisitos para interposición de denuncias dentro de
la municipalidad de Tibás
Nota.
Elaborado con base en Municipalidad de Tibás, 2023
Además, se establece que la recepción de
denuncias está centralizada en la Oficina de Recursos Humanos o Talento Humano,
única entidad permitida para esta función. El reglamento también fija la
creación de un órgano director del procedimiento, cuya conformación se lleva a
cabo de manera imparcial y paritaria por parte de la alcaldía titular. Este
órgano será responsable de instruir el procedimiento administrativo y
disciplinario de acuerdo con la legislación correspondiente (Municipalidad de
Tibás, 2023d).
Por otro lado, se otorga a las denunciantes
la oportunidad de aclarar o ampliar sus denuncias si es necesario, y se les
permite presentar pruebas adicionales durante este proceso; asimismo, se
establece un plazo para que la persona denunciada responda a las acusaciones y
presente pruebas para su defensa. También se menciona la existencia de una
audiencia de evacuación de pruebas, esta se lleva a cabo para recibir pruebas y
argumentos de ambas partes. El reglamento igualmente prevé la emisión de un
informe final con recomendaciones por parte del órgano director y una
resolución final emitida por la persona titular de la alcaldía, que establece
la sanción si se determina que se ha cometido una falta (Municipalidad de
Tibás, 2023d).
Se mencionan los recursos disponibles en caso
de desacuerdo con las sanciones disciplinarias impuestas por la persona
titular, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Municipal (1998). En
conjunto, este reglamento proporciona un marco sólido y completo para abordar
las denuncias de violencia política contra las mujeres en el ámbito municipal
de Tibás (Municipalidad de Tibás, 2023d).
Sin lugar a duda, en este marco legal, la
Municipalidad de Tibás ha dado un paso significativo al publicar su Reglamento
para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
en la política. Los elementos expuestos anteriormente denotan la
importancia que conlleva la gestión de la política social desde lo local para
el reconocimiento y atención de la violencia contra las mujeres en la política,
dado que es un problema serio que requiere atención y acción específica. La
existencia de esta legislación subraya la importancia de la inclusión y la
igualdad de género en el ámbito político, además, hace recordar que la
democracia se alcanzará en el momento en que se remuevan los obstáculos
patriarcales que la sociedad le ha impuesto al género femenino (Herrera, Y., comunicación
personal, 26 de octubre, 2023d).
Por otro lado, es importante mencionar que la
implementación de acciones en contra de las conductas violentas en la política
es necesaria para que cada cantón genere un ambiente lleno de justicia, en
donde los derechos humanos de todos y todas sus habitantes sean respetados, es
decir, que, en el ámbito de la gestión local, esta ley y los reglamentos que de
esta se derivan se destacan como una pieza fundamental para promover una
democracia inclusiva y justa en la municipalidades.
Estas acciones son necesarias desde lo local
debido a que promueven la participación de las mujeres en la política local. Al
garantizar que puedan denunciar y abordar de manera efectiva la violencia
política, se elimina un obstáculo importante que podría desmotivarlas y
excluirse de involucrarse en la política, esto fomenta una mayor representación
de género en la toma de decisiones locales, lo que enriquece el proceso
democrático al incluir una variedad de perspectivas y experiencias.
Además, estas acciones contribuyen al
fortalecimiento de la confianza en las instituciones locales. Cuando la
comunidad ve que se toman medidas concretas para abordar la violencia política,
se refuerza la confianza en la capacidad de las municipalidades para
salvaguardar los derechos de sus ciudadanos. Esto es esencial para el buen
funcionamiento de cualquier gobierno local, ya que una población confiada y
empoderada es más propensa a participar y colaborar en la construcción de una
comunidad más justa.
La implementación de este marco legal
refuerza el compromiso de la municipalidad con los derechos humanos, pues la
erradicación de la violencia política contra las mujeres no solo es un asunto
de igualdad de género, sino también una cuestión de derechos humanos. Al tomar
medidas efectivas para abordar este problema, los gobiernos locales demuestran
su compromiso con la protección y promoción de los derechos fundamentales de
todas las personas (Cambronero, A., comunicación personal, 26 de octubre,
2023).
