Nº 2382-E-2002. -TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las quince horas treinta y cinco minutos del veinte de diciembre del dos mil dos.-

Declaratoria de Elección de Alcaldes de las Municipalidades de los cantones de la PROVINCIA DE SAN JOSÉ, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

1.- Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N°. 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2.- Con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del presente año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3.- Que para participar en las elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes que se celebraron en los diferentes cantones de la provincia de San José, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana y Liberación Nacional en todos y cada uno de ellos; el Partido Acción Ciudadana en los cantones Central, Desamparados, Puriscal, Aserrí, Mora, Goicoechea, Vázquez de Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca, Turrubares, Curridabat y Pérez Zeledón; el Partido Movimiento Libertario en los cantones Central, Escazú, Tarrazú, Mora, Goicoechea, Santa Ana, Vázquez de Coronado, Tibás, Moravia y Pérez Zeledón; el Partido Fuerza Democrática en los cantones Desamparados, Goicoechea, Alajuelita, Vázquez de Coronado, Tibás y Moravia; el Partido Renovación Costarricense en los cantones Alajuelita, Tibás y Moravia; el Partido Independiente Obrero en los cantones Central, Goicoechea y Moravia; el Partido Rescate Nacional en los cantones Tibás y Montes de Oca; la Coalición Cambio 2000 en los cantones Aserrí y Curridabat; el Partido Integración Nacional en los cantones Alajuelita y Pérez Zeledón; los Partidos Alianza para Avanzar, San José Somos Todos y Alianza por San José en el Cantón Central; el Partido Yunta Progresista Escazuceña en el cantón de Escazú; el Partido del Sol en el cantón de Santa Ana; los Partidos Humanista de Montes de Oca y Movimiento Opción Cantonal Auténtica en el cantón de Montes de Oca y los Partidos Movimiento Curridabat y Curridabat Siglo XXI en el cantón de Curridabat.

4.- Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en todos los cantones de la provincia de San José en la fecha supra señalada.

5.- Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

I.- Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los cantones mencionados los puestos de Alcalde propietario y sus respectivos suplentes que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento al artículo 169 de la Constitución Política, en lo que a la elección de Alcaldes que habrán de integrar las Municipalidades de la provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

Cuadro N° 1 

Partidos/Cantón
San José
Escazú
Desamparados
Puriscal
Tarrazú
Aserrí
Mora
Goicoechea
Santa Ana
Alajuelita
Alianza para Avanzar
5.692
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Yunta Progresista Escazuceña
0
2.611
0
0
0
0
0
0
0
0
Unidad Social Cristiana
6.134
1.097
3.112
2.397
1.664
2.096
1.217
2.906
2.310
2.299
Independiente Obrero
69
0
0
0
0
0
0
2.152
0
0
Liberación Nacional
12.998
2.708
8.164
1.086
619
3.136
1.220
1.827
1.382
1.724
San José Somos Todos
981
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Humanista de Montes de Oca
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Movimiento Curridabat
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Renovación Costarricense
0
0
0
0
0
0
0
0
0
430
Curridabat Siglo XXI
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Acción Ciudadana
3.534
0
2.493
2.176
0
933
502
1.474
0
0
Del Sol
0
0
0
0
0
0
0
0
1.662
0
Alianza por San José
4.939
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Rescate Nacional
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Cambio 2000
0
0
0
0
0
309
0
0
0
0
Movimiento Opción Cantonal Auténtica
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Integración Nacional
0
0
0
0
0
0
0
0
0
121
Movimiento Libertario
1.338
225
0
0
49
0
658
295
213
0
Fuerza Democrática
0
0
1.108
0
0
0
0
410
0
96
Total votos válidos
35.685
6.641
14.877
5.659
2.332
6.474
3.597
9.064
5.567
4.670
 

Cuadro N° 2

Partidos/Cantón
Vázquez de Coronado
Acosta
Tibás
Moravia
Montes de Oca
Turrubares
Dota
Curridabat
Pérez Zeledón
León Cortés
Alianza para Avanzar
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Yunta Progresista Escazuceña
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Unidad Social Cristiana
3.756
1.521
1.848
1.072
1.430
954
415
1.362
7.202
1.285
Independiente Obrero
0
0
0
36
0
0
0
0
0
0
Liberación Nacional
2.871
2.392
1.485
1.732
1.423
908
541
872
5.774
1.257
San José Somos Todos
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Humanista de Montes de Oca
0
0
0
0
269
0
0
0
0
0
Movimiento Curridabat
0
0
0
0
0
0
0
673
0
0
Renovación Costarricense
0
0
1.025
169
0
0
0
0
0
0
Curridabat Siglo XXI
0
0
0
0
0
0
0
1.560
0
0
Acción Ciudadana
923
0
944
1.144
1.753
208
0
994
3.832
0
Del Sol
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Alianza por San José
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Rescate Nacional
0
0
63
0
321
0
0
0
0
0
Cambio 2000
0
0
0
0
0
0
0
953
0
0
Movimiento Opción Cantonal Auténtica
0
0
0
0
867
0
0
0
0
0
 
Integración Nacional
0
0
0
0
0
0
0
0
359
0
Movimiento Libertario
485
0
1.713
467
0
0
0
0
197
0
Fuerza Democrática
168
0
134
174
0
0
0
0
0
0
Total votos válidos
8.203
3.913
7.212
4.794
6.063
2.070
956
6.414
17.364
2.542
 

II.- Que la elección de Alcalde propietario y suplentes, según lo establece el artículo 134 del Código Electoral, se efectúa por mayoría relativa de cada cantón.

