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PRIMER SEMESTRE 2024 NÚMERO 37

ISSN: 1659-2069

 

La violencia política hacia las mujeres y la justicia electoral*

 

Line Bareiro**

https://doi.org/10.35242/RDE_2024_37_2


Nota del Consejo Editorial

Recepción: 20 de noviembre de 2023.

Revisión, corrección y aprobación: 4 de enero de 2024.

Resumen: Centra su discurso en la violencia de género en el ámbito político, para lo cual realiza un repaso de las luchas que se han dado para alcanzar la igualdad en la representación política y resaltar los avances dirigidos a eliminar la violencia por razones de género en la política.

Palabras clave: Género / Igualdad / Paridad política / Representación política / Violencia por razones de género.

Abstract: The focus is on gender-based violence in the political sphere.  The author reviews the struggles that have taken place to achieve equality in political representation, and it highlights the progress made towards eliminating gender-based violence in politics.

Key Words: Gender / Equality / Political parity / Political representation / Gender-based violence.

 

 

 

 

Inicio diciendo que estoy contentísima, ya que estamos de fiesta porque siempre que nos encontramos quienes estamos analizando, organizando y disputando una mayor representación política de las mujeres, vemos que hay cambios, porque las mujeres vamos ocupando distintos espacios en diferentes lugares e instituciones.

Hoy voy a comenzar hablando de la importancia del tiempo. No se trata de generalidades del entorno que todas y todos tenemos en común, sino del tiempo de abordaje de la violencia hacia las mujeres. Tenemos, las mujeres del mundo, solamente 29 años de normas para enfrentar un problema milenario de violencia para sostener un sistema de dominación en el mundo: el de los hombres sobre las mujeres. Mi idea es que avanzamos mucho en un tiempo corto para un problema que ha impedido la igualdad; es menos aún el tiempo que estamos trabajando sobre la violencia de género en el ámbito político.

Quiero hablar de una violencia que no es violencia política, pero sí llama a la reflexión: hace dos mil años Jesús dijo que “el que está libre de pecado que tire la primera piedra”, y era para proteger a la mujer adúltera. El concepto de hombre adúltero nunca existió; si para las mujeres la lapidación era el castigo, para el hombre no era nada, situación que aún persiste en algunos estados teocráticos, es decir, no es que el mundo entero haya cambiado.

Yo diría que América Latina, Europa y Oceanía están en la misma situación; y en el resto del mundo todavía tenemos el símbolo que fue Mahsa Amini, a quien mataron porque se le torció el velo; imagínense: ¡se puso mal la pañoleta! Sin embargo, es verdad que ya son muchos los hombres y las mujeres que no aceptan más la discriminación y la muerte y se manifiestan por la igualdad aún en situaciones muy adversas.

Por eso, el proceso del que voy a hablar es complejo, es largo. Tengamos en cuenta que se acortaron los tiempos de transformación; no es lo mismo estar en esta sala con tanta mujer con poder; con poder institucional, con poder político, con todo el reconocimiento, que estar en otra situación. De hecho, a nuestras sufragistas, que muchas veces fueron maltratadas, todavía les debemos un gran homenaje en la región, aún no lo hicimos; no tenemos un libro sobre las sufragistas que reúna a todas, las de cada país. Ahora que los tiempos de transformación, de creación y de imaginación se acortaron, vemos que la educación y los derechos políticos fueron la llave para avanzar hacia la igualdad.

En el siglo XIX, sobre todo la primera generación feminista de América Latina decidió estudiar, educarse y educar, por una parte, y por la otra, pelear por los derechos políticos. Y ellas pelearon, además, de manera muy interesante, porque entre la reunión de Buenos Aires de 1910 y la de Yucatán en 1916, hubo una serie de eventos donde la gente se juntó, mujeres y hombres, también, que estaban de acuerdo con esta consigna de que la educación y los derechos políticos fueran la llave de la igualdad. Por su parte, Talcott Parsons (2012) -a quien yo no quería antes, quizá porque me era muy difícil su propuesta de análisis- escribió un trabajo que salía mucho de su obra habitual: “Ciudadanía plena para el negro norteamericano” y va abordando cómo el ser parte de una subcomunidad impide o dificulta tener ciudadanía plena; aunque declarativamente puedas tener ya el reconocimiento, te impide ejercer todos los derechos que están reconocidos para ti, pero en la realidad no puedes acceder a ellos.