En resumen, la gestión de estas acciones a
nivel local contribuye significativamente a la eliminación de las barreras que obstaculizan
la participación plena de las mujeres en la política. Al sancionar de manera
apropiada los comportamientos violentos, se promueve el avance hacia una
sociedad en la que se respeten los derechos y la dignidad de todos y todas sus
habitantes, al tiempo que se fomenta una gestión local más democrática,
inclusiva y justa.
5.
Municipalidad de
Tibás y política social: respuestas a la violencia política contra las mujeres
Como primer punto de encuentro se reconoce
que el reglamento promulgado por la Municipalidad de Tibás en relación con el abordaje
de la problemática de la violencia política dirigida contra las mujeres
presenta una notable congruencia con lo establecido en la Ley 10235, en este
sentido, el reglamento municipal retoma de manera casi exacta los enfoques,
capítulos y objetivos que la ley establece, lo cual demuestra que hay un
encuentro entre estos elementos que buscan la regulación y el abordaje de la
violencia política de género.
Más allá de eso, pueden identificarse algunos
vacíos, por ejemplo, que la normativa local prácticamente se queda en lo
establecido en la ley, es decir, solo se emiten algunos criterios añadidos,
pero se considera que es importante incorporar elementos que reflejen un mayor
enfoque en las demandas del contexto de las mujeres del cantón y el área
municipal, de modo que se mejore la protección y promoción de los derechos de
las mujeres en la política a nivel local desde sus particularidades
contextuales.
Pese a que sí hay algunos elementos
adicionales como lo que plantea el capítulo V, sobre el procedimiento para
investigar las denuncias contra personas funcionarias municipales, resultaría
importante incorporar algunos otros aspectos normativos, como por ejemplo, en
el artículo 36 se establecen las sanciones que podrían aplicarse a las personas
que fuesen encontradas responsables de incurrir en falta por violencia hacia
una mujer en la política, y en estas se fija que las sanciones se dictarán en
función de si son leves, graves, o muy graves; sin embargo, sería de gran
utilidad establecer cuáles criterios son los que determinan cada razón de
gravedad.
Asimismo, sería de gran provecho establecer
el tema del monitoreo y la evaluación, de modo que funcione como un mecanismo
de seguimiento para determinar el impacto y el funcionamiento del reglamento,
esto en términos de conocer si verdaderamente se trabaja en pro de la
prevención y la erradicación de la violencia contra las mujeres en la política
y si en el ámbito de la municipalidad se conoce y se aplica correctamente el
protocolo y lo establecido en dicho reglamento.
Otro posible elemento para tomar en cuenta en
la normativa local es referente a su divulgación, ya que resulta clave que
todas las personas, tanto funcionarias de la municipalidad como también
externas que participen en procesos políticos tengan conocimiento de esta
normativa municipal, la manera en que se debe actuar ante alguna situación de
violencia contra la mujer y para que estas mujeres involucradas en la política
conozcan sus derechos y recursos disponibles.
Ahora bien, previo a señalar lo relacionado con
la gestión que se realiza a nivel municipal sobre el tema de violencia política
contra las mujeres, es importante plasmar que la Ley 10235 es relativamente
reciente, ya que fue publicada oficialmente en el año 2022, y en esta se
establece que existe un plazo de hasta seis meses, a partir de la entrada en
vigencia de la ley, para que los partidos políticos, las instituciones
públicas, las municipalidades, la Asamblea Legislativa y las organizaciones
sociales cumplan con las obligaciones establecidas (Ley 10235).
