N.° 2161-E11-2024 -TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas con cincuenta minutos del ocho de marzo de dos mil veinticuatro.
Declaratoria
de elección de alcaldías y vicealcaldías de las municipalidades de los cantones
de la provincia de Limón, para el período comprendido entre el primero de mayo
de dos mil veinticuatro y el treinta de abril de dos mil veintiocho.
RESULTANDO
1.- Que de conformidad con lo establecido en el decreto n.° 13-2023, publicado en La Gaceta n.° 185 del nueve de octubre de dos mil veintitrés, este Tribunal convocó a todas las personas ciudadanas inscritas como electoras en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho fundamental al sufragio en votación directa y secreta, concurrieran a las respectivas juntas receptoras de votos el día domingo cuatro de febrero de dos mil veinticuatro, a fin de que procedieran a elegir alcaldías, vicealcaldías primeras y segundas, regidurías propietarias y suplentes, sindicaturas propietarias y suplentes, concejalías de distrito propietarias y suplentes, concejalías municipales de distrito propietarias y suplentes en los lugares que corresponda, así como intendencias y viceintendencias de este último órgano, en los términos establecidos en la referida convocatoria.
2.- Que para la elección de alcaldías y vicealcaldías de las municipalidades de los cantones de la provincia de Limón, los partidos políticos que se indicará inscribieron en el Registro Electoral sus respectivas candidaturas.
3.- Que la respectiva votación se celebró el día domingo cuatro de febrero de dos mil veinticuatro, fecha en la cual las personas electoras sufragaron ante las respectivas juntas receptoras de votos, luego de lo cual este Tribunal procedió a realizar el escrutinio definitivo de los votos emitidos.
CONSIDERANDO
I.- Del escrutinio definitivo de los sufragios emitidos para elegir alcaldías y vicealcaldías de los cantones de la provincia de Limón, se derivan los siguientes resultados:
PROVINCIA LIMÓN: VOTOS VÁLIDOS PARA
ALCALDÍAS Y VICEALCALDÍAS POR CANTÓN,
SEGÚN PARTIDO, ELECCIONES MUNICIPALES
FEBRERO 2024
PARTIDO POLÍTICO |
LIMÓN |
POCOCÍ |
SIQUIRRES |
ACCIÓN CANTONAL SIQUIRRES INDEPENDIENTE |
- |
- |
245 |
AUTÉNTICO LIMONENSE |
4 321 |
- |
- |
FRENTE AMPLIO |
- |
- |
341 |
JUSTICIA SOCIAL COSTARRICENSE |
3 382 |
846 |
- |
LIBERACIÓN NACIONAL |
2 923 |
4 030 |
3 228 |
LIBERAL PROGRESISTA |
766 |
626 |
- |
NUESTRO PUEBLO |
610 |
- |
- |
NUEVA GENERACIÓN |
1 392 |
1 732 |
2 492 |
NUEVA REPÚBLICA |
821 |
662 |
2 207 |
PROGRESO SOCIAL DEMOCRÁTICO |
1 633 |
- |
1 690 |
RECUPERANDO VALORES |
459 |
1 820 |
1 530 |
REPUBLICANO SOCIAL CRISTIANO |
- |
755 |
- |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
- |
1 348 |
2 024 |
UNIDOS PODEMOS |
6 611 |
14 618 |
- |
YO SOY EL CAMBIO |
371 |
522 |
- |
TOTAL VOTOS VÁLIDOS |
23 289 |
26 959 |
13 757 |
Simbología:
- Partido Político no tiene candidatos en la circunscripción.
PROVINCIA LIMÓN: VOTOS VÁLIDOS PARA
ALCALDÍAS Y VICEALCALDÍAS POR CANTÓN,
SEGÚN PARTIDO, ELECCIONES MUNICIPALES
FEBRERO 2024
PARTIDO POLÍTICO |
TALAMANCA |
MATINA |
GUÁCIMO |
ACCIÓN CANTONAL SIQUIRRES INDEPENDIENTE |
- |
- |
- |
AUTÉNTICO LIMONENSE |
- |
- |
- |
FRENTE AMPLIO |
- |
- |
- |
JUSTICIA SOCIAL COSTARRICENSE |
3 560 |
- |
3 761 |
LIBERACIÓN NACIONAL |
1 535 |
1 242 |
3 119 |
LIBERAL PROGRESISTA |
649 |
- |
- |
NUESTRO PUEBLO |
149 |
78 |
718 |
NUEVA GENERACIÓN |
- |
- |
58 |
NUEVA REPÚBLICA |
- |
237 |
1 348 |
PROGRESO SOCIAL DEMOCRÁTICO |
- |
70 |
119 |
RECUPERANDO VALORES |
- |
- |
650 |
REPUBLICANO SOCIAL CRISTIANO |
- |
- |
64 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
5 115 |
7 348 |
336 |
UNIDOS PODEMOS |
74 |
219 |
1 298 |
YO SOY EL CAMBIO |
- |
- |
- |
TOTAL VOTOS VÁLIDOS |
11 082 |
9 194 |
11 471 |
Simbología:
- Partido Político no tiene candidatos en la circunscripción.
