N° 0158-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con veinticinco minutos del dieciséis de enero del dos mil siete.
Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Atenas de la Provincia de Alajuela, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.
RESULTANDO
1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.
2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.
3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Atenas de la provincia de Alajuela, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas, los partidos Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana y Unidad Social Cristiana.
4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Atenas de la Provincia de Alajuela.
5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y
CONSIDERANDO
I. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Atenas de la Provincia de Alajuela se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el siguiente cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:
CANTON ATENAS, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS Y CONCEJALES DE DISTRITO
POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
ATENAS |
JESUS |
MERCEDES |
SAN ISIDRO |
CONCEPCION |
SAN JOSE |
SANTA EULALIA |
ESCOBAL |
|
LIBERACION NACIONAL |
611 |
241 |
78 |
99 |
254 |
62 |
80 |
112 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
302 |
144 |
26 |
132 |
61 |
59 |
12 |
16 |
ACCION CIUDADANA |
439 |
115 |
74 |
101 |
165 |
50 |
105 |
29 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
489 |
373 |
325 |
360 |
101 |
146 |
125 |
119 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
1.841 |
873 |
503 |
692 |
581 |
317 |
322 |
276 |
II. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.
III. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Atenas de la Provincia de Alajuela, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:
ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: ATENAS
CIFRA COCIENTE 460,250
CIFRA SUBCOCIENTE 230,125
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 611 1 150,750 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 302 0 0,000 1
ACCION CIUDADANA 439 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 489 1 28,750 0
TOTAL 1.841 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: JESUS
CIFRA COCIENTE 218,250
CIFRA SUBCOCIENTE 109,125
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 241 1 22,750 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 144 0 0,000 1
ACCION CIUDADANA 115 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 373 1 154,750 1
TOTAL 873 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: MERCEDES
CIFRA COCIENTE 125,750
CIFRA SUBCOCIENTE 62,875
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 78 0 0,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 26 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 74 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 325 2 73,500 0
TOTAL 503 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN ISIDRO
CIFRA COCIENTE 173,000
CIFRA SUBCOCIENTE 86,500
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 99 0 0,000 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 132 0 0,000 1
ACCION CIUDADANA 101 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 360 2 14,000 0
TOTAL 692 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: CONCEPCION
CIFRA COCIENTE 145,250
CIFRA SUBCOCIENTE 72,625
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 254 1 108,750 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 61 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 165 1 19,750 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 101 0 0,000 1
TOTAL 581 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN JOSE
CIFRA COCIENTE 79,250
CIFRA SUBCOCIENTE 39,625
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 62 0 0,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 59 0 0,000 1
ACCION CIUDADANA 50 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 146 1 66,750 1
TOTAL 317 1 3
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: SANTA EULALIA
CIFRA COCIENTE 80,500
CIFRA SUBCOCIENTE 40,250
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 80 0 0,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 12 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 105 1 24,500 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 125 1 44,500 1
TOTAL 322 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: ALAJUELA
CANTON: ATENAS
DISTRITO ADMINISTRATIVO: ESCOBAL
CIFRA COCIENTE 69,000
CIFRA SUBCOCIENTE 34,500
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 112 1 43,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 16 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 29 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 119 1 50,000 1
TOTAL 276 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
IV. Que en el distrito Jesús el Partido Movimiento Libertario resultó ganador de una plaza para Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para concejales suplentes, por lo que al no haber propuesto candidatos propietarios para la plaza en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular han de integrar, lo procedente es declarar tanto al primer candidato a Concejal suplente en condición de primer Concejal de Distrito propietario, como al segundo candidato a Concejal suplente, en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la doctrina de los artículos 56 y 25 inciso d) ambos del Código Municipal.
V. Que en el distrito Mercedes el Partido Acción Ciudadana resultó ganador de una plaza para Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para concejales suplentes, por lo que al no haber propuesto candidatos propietarios para la plaza en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular han de integrar, lo procedente es declarar al primer candidato a Concejal suplente, en condición de primer Concejal de Distrito propietario, y al segundo candidato a Concejal suplente, en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la doctrina de los artículos 56 y 25 inciso d) ambos del Código Municipal.
