N° 0241-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana y Unidad Social Cristiana; por su parte, el Partido Unión Nacional las inscribió en los distritos Jiménez y Guaycará pero sólo para Síndicos.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito el Partido Unión Nacional según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CANTON GOLFITO, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  

 
GOLFITO
JIMENEZ
GUAYCARÁ
PAVON
LIBERACION NACIONAL
814
542
1.046
300
MOVIMIENTO LIBERTARIO
164
72
169
224
ACCION CIUDADANA
221
311
109
84
UNION NACIONAL
0
7
30
0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
279
136
229
155
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.478
1.068
1.583
763
 

CANTON GOLFITO, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 
 
GOLFITO
JIMENEZ
GUAYCARÁ
PAVON
LIBERACION NACIONAL
814
542
1.046
300
MOVIMIENTO LIBERTARIO
164
72
169
224
ACCION CIUDADANA
221
311
109
84
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
279
136
229
155
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.478
1.061
1.553
763
  

III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Golfito de la Provincia de Puntarenas, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación: 

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  

PROVINCIA: PUNTARENAS

CANTON: GOLFITO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: GOLFITO 

CIFRA COCIENTE 369,500

CIFRA SUBCOCIENTE 184,750 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 814 2 75,000 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 164 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 221 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 279 0 0,000 1

TOTAL 1.478 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

 

PROVINCIA: PUNTARENAS

CANTON: GOLFITO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: JIMENEZ 

CIFRA COCIENTE 265,250

CIFRA SUBCOCIENTE 132,625 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

UNION NACIONAL 7 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 542 2 11,500 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 72 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 311 1 45,750 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 136 0 0,000 1

TOTAL 1.061 3 1 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

 

PROVINCIA: PUNTARENAS

CANTON: GOLFITO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: GUAYCARÁ 

CIFRA COCIENTE 388,250

CIFRA SUBCOCIENTE 194,125 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

UNION NACIONAL 30 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.046 2 269,500 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 169 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 109 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 229 0 0,000 1

TOTAL 1.553 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

 

 

PROVINCIA: PUNTARENAS

CANTON: GOLFITO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: PAVON 

CIFRA COCIENTE 190,750

CIFRA SUBCOCIENTE 95,375 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 300 1 109,250 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 224 1 33,250 0

ACCION CIUDADANA 84 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 155 0 0,000 1

TOTAL 763 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL  

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:

GOLFITO 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JOSE LUIS RIVERA PINEDA SIDALY FERNANDEZ NAVARRO

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

KATTIA SOLANO ROJAS P.L.N

CLAUDIO BARRANTES CARTIN P.L.N

RIGOBERTO CHAVARRIA CASTILLO P.U.S.C

CARLOS JAEN SANDI P.A.C

 

SUPLENTES

WARREN TITO RODRIGUEZ GONZALEZ P.L.N

FRANCISCA LOPEZ SALABLANCA P.L.N

GUISELLE BOLAÑOS MARTINEZ P.U.S.C

JOSE LUIS ESCALANTE ESCALANTE P.A.C

 

JIMENEZ 

SINDICAS

PROPIETARIA SUPLENTE

FELICITAS VIQUEZ SALDAÑA LUZ MARINA SIBAR SIBAR

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

LUCAS ANTONIO SOLANO CASTRO P.L.N

MARIA ANTONIA VEGA VARELA P.L.N

MARLIN YECINET SERRACIN CABALLERO P.A.C

CARLOS LUIS MONTERO NARANJO P.U.S.C

 

SUPLENTES

PEDRO FABIO SANCHEZ QUINTERO P.L.N

C.C. PEDRO FABIO CHAVARRIA QUINTERO

MARIA ALCIDA BARROSO BARROSO P.L.N

ELMER CHAVARRIA SERRASIN P.A.C

NELSON AMAYA SOLORZANO P.U.S.C

 

GUAYCARÁ 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

HECTOR ANTONIO CHINCHILLA CASCANTE ELIZABETH PEREZ MARTINEZ

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

VICTORIA EUGENIA ARROYO SAPRISSA P.L.N

WALTER JIMENEZ BATISTA P.L.N

ELIZABETH MESEN MONTES P.L.N

GERARDO ANTONIO CEDEÑO CASTRO P.U.S.C

 

SUPLENTES

GERMAN CHAVES CHAVES P.L.N

VILMA CESPEDES RAMIREZ P.L.N

OSCAR ARAUZ ROJAS P.L.N

ORLANDO JOSE QUINTERO ROJAS P.U.S.C

 

PAVON 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

ELVER GERARDO CORONADO JIMENEZ MARIA ELENA ROJAS LORIA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

NORMAN CASTILLO ZUÑIGA P.L.N

MIRIAM LOBO MAYORGA P.L.N

WALTER BUSTOS LARA P.M.LIB

RIGOBERTO LOPEZ HIDALGO P.U.S.C

 

SUPLENTES

EDUARDO CAMPOS BRENES P.L.N

ANDREA RAMOS AVILA P.L.N

ORLANDO CASTRO MEJIA P.M.LIB

MERCEDES ROJAS UGALDE P.U.S.C

 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de Puntarenas Cantón Golfito