III.- Que en virtud de la aplicación de la norma supra citada y según la votación que en cada cantón han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección municipal, resulta procedente efectuar esta declaratoria a fin de proclamar electos a los candidatos de los partidos que obtuvieron la mayor cantidad de votos en los diferentes cantones correspondientes a la provincia de San José.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 8), 169, 171 y 172 de la Constitución Política; 14 y 15 del Código Municipal; 97 y 99 del Código Electoral, se declaran electos Alcaldes propietarios y suplentes para integrar las Municipalidades de los cantones de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

 

Cantón Central

ALCALDE PROPIETARIO

Johnny Francisco Araya Monge 

ALCALDESAS SUPLENTES

Maureen Cecilia Clarke Clarke

Luz María Soto Molina

 

Cantón de Escazú

ALCALDE PROPIETARIO

Marco Antonio Segura Seco 

ALCALDES SUPLENTES

Juan José Rímolo Bolaños

Marta Gabriela Calvo Venegas

 

  

Cantón de Desamparados

ALCALDE PROPIETARIO

Carlos Alberto Padilla Corella

 

ALCALDES SUPLENTES

Leda María Ureña Fallas

Edgardo Jara Rojas

 

Cantón de Puriscal

ALCALDE PROPIETARIO

Carlos Araya Jiménez 

ALCALDES SUPLENTES

Zaidy Calderón Durán

Rafael Murillo Rubí

 

Cantón de Tarrazú

ALCALDE PROPIETARIO

José Rodolfo Naranjo Naranjo  

ALCALDES SUPLENTES

María Cecilia Monge Solís

Carlos Humberto Cordero Corella

 

Cantón de Aserrí

ALCALDE PROPIETARIO

Mario Morales Guzmán 

ALCALDES SUPLENTES

Nubia María Gamboa Mora

Luis Alfredo Vargas Salazar

Cantón de Mora

ALCALDE PROPIETARIO

Alcides Ovidio Araya Campos 

ALCALDES SUPLENTES

Ana Ligia Matamoros Carvajal

Juan Félix Arburola Gutiérrez

 

Cantón de Goicoechea

ALCALDE PROPIETARIO

Carlos Luis Murillo Rodríguez 

ALCALDES SUPLENTES

Flor del Carmen Pasos Rodríguez

c.c. Flor Pazos Rodríguez

Freddy Ramos Corea

Cantón de Santa Ana

ALCALDE PROPIETARIO

Rónald Octavio Traña Calvo 

 

ALCALDES SUPLENTES

María Eugenia Vargas Solís

Arnoldo Jiménez Umaña

 

Cantón de Alajuelita

ALCALDE PROPIETARIO

Víctor Hugo Echavarría Ureña

c.c. Víctor Hugo Chavarría Ureña 

ALCALDES SUPLENTES

Dinorah Guevara Rosales

Ricardo Antonio Lamugue Salas

 

Cantón de Vázquez de Coronado

ALCALDE PROPIETARIO

Rolando Méndez Soto 

ALCALDES SUPLENTES

Leticia Zúñiga Solano

Mario Méndez Salazar

 

Cantón de Acosta

ALCALDE PROPIETARIO

Rónald Ricardo Durán Gamboa 

ALCALDES SUPLENTES

Mayra Yamileth Segura Arias

William Sotero Castro Corrales

 

 

 

Cantón de Tibás

ALCALDE PROPIETARIO

Percy Kenneth Rodríguez Argüello 

ALCALDESAS SUPLENTES

Mayra González León

Maritza Guevara Salas

 

Cantón de Moravia

ALCALDE PROPIETARIO

Alejandro Hidalgo Carballo 

ALCALDES SUPLENTES

Juan Pablo Hernández Cortés

Jeannette Briceño Baltodano

c.c. Janny Briceño Baltodano

 

Cantón de Montes de Oca

ALCALDESA PROPIETARIA

Sonia María Montero Díaz 

ALCALDES SUPLENTES

Luis Guillermo Méndez Madrigal

Patricia Allen Flores

 

Cantón de Turrubares

ALCALDE PROPIETARIO

Roberto González Cordero

ALCALDES SUPLENTES

Ligia María Vargas Campos

Andrey Morera Anchía

 

Cantón de Dota

ALCALDE PROPIETARIO

Mario Enrique Ureña Rojas 

ALCALDES SUPLENTES

Guillermo Camacho Cordero

Efigenia Fallas Vargas

 

Cantón de Curridabat

ALCALDESA PROPIETARIA

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

c.c. Lucy Retana Chinchilla  

ALCALDES SUPLENTES

José Luis Barrantes Rodríguez

Danilo Ugalde Murillo

 

Cantón de Pérez Zeledón

ALCALDESA PROPIETARIA

Rosibel Ramos Madrigal 

ALCALDES SUPLENTES

Luis Roberto Solano Sáenz

Deidalia Monge Padilla

 

Cantón de León Cortés

ALCALDE PROPIETARIO

Sergio Picado Garro 

ALCALDES SUPLENTES

Miguel Valverde Ulloa

Maritza Garro Calvo

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.- 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
   
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal
 

gmg.-