En este sentido, se realizó la revisión de
documentos municipales, entre estos, el Plan Estratégico Municipal 2020-2024,
el Plan de Desarrollo Cantonal 2020- 2030, la Política local para el
ejercicio de los derechos de las mujeres y la igualdad y equidad de género
2021-2025, y se visualiza que estos son documentos publicados y realizados
en años previos a la publicación de la Ley 10235; por tanto, es evidente que
por parte de la Municipalidad de Tibás no existe hasta el momento ninguna línea
de acción concreta sobre lo que se busca trabajar en función de la violencia
política contra la mujer, esto dejando de lado el reglamento municipal que
realmente cuenta como una obligación municipal.
Algunas de las acciones concretas que puede
efectuar la Municipalidad de Tibás para trabajar en esta temática, se
establecen en el artículo 11 junto con las acciones preventivas por parte de la
alcaldía, las cuales se presentan a continuación:
· Elaborar la política de prevención, atención,
sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en la política, que
defina, al menos, las acciones, responsabilidades y competencias de las
diferentes instancias municipales, y someterla a aprobación ante el Concejo
Municipal.
· Conformar una comisión interna administrativa
para la prevención de la violencia contra las mujeres en la política; integrada
por los departamentos de Despacho de la Alcaldía, Departamento Legal y
Departamento de Talento Humano, u homólogas.
· Elaborar y aprobar un protocolo dirigido a
las diferentes instancias municipales para facilitar la aplicación y los
alcances de este reglamento, detallando los procedimientos disciplinarios,
principios, derechos y responsabilidades, con el objetivo de impulsar su
efectivo cumplimiento.
· Asumir la responsabilidad de difundir
información relacionada con los alcances de la Ley n.°
10235 y de este reglamento.
· Diseñar y ejecutar capacitaciones y procesos
de formación permanentes y periódicas sobre igualdad de género y prevención de
la violencia contra las mujeres en la política, dirigidas a todo el personal
administrativo y profesional incluido al funcionariado municipal de nuevo
ingreso.
· Impulsar otras acciones afirmativas para
garantizar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres que prevenga toda forma
de violencia y discriminación basada en la condición del género.
· Incluir en el informe anual de rendición de
cuentas la ejecución y cumplimiento de las obligaciones presentes en la
Política
· Implementar otras acciones idóneas,
pertinentes y efectivas para el cumplimiento de los objetivos de la ley n.° 10235 y de este reglamento
La importancia de que la Municipalidad de
Tibás lleve a cabo acciones, como la sensibilización y la capacitación, el
desarrollo de políticas internas, procesos de concienciación y prevención,
atención a denuncias, sanciones correspondientes, entre otras, es realmente
significativo por múltiples razones. En primer lugar, porque estas medidas son
esenciales para garantizar la igualdad de género y el pleno ejercicio de los
derechos políticos de todas las personas, sin importar su género; y es que la
violencia de género en la política no solo socava la representatividad
democrática, sino que también limita la participación de las mujeres en la vida
pública.
En este sentido es primordial que se promueva
la igualdad de género en la política; no obstante, deben de ser espacios políticos
libres de violencia y desigualdad, para romper con los datos y la reproducción
cultural histórica que plantea que los hombres son los que deben y pueden estar
en puestos políticos. Y es que, tal como se presenta en el diagnóstico cantonal
para la igualdad y equidad de género realizado en el cantón de Tibás, se
determinó que:
A pesar de esta mayor presencia de las
mujeres en puestos de toma de decisiones, los datos muestran que no logran
llegar a los puestos de mayor poder, es decir, que, a mayor poder, menor
participación de las mujeres: “los hombres, en la mayoría son alcaldes y
vicealcaldesas son mujeres”, “La toma de decisiones está en manos de hombre.
Cubren los puestos más importantes”, “solo hay alcaldes hombres” [frase citada
por participantes] (Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 46)
Además, la municipalidad tiene un papel
fundamental en lo que respecta a la promoción de un espacio de respeto y
seguridad en el cantón; por lo tanto, trabajar en la prevención y erradicación
de la violencia de género en la política, permite enviar un claro mensaje a la
comunidad de que el acoso y la discriminación basada en el género es trabajada
desde el ámbito municipal y que además no es tolerada en la esfera pública.
