N° 0249-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con quince minutos del diecinueve de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Talamanca de la Provincia de Limón, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Talamanca de la provincia de Limón, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana y Unidad Social Cristiana, salvo el Partido Acción Ciudadana en el distrito Sixaola donde no las inscribió para Síndicos.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Talamanca de la Provincia de Limón.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Síndicos el Partido Acción Ciudadana en el distrito Sixaola según se detalló supra, los votos que obtuvo a su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Talamanca de la Provincia de Limón se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

CANTON TALAMANCA, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  
 
BRATSI
SIXAOLA
CAHUITA
TELIRE
LIBERACION NACIONAL
687
405
517
381
MOVIMIENTO LIBERTARIO
131
141
158
25
ACCION CIUDADANA
94
0
303
52
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
1.027
1.177
583
1.047
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.939
1.723
1.561
1.505
 

CANTON TALAMANCA, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 
 
BRATSI
SIXAOLA
CAHUITA
TELIRE
LIBERACION NACIONAL
687
405
517
381
MOVIMIENTO LIBERTARIO
131
141
158
25
ACCION CIUDADANA
94
87
303
52
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
1.027
1.177
583
1.047
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.939
1.810
1.561
1.505
  

III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Talamanca de la Provincia de Limón, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:-------------------------------------------------------------------------------------------

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

PROVINCIA: LIMON

CANTON: TALAMANCA

DISTRITO ADMINISTRATIVO: BRATSI 

CIFRA COCIENTE 484,750

CIFRA SUBCOCIENTE 242,375 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 687 1 202,250 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 131 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 94 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 1.027 2 57,500 0

TOTAL 1.939 3 1 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 

PROVINCIA: LIMON

CANTON: TALAMANCA

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SIXAOLA 

CIFRA COCIENTE 452,500

CIFRA SUBCOCIENTE 226,250 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 405 0 0,000 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 141 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 87 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 1.177 2 272,000 1

TOTAL 1.810 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 

PROVINCIA: LIMON

CANTON: TALAMANCA

DISTRITO ADMINISTRATIVO: CAHUITA 

CIFRA COCIENTE 390,250

CIFRA SUBCOCIENTE 195,125 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 517 1 126,750 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 158 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 303 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 583 1 192,750 1

TOTAL 1.561 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 

PROVINCIA: LIMON

CANTON: TALAMANCA

DISTRITO ADMINISTRATIVO: TELIRE 

CIFRA COCIENTE 376,250

CIFRA SUBCOCIENTE 188,125 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 381 1 4,750 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 25 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 52 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 1.047 2 294,500 1

TOTAL 1.505 3 1 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Talamanca de la provincia de Limón, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas: 

BRATSI 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

MARIBEL PITA RODRIGUEZ ELBER GOMEZ BRAN 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARIA EUGENIA HERNANDEZ ROMERO P.U.S.C

JOSUE OBANDO CASCANTE P.U.S.C

FRANCISCO MORALES MORALES P.L.N

GERARDO OBANDO TORRES P.L.N 

SUPLENTES

SARAY ROSIBEL CONTRERAS PAEZ P.U.S.C

CINDY DE LOS ANGELES PRENDAS BERROCAL P.U.S.C

SILVIA ESPERANZA SERRU CABRACA P.L.N

JOSE ARNULFO ZUÑIGA RIOS P.L.N

SIXAOLA 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

GERARDO TORRES TORRES ELENA CERDAS MESEN 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ELIZABETH GOMEZ HERRERA P.U.S.C

MAGELDA YENORY MARTINEZ LEIVA P.U.S.C

VICTOR MANUEL MURILLO VALLADARES P.U.S.C

WILSON ENRIQUE LORIA JIMENEZ P.L.N

 

SUPLENTES

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.U.S.C

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.U.S.C

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.U.S.C

ENRIQUE POTOY VEGA P.L.N

 

CAHUITA

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

MANUEL ANTONIO ZUÑIGA AGUERO HEIDI KATIANA MATARRITA CORDOBA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

JOSEFA LOPEZ ARAGON P.U.S.C

WILBER RODRIGUEZ AGUERO P.U.S.C

LUIS ENRIQUE BERMUDEZ BERMUDEZ P.L.N

LUIS ENRIQUE SANCHEZ PIZARRO P.A.C

 

SUPLENTES

VALENTIN GOMEZ LOPEZ P.U.S.C

KAREN ARGUEDAS CRUZ P.U.S.C

GLORIELA JUNIOR WILLIAMS RODRIGUEZ P.L.N

PERLINA MARGERENE GIBSON GIBSON P.A.C

 

TELIRE

 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

AURORA SALAZAR SALAZAR ARCELIO GARCIA MORALES

C.C. AURORA MARIN SALAZAR 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

CALIXTO MORALES MORALES P.U.S.C

C.C. CARLOS SMITH SMITH

MATILDE FERNANDEZ MORALES P.U.S.C

SANDRO RODRIGUEZ LUPARIO P.U.S.C

VICTOR BLANCO BLANCO P.L.N 

SUPLENTES

SANDRA ANGELICA KIAMBLI DIAZ P.U.S.C

EDEN PASTOR FROILANO FERNANDEZ P.U.S.C

ALICIA VARGAS PAEZ P.U.S.C

AMADEO VARGAS PAEZ P.L.N

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de Limón Cantón Talamanca