II.- El artículo 202 del Código Electoral establece que las alcaldías y vicealcaldías municipales se elegirán por el sistema de mayoría relativa en su cantón, entendiéndose esa mayoría como simple.
III.- De las cifras consignadas anteriormente, las candidaturas indicadas y la aplicación de la normativa electoral, según el caudal de votos obtenidos por los referidos partidos políticos, corresponde declarar electas en los cargos de elección popular a las personas ciudadanas que se dirá.
IV.- Que en virtud del fallecimiento del señor Bernardo Antonio
Veach Davis, candidato a la Vicealcaldía segunda del partido Unidos Podemos en
el cantón Pococí, no procede designación alguna en la vacante que se produce, pues
los artículos 14 del Código Municipal y 208 del Código Electoral no contemplan
la sustitución para ese cargo.
POR TANTO
De
conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de orden
constitucional y legal de que se ha hecho mérito, se declaran electas las
alcaldías y vicealcaldías primeras y segundas de las municipalidades de los
cantones de la provincia de Limón, para el período comprendido entre el primero
de mayo de dos mil veinticuatro y el treinta de abril de dos mil veintiocho,
según el siguiente detalle:
LIMÓN
ALCALDESA
701740095 ANA JANNIEL MATARRITA MC CALLA UP
C.C.
ANA MC CALLA MATARRITA
VICEALCALDE
PRIMERO
701190954 JOHN GERARDO GUTIERREZ GOMEZ UP
VICEALCALDESA
SEGUNDA
700990232 KATERINE CALVO LOBO UP
POCOCÍ
ALCALDE
700860850 MANUEL HERNANDEZ RIVERA UP
VICEALCALDESA
PRIMERA
108160232 YAMILETH HIDALGO ARIAS UP
VICEALCALDÍA
SEGUNDA
--------------- -------------------------------------- UP
SIQUIRRES
ALCALDE
701100250 RANDAL BLACK REID PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
701100684 MAUREEN CASH ARAYA PLN
VICEALCALDE
SEGUNDO
303130141 LUIS FERNANDO DELGADO DURAN PLN
TALAMANCA
ALCALDE
700780736 RUGELI MORALES RODRIGUEZ PUSC
VICEALCALDESA
PRIMERA
701730011 DENIA PATRICIA ZUÑIGA PITA PUSC
VICEALCALDESA
SEGUNDA
503340293 GINETTE MARIA JARQUIN CASANOVA PUSC
MATINA
ALCALDE
501471200 WALTER CESPEDES SALAZAR PUSC
VICEALCALDESA
PRIMERA
602450909 YORLENY CANALES DELGADO PUSC
VICEALCALDE
SEGUNDO
700940497 MAYNOR LINDO JIMENEZ PUSC
C.C.
MINOR LINDO JIMENEZ
GUÁCIMO
ALCALDESA
302990300 BEATRIZ MORA VALVERDE PJSC
VICEALCALDE
PRIMERO
702080519 SIVIANY MOYA PERAZA PJSC
VICEALCALDE
SEGUNDO
700850833 FELIX RUIZ SANCHEZ PJSC
En
atención a lo dispuesto por el inciso h) del artículo 12 del Código Electoral,
notifíquese la presente declaratoria a quienes han resultado electos y electas
por medio de la correspondiente secretaría municipal, así como a los Poderes de
la República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría
General de la República, a la Defensoría de los Habitantes, al Instituto de
Fomento y Asesoría Municipal, a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, al
Ministerio Público y a todos los partidos políticos que inscribieron
candidaturas para dicha elección. Publíquese en el Diario Oficial y en el sitio
web de este Tribunal.
Eugenia María Zamora Chavarría
Presidenta
Max Alberto Esquivel Faerron
Vicepresidente
Zetty María Bou Valverde
Magistrada
Luis Diego Brenes Villalobos
Magistrado
Mary Anne Mannix Arnold
Magistrada
Luis Guillermo Chinchilla Mora
Secretario General