N.º 4385-E10-2024. TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas treinta minutos del once de junio de dos mil veinticuatro.

 

Determinación del monto máximo de la contribución del Estado a los partidos políticos con derecho a recibirla, según los resultados de las elecciones municipales celebradas en febrero de 2024.

RESULTANDO

 

1.- Que los artículos 90, 91, 99, 100, 101 y 102 del Código Electoral establecen los parámetros para determinar el monto máximo de la contribución del Estado a los partidos políticos que participaron en las elecciones municipales.

2.- Que mediante resolución n.º 0669-E10-2021 de las nueve horas cincuenta minutos del cinco de febrero de dos mil veintiuno, este Tribunal fijó el monto global de la contribución estatal a los partidos políticos correspondiente a las elecciones municipales celebradas en febrero de 2024, en ₡10 795 048 560,00 (diez mil setecientos noventa y cinco millones cuarenta y ocho mil quinientos sesenta colones exactos).

3.- Que durante los meses de febrero, marzo y abril de 2024, este Tribunal emitió las declaratorias de elección correspondientes a los cargos de elección municipal.

4.- Que mediante oficio n.º DGRE-567-2024 del 10 de mayo de 2024, que analiza el informe n.º DFPP-IE-01-2024 del 2 de mayo de 2024, emitido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos remitió a conocimiento de este órgano colegiado el informe relativo a la determinación del monto máximo de la contribución del Estado a los partidos políticos, según el resultado de las elecciones municipales celebradas en febrero de 2024.

5.- Que mediante oficio n.° STSE-1128-2024 del 15 de mayo de 2024 y de acuerdo con la declaración interpretativa hecha por este Tribunal en la resolución n.º 4114-E8-2009 de las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil nueve, la Secretaría General de este Tribunal solicitó a la Caja Costarricense de Seguro Social certificar cuáles agrupaciones políticas de las que participaron en los comicios municipales celebrados el 4 de febrero de 2024, podrían encontrarse morosas con esa entidad.

6.- Que mediante oficio n.º GF-DC-0480-2024 del 23 de mayo de 2024, el señor Luis Diego Calderón Villalobos, Director de Cobros de la Gerencia Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, certificó que las agrupaciones políticas Republicano Social Cristiano y Unidad Social Cristiana, se encuentran en situación de morosidad por adeudos de CCSS y ASFA (Asignaciones Familiares) con esa entidad, las cuales adeudan ₡6 456 736,00 (seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos treinta y seis colones exactos), y ₡ 2 610 475,00 (dos millones seiscientos diez mil cuatrocientos setenta y cinco colones exactos), respectivamente.

 

CONSIDERANDO

 

I.- De conformidad con lo establecido en los artículos 99 y 100 del Código Electoral, tan pronto declare la elección de los funcionarios municipales, este Tribunal dispondrá -por resolución debidamente fundada- la distribución del aporte estatal entre los partidos que tengan derecho a él. Para acceder al aporte estatal correspondiente a las elecciones municipales, los partidos políticos deberán superar alguno de los siguientes umbrales de votación: a) obtener al menos un 4% de los sufragios válidamente emitidos en el cantón para la elección de alcaldes; b) alcanzar esa misma votación en el cantón, pero para la elección de regidores; o c) elegir al menos un regidor. 

II.- La distribución del aporte estatal entre los partidos que tengan derecho a él, seguirá el procedimiento que se describe a continuación: a) se determinará el valor individual del voto.  Para ello, debe dividirse el monto total de la contribución estatal asignada para la elección municipal entre la suma de los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a contribución; b) en el caso de los partidos que compitieron en varios cantones, sólo se tomarán en cuenta los votos válidos obtenidos en aquellos cantones en los que esos partidos hayan superado los referidos umbrales; c) para establecer el monto máximo del aporte estatal que le corresponderá a cada partido, deberá multiplicarse el valor individual del voto por la suma de todos los votos válidos que obtuvo el partido en la elección municipal, tomando en cuenta únicamente los votos válidos de las circunscripciones en las que el partido hubiese adquirido derecho a la contribución.

