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SEGUNDO SEMESTRE 2024 NÚMERO 38

ISSN: 1659-2069

 

Transformando realidades en Tibás: un análisis de la municipalidad y su aplicación de la Ley 10235 para erradicar la violencia contra las mujeres en la política

 

Cristine Rojas Brenes*

Paula Nathalia Salas Abarca**

Yendry Navarro Araya***

https://doi.org/10.35242/RDE_2024_38_11


Nota del Consejo Editorial

Recepción: 12 de marzo de 2024.

Revisión, corrección y aprobación: 11 de julio de 2024.

Resumen: El artículo recupera algunas características de la gestión de la Municipalidad de Tibás en el marco de las responsabilidades que le asigna la Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política aprobada en mayo de 2022. La erradicación de conductas y prácticas discriminatorias contra las mujeres que ejercen sus derechos políticos en cargos de elección popular, designaciones, partidos políticos y en el ejercicio de la función pública, sin duda, constituye una condición esencial para la vida en democracia, la igualdad efectiva y los derechos humanos; es por esto que con el presente análisis, se pretende dar un aporte desde el área de Trabajo Social para visibilizar desigualdades y las acciones de violencia en razón de género que se manifiestan en el ámbito de la gestión de la política social local.

Palabras clave: Puestos de elección popular / Violencia por razones de género / Género / Mujeres / Municipalidad / Política social.

Abstract: This article recovers some characteristics of the management of the Municipality of Tibás within the framework of the responsibilities assigned to it by Law No. 10235 to prevent, address, punish and eradicate violence against women in the policy approved in May 2022. The eradication of discriminatory conduct and practices against women who exercise their political rights in elected positions, appointments, political parties and in the exercise of public office, without a doubt, constitutes an essential condition for life in democracy, effective equality. and human rights, which is why this analysis aims to provide a contribution from Social Work to make visible inequalities and actions of gender-based violence that manifest themselves in the field of local social policy management.

Key Words: Popular election posts / Gender-based violence / Gender / Women / Municipality / Social politics.

 

 

 

 

1.       Introducción

La Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política realiza un importante esfuerzo por identificar las diversas manifestaciones de la violencia en este ámbito, así como las responsabilidades que tienen los distintos actores para su aplicación. Destaca el papel del Estado y de las municipalidades como garantes del cumplimiento efectivo de la democracia y los derechos humanos; por esto, como parte de la práctica académica del nivel de licenciatura, las autoras se incorporan a la Municipalidad de Tibás, en el Departamento de Gestión Social, específicamente en la Oficina de la Mujer (OFIM) y con el apoyo de Licda. Meilyn Reyes, psicóloga de la oficina, analizaron algunos elementos del contexto que rodean la gestión de la política social de género en el cantón.

El análisis se centrará en las responsabilidades que la Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política les asigna a los gobiernos locales, e identificar los procesos de gestión que ejecuta la Municipalidad de Tibás para cumplir con dichas responsabilidades.

Cabe resaltar que el presente artículo se ha construido mediante la revisión exhaustiva de diversas fuentes bibliográficas que abordan las particularidades del cantón de Tibás en términos de su contexto histórico, cultural, social y político. Además, se realizó el análisis de las leyes y reglamentos relacionados con la violencia de género y se llevaron a cabo entrevistas a personas vinculadas con la gestión local, personas expertas en temas de violencia política del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) y del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Otro recurso valioso fue la participación de las autoras como oyentes en el foro "Principios generales para el establecimiento de procedimientos partidarios de investigación por denuncias de violencia contra las mujeres en la política", organizado por el Tribunal Supremo de Elecciones en octubre de 2023 en el que hubo participación de lideresas políticas de diversos cantones del país.

Las reflexiones aquí planteadas pretenden contribuir con la comprensión de la importancia que tiene la reflexión y acción para fortalecer los mecanismos destinados a erradicar la violencia de género en todos los espacios del ámbito político, promoviendo así un entorno más equitativo y seguro para todas las mujeres involucradas en la vida pública de los cantones.

 

2.       Municipalidad de Tibás y la atención de problemáticas sociales vinculadas con la violencia de género

La Municipalidad de Tibás asigna un papel significativo a los elementos de índole social y cultural, dado que estos desempeñan un rol fundamental en las relaciones que se establecen entre la forma de intervenir de esta entidad gubernamental y los(as) residentes del cantón. Es por esta razón que resulta esencial llevar a cabo un análisis de cómo los fenómenos de carácter sociocultural inciden en el funcionamiento de la Oficina de la Mujer de dicha entidad. En relación con este tema, resulta fundamental tomar en cuenta las manifestaciones de la violencia de género en el cantón de Tibás, las cuales se detallan en la figura 1.

Figura 1

Manifestaciones de violencia de género en Tibás


Manifestaciones de violencia de género en Tibás

Nota. Elaborado con base en Municipalidad de Tibás, 2020b.

Se evidencia la persistencia del sistema patriarcal en el cantón de Tibás y este es uno de los motivos por el cual la Municipalidad de Tibás estableció la Oficina de la Mujer: el “machismo y la sociedad patriarcal como uno de [los] principales problemas que tienen las mujeres habitantes de Tibás. Este grave problema también está relacionado en su mayoría con violencia doméstica” (Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 51). Por ende, dicha oficina pretende “promover cambios socioculturales en el cantón de Tibás, que garanticen una mayor igualdad efectiva entre hombres y mujeres para la promoción, protección, respeto y garantía de sus derechos humanos” (Municipalidad de Tibás, s. f., p. 1).