VI. Que en el distrito San José el partido Unidad Social Cristiana resultó ganador de dos plazas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para Miembros propietarios y una candidatura para Miembro suplente, por lo que al no haber propuesto suficientes candidaturas para Miembros de Concejo de Distrito suplentes, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del tercer candidato a Concejal propietario en condición de segundo Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Atenas de la provincia de Alajuela, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:
ATENAS
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JOSE ANGEL CHAVES NUÑEZ ANA VIRGINIA COTO ARIAS
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
ANTONIO PORRAS MENDEZ P.L.N
LIZANIAS RODRIGUEZ MADRIZ P.U.S.C
ANTONIO ARAYA ARIAS P.A.C
ALVARO PEREZ NUÑEZ P.M.LIB
SUPLENTES
AMANDA GULLOCK BUSTOS P.L.N
MARIELA RODRIGUEZ RODRIGUEZ P.U.S.C
RAFAEL ALBERTO PORRAS RAMOS P.A.C
MERCEDES ANDREA ARIAS BAEZ P.M.LIB
JESUS
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JESUS ALONSO ALVARADO MENDEZ ADELITA ALPIZAR GONZALEZ
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
JOHANNY HIDALGO ROMAN P.U.S.C
SANDRA MAYELA MURILLO ARCE P.U.S.C
LORENA MURILLO CAMPOS P.L.N
FLORIBETT ARCE GONZALEZ P.M.LIB
SUPLENTES
PRISCILLA RODRIGUEZ QUIROS P.U.S.C
LILLIANA ALPIZAR GONZALEZ P.U.S.C
ANAIS QUESADA PORRAS P.L.N
OSCAR MARIO JIMENEZ MENDEZ P.M.LIB
MERCEDES
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
ALVARO ROJAS CUBERO IDALIE RODRIGUEZ VIQUEZ
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
ISAAC ESPINOZA CHAVARRIA P.U.S.C
YAMILETH ALPIZAR MUÑOZ P.U.S.C
KATIA MARIA SIBAJA MURILLO P.L.N
C.C. RITA MARIA SIBAJA MURILLO
ONDINA VILLALOBOS ALVAREZ P.A.C
SUPLENTES
SARITA MARIA OCONITRILLO BOGANTES P.U.S.C
ERNESTO ALONSO FONSECA ZAMORA P.U.S.C
JOSE BELISARIO ALPIZAR GARCIA P.L.N
CLEDY CARRILLO CASTILLO P.A.C
C.C. CLEDDY CARRILLO CASTILLO
SAN ISIDRO
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
MIGUEL ANGEL SUAREZ VASQUEZ ROSEIDY RAMIREZ HERNANDEZ
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
GERARDO ARCE CHACON P.U.S.C
FLOR FERNANDEZ SOLANO P.U.S.C
GEINER SOLANO VARGAS P.M.LIB
ALVARO ENRIQUE HIDALGO RAMIREZ P.A.C
SUPLENTES
GAUDI SUAREZ NARANJO P.U.S.C
LUIS ALBERTO RAMIREZ CHAVES P.U.S.C
JUAN ANTONIO ARCE RODRIGUEZ P.M.LIB
MARIA CECILIA VARGAS RAMOS P.A.C
CONCEPCION
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JUAN RAFAEL ARGUEDAS FERNANDEZ ELIZABETH MARIA BOLAÑOS ESPINOZA
C.C. MARIA ELIZABETH BOLAÑOS ESPINOZA
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
DAGOBERTO ARGUEDAS NAVARRETE P.L.N
DAISY FERNANDEZ ZUÑIGA P.L.N
MELVIN RAMOS LEON P.A.C
DANILO VASQUEZ TRIGUEROS P.U.S.C
SUPLENTES
MARCIAL ARGUEDAS FERNANDEZ P.L.N
DORIS BOLAÑOS ESPINOZA P.L.N
ALICE ESPINOZA FERNANDEZ P.A.C
ALEJANDRA PATRICIA ARCE OVARES P.U.S.C
SAN JOSE
SINDICOS
PROPIETARIA SUPLENTE
MARIA DE LOS ANGELES ALFARO RODRIGUEZ EDWIN SOTO SOTO
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
RAFAEL ANGEL FERRETO QUIROS P.U.S.C
KAROL MARIA AVILA ALFARO P.U.S.C
IVETH GARITA GONZALEZ P.L.N
MANUEL LOPEZ CUBERO P.M.LIB
SUPLENTES
ANA LORENA CAMPOS CAMPOS P.U.S.C
HORACIO PORRAS GONZALEZ P.U.S.C
RONALD FRANCISCO RAMIREZ GARITA P.L.N
ROSA MARIA SANCHEZ BENAVIDES P.M.LIB
SANTA EULALIA
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
SERGIO BARRANTES CASTRO VIRGINIA BARRANTES SOLANO
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
LUIS AMADO BARRANTES CASTILLO P.U.S.C
BIENVENIDA QUESADA GONZALEZ P.U.S.C
JULIA MARIA RODRIGUEZ BARRANTES P.A.C
DIEGO GERARDO ALFARO BARRANTES P.L.N
SUPLENTES
REBECA CRISTINA BARRANTES GUERRERO P.U.S.C
ALEX MARTIN BARRANTES GUERRERO P.U.S.C
JUAN MANUEL CORTES RODRIGUEZ P.A.C
XINIA CASTILLO ALFARO P.L.N
ESCOBAL
SINDICOS
PROPIETARIA SUPLENTE
NYDIA MARIA ALVARADO GARCIA ALFREDO MARTIN SANDOVAL CHAVARRIA
C.C. NYDIA MARIA ALVARADO CHAVES
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
ALVARO ALVARADO GONZALEZ P.U.S.C
LUCRECIA LOPEZ GARCIA P.U.S.C
NIDIA MARIA VEGA CASTRO P.L.N
RAMON RODRIGUEZ GOMEZ P.L.N
SUPLENTES
CINDY FRANCELLA RODRIGUEZ ALVARADO P.U.S.C
BRAULIO CASTILLO SANDOVAL P.U.S.C
MARITZA FERNANDEZ ALVARADO P.L.N
EUSEBIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ P.L.N
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------
Oscar Fonseca Montoya
Presidente |
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado |
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada |
Programa de Declaratorias de Elección
Declaratoria de Síndicos y Concejales
Provincia de Alajuela Cantón Atenas