III.- Según las declaratorias referidas en el resultando tercero de esta resolución, los partidos políticos que participaron en la elección municipal celebrada el 4 de febrero de 2024 y que adquirieron derecho a la contribución estatal, de conformidad con los votos válidos obtenidos que se detallan en cada caso, son los siguientes:

Partido Político

Elección de Alcalde

Elección de Regidores

Elección de Síndicos y Concejales

Intendentes

Partidos inscritos a Escala Nacional

Agenda Democrática Nacional

12 357

11 817

12 117

0

Aquí Costa Rica Manda

0

34 559

31 191

150

Frente Amplio

21 854

23 538

19 914

0

Justicia Social Costarricense

14 093

13 707

13 787

0

Liberación Nacional

271 476

265 680

271 689

5 403

Liberal Progresista

71 189

66 173

68 429

1 164

Nuestro Pueblo

32 994

30 850

28 779

0

Nueva Generación

40 868

37 939

35 401

176

Nueva República

53 832

47 476

48 258

2 362

Progreso Social Democrático

49 720

47 702

44 068

0

Pueblo Soberano

0

1 895

1 782

0

Republicano Social Cristiano

22 984

21 553

22 921

0

Unidad Social Cristiana

216 995

204 044

210 221

5 971

Unidos Podemos

85 618

74 158

76 504

2 710

Subtotal

893 980

881 091

885 061

17 936

Partidos inscritos a Escala Provincial

Actuemos Ya

23 103

20 214

20 947

103

Auténtico Limonense

4 321

4 158

4 164

0

Recuperando Valores

4 000

4 241

4 476

0

Somos

0

3 308

3 230

0

Unión Guanacasteca

5 787

5 439

5 522

519

Subtotal

37 211

37 360

38 339

622

Partidos inscritos a Escala Cantonal

Alianza por Sarchí

3 988

3 322

3 437

0

Alma Floreña

1 909

1 927

2 265

0

Auténtico Labrador de Coronado

3 077

3 297

2 780

0

Auténtico Santacruceño

5 503

5 223

5 104

0

Auténtico Sarapiqueño

1 265

1 352

1 285

0

Avance Isidreño

2 328

2 114

2 298

0

Bienestar Rafaeleño

3 522

3 331

3 827

0

Curridabat Siglo XXI

3 254

3 161

3 170

0

Del Sol

3 714

3 765

3 901

0

Despertar Alajuelense

4 016

4 023

4 519

0

Ecológico Comunal Costarricense

1 461

1 694

1 835

0

En Común

1 554

1 535

1 532

0

Gente Pro-Curri

1 367

1 471

1 420

0

Juntos San José

12 800

11 735

12 133

0

La Gran Nicoya

8 557

7 899

7 998

0

Liberia Unida

1 012

897

926

0

Más San José

2 944

3 252

3 535

0

Movimiento Avance Santo Domingo

2 420

2 404

2 604

0

Nandayure Progresa

815

737

783

0

Nueva Liberia

1 543

1 507

1 556

0

Nueva Mayoría Griega

3 162

2 905

2 662

0

Organización Social Activa

2 493

2 382

2 421

0

Palmares Primero

4 175

3 750

4 286

0

Progreser

6 286

4 942

5 062

0

Pueblo Garabito

1 915

1 795

1 907

0

Puriscal en Marcha

2 553

2 556

2 405

0

Renovemos Alajuela

8 087

6 782

7 416

0

Sentir Heredia

1 582

1 653

1 645

0

Somos Moravia

5 554

5 277

5 250

0

Terra Escazú

2 212

2 248

2 262

0

Turrialba Primero

1 952

2 058

2 186

0

Único Abangareño

341

334

339

19

Unidos para el Desarrollo

1 767

1 848

1 853

0

Unidos por Escazú

3 237

3 167

3 296

0

Unión Domingueña

975

966

1 177

0

Unión Griega

1 525

1 509

1 549

0

Unión Guarqueño

3 864

3 385

0

0

Unión Oromontana

1 185

896

1 046

0

Yunta Progresista Escazuceña

1 284

1 507

1 550

0

Subtotal

121 198

114 606

115 220

19

Coaliciones

Coalición Cambio Ciudadano

4 270

4 142

4 074

0

Coalición Gente Montes de Oca

2 174

2 217

2 175

0

Coalición Somos Montes de Oca

1 613

1 565

1 668

0

Coalición Unión Belemita

3 040

3 155

3 034

0

Subtotal

11 097

11 079

10 951

0

Total

1 063 486

1 044 136

1 049 571

18 577

Total general:          3.175.770

Nota: Las cifras de los votos en Síndicos y Concejales incluyen los votos para síndicos y miembros de los Concejos Municipales de Distrito, según corresponde.

Fuente: Elaboración del DFPP con base en la información de las resoluciones emitidas por el TSE.