En esta línea, la municipalidad está comprometida con fomentar cambios socioculturales y actualmente está enfocada en abordar la problemática del acoso callejero a través de la creación de un programa llamado "Tibás libre de violencia contra la mujer". Asimismo, la Licda. Meilyn Reyes señala que se está llevando a cabo una colaboración interinstitucional con el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) con el objetivo de establecer entornos seguros (Reyes, M., comunicación personal, 27 de setiembre del 2023). Adicionalmente, la Oficina de la Mujer tiene como propósito “fortalecer la autonomía económica de las mujeres del cantón de Tibás a través del empleo inclusivo asalariado y por cuenta propia” (Municipalidad de Tibás, s. f., p. 9); este objetivo se materializa a través del Programa de Emprendedurismo. Es fundamental abordar esta temática debido a que el desempleo representa una de las problemáticas más significativas que afecta a las mujeres en este cantón, además un “72,6% indican la necesidad de fuentes de empleo” (Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 50).

Con el propósito de alcanzar este objetivo, se implementan acciones relacionadas con la capacitación, orientación y asesoramiento a las mujeres emprendedoras. El fin es que estas mujeres adquieran habilidades técnicas, ya sea a través de su participación en programas interinstitucionales o mediante su involucramiento en ferias de emprendedurismo organizadas por la Cámara de Comercio, el Poder Judicial o la Asamblea Legislativa. Estos espacios generan un entorno propicio para que dichas mujeres tomen conciencia de la importancia de familiarizarse con los procesos de registro de marcas (Reyes, M., comunicación personal, 27 de setiembre del 2023).

Asimismo, la Oficina de la Mujer de la Municipalidad de Tibás se propone promover la corresponsabilidad social en relación con el cuidado y el trabajo doméstico no remunerado, con el propósito de establecer igualdad de oportunidades y equidad. Por último, busca aumentar la participación política de las mujeres al facilitar su acceso a cargos de representación y a espacios de toma de decisiones (Municipalidad de Tibás, 2020a).

Los derechos humanos desempeñan un papel fundamental en la promoción de cambios en las relaciones de género, ya que fomentan el respeto y protegen los derechos de las mujeres, sin importar su edad o etnia. En otras palabras, para esta oficina, los derechos humanos representan una herramienta que posibilita “identificar y analizar las desigualdades que forman parte de los problemas más importantes del desarrollo, de esa forma, corregir las prácticas de carácter discriminatorio y de las injustas relaciones de poder que dificultan el progreso” (INAMU, citado por Municipalidad de Tibás, 2020b, p. 26).

La Oficina de la Mujer parte de la visión de que los derechos humanos se rigen por el principio de universalidad, lo que implica que todas las personas poseen derechos en igualdad de condiciones; independientemente de su “etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política, nacionalidad, condición social, posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social" (Art. 2.2 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), por lo tanto, todo la población es candidata de los derechos y libertades que han sido reconocidos. Esta perspectiva dispone que los servicios ofrecidos sean integrales, inclusivos y orientados a la eliminación de barreras.

En la misma línea, con el propósito de eliminar obstáculos y fomentar un servicio inclusivo, los distintos programas de la Oficina de la Mujer se fundamentan en un enfoque de interseccionalidad. Esto se debe a la percepción de que las múltiples formas de discriminación que una mujer puede enfrentar pueden agravarse según el contexto histórico, político, social, cultural y personal en el que se encuentre inmersa. En consecuencia, la interseccionalidad garantiza que el servicio se preste teniendo en cuenta que cada mujer experimenta la discriminación de manera única (Municipalidad de Tibás, 2020b).

La oficina adopta el enfoque de desarrollo humano sostenible debido a su convicción de que cada mujer enfrenta una situación única y se “sitúa a la persona en el centro de los procesos de desarrollo, priorizando la satisfacción de sus necesidades e intereses antes de la riqueza de capital” (INAMU citado por Municipalidad de Tibás, 2020b, p. 27). El objetivo principal de este enfoque es abordar las necesidades del presente y proporcionar herramientas para el futuro, al mismo tiempo que se busca promover la igualdad de oportunidades.

Además, la OFIM fundamenta su accionar en el enfoque de igualdad de género, ya que este “obliga a mirar cualquier situación social, o programa de intervención desde una perspectiva que permita entender las necesidades específicas de mujeres y hombres y además los efectos diferenciales de cada situación en ellas y ellos” (INAMU citado por Municipalidad de Tibás, 2020b, p. 27). En otras palabras, facilita la comprensión de las mediaciones que afectan la vida cotidiana de las mujeres y cómo estas diferencias a menudo resultan en impactos negativos, como exclusión social, violencia de género y disparidades sociales.

Se demuestra que efectivamente la OFIM, en su marco de acción y sus postulados teóricos, se centra en el trabajo integral por y para las mujeres del cantón tomando como punto de partida el enfoque de género y de derechos humanos; no obstante, dentro de la Municipalidad de Tibás el tema de género es más complejo, ya que los distintos departamentos y actores del gobierno local tienen menos empatía y menos sensibilización con este tema.