A partir de esto, se fueron transformando para las mujeres leyes civiles, penales, laborales y electorales. Las constituciones de nuestra región proclaman igualdad entre los sexos y también obligación del Estado para generar igualdad; y eso es más reciente. Y ¿dónde se genera?, no es necesariamente en las constituciones, pero sí en los tratados de derechos humanos que se van ratificando. De México para abajo todos reconocimos la convención CEDAW y otros instrumentos de derechos humanos. La CEDAW, después de la Convención sobre los Derechos de los Niños y de las Niñas, es la más ratificada en el mundo, hay un solo país del mundo que aún debe reconocerla, los Estados Unidos, el cual no la ratificó, aunque hubo ministros y ministras de relaciones exteriores que intentaron persuadir al Congreso; lo mismo sucedió con la convención CEDAW cuya ratificación no se logró.

A partir de esta transformación de ser parte de los sistemas de derechos humanos, se fue produciendo, también, un cambio de mentalidades. Ya no es lo mismo, ya se sabe qué está mal y, sin embargo, persiste la violencia. A cada momento nos tropezamos con la violencia de forma brutal. Una característica, no en el ámbito político, pero sí en relaciones de pareja, es que los agresores saben que está mal la agresión a su pareja y por eso se suicidan tan frecuentemente. No es cosa nueva que haya feminicidas, lo nuevo es que se reconozca la gravedad del crimen. No es un fenómeno nuevo, antes simplemente no sabíamos lo que pasaba y era un crimen pasional.

En 1979 se aprobó la convención CEDAW, 44 años hace de eso. Ningún país del mundo apoyó el artículo sobre violencia que había formulado la comisión redactora, me dijo doña Aida González, la embajadora de México, a quien todas debemos mucho. Yo tuve la suerte, cuando trabajaba en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, de recorrer con ella Centroamérica para la ratificación del Protocolo Facultativo de CEDAW que permite llevar casos ante el Comité. Tanto ella como Esther Veliz, de Cuba, integrantes latinoamericanas del comité redactor de CEDAW, me dijeron que existió el artículo en el borrador, pero nunca lo conseguí porque ya no lo tenían ellas, fue un borrador que simplemente no apoyó ningún país del mundo, ninguno.

Pero ya mucho antes había grupos feministas pequeñitos que estaban apoyando a mujeres víctimas de violencia. Imagínense qué tiempos esos; parecen lejanos y; sin embargo, tenemos en el mundo solamente dos convenciones regionales sobre violencia; la nuestra, del Sistema Interamericano fue la primera, se aprobó en 1994 y es conocida como Convención de Belém do Pará. Después, en el 2011 se aprobó en Europa; además, hubo relatorías especiales en los sistemas de derechos humanos y tenemos recomendaciones generales de diversos órganos de tratado al respecto. Se incorporó la violencia contra las mujeres en el Estatuto de Roma, en los crímenes de agresión, guerra, lesa humanidad y genocidio. Es decir, que el instrumento de la Corte Penal Internacional incorporó la perspectiva de género. Además, en toda la región tenemos ya legislación y se incluyó en los Acuerdos de Paz en Colombia. También hay condenas del Sistema Interamericano por violencia y por violencia sexual. Este salto se dio en solo 44 años, cuando nos desesperamos por tanta violencia hacia las mujeres; tenemos que valorar en dónde estamos, que se haya deslegitimado la violencia hacia las mujeres y cuándo inició el cambio.