 

IV.- La división del monto total de la contribución estatal municipal, establecido en la suma de  ₡10 795 048 560,00 (diez mil setecientos noventa y cinco millones cuarenta y ocho mil quinientos sesenta colones exactos) entre el resultado de la suma de los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a contribución, el cual alcanza la cifra de 3 175 770 (tres millones ciento setenta y cinco mil setecientos setenta) determina el valor individual del voto, el cual asciende a la suma de ₡3 399,19092377597 (tres mil trescientos noventa y nueve colones coma uno nueve cero nueve dos tres siete siete cinco nueve siete); por lo que, en atención al caudal obtenido por cada uno de los partidos políticos con derecho a la contribución estatal, corresponde la siguiente determinación del monto máximo que podrá recibir cada uno de ellos:

Partido Político

Votos válidos

Monto máximo

Partidos inscritos a Escala Nacional

2 678 068

₡9 103 264 438,85

Agenda Democrática Nacional

36 291

₡123 360 037,81

Aquí Costa Rica Manda

65 900

₡224 006 681,88

Frente Amplio

65 306

₡221 987 562,47

Justicia Social Costarricense

41 587

₡141 362 152,95

Liberación Nacional

814 248

₡2 767 784 411,30

Liberal Progresista

206 955

₡703 479 557,63

Nuestro Pueblo

92 623

₡314 843 260,93

Nueva Generación

114 384

₡388 813 054,63

Nueva República

151 928

₡516 432 278,67

Progreso Social Democrático

141 490

₡480 951 523,81

Pueblo Soberano

3 677

₡12 498 825,03

Republicano Social Cristiano

67 458

₡229 302 621,34

Unidad Social Cristiana

637 231

₡2 166 069 831,55

Unidos Podemos

238 990

₡812 372 638,87

Partidos inscritos a Escala Provincial

113 532

₡385 916 943,96

Actuemos Ya

64 367

₡218 795 722,19

Auténtico Limonense

12 643

₡42 975 970,85

 

Recuperando Valores

12 717

₡43 227 510,98

 

Somos

6 538

₡22 223 910,26

 

Unión Guanacasteca

17 267

₡58 693 829,68

 

Partidos inscritos a Escala Cantonal

351.043

₡1 193 262 179,46

 

Alianza por Sarchí

10 747

₡36 531 104,86

 

Alma Floreña

6 101

₡20 738 463,83

 

Auténtico Labrador de Coronado

9 154

₡31 116 193,72

 

Auténtico Santacruceño

15 830

₡53 809 192,32

 

Auténtico Sarapiqueño

3 902

₡13 263 642,98

 

Avance Isidreño

6 740

₡22 910 546,83

 

Bienestar Rafaeleño

10 680

₡36 303 359,07

 

Curridabat Siglo XXI

9 585

₡32 581 245,00

 

Del Sol

11 380

₡38 682 792,71

 

Despertar Alajuelense

12 558

₡42 687 039,62

 

Ecológico Comunal Costarricense

4 990

₡16 961 962,71

 

En Común

4 621

₡15 707 661,26

 

Gente Pro-Curri

4 258

₡14 473 754,95

 

Juntos San José

36 668

₡124 641 532,79

 

La Gran Nicoya

24 454

₡83 123 814,85

 

Liberia Unida

2 835

₡9 636 706,27

 

Más San José

9 731

₡33 077 526,88

 

Movimiento Avance Santo Domingo

7 428

₡25 249 190,18

 

Nandayure Progresa

2 335

₡7 937 110,81

 

Nueva Liberia

4 606

₡15 656 673,39

 

Nueva Mayoría Griega

8 729

₡29 671 537,57

 

Organización Social Activa

7 296

₡24 800 496,98

 

Palmares Primero

12 211

₡41 507 520,37

 

Progreser

16 290

₡55 372 820,15

 

Pueblo Garabito

5 617

₡19 093 255,42

 

Puriscal en Marcha

7 514

₡25 541 520,60

 

Renovemos Alajuela

22 285

₡75 750 969,74

 

Sentir Heredia

4 880

₡16 588 051,71

 

Somos Moravia

16 081

₡54 662 389,25

 

Terra Escazú

6 722

₡22 849 361,39

 

Turrialba Primero

6 196

₡21 061 386,96

 

Único Abangareño

1 033

₡3 511 364,22

 

Unidos para el Desarrollo

5 468

₡18 586 775,97

 

Unidos por Escazú

9 700

₡32 972 151,96

 

Unión Domingueña

3 118

₡10 598 677,30

 

Unión Griega

4 583

₡15 578 492,00

 

Unión Guarqueño

7 249

₡24 640 735,01

 

Unión Oromontana

3 127

₡10 629 270,02

 