Otra de las razones que dejan clara la
importancia de las acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en la política, es que estas fomentan el liderazgo
femenino y se promueve una mayor participación activa de las mujeres en la
política, lo cual no solo enriquece la toma de decisiones, sino que también
permite que los temas de género, los intereses y las necesidades de las mujeres
sean realmente atendidos, de modo que sean espacios más justos y equitativos.
A modo de cierre, se plantean algunas
reflexiones en torno a los desafíos que las mujeres enfrentan en la labor local,
ante una gran diversidad de necesidades, demandas y desafíos específicos. En
este sentido, la gestión de lo local debe adaptarse a estos contextos diversos
de modo que esto le permita desarrollar estrategias de acción que sean
flexibles y efectivas para abordar una amplia gama de problemáticas; entre
estas, se puede identificar el desempleo, la educación, la salud e incluso el
tema de violencia y de género, que es parte esencial de lo que se ha abordado a
lo largo de este documento. Y tal como lo plantean Arellano y Weisser (2001):
si la realidad se construye, si su
complejidad se elabora desde la pluralidad de significados emanados de un
entramado de relaciones sociales, si no es estática sino dinámica, cambiante,
nuestra inserción profesional en ella requiere apertura y la fortaleza derivada
de una humildad traducida en formación constante. (p. 13)
Seguidamente, es importante tener en cuenta
el tema de los recursos limitados presente en la mayoría de los casos desde las
áreas sociales; y es que las municipalidades a menudo enfrentan restricciones
presupuestarias, lo que dificulta la implementación de programas y servicios
sociales de manera efectiva. En este sentido, las personas trabajadoras y las
autoridades electas deben priorizar temas de abordaje, buscar recursos
adicionales entre redes interinstitucionales y optimizar lo que se tenga
disponible para maximizar su impacto en la comunidad.
La participación comunitaria resulta un reto
importante, ya que es a partir de esta que se identifican necesidades,
problemáticas o elementos a trabajar desde el gobierno local; así mismo,
fomentar la participación activa de la comunidad logra
que se dé una mejora en la toma de decisiones y, por lo tanto, a nivel
profesional, en la implementación de programas sociales. Sin embargo, no es un
secreto que lograr una participación significativa de la comunidad puede ser un
desafío, ya que implica superar barreras sistemáticas, lingüísticas,
culturales, y garantizar que todas las voces sean escuchadas, como lo plantea Ussher (2008):
La participación es un proceso complejo y
multifacético que se despliega en un campo dinámico, conflictivo, está dirigida
a la búsqueda de objetivos compartidos, compromete diferentes actividades, va
cambiando en el tiempo; a lo largo del ciclo vital de las personas y de las
comunidades; está marcada por procesos sociopolíticos e históricos. Está
relacionada con el diseño de políticas públicas, programas sociales, proyectos
comunitarios. (p. 166)
Asimismo, para finalizar se debe resaltar que
la acción de la Municipalidad de Tibás en relación con la violencia contra las
mujeres en la política es primordial para construir una sociedad más justa,
igualitaria, democrática e inclusiva, donde todas las voces de estas mujeres
sean escuchadas y se continúe con la lucha para que todas las personas tengan
igualdad de oportunidades en la vida política y pública.
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* Costarricense, trabajadora social, correo cristine.rojas@ucr.ac.cr.
Estudiante de la Licenciatura de Trabajo Social en la Universidad de Costa Rica
y estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Estatal a
Distancia.
** Costarricense, trabajadora social, correo paula.salas@ucr.ac.cr,. Estudiante de la Licenciatura de Trabajo Social en la Universidad de
Costa Rica y estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Estatal
a Distancia.
*** Costarricense, trabajadora
social, correo yendry.navarroaraya@ucr. ac.cr. Estudiante de la Licenciatura de
Trabajo Social en la Universidad de Costa Rica y estudiante de Administración
de Empresas en la Universidad Estatal a Distancia.