N° 0241-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil siete.
Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.
RESULTANDO
1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.
2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.
3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana y Unidad Social Cristiana; por su parte, el Partido Unión Nacional las inscribió en los distritos Jiménez y Guaycará pero sólo para Síndicos.
4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas.
5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y
CONSIDERANDO
I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito el Partido Unión Nacional según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.
II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CANTON GOLFITO, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
GOLFITO |
JIMENEZ |
GUAYCARÁ |
PAVON |
|
LIBERACION NACIONAL |
814 |
542 |
1.046 |
300 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
164 |
72 |
169 |
224 |
ACCION CIUDADANA |
221 |
311 |
109 |
84 |
UNION NACIONAL |
0 |
7 |
30 |
0 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
279 |
136 |
229 |
155 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
1.478 |
1.068 |
1.583 |
763 |
CANTON GOLFITO, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
GOLFITO |
JIMENEZ |
GUAYCARÁ |
PAVON |
|
LIBERACION NACIONAL |
814 |
542 |
1.046 |
300 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
164 |
72 |
169 |
224 |
ACCION CIUDADANA |
221 |
311 |
109 |
84 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
279 |
136 |
229 |
155 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
1.478 |
1.061 |
1.553 |
763 |
III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.
IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:
ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
PROVINCIA: PUNTARENAS
CANTON: GOLFITO
DISTRITO ADMINISTRATIVO: GOLFITO
CIFRA COCIENTE 369,500
CIFRA SUBCOCIENTE 184,750
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 814 2 75,000 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 164 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 221 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 279 0 0,000 1
TOTAL 1.478 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: PUNTARENAS
CANTON: GOLFITO
DISTRITO ADMINISTRATIVO: JIMENEZ
CIFRA COCIENTE 265,250
CIFRA SUBCOCIENTE 132,625
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
UNION NACIONAL 7
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 542 2 11,500 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 72 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 311 1 45,750 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 136 0 0,000 1
TOTAL 1.061 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: PUNTARENAS
CANTON: GOLFITO
DISTRITO ADMINISTRATIVO: GUAYCARÁ
CIFRA COCIENTE 388,250
CIFRA SUBCOCIENTE 194,125
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
UNION NACIONAL 30
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 1.046 2 269,500 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 169 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 109 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 229 0 0,000 1
TOTAL 1.553 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: PUNTARENAS
CANTON: GOLFITO
DISTRITO ADMINISTRATIVO: PAVON
CIFRA COCIENTE 190,750
CIFRA SUBCOCIENTE 95,375
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 300 1 109,250 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 224 1 33,250 0
ACCION CIUDADANA 84 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 155 0 0,000 1
TOTAL 763 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:
GOLFITO
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JOSE LUIS RIVERA PINEDA SIDALY FERNANDEZ NAVARRO
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
KATTIA SOLANO ROJAS P.L.N
CLAUDIO BARRANTES CARTIN P.L.N
RIGOBERTO CHAVARRIA CASTILLO P.U.S.C
CARLOS JAEN SANDI P.A.C
SUPLENTES
WARREN TITO RODRIGUEZ GONZALEZ P.L.N
FRANCISCA LOPEZ SALABLANCA P.L.N
GUISELLE BOLAÑOS MARTINEZ P.U.S.C
JOSE LUIS ESCALANTE ESCALANTE P.A.C
JIMENEZ
SINDICAS
PROPIETARIA SUPLENTE
FELICITAS VIQUEZ SALDAÑA LUZ MARINA SIBAR SIBAR
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
LUCAS ANTONIO SOLANO CASTRO P.L.N
MARIA ANTONIA VEGA VARELA P.L.N
MARLIN YECINET SERRACIN CABALLERO P.A.C
CARLOS LUIS MONTERO NARANJO P.U.S.C
SUPLENTES
PEDRO FABIO SANCHEZ QUINTERO P.L.N
C.C. PEDRO FABIO CHAVARRIA QUINTERO
MARIA ALCIDA BARROSO BARROSO P.L.N
ELMER CHAVARRIA SERRASIN P.A.C
NELSON AMAYA SOLORZANO P.U.S.C
GUAYCARÁ
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
HECTOR ANTONIO CHINCHILLA CASCANTE ELIZABETH PEREZ MARTINEZ
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
VICTORIA EUGENIA ARROYO SAPRISSA P.L.N
WALTER JIMENEZ BATISTA P.L.N
ELIZABETH MESEN MONTES P.L.N
GERARDO ANTONIO CEDEÑO CASTRO P.U.S.C
SUPLENTES
GERMAN CHAVES CHAVES P.L.N
VILMA CESPEDES RAMIREZ P.L.N
OSCAR ARAUZ ROJAS P.L.N
ORLANDO JOSE QUINTERO ROJAS P.U.S.C
PAVON
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
ELVER GERARDO CORONADO JIMENEZ MARIA ELENA ROJAS LORIA
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
NORMAN CASTILLO ZUÑIGA P.L.N
MIRIAM LOBO MAYORGA P.L.N
WALTER BUSTOS LARA P.M.LIB
RIGOBERTO LOPEZ HIDALGO P.U.S.C
SUPLENTES
EDUARDO CAMPOS BRENES P.L.N
ANDREA RAMOS AVILA P.L.N
ORLANDO CASTRO MEJIA P.M.LIB
MERCEDES ROJAS UGALDE P.U.S.C
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------
Oscar Fonseca Montoya
Presidente |
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado |
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada |
Programa de Declaratorias de Elección
Declaratoria de Síndicos y Concejales
Provincia de Puntarenas Cantón Golfito