Yunta Progresista Escazuceña

4 341

₡14 755 887,80

 

Coaliciones

33 127

₡112 604 997,73

 

Coalición Cambio Ciudadano

12 486

₡42 442 297,87

 

Coalición Gente Montes de Oca

6 566

₡22 319 087,61

 

Coalición Somos Montes de Oca

4 846

₡16 472 479,22

 

Coalición Unión Belemita

9 229

₡31 371 133,04

 

Total

3 175 770

₡10 795 048 560,00

 

 

V.- El acceso a los montos establecidos en la distribución que aquí se dispone se encuentra sujeto a la respectiva justificación y liquidación de gastos que deberá hacer cada uno de los partidos políticos, conforme a la normativa que resulte aplicable.

VI.- Que de conformidad con lo establecido en la resolución n.º 4114-E8-2009 de las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil nueve de este Tribunal y en atención a lo comunicado en el oficio n.º GF-DC-0480-2024 del 23 de mayo de 2024, el señor Luis Diego Calderón Villalobos, Director de Cobros de la Gerencia Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el cual certificó que las agrupaciones políticas Republicano Social Cristiano y Unidad Social Cristiana se encuentran en situación de morosidad en punto a cuotas obrero-patronales con esa entidad, corresponde al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional retener cautelarmente el giro de ₡4 603 091,00 (cuatro millones seiscientos tres mil noventa y un colones exactos) al partido Accesibilidad sin Exclusión; el giro de ₡31 636,00 (treinta y un mil seiscientos treinta y seis colones exactos) al partido Alianza Demócrata Cristiana; el giro de ₡3,00 (tres colones exactos) al partido Nueva Generación; el giro de ₡484 911,00 (cuatrocientos ochenta y cuatro mil novecientos once colones exactos) al partido Republicano Social Cristiano; y el giro de ₡967 606,00 (novecientos sesenta y siete mil seiscientos seis colones exactos) al partido Unidad Social Cristiana, sumas que esas agrupaciones políticas adeudan a la Caja Costarricense de Seguro Social según lo certificado por dicha institución, hasta que se suministre a este Tribunal certificación que demuestre que dichas agrupaciones políticas se encuentran al día con sus pagos, que se llegó a un arreglo de pago por concepto de cuotas obrero patronales o, en su caso, hasta que dichos montos sean liberados o requeridos por juez competente en estrados judiciales; de ese modo, las autoridades hacendarias dichas reservarán esos montos a efectos de garantizar que se honren debidamente esas deudas con la seguridad social. Para lo correspondiente, la Secretaría General de este Tribunal remitirá a las autoridades referidas copia certificada de los antecedentes relacionados.

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de orden constitucional y legal de que se ha hecho mérito, así como en el resultado de las elecciones municipales celebradas el 2 de febrero de 2020, previa justificación y liquidación de gastos, los siguientes partidos políticos podrán recibir, como máximo, las siguientes sumas por concepto de contribución del Estado a sus gastos:

