N° 0191-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Alvarado de la Provincia de Cartago, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Alvarado de la provincia de Cartago, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas, los partidos Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Verde Ecologista, salvo ésta última organización política que no inscribió candidaturas para Miembros de Concejo de Distrito.

4. Que con base en el Decreto de Convocatoria de Elecciones indicado, en el distrito Cervantes se elegirán un Síndico propietario y un Síndico suplente, cuatro Miembros propietarios y cuatro Miembros suplentes de los respectivos Concejos Municipales de Distrito, así como un Intendente; empero, la adjudicación y proclama de dichos puestos no será objeto de la presente declaratoria.

5. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Alvarado de la Provincia de Cartago.

6. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito el Partido Verde Ecologista según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Alvarado de la Provincia de Cartago se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

CANTON ALVARADO, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  
 
PACAYAS
CAPELLADES
LIBERACION NACIONAL
579
135
VERDE ECOLOGISTA
20
13
ACCION CIUDADANA
335
62
TOTAL VOTOS VALIDOS
934
210
 

 

CANTON ALVARADO, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 
PACAYAS
CAPELLADES
LIBERACION NACIONAL
579
135
ACCION CIUDADANA
335
62
TOTAL VOTOS VALIDOS
914
197
 

III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Alvarado de la Provincia de Cartago, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:---------------

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: ALVARADO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: PACAYAS

 

CIFRA COCIENTE 228,500

CIFRA SUBCOCIENTE 114,250 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 20 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 579 2 122,000 1

ACCION CIUDADANA 335 1 106,500 0

TOTAL 914 3 1

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: ALVARADO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: CAPELLADES

 

CIFRA COCIENTE 49,250

CIFRA SUBCOCIENTE 24,625 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 13 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 135 2 36,500 1

ACCION CIUDADANA 62 1 12,750 0

TOTAL 197 3

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

V. Que en el distrito Pacayas el Partido Liberación Nacional resultó ganador de tres plazas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas a concejales propietarios, por lo que al no haber propuesto candidaturas a concejales suplentes para las plazas en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer, segundo y tercer candidato a Concejal de Distrito propietario en esa condición y la del cuarto candidato a Concejal propietario en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.

VI. Que en el distrito Capellades el Partido Liberación Nacional resultó ganador de la plaza de Síndicos propietario y suplente, aunque sólo inscribió candidatura para Síndico suplente, por lo que al no haber postulado ese partido candidato propietario para la plaza en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que este funcionario de elección popular debe integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del candidato suplente en condición de propietario.

VII. Que en el mismo distrito el Partido Liberación Nacional resultó ganador de tres plazas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para concejales propietarios, por lo que al no haber propuesto candidaturas a concejales suplentes para las plazas en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer, segundo y tercer candidato a Concejal de Distrito propietario en esa condición y la del cuarto candidato a Concejal de Distrito propietario en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003. 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Alvarado de la provincia de Cartago, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PACAYAS 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

MARTIN HUMBERTO VARELA MARTINEZ MARIA VIRGINIA OROZCO JIMENEZ 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARCO AURELIO SOLIS CASTRO P.L.N

PEDRO ABARCA ARIAS P.L.N

MARIA MAYELA SERRANO MONTENEGRO P.L.N

CARLOS EDUARDO MONTERO BRENES P.A.C 

SUPLENTES

ANABELLE JIMENEZ SILESKY P.L.N

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

JUAN CARLOS ZUÑIGA MENDEZ P.A.C

 

CAPELLADES 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

SHIRLEY MARIA MASIS GONZALEZ --------------------------------- 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

RAFAEL FERNANDO GOMEZ QUIROS P.L.N

GREDY ENID ULLOA CASTILLO P.L.N

JOSE ALBERTO SOLANO MATAMOROS P.L.N

RAUL SEGURA AZOFEIFA P.A.C 

SUPLENTES

ANA ISABEL SANCHEZ RAMIREZ P.L.N

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

VICTOR HUGO LOAIZA MENDEZ P.A.C 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.------------------------------------------------------------- 

  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
 

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