Lo anterior se ve ejemplificado en los discursos reproducidos en el contexto municipal, ya que se escuchan comentarios como “y ¿qué pasa con los hombres que también somos violentados’, ¿por qué no hay una oficina para protegernos?” (Reyes, M., comunicación personal, 27 de setiembre de 2023). Este tipo de comentarios por parte de personas funcionarias de la municipalidad revelan que efectivamente hay discursos patriarcales y violentos que fomentan la invalidación de la realidad vivida por las mujeres, tanto en temas de violencia como también en las desigualdades de género y la vulneración de sus derechos.

Asimismo, dentro de la Municipalidad de Tibás se tiene una visión focalizada de cómo trabajar el tema de género y es que se reproduce la idea de que es responsabilidad únicamente de la Oficina de la Mujer abordar estos temas; no obstante, es importante comprender que el trabajo desde el enfoque de género debe de ser un eje transversal en el que se involucren todas las personas y las oficinas (Reyes, M., comunicación personal, 27 de setiembre de 2023).

Hay un factor que resalta respecto a la influencia de los procesos electorales municipales en la OFIM, y es que se identificó que antes de las campañas política, por ejemplo, el apoyo a temas de las mujeres no es tan fuerte como lo es con otras poblaciones; hay que luchar e insistir mucho para que se escuche a la oficina, si eso no se hace no se logra nada. No obstante, conforme se aproximan los procesos políticos se ve más movimiento, más interés en actividades, e incluso más acercamientos a la oficina para conocer qué se hace y qué necesidades existen. (Reyes, M., comunicación personal, 27 de septiembre de 2023).

A partir de la realidad expuesta anteriormente, es importante destacar que el apoyo político de las municipalidades es esencial para promover la igualdad de género, prevenir la violencia de género y crear comunidades más inclusivas y equitativas, pues con un soporte desde lo cantonal se puede tener un acercamiento más micro a las necesidades e intereses de las mujeres. En este sentido, cuando los gobiernos locales lideran este tema y se involucran más en proyectos y acciones, pueden marcar una verdadera diferencia en la vida de las personas y contribuir a la construcción de sociedades más justas y equitativas.

También, a raíz de esta posición de dominación y privilegio, existe la posibilidad de ejercer violencia sobre las mujeres, tal y como lo afirma Expósito (2011): “La violencia es un recurso que la sociedad y la cultura ponen a disposición del hombre para su uso en caso de necesidad, dejando a criterio de cada uno cuando surge ese requerimiento” (p. 22). La violencia de género se puede ejercer a nivel físico, psicológico, social, económico, sexual, e incluso a nivel político.

Es por ello que, al encontrar este contexto, resulta indispensable analizar la Ley 10235: Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política, debido a que como bien se señala en su artículo 1, el objetivo se fundamenta en: “prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política como práctica discriminatoria por razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres” (Ley 10235).

 

3.       Ley 10235 para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política

Esta legislación fue promulgada por la Asamblea Legislativa el 17 de mayo de 2022, en respuesta a la presencia de prácticas discriminatorias basadas en género en los espacios políticos en nuestro país, las cuales crean obstáculos significativos para la participación y el acceso de las mujeres a cargos de elección, participar en las estructuras de los partidos políticos y en el desempeño de las funciones públicas.

La violencia política contra las mujeres se refiere a: “toda conducta sea por acción, omisión o tolerancia, dirigida contra una o varias mujeres que aspiren o estén en ejercicio de un cargo o una función pública, que esté basada en razones de género…” (Ley 10235, art. 4). Esta violencia puede manifestarse de manera directa, a través de terceras personas o incluso por medios visuales, con el objetivo de causar daño a las mujeres a través de la anulación al reconocimiento, goce o el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres (Ley 10235, art. 4).

Dentro de las manifestaciones de la violencia política contra las mujeres, se incluyen diversas acciones, como obstaculizar el pleno ejercicio de su cargo o posición, coaccionar la renuncia a una precandidatura o candidatura política, difamar o menoscabar la reputación, el prestigio o la imagen pública con el fin de obstaculizar el ejercicio de sus derechos políticos, o incluso afectar su derecho a la vida, integridad personal o derechos patrimoniales. Además, se considera una expresión de violencia política el irrespeto hacia los cargos de representación partidaria. Cabe destacar que todas estas formas de violencia política se encuentran en conformidad con lo estipulado en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Ley 10235, art. 4).

Figura 2

Diversas manifestaciones de la violencia política contra la mujer


Diversas manifestaciones de la violencia política contra la mujer

Nota: Elaborado con base en la Ley 10235

Las diversas manifestaciones de la violencia política contra las mujeres subrayan la necesidad de una ley que no solo reconozca y visibilice esta problemática, sino que trabaje activamente en su erradicación; de ahí la importancia de la Ley 10235, ya que abarca ambos elementos de manera integral. Además, en el contexto costarricense prevalece el sistema patriarcal, en donde es evidente que estas dinámicas relacionadas con discriminación de género se extienden al ámbito político, contribuyendo a la perpetuación de estereotipos y prejuicios que limitan la participación plena de las mujeres en la esfera política.

El impacto del sistema patriarcal en el ámbito político ha sido un factor determinante que condujo a la creación y adopción de la ley por parte de la Asamblea Legislativa en 2022. Esta legislación marca un hito significativo en el camino hacia la igualdad de género en la política costarricense al desafiar las estructuras patriarcales que han restringido la plena participación de las mujeres en la esfera política.