En 1989 se aprobó la primera Recomendación General del Comité CEDAW. Y CEDAW tiene una característica que no tienen los otros órganos de derechos humanos: que el propio instrumento incorpora su capacidad de incluir recomendaciones generales con lo cual los Estados parte al firmar y ratificar el tratado tienen que aceptar las recomendaciones generales del Comité. Esto no lo tienen los otros órganos de tratado. ¿Y qué dice?: que debe proteger a la mujer de violencia en la vida cotidiana, que los Estados parte, al informar cada cuatro años, deben incluir datos estadísticos, que obviamente en ese momento nadie tenía todavía, pero fue el inicio del cambio.

Y ese mismo año pasó algo genial; otro personaje maravilloso, Linda Poole, entonces secretaria general de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), en el 89, decide, junto con otras mujeres, delegadas ante la CIM, llegar a Beijing con un instrumento interamericano sobre violencia contra las mujeres. No es por casualidad o por bondad que los ministros de Relaciones Exteriores de la región aprobaron por aclamación la Convención de Belém do Pará. ¡No!, hubo un trabajo impresionante durante cinco años hasta lograr esto, que inició en el 89 y acabó en el 94 cuando se aprobó. Y acá voy a decir, también, que cuando las mujeres apoyan iniciativas de las mujeres, no necesariamente apoyan toda la agenda. Yo tenía la impresión errónea de una muy destacada e importante ministra argentina que presidió la Conferencia de Mar del Plata regional previa a la Conferencia de Beijing. No me gustaba porque no apoyaba derechos sexuales y derechos reproductivos. Sin embargo, cuando traté de entender cómo se logró lo de Belém do Pará, todas mis entrevistadas citaban el rol fundamental de la embajadora Regazolli. Entonces, debemos atender bien que no todas las mujeres se comprometen con la agenda completa, no siempre y por diversas razones.

Justamente hace poco tiempo, en Panamá, se hizo un homenaje a las mujeres que participaron activamente en la formulación y en la estrategia de aprobación de Belém do Pará. Una de esas estrategias, que ya no se puede hacer ahora, fue evitar la opinión de la Comisión Interamericana de Juristas, pues podía dar un dictamen en contra. Como la CIM tiene el derecho de informar en la Asamblea General de la OEA, ellas informaban. Hubo países muy poderosos que estaban en contra, pero ninguno nunca levantó la mano en la Asamblea General para oponerse al proceso de formulación y, además, las dirigentes de la CIM pidieron al secretario general de la OEA poder informar sobre el proceso en las instancias de las Naciones Unidas y lo pudieron hacer.

También consiguieron que Carlos Andrés Pérez, expresidente de Venezuela, les pagase una reunión de la cual salieron con el anteproyecto. En esa reunión participaron juristas feministas, el equipo de la CIM y juristas del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela expertos en formulación de tratados internacionales. Fueron presentando el proyecto en cada país y lograron apoyos en todas las regiones. Finalmente, la Convención de Belém do Pará se aprobó por aclamación en la Asamblea General de la OEA en 1994. Cuando llegó al punto de tratar el proyecto de Convención, 28 embajadores o jefes de delegación se pararon y empiezan a aplaudir. Así la Convención de Belém do Pará se aprobó por aclamación, no hubo voto en contra, que seguramente hubiese habido si no se hacía esa estrategia política tan relevante.

Entonces, podemos decir que hace solo 29 años, por primera vez, el mundo tuvo un instrumento contra la violencia hacia las mujeres. Si bien la propuesta fue del liderazgo de la CIM, conjuntamente con las delegadas de los países, el retorno de los países, la toma efectiva de medidas ha sido más lenta. Este es el primer instrumento contra las violencias dirigido a prevenir, sancionar y erradicar la violencia. Lo que el mundo nos muestra es que no va a ser tan sencilla la erradicación de la violencia de género contra las mujeres. Pero sí se puede prevenir y sancionar y hay lugar para que se involucren diferentes instituciones públicas, de diferentes poderes y también extrapoderes, así como de todos los niveles territoriales, para prevenir y para sancionar. Es más, hay lugar para que se involucren todas las instituciones públicas y que trabajen con la sociedad civil organizada.

