Nº. 1204-M-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas con treinta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil dos.

Diligencias de cancelación de credenciales de Regidor propietario de la Municipalidad del Cantón de Coto Brus, Provincia de Puntarenas, que ostenta el señor Edgar Zamora Santamaría.

RESULTANDO

1).- Mediante nota recibida en la Secretaría del Tribunal el 14 de marzo del 2000, el señor José Concepción Morales, en su condición de Regidor Suplente del Cantón de Aguirre, solicitó al Tribunal la cancelación de la credencial del señor Edgar Zamora Santamaría, en virtud de haber dejado de asistir a las sesiones municipales por más de dos meses.

2).- En reiteradas resoluciones, el Tribunal le previno a la Secretaría Municipal del cantón, aportar la dirección exacta en la que se podía notificar al señor Edgar Zamora Santamaría, así como la certificación de sus ausencias.

3).- La Secretaría Municipal cumplió con lo prevenido, mediante escrito recibido el 28 de agosto del 2001.

4).- Mediante resolución de las diez horas del seis de marzo del dos mil dos, se dio traslado al señor regidor, para que se pronunciara sobre la solicitud de cancelación de credenciales interpuesta en su contra, sin que a la fecha conste que esa resolución les haya sido notificada.

5).- En los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad.

Redacta el Magistrado Rodríguez Chaverri; Y,

CONSIDERANDO

UNICO: De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal, corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los regidores municipales; por ello, es a partir del momento en que este Órgano Electoral declara la respectiva cancelación, que jurídicamente cesa el nombramiento del funcionario. El nombramiento del señor regidor Edgar Zamora Alfaro en la Municipalidad del Cantón de Coto Brus de la Provincia de Puntarenas concluyó el día 8 de mayo del año en curso, al terminar el período por el cual fue designado. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo del expediente.

POR TANTO

Archívese el expediente. Notifíquese a la Municipalidad de Coto Brus y al interesado.

 

Olga Nidia Fallas Madrigal 

 

 

Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni 

 

 

Ovelio Rodríguez Chaverri Mario Seing Jiménez

 

Exp. 163-F-2000

Municipalidad de Coto Brus

Edgar Zamora Santamaría

Rav.-