En esta misma línea, Marcela Guerrero Campos, exministra de la Condición de la Mujer (2020-2022), expresó:

vemos como el patriarcado se va rearticulando, en todos los ámbitos, incluyendo el ámbito político, de ahí que observamos cómo las mujeres se ven expuestas a una serie de prácticas y manifestaciones de descalificación, discriminación, anulación que se constituyen en obstáculos muy fuertes para participar como candidatas y ejercer los puestos de toma de decisión. (Presidencia de la República, 2022, párr. 7)

La perspectiva de la exministra destaca cómo el patriarcado coloca a las mujeres en una posición vulnerable frente a prácticas discriminatorias por lo cual, la Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política no solo cumple con las obligaciones internacionales, sino, también, sienta las bases para un sistema político más inclusivo y equitativo, donde todas las voces de las mujeres sean escuchadas, validadas y respetadas.

Según Yensy Herrera, coordinadora del Departamento de Ciudadanía Activa del INAMU, el sistema patriarcal impone estereotipos de género, definidos como una “preconcepción de atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres respectivamente” (García citada en Herrera, Y., comunicación personal, 26 de octubre de 2023). Estos estereotipos son un factor que inciden en la creación de la Ley 10235, ya que en muchas instancias imponen expectativas y normas rigurosas respecto de cómo las personas deben comportarse en el ámbito de la política en función de su género. En consecuencia, generan barreras que obstaculizan la equidad, esto “implica la necesidad de superar obstáculos patriarcales para lograr una igualdad en la política” (Herrera, Y., comunicación personal, 26 de octubre de 2023).

La Ley 10235 establece en su artículo 4, inciso a, que la violencia política puede expresarse de manera directa o a través de terceras personas y medios virtuales; en la actualidad, las redes sociales y los entornos virtuales se han convertido en uno de los principales ámbitos donde se ejerce violencia política contra las mujeres. Esto se manifiesta a través de intentos de "deslegitimar el liderazgo, los conocimientos y las capacidades de las mujeres en la política con el propósito de obstaculizar su participación en el espacio público y la toma de decisiones" (Organización de las Naciones Unidas, 2023, párr. 5).

El Centro de Investigación en Comunicación (CICOM) de la Universidad de Costa Rica (UCR) examinó la experiencia de mujeres que ocupan cargos políticos en diversas instancias, como las municipalidades, la Asamblea Legislativa y el Poder Ejecutivo; y en el estudio se reveló que estas mujeres han enfrentado violencia política de diversas maneras, incluyendo la difamación de su labor política a través del uso de sus fotos personales, acoso, hostigamiento y mensajes privados que contienen insultos. Frente a estas circunstancias, muchas de ellas han optado por reducir su presencia en las redes sociales o limitar su uso como medida para preservar su bienestar emocional y su salud mental (Martínez, 2022).

Por esta razón, frente a estas manifestaciones de violencia política, la ley en su artículo 1 fija como objetivo:

prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política como práctica discriminatoria por razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres, todo en concordancia con el principio de igualdad ante la ley de todas las personas, establecido en el artículo 33 de la Constitución Política del país. (Ley 10235, art. 1)

La norma refleja un firme compromiso para abordar la violencia política de manera integral. No solo se enfoca en la sanción, sino que también se dedica a la prevención, lo cual resulta esencial para deconstruir estereotipos y prejuicios de género que permean nuestra sociedad. Además, al basarse en el principio de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución Política, se enfatiza la urgente necesidad de garantizar que tanto hombres como mujeres sean tratados con equidad en el ámbito político.

La ley no define explícitamente sus ejes o líneas de acción; sin embargo, en el capítulo IV, se detallan los aspectos generales del proceso en caso de denuncia. Este procedimiento incluye principios fundamentales como la confidencialidad y la no revictimización. Además, se establecen pautas relacionadas con las pruebas, el apoyo legal y emocional, el plazo para llevar a cabo la investigación y las medidas cautelares. Por otro lado, en el capítulo VII se definen las sanciones en los ámbitos ético, administrativo y político (Ley 10235).

Algo novedoso es que asigna claras responsabilidades a los partidos políticos y a las instituciones encargadas de diseñar, implementar, supervisar y brindar asesoría en situaciones relacionadas con la prevención y la atención de la violencia política contra las mujeres. Además, establece medidas destinadas a garantizar la equidad entre hombres y mujeres y prevenir la violencia basada en la condición de género.

Otro actor involucrado es el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), a quien le corresponde “diseñar, ejecutar, monitorear y asesorar en las políticas públicas y recomendaciones para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la política…” (Ley 10325, art. 11). Además, tiene la obligación de colaborar con otras entidades gubernamentales para impulsar programas que fomenten la igualdad de género y la función de llevar a cabo campañas de sensibilización y divulgación que informen sobre la ley y sus implicaciones en lo que respecta a la violencia de género en la política. Por último, el INAMU debe ofrecer apoyo psicológico y asesoramiento jurídico a las mujeres que denuncian casos de violencia política basada en el género.

La institucionalidad pública en su totalidad tiene la responsabilidad de “diseñar, aprobar e implementar normativas internas de prevención, para incorporar en los procedimientos disciplinarios, principios y las normas contenidas en esta ley para su efectivo cumplimiento…” (Ley 10235, art. 10). Además, deben proporcionar capacitación relacionada con la igualdad de género y la prevención de la violencia política dirigida a su personal. Asimismo, deben llevar a cabo acciones afirmativas con el fin de garantizar la igualdad entre mujeres y hombres.