Es interesante ver que se han dado generaciones de leyes basadas en la Convención de Belém do Pará. Primero fueron las que enfrentaron a la violencia doméstica o intrafamiliar. La segunda, las leyes integrales y solo algunas incluyeron a la violencia de género en el ámbito político, y las leyes específicas en contra de la violencia contra las mujeres en el ámbito de poder, en el espacio político. Eso nos dice que aquellas mujeres excepcionales que ocupaban cargos hace no muchos años no tenían protección, y seguramente normalizaban la violencia hacia ellas mismas o las diferentes formas de discriminación.

Bien, contamos con leyes especiales contra la violencia hacia las mujeres en el ámbito político y, también, su inclusión en la normativa general. En este punto quiero recordar que todas tenemos una deuda con Juana Quispe porque su asesinato hizo que se aprobase la primera ley contra la violencia política en el mundo, cuando Bolivia sancionó y promulgó la Ley 243/2012, con el nombre de Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres. Juana Quispe era concejala y la mataron y su asesinato sigue sin condena hasta hoy. Pero su muerte dio frutos en todo el mundo y aunque Bolivia no se transformó a partir de la ley, sí las mujeres del mundo comprendieron que “esto está sucediendo”. Así, en diversos países, como Suiza, empezaron a realizarse estudios sobre este tema, que antes no estaba en la agenda.

Esto fue en 2012, hace solo 11 años de esa primera ley contra la violencia hacia las mujeres en el ámbito político. Ciertamente, nos proponemos con Belém do Pará erradicar la violencia, pero tenemos que comprender que estamos inventando toda una rama del derecho probablemente, que no es solo penal, que entra y forma parte de diferentes ramas del derecho en realidad.

Posteriormente, se fueron desarrollando reglamentos para denuncias y se van aprobando leyes específicas en Brasil, en el Perú, en Panamá, en Costa Rica. Tenemos una riqueza legislativa; y estamos hablando de 2017, 2021 y 2022, es decir, que nuestras leyes son de ahora: ¡son nuevas! Quienes egresaron de la Facultad de Derecho hace tres años ni siquiera estudiaron esto. México tiene una producción formidable al respecto, un esfuerzo gigantesco en un país donde existe violencia social y del crimen organizado, donde hay una suma de violencias, pero también tienen hay una atención específica a la violencia política contra las mujeres por parte de órganos electorales, hubo disposición y creatividad de esos órganos, del INE y de la magistratura electoral.

Y no es solamente los derechos de las mujeres y violencia lo que es nuevo; piensen en los derechos humanos. En 1948 era impensable que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre o que la Declaración Universal de Derechos Humanos incluyeran temas de democracia y mucho menos los relativos a la violencia hacia las mujeres. ¿Saben cuándo se reconoce la democracia fundamental para que haya derechos humanos? en el 93, en Viena. Fue el mismo año en que se proclamó que los derechos humanos de las mujeres forman parte de los derechos humanos. Claro que no nacieron ahí los derechos humanos de las mujeres, ya existía la convención CEDAW, aunque todavía no teníamos un Alto Comisionado de Derechos Humanos, pero en Viena se fortaleció ese trabajo formidable y América Latina estuvo allí con un muy efectivo lobby de organizaciones que luchaban por los derechos humanos de las mujeres, por la inclusión plena.

Retomo ahora lo de la violencia hacia las mujeres en el ámbito político. Hay dos modalidades principales: leyes específicas y la inclusión en leyes integrales contra la violencia hacia las mujeres. En la región son pocos los países que todavía no lograron tener norma específica al respecto. En la fuente a la que yo recurro, la de Reformas Políticas del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, que está actualizada, se observa que es una dinámica muy intensa. En realidad, estamos hablando de un proceso en plena transformación, no estamos hablando de algo estático o que ya sabemos.