Partido Político

Votos válidos

Monto máximo

Partidos inscritos a Escala Nacional

2 678 068

₡9 103 264 438,85

Agenda Democrática Nacional

36 291

₡123 360 037,81

Aquí Costa Rica Manda

65 900

₡224 006 681,88

Frente Amplio

65 306

₡221 987 562,47

Justicia Social Costarricense

41 587

₡141 362 152,95

Liberación Nacional

814 248

₡2 767 784 411,30

Liberal Progresista

206 955

₡703 479 557,63

Nuestro Pueblo

92 623

₡314 843 260,93

Nueva Generación

114 384

₡388 813 054,63

Nueva República

151 928

₡516 432 278,67

Progreso Social Democrático

141 490

₡480 951 523,81

Pueblo Soberano

3 677

₡12 498 825,03

Republicano Social Cristiano

67 458

₡229 302 621,34

Unidad Social Cristiana

637 231

₡2 166 069 831,55

Unidos Podemos

238 990

₡812 372 638,87

Partidos inscritos a Escala Provincial

113 532

₡385 916 943,96

Actuemos Ya

64 367

₡218 795 722,19

Auténtico Limonense

12 643

₡42 975 970,85

Recuperando Valores

12 717

₡43 227 510,98

Somos

6 538

₡22 223 910,26

Unión Guanacasteca

17 267

₡58 693 829,68

Partidos inscritos a Escala Cantonal

351.043

₡1 193 262 179,46

Alianza por Sarchí

10 747

₡36 531 104,86

Alma Floreña

6 101

₡20 738 463,83

Auténtico Labrador de Coronado

9 154

₡31 116 193,72

Auténtico Santacruceño

15 830

₡53 809 192,32

Auténtico Sarapiqueño

3 902

₡13 263 642,98

Avance Isidreño

6 740

₡22 910 546,83

Bienestar Rafaeleño

10 680

₡36 303 359,07

Curridabat Siglo XXI

9 585

₡32 581 245,00

Del Sol

11 380

₡38 682 792,71

Despertar Alajuelense

12 558

₡42 687 039,62

Ecológico Comunal Costarricense

4 990

₡16 961 962,71

En Común

4 621

₡15 707 661,26

Gente Pro-Curri

4 258

₡14 473 754,95

Juntos San José

36 668

₡124 641 532,79

La Gran Nicoya

24 454

₡83 123 814,85

Liberia Unida

2 835

₡9 636 706,27

Más San José

9 731

₡33 077 526,88

Movimiento Avance Santo Domingo

7 428

₡25 249 190,18

Nandayure Progresa

2 335

₡7 937 110,81

Nueva Liberia

4 606

₡15 656 673,39

Nueva Mayoría Griega

8 729

₡29 671 537,57

Organización Social Activa

7 296

₡24 800 496,98

Palmares Primero

12 211

₡41 507 520,37

Progreser

16 290

₡55 372 820,15

Pueblo Garabito

5 617

₡19 093 255,42

Puriscal en Marcha

7 514

₡25 541 520,60

Renovemos Alajuela

22 285

₡75 750 969,74

Sentir Heredia

4 880

₡16 588 051,71

Somos Moravia

16 081

₡54 662 389,25

Terra Escazú

6 722

₡22 849 361,39

Turrialba Primero

6 196

₡21 061 386,96

Único Abangareño

1 033

₡3 511 364,22

Unidos para el Desarrollo

5 468

₡18 586 775,97

Unidos por Escazú

9 700

₡32 972 151,96

Unión Domingueña

3 118

₡10 598 677,30

Unión Griega

4 583

₡15 578 492,00

Unión Guarqueño

7 249

₡24 640 735,01

Unión Oromontana

3 127

₡10 629 270,02

Yunta Progresista Escazuceña

4 341

₡14 755 887,80

Coaliciones

33 127

₡112 604 997,73

Coalición Cambio Ciudadano

12 486

₡42 442 297,87

Coalición Gente Montes de Oca

6 566

₡22 319 087,61

Coalición Somos Montes de Oca

4 846

₡16 472 479,22

Coalición Unión Belemita

9 229

₡31 371 133,04

Total

3 175 770

₡10 795 048 560,00

 

Asimismo, de conformidad con lo establecido en la resolución n.º 4114-E8-2009 de las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil nueve de este Tribunal y en atención a lo comunicado en el oficio n.° GF-DC-0480-2024 del 23 de mayo de 2024, el señor Luis Diego Calderón Villalobos, Director de Cobros de la Gerencia Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el cual certificó que las agrupaciones políticas Republicano Social Cristiano y Unidad Social Cristiana se encuentran en situación de morosidad por adeudos de CCSS y ASFA (Asignaciones Familiares) con esa entidad, corresponde al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional retener cautelarmente el giro de ₡6 456 736,00 (seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos treinta y seis colones exactos) al partido Republicano Social Cristiano y el giro de ₡ 2 610 475,00 (dos millones seiscientos diez mil cuatrocientos setenta y cinco colones exactos) al partido Unidad Social Cristiana; sumas que esas agrupaciones políticas adeudan a la Caja Costarricense de Seguro Social según lo certificado por dicha institución, hasta que se suministre a este Tribunal certificación que demuestre que dichas agrupaciones políticas se encuentran al día con sus pagos, que se llegó a un arreglo de pago por concepto de cuotas obrero patronales o, en su caso, hasta que dichos montos sean liberados o requeridos por juez competente en estrados judiciales; de ese modo, las autoridades hacendarias dichas reservarán esos montos a efectos de garantizar que se honren debidamente esas deudas con la seguridad social. Para lo correspondiente, la Secretaría General de este Tribunal remitirá a las autoridades referidas copia certificada de los antecedentes relacionados.

Notifíquese la presente resolución a los partidos políticos que participaron con candidaturas inscritas en las elecciones municipales celebradas el 4 de febrero de 2024, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional y a la Caja Costarricense de Seguro Social. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para lo de su cargo. 

 

 

 

 


Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Zetty María Bou Valverde


 

 

 

AMPM/JMRR