En esta misma línea, la Defensoría de los Habitantes de la República y el Tribunal Supremo de Elecciones (a través del Instituto de Formación y Estudios en Democracia) están encargados de difundir esta ley. En este proceso de divulgación, es esencial que consideren las tecnologías de la información con el objetivo de tener mayor alcance e impacto en la población costarricense. Esto contribuirá a generar concientización sobre la violencia política dirigida contra las mujeres por razones de género (Ley 10235).

La ley constituye un hito histórico en lo que respecta a la protección y a la garantía de los derechos de las mujeres en la esfera política, además, evidencia de manera explícita las múltiples manifestaciones de la violencia que experimentan las mujeres debido a su género, lo cual representa un paso significativo hacia la garantía de la igualdad de género en la participación política. Por otra parte, las acciones preventivas propuestas tienen un papel fundamental, ya que sensibilizan y contribuyen a deconstruir estereotipos arraigados en torno a la participación de las mujeres en la política.

Finalmente, Andrei Cambronero, jefe del Despacho de la Presidencia del TSE y letrado del Tribunal Supremo de Elecciones menciona que a pesar de la creación, divulgación y aplicación de la Ley 10235, se descubren áreas de mejora y vacíos, por ejemplo, “la ley no tiene alcance a personas particulares” (Cambronero, A., comunicación personal, 26 de julio del 2023). Este aspecto representa una problemática significativa, ya que las mujeres en el ámbito político continúan recibiendo constantemente mensajes ofensivos en las redes sociales debido a su género. Por lo tanto, es esencial que las instituciones públicas sigan trabajando en la evolución y fortalecimiento de esta ley para garantizar los derechos humanos en todas las esferas.

 

4.       La Ley 10235 y su reglamentación en el contexto municipal tibaseño

La Ley 10235 otorga a las municipalidades una serie de responsabilidades y tareas específicas con el propósito de servir como un marco guía para alcanzar los objetivos de democracia política y la erradicación de la violencia política en contra de las mujeres. La figura 3 presenta de manera clara las tareas concretas que han sido establecidas para las municipalidades.

Figura 3

Responsabilidades que la Ley 10235 les asigna a las municipalidades


Responsabilidades que la Ley 10235 le asigna a las municipalidades

Nota. Elaborado con base en, Asamblea Legislativa, 2022

La primera responsabilidad asignada a las municipalidades implica la necesidad de desarrollar políticas de prevención, promulgar reglamentos y adoptar protocolos que incorporen los principios y normas establecidos en la ley para prevenir la violencia contra las mujeres en la política. Esta labor va más allá de lo meramente administrativo, incluyendo la definición de procedimientos disciplinarios que aseguren el pleno cumplimiento de la ley y la difusión activa de sus alcances para crear conciencia y responsabilidad en la comunidad (Ley 10235).

En un segundo plano, las municipalidades tienen el imperativo de tomar medidas concretas que garanticen la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito político. Esto implica la implementación de políticas diseñadas para prevenir cualquier forma de violencia o discriminación basada en el género. Estas acciones buscan nivelar las oportunidades y derribar las barreras que puedan afectar la participación y representación de las mujeres en la política, contribuyendo a una sociedad más inclusiva y justa (Ley 10235).

Adicionalmente, prescribe que las municipalidades deben asumir la responsabilidad de proporcionar capacitación y formación en igualdad de género y prevención de la violencia hacia las mujeres en la política. Este esfuerzo educativo se extiende tanto a su personal como a las estructuras de decisión municipales. La capacitación es fundamental para sensibilizar y concienciar a los actores políticos y funcionarios municipales sobre la importancia de la igualdad de género y la prevención de la violencia, lo que contribuye a cambiar las mentalidades y actitudes arraigadas en la sociedad (Ley 10235).

La ley otorga a las municipalidades la flexibilidad para implementar otras medidas que consideren apropiadas y efectivas en la consecución de los objetivos de la ley. Esta disposición es fundamental, ya que reconoce que las circunstancias varían de una municipalidad a otra y permite la adaptación de estrategias según las necesidades específicas de cada comunidad. De esta manera, se fomenta la innovación y la creatividad en la búsqueda de soluciones para prevenir y eliminar la violencia política contra las mujeres (Ley 10235).

Según Ivannia Monge del Departamento de Condición Jurídica y Protección de los Derechos de las Mujeres del INAMU, es indiscutible que estas acciones preventivas a nivel municipal desempeñan un papel fundamental en la creación de un entorno político seguro y equitativo para las mujeres. Tanto el concejo municipal como las alcaldías asumen la responsabilidad de adoptar medidas concretas para abordar la problemática de la violencia de género en el ámbito político, todo ello enmarcado en sus competencias y autonomía legal (Monge, I., comunicación personal, 26 de octubre, 2023).

En este contexto, el 7 de julio de 2023, la Municipalidad de Tibás publicó en La Gaceta el Reglamento para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política el cual señala en el artículo 1 que:

El objetivo del presente reglamento es prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política en la Municipalidad de Tibás, a través del establecimiento de un procedimiento interno en observancia con los principios que lo informan, que permita las denuncias por este motivo, su investigación y eventual sanción de las personas responsables. (Municipalidad de Tibás, 2023d)

Esta normativa local constituye un paso significativo hacia la aplicación efectiva de la Ley 10235 en la Municipalidad de Tibás. Su propósito es claro: proporcionar un marco estructurado y un procedimiento interno que facilite la presentación de denuncias relacionadas con la violencia contra las mujeres en la política y garantice su investigación adecuada. Además, busca establecer un mecanismo para sancionar a las personas responsables de tales actos, en línea con los principios establecidos en la Ley 10235. (Municipalidad de Tibás, 2023d).