Yo aprendí de memoria eso de “Obligatio est iuris vinculum quo necessitate adstringimur” en la Facultad de Derecho. Era parte del derecho romano y sigue siendo del derecho en cada país. En cambio, lo referente a la normativa sobre violencia contra las mujeres apenas se está construyendo. Puede aparecer un protocolo en un órgano de un poder del Estado. Por ejemplo, en Chile tienen un protocolo de atención y prevención en la Cámara de Diputados. En Colombia todavía no se cuenta con la norma, porque, aunque ya fue aprobada la ley en el Poder Legislativo, pasó a revisión constitucional, porque es una ley estatutaria que según la normativa colombiana debe ser revisada por la Corte Constitucional y recién después es sancionada y promulgada. A mí me costó mucho comprender el procedimiento de Colombia. En realidad, hay dos leyes importantes para los derechos políticos de las mujeres en revisión de la Corte Constitucional, la ley de paridad y la de violencia en el ámbito político. ¿Qué se hace entonces? Se espera hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional.

Es importante decir que hay actualmente muchas investigadoras de buen nivel que trabajan sobre la representación política de las mujeres, aunque haya países en los que aún no se cuenta con norma sobre violencia hacia las mujeres en ese ámbito. Lo bueno es que hay accesibilidad a los datos y también un fluido intercambio entre investigadoras. Justamente yo busqué entender lo de Colombia por un dato en un trabajo de Isabel Torres que me compartió la misma autora.

Quiero remarcar que debemos atender muy bien al analizar si es violencia, si es discriminación o si es la competencia propia del ámbito político, ya que este no es un espacio de bondad y cariño. El mundo político es competitivo, es una búsqueda de poder y es una forma de ejercer poder. Si estás en desacuerdo con la persona, te parece terrible lo que propone, debés refutarle, y ¿cómo puedes separar, diferenciar la violencia en el ámbito político y lo que es parte del debate político duro, donde muchas veces se dicen cosas horribles de la otra persona que tiene tu misma jerarquía? Pues resulta que ahí se disputa el poder, se compite por el manejo de recursos, por poder decidir sobre lo que se hace o no se hace en el país; se discuten las políticas públicas y se discute la ruta a seguir o a construir. Es un ámbito inmensamente competitivo, no es un ámbito de bondad y de cariño.

En ese espacio político, las mujeres también agreden a otras mujeres -eso lo aprendí de la magistrada Mónica Soto, cuando ella relató la experiencia del registro de agresores-. En México tienen un procedimiento que a mí me gusta mucho. Se trata del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (Instituto Nacional Electoral). Por supuesto que no se trata de una cadena perpetua, sino de que quienes están en el registro no pueden postularse más a alguna elección, por ejemplo. La experiencia nos muestra que los organismos electorales están mucho más cerca del problema que cualquiera de las otras jurisdicciones. En el registro mexicano figuran hombres y mujeres, porque las mujeres también pueden tener prácticas violentas contra otra mujer, de descalificación y más.

En los órganos de tratado de derechos humanos, tanto del Sistema Interamericano como el Sistema de Naciones Unidas, hay también decisiones sobre violencia hacia las mujeres en el ámbito político. Acá quiero llamar la atención de que los países latinoamericanos tenemos la tendencia a ratificar todo, a escribir leyes bonitas a sancionarlas y promulgarlas, pero no necesariamente a cumplirlas. Ese es un agujero entre la ley y la práctica que no sucede solamente en lo que a violencia política contra las mujeres se refiere.

La primera condena por violación sexual en conflictos armados es de 1994 emitida por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda, que junto a lo decidido por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoeslavia hizo que se pudiera incorporar en el Estatuto de Roma, creado por la Corte Penal Internacional, la unión entre el derecho de los derechos humanos y el derecho humanitario, el cual incorpora la violencia contra las mujeres dentro de los 4 crímenes que legisla. Lamentablemente el Estatuto de Roma no está ratificado ni por China, ni por Rusia, ni por Estados Unidos. Es decir que los países más poderosos del mundo no lo han ratificado, aunque luego se acusen recíprocamente.

Estamos hablando de procesos nuevos para atender a la milenaria violencia hacia las mujeres en todos los campos. Así, el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó la Resolución 1325 en el año 2000. Estamos hablando de procesos absolutamente nuevos como la atención e inclusión de la discriminación y de la violencia hacia las mujeres, para superar problemas de larga data. Un último ejemplo, en la OIT se aprobaron recientemente medidas que enfrentan la violencia de género en el mundo del trabajo, que están en vigencia desde el 2021. En cada caso es importante diferenciar discriminación de violencia, porque la violencia es la forma más grave de discriminación, pero no toda discriminación es violencia.

Para explicarlo voy a ir a otro terreno. Cuando una escuela se niega a inscribir a un niño o a una niña indígena, no hay violencia, pero es una discriminación. Que discriminación está en la base de cada violación de los derechos humanos, eso lo decía Cecilia Medina y, actualmente, Fabián Salvioli lo rescata una y otra vez. En la base de cada derecho humano está el principio de no discriminación. Debo recordar, además, que tanto en el racismo como en el sexismo la discriminación se produce simplemente porque la persona es lo que es.

Es interesante revelar en este punto un anteproyecto que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) del Perú acaba de aprobar para presentar al Congreso. Voy a poner como ejemplo una sola de las modificaciones propuestas. Es una alegría que se propongan modificaciones cuando la ley es de muy difícil aplicación y que los órganos electorales tomen medidas para corregir o hacer ajustes. Ustedes saben que en el Perú no se podía hablar de violencia política por razón de género, porque violencia política se refería solamente a la violencia armada o más concretamente a Sendero Luminoso. Así fue como las compañeras peruanas usaban solo el término acoso político para lo que en otros países de la región y del mundo es violencia política. Pero resulta que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dice: “tenemos que modificar lo de acoso y usar violencia política”.

O sea, que la propuesta del JNE está adecuando la legislación peruana a los instrumentos internacionales y esto proviene de lo concreto, de la experiencia, de cómo y quiénes están juzgando y organizando estos procesos. En el caso de Perú, está separada la organización de las elecciones de su juzgamiento, pero en ambos órganos están presentes estas consideraciones.

Acá quiero decir que yo le di seguimiento al caso de Alejandra Lazzaro en Argentina. No se debe castigar a alguien por presentarse a un concurso y tener la mejor calificación. Eso, como motivo de discriminación, es muy impactante. Alejandra para mí era alguien de excelencia aportando en la Asociación de Magistradas Electorales de las Américas (AMEA). Pero resulta que por postularse como magistrada y sacar las mejores calificaciones, se le discriminó, se le rebajó el sueldo a la mitad y ahora está en la Corte Suprema, ya no está en lo electoral.

En este caso es claro, quienes tenían más poder tenían otros candidatos y, si hay una terna, no hay obligación de nombrar a quien encabezó la terna, no es necesario nombrar a quien tiene la mayor puntuación y eso está bien. Pero no se puede penalizar a alguien por osar tener más conocimientos, dejar de hablar con ella, rebajarle el sueldo. Sin embargo, había estado nueve años en un cargo, pero nunca había sido nombrada titular del cargo. Son cuestiones que parecen demasiado domésticas, demasiado administrativas. Sin embargo, debemos atender que no haya discriminación en cualquier espacio porque quizá sea difícil decir “este órgano es el más competente”, si también ese órgano puede discriminar o ejercer violencia.

Pero, no solo por violencia las mujeres abandonan la política. Jacinda Arden, que tiene poder y podría ser reelecta primera ministra en Nueva Zelanda, no quiere más porque desea dedicarse a otras cosas. Esto es también posible; no todo abandono de una mujer del ámbito, del espacio político y del poder político son producto de discriminación o de violencia política.

Bueno, nosotras tenemos un nuevo escenario ahora. Según datos la Unión Interparlamentaria (2023), las Américas siguen siendo la región con más alta representación política de las mujeres en los órganos legislativos. Eso no es poca cosa y no es así porque Canadá y Estados Unidos nos tiren para arriba; nosotros tiramos para arriba a esos dos países y a gran parte del Caribe no hispano en las Américas. Estamos en el primer lugar del mundo, y después, viene Europa, África subsahariana, y otras regiones. Lo bueno es que esas cifras van aumentando en todos lados. ¿Saben que de acuerdo con el último informe de la Unión Interparlamentaria ya hay mujeres en todos los parlamentos del mundo? Sin presencia de mujeres es impresentable un sistema político.