El reglamento, en su articulado, hace referencia explícita a la "Ley 10235", lo que demuestra que está directamente vinculado y alineado con la normativa nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política. Este nivel de concordancia es un buen inicio para que las acciones implementadas por la Municipalidad de Tibás estén en total conformidad con los preceptos legales establecidos por la ley a nivel nacional.

Dentro de las especificidades reglamentarias sobresalen las impuestas en el capítulo V, a través del establecimiento de un procedimiento detallado para investigar y denunciar casos de violencia política contra las mujeres en el ámbito de la Municipalidad de Tibás. Las mujeres afectadas por este tipo de violencia, según lo definido por el reglamento, tienen el derecho de presentar denuncias, ya sea por escrito o verbalmente. Estas denuncias deben contener información esencial, tal como se muestra en la figura 4 (Municipalidad de Tibás, 2023d).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Figura 4


Requisitos para interposición de denuncias dentro de la municipalidad de Tibás


Requisitos para interposición de denuncias dentro de
la municipalidad de Tibás

Nota. Elaborado con base en Municipalidad de Tibás, 2023

Además, se establece que la recepción de denuncias está centralizada en la Oficina de Recursos Humanos o Talento Humano, única entidad permitida para esta función. El reglamento también fija la creación de un órgano director del procedimiento, cuya conformación se lleva a cabo de manera imparcial y paritaria por parte de la alcaldía titular. Este órgano será responsable de instruir el procedimiento administrativo y disciplinario de acuerdo con la legislación correspondiente (Municipalidad de Tibás, 2023d).

Por otro lado, se otorga a las denunciantes la oportunidad de aclarar o ampliar sus denuncias si es necesario, y se les permite presentar pruebas adicionales durante este proceso; asimismo, se establece un plazo para que la persona denunciada responda a las acusaciones y presente pruebas para su defensa. También se menciona la existencia de una audiencia de evacuación de pruebas, esta se lleva a cabo para recibir pruebas y argumentos de ambas partes. El reglamento igualmente prevé la emisión de un informe final con recomendaciones por parte del órgano director y una resolución final emitida por la persona titular de la alcaldía, que establece la sanción si se determina que se ha cometido una falta (Municipalidad de Tibás, 2023d).

Se mencionan los recursos disponibles en caso de desacuerdo con las sanciones disciplinarias impuestas por la persona titular, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Municipal (1998). En conjunto, este reglamento proporciona un marco sólido y completo para abordar las denuncias de violencia política contra las mujeres en el ámbito municipal de Tibás (Municipalidad de Tibás, 2023d).

Sin lugar a duda, en este marco legal, la Municipalidad de Tibás ha dado un paso significativo al publicar su Reglamento para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política. Los elementos expuestos anteriormente denotan la importancia que conlleva la gestión de la política social desde lo local para el reconocimiento y atención de la violencia contra las mujeres en la política, dado que es un problema serio que requiere atención y acción específica. La existencia de esta legislación subraya la importancia de la inclusión y la igualdad de género en el ámbito político, además, hace recordar que la democracia se alcanzará en el momento en que se remuevan los obstáculos patriarcales que la sociedad le ha impuesto al género femenino (Herrera, Y., comunicación personal, 26 de octubre, 2023d).

Por otro lado, es importante mencionar que la implementación de acciones en contra de las conductas violentas en la política es necesaria para que cada cantón genere un ambiente lleno de justicia, en donde los derechos humanos de todos y todas sus habitantes sean respetados, es decir, que, en el ámbito de la gestión local, esta ley y los reglamentos que de esta se derivan se destacan como una pieza fundamental para promover una democracia inclusiva y justa en la municipalidades.

Estas acciones son necesarias desde lo local debido a que promueven la participación de las mujeres en la política local. Al garantizar que puedan denunciar y abordar de manera efectiva la violencia política, se elimina un obstáculo importante que podría desmotivarlas y excluirse de involucrarse en la política, esto fomenta una mayor representación de género en la toma de decisiones locales, lo que enriquece el proceso democrático al incluir una variedad de perspectivas y experiencias.

Además, estas acciones contribuyen al fortalecimiento de la confianza en las instituciones locales. Cuando la comunidad ve que se toman medidas concretas para abordar la violencia política, se refuerza la confianza en la capacidad de las municipalidades para salvaguardar los derechos de sus ciudadanos. Esto es esencial para el buen funcionamiento de cualquier gobierno local, ya que una población confiada y empoderada es más propensa a participar y colaborar en la construcción de una comunidad más justa.

La implementación de este marco legal refuerza el compromiso de la municipalidad con los derechos humanos, pues la erradicación de la violencia política contra las mujeres no solo es un asunto de igualdad de género, sino también una cuestión de derechos humanos. Al tomar medidas efectivas para abordar este problema, los gobiernos locales demuestran su compromiso con la protección y promoción de los derechos fundamentales de todas las personas (Cambronero, A., comunicación personal, 26 de octubre, 2023).

En resumen, la gestión de estas acciones a nivel local contribuye significativamente a la eliminación de las barreras que obstaculizan la participación plena de las mujeres en la política. Al sancionar de manera apropiada los comportamientos violentos, se promueve el avance hacia una sociedad en la que se respeten los derechos y la dignidad de todos y todas sus habitantes, al tiempo que se fomenta una gestión local más democrática, inclusiva y justa.