Pero a la par de las buenas noticias, tenemos un deterioro de las democracias en la región. No se trata de una excepción, de un solo caso; son cada vez más casos y debemos estar muy atentas. El deterioro no se produce necesariamente porque la justicia electoral funciona mal, sino porque no funciona el Estado de derecho, o porque crece el crimen organizado o por muchas otras razones. Uno de los efectos es que hace que las personas emigren masivamente hacia un lugar donde nadie les quiere, aunque puedan ser necesarias. En realidad, cada vez que veo esa especie de salida desesperada recuerdo fotos de Vietnam cuando huían corriendo, o las imágenes de la Segunda Guerra Mundial.

No sé si se dieron cuenta, pero en los cuatro procesos electorales que se están desenvolviendo, en TODOS hay mujeres disputando el cargo uninominal ejecutivo más alto, es decir la presidencia de la república. Las mujeres están compitiendo para el ejecutivo. A mí me alegra que estén, aunque no siempre aplauda a la candidata. A mí me apena que en Guatemala Sandra Torres no haya reconocido su derrota, una diferencia de 25 puntos. Pero el punto es que las mujeres están, estamos y no es por una cuota, no es porque ya no haya violencia, sino porque hay un trabajo y un acumulado internacional en donde los órganos electorales juegan un rol fundamental. La AMEA es importante con sus observaciones, con las críticas recíprocas que son un aprendizaje. Vuelvo al punto, en Ecuador, Argentina y en México también están las mujeres presentes en el proceso electoral; y en México parece ser que hasta puede darse el caso de que haya dos mujeres disputando, esto es completamente nuevo. Y estos son cuatro procesos de nuestra región y en los cuatro tenemos mujeres disputando presidencia y con posibilidades de ganar.

Estamos hoy en una situación absolutamente de avance, y tenemos que poder abordar los temas de violencia y los de discriminación, también, con claridad y que podamos seguir; y allí yo creo que, sin duda alguna, las integrantes de AMEA juegan un rol fundamental para las mujeres que deciden disputar cargos en ese ambiente tan difícil que es la política.

Muchas gracias

 

 

Referencias

Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México. Informe de gestión 2018-2022. https://www.juridicas.unam.mx/informe-2018-2022/detalle/360

Instituto Nacional Electoral. Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionadas/

Jurado Nacional de Elecciones (2023). Proyecto de Ley n.º 05842/2023-JNE, Ley que modifica la Ley n.° 31155, Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.

Unión Interparlamentaria (UIP). Mujeres en la política: 2023. https://www.unwomen.org/es/digital-library/publications/2023/03/women-in-politics-map-2023



* Disertación presentada en la V Conferencia de la Asociación de Magistradas Electorales de las Américas (AMEA), celebrada el 5 y 6 de setiembre de 2023 en San José, Costa Rica

** Paraguaya, abogada y politóloga, correo linebareirob@gmail.com. Abogada por la Universidad Nacional de Asunción y Magíster Artium por la Universidad de Heidelberg de la República Federal de Alemania Fue investigadora del Instituto de Ciencia Política de la Universidad de Heidelberg. Ha sido profesora de posgrados de universidades de Bolivia, Costa Rica, España, Nicaragua, Chile y Ecuador. Diseñó políticas de igualdad en Costa Rica, Uruguay y Paraguay. Cofundadora del Centro de Documentación y Estudios (CDE), de la Coordinación de Mujeres del Paraguay y de Decidamos, campaña por la expresión ciudadana. Hasta diciembre de 2014 integró, como experta, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la mujer (CEDAW) de las Naciones Unidas. Es profesora del Seminario sobre Democracia, Estado y ciudadanía de la maestría de PRIGEPP/FLACSO Argentina, y directora académica del diplomado sobre Género y Justicia de la misma institución. Integra la Asamblea General del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), el Grupo Asesor de la Sociedad Civil de ONU Mujeres Paraguay y Water Lex.