 

5.       Municipalidad de Tibás y política social: respuestas a la violencia política contra las mujeres

Como primer punto de encuentro se reconoce que el reglamento promulgado por la Municipalidad de Tibás en relación con el abordaje de la problemática de la violencia política dirigida contra las mujeres presenta una notable congruencia con lo establecido en la Ley 10235, en este sentido, el reglamento municipal retoma de manera casi exacta los enfoques, capítulos y objetivos que la ley establece, lo cual demuestra que hay un encuentro entre estos elementos que buscan la regulación y el abordaje de la violencia política de género.

Más allá de eso, pueden identificarse algunos vacíos, por ejemplo, que la normativa local prácticamente se queda en lo establecido en la ley, es decir, solo se emiten algunos criterios añadidos, pero se considera que es importante incorporar elementos que reflejen un mayor enfoque en las demandas del contexto de las mujeres del cantón y el área municipal, de modo que se mejore la protección y promoción de los derechos de las mujeres en la política a nivel local desde sus particularidades contextuales.

Pese a que sí hay algunos elementos adicionales como lo que plantea el capítulo V, sobre el procedimiento para investigar las denuncias contra personas funcionarias municipales, resultaría importante incorporar algunos otros aspectos normativos, como por ejemplo, en el artículo 36 se establecen las sanciones que podrían aplicarse a las personas que fuesen encontradas responsables de incurrir en falta por violencia hacia una mujer en la política, y en estas se fija que las sanciones se dictarán en función de si son leves, graves, o muy graves; sin embargo, sería de gran utilidad establecer cuáles criterios son los que determinan cada razón de gravedad.

Asimismo, sería de gran provecho establecer el tema del monitoreo y la evaluación, de modo que funcione como un mecanismo de seguimiento para determinar el impacto y el funcionamiento del reglamento, esto en términos de conocer si verdaderamente se trabaja en pro de la prevención y la erradicación de la violencia contra las mujeres en la política y si en el ámbito de la municipalidad se conoce y se aplica correctamente el protocolo y lo establecido en dicho reglamento.

Otro posible elemento para tomar en cuenta en la normativa local es referente a su divulgación, ya que resulta clave que todas las personas, tanto funcionarias de la municipalidad como también externas que participen en procesos políticos tengan conocimiento de esta normativa municipal, la manera en que se debe actuar ante alguna situación de violencia contra la mujer y para que estas mujeres involucradas en la política conozcan sus derechos y recursos disponibles.

Ahora bien, previo a señalar lo relacionado con la gestión que se realiza a nivel municipal sobre el tema de violencia política contra las mujeres, es importante plasmar que la Ley 10235 es relativamente reciente, ya que fue publicada oficialmente en el año 2022, y en esta se establece que existe un plazo de hasta seis meses, a partir de la entrada en vigencia de la ley, para que los partidos políticos, las instituciones públicas, las municipalidades, la Asamblea Legislativa y las organizaciones sociales cumplan con las obligaciones establecidas (Ley 10235).

En este sentido, se realizó la revisión de documentos municipales, entre estos, el Plan Estratégico Municipal 2020-2024, el Plan de Desarrollo Cantonal 2020- 2030, la Política local para el ejercicio de los derechos de las mujeres y la igualdad y equidad de género 2021-2025, y se visualiza que estos son documentos publicados y realizados en años previos a la publicación de la Ley 10235; por tanto, es evidente que por parte de la Municipalidad de Tibás no existe hasta el momento ninguna línea de acción concreta sobre lo que se busca trabajar en función de la violencia política contra la mujer, esto dejando de lado el reglamento municipal que realmente cuenta como una obligación municipal.

Algunas de las acciones concretas que puede efectuar la Municipalidad de Tibás para trabajar en esta temática, se establecen en el artículo 11 junto con las acciones preventivas por parte de la alcaldía, las cuales se presentan a continuación:

·       Elaborar la política de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en la política, que defina, al menos, las acciones, responsabilidades y competencias de las diferentes instancias municipales, y someterla a aprobación ante el Concejo Municipal.

·       Conformar una comisión interna administrativa para la prevención de la violencia contra las mujeres en la política; integrada por los departamentos de Despacho de la Alcaldía, Departamento Legal y Departamento de Talento Humano, u homólogas.

·       Elaborar y aprobar un protocolo dirigido a las diferentes instancias municipales para facilitar la aplicación y los alcances de este reglamento, detallando los procedimientos disciplinarios, principios, derechos y responsabilidades, con el objetivo de impulsar su efectivo cumplimiento.

·       Asumir la responsabilidad de difundir información relacionada con los alcances de la Ley n.° 10235 y de este reglamento.

·       Diseñar y ejecutar capacitaciones y procesos de formación permanentes y periódicas sobre igualdad de género y prevención de la violencia contra las mujeres en la política, dirigidas a todo el personal administrativo y profesional incluido al funcionariado municipal de nuevo ingreso.

·       Impulsar otras acciones afirmativas para garantizar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres que prevenga toda forma de violencia y discriminación basada en la condición del género.

·       Incluir en el informe anual de rendición de cuentas la ejecución y cumplimiento de las obligaciones presentes en la Política

·       Implementar otras acciones idóneas, pertinentes y efectivas para el cumplimiento de los objetivos de la ley n.° 10235 y de este reglamento

La importancia de que la Municipalidad de Tibás lleve a cabo acciones, como la sensibilización y la capacitación, el desarrollo de políticas internas, procesos de concienciación y prevención, atención a denuncias, sanciones correspondientes, entre otras, es realmente significativo por múltiples razones. En primer lugar, porque estas medidas son esenciales para garantizar la igualdad de género y el pleno ejercicio de los derechos políticos de todas las personas, sin importar su género; y es que la violencia de género en la política no solo socava la representatividad democrática, sino que también limita la participación de las mujeres en la vida pública.

En este sentido es primordial que se promueva la igualdad de género en la política; no obstante, deben de ser espacios políticos libres de violencia y desigualdad, para romper con los datos y la reproducción cultural histórica que plantea que los hombres son los que deben y pueden estar en puestos políticos. Y es que, tal como se presenta en el diagnóstico cantonal para la igualdad y equidad de género realizado en el cantón de Tibás, se determinó que:

A pesar de esta mayor presencia de las mujeres en puestos de toma de decisiones, los datos muestran que no logran llegar a los puestos de mayor poder, es decir, que, a mayor poder, menor participación de las mujeres: “los hombres, en la mayoría son alcaldes y vicealcaldesas son mujeres”, “La toma de decisiones está en manos de hombre. Cubren los puestos más importantes”, “solo hay alcaldes hombres” [frase citada por participantes] (Municipalidad de Tibás, 2020a, p. 46)

Además, la municipalidad tiene un papel fundamental en lo que respecta a la promoción de un espacio de respeto y seguridad en el cantón; por lo tanto, trabajar en la prevención y erradicación de la violencia de género en la política, permite enviar un claro mensaje a la comunidad de que el acoso y la discriminación basada en el género es trabajada desde el ámbito municipal y que además no es tolerada en la esfera pública.

Otra de las razones que dejan clara la importancia de las acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política, es que estas fomentan el liderazgo femenino y se promueve una mayor participación activa de las mujeres en la política, lo cual no solo enriquece la toma de decisiones, sino que también permite que los temas de género, los intereses y las necesidades de las mujeres sean realmente atendidos, de modo que sean espacios más justos y equitativos.

A modo de cierre, se plantean algunas reflexiones en torno a los desafíos que las mujeres enfrentan en la labor local, ante una gran diversidad de necesidades, demandas y desafíos específicos. En este sentido, la gestión de lo local debe adaptarse a estos contextos diversos de modo que esto le permita desarrollar estrategias de acción que sean flexibles y efectivas para abordar una amplia gama de problemáticas; entre estas, se puede identificar el desempleo, la educación, la salud e incluso el tema de violencia y de género, que es parte esencial de lo que se ha abordado a lo largo de este documento. Y tal como lo plantean Arellano y Weisser (2001):

 

si la realidad se construye, si su complejidad se elabora desde la pluralidad de significados emanados de un entramado de relaciones sociales, si no es estática sino dinámica, cambiante, nuestra inserción profesional en ella requiere apertura y la fortaleza derivada de una humildad traducida en formación constante. (p. 13)

Seguidamente, es importante tener en cuenta el tema de los recursos limitados presente en la mayoría de los casos desde las áreas sociales; y es que las municipalidades a menudo enfrentan restricciones presupuestarias, lo que dificulta la implementación de programas y servicios sociales de manera efectiva. En este sentido, las personas trabajadoras y las autoridades electas deben priorizar temas de abordaje, buscar recursos adicionales entre redes interinstitucionales y optimizar lo que se tenga disponible para maximizar su impacto en la comunidad.

La participación comunitaria resulta un reto importante, ya que es a partir de esta que se identifican necesidades, problemáticas o elementos a trabajar desde el gobierno local; así mismo, fomentar la participación activa de la comunidad logra que se dé una mejora en la toma de decisiones y, por lo tanto, a nivel profesional, en la implementación de programas sociales. Sin embargo, no es un secreto que lograr una participación significativa de la comunidad puede ser un desafío, ya que implica superar barreras sistemáticas, lingüísticas, culturales, y garantizar que todas las voces sean escuchadas, como lo plantea Ussher (2008):

La participación es un proceso complejo y multifacético que se despliega en un campo dinámico, conflictivo, está dirigida a la búsqueda de objetivos compartidos, compromete diferentes actividades, va cambiando en el tiempo; a lo largo del ciclo vital de las personas y de las comunidades; está marcada por procesos sociopolíticos e históricos. Está relacionada con el diseño de políticas públicas, programas sociales, proyectos comunitarios. (p. 166)

Asimismo, para finalizar se debe resaltar que la acción de la Municipalidad de Tibás en relación con la violencia contra las mujeres en la política es primordial para construir una sociedad más justa, igualitaria, democrática e inclusiva, donde todas las voces de estas mujeres sean escuchadas y se continúe con la lucha para que todas las personas tengan igualdad de oportunidades en la vida política y pública.

 

 

Referencias

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* Costarricense, trabajadora social, correo cristine.rojas@ucr.ac.cr. Estudiante de la Licenciatura de Trabajo Social en la Universidad de Costa Rica y estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Estatal a Distancia.

** Costarricense, trabajadora social, correo paula.salas@ucr.ac.cr,. Estudiante de la Licenciatura de Trabajo Social en la Universidad de Costa Rica y estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Estatal a Distancia.

*** Costarricense, trabajadora social, correo yendry.navarroaraya@ucr. ac.cr. Estudiante de la Licenciatura de Trabajo Social en la Universidad de Costa Rica y estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Estatal a Distancia.