N° 0123-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta y cinco minutos del quince de enero del dos mil siete.
Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.
RESULTANDO
1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.
2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.
3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Mora de la provincia de San José, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas, los partidos Liberación Nacional y Movimiento Libertario; por su parte el Partido El Puente y los Caminos de Mora las inscribió en los distritos Colón, Guayabo, Tabarcia y Piedras Negras, y el Partido Unidad Social Cristiana en los distritos Colón, Guayabo y Tabarcia.
4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José.
5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y
CONSIDERANDO
I. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el siguiente cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:
CANTON MORA, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS Y CONCEJALES DE DISTRITO
POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
COLON |
GUAYABO |
TABARCIA |
PIEDRAS NEGRAS |
PICAGRES |
|
LIBERACION NACIONAL |
1.251 |
241 |
390 |
45 |
150 |
EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA |
1.172 |
175 |
132 |
60 |
0 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
156 |
138 |
106 |
5 |
99 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
292 |
75 |
134 |
0 |
0 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
2.871 |
629 |
762 |
110 |
249 |
II. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.
III. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Mora de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:
ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: MORA
DISTRITO ADMINISTRATIVO: COLON
CIFRA COCIENTE 717,750
CIFRA SUBCOCIENTE 358,875
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 1.251 1 533,250 1
EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA 1.172 1 454,250 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 156 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 292 0 0,000 0
TOTAL 2.871 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: MORA
DISTRITO ADMINISTRATIVO: GUAYABO
CIFRA COCIENTE 157,250
CIFRA SUBCOCIENTE 78,625
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 241 1 83,750 1
EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA 175 1 17,750 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 138 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 75 0 0,000 0
TOTAL 629 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: MORA
DISTRITO ADMINISTRATIVO: TABARCIA
CIFRA COCIENTE 190,500
CIFRA SUBCOCIENTE 95,250
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 390 2 9,000 0
EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA 132 0 0,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 106 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 134 0 0,000 1
TOTAL 762 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: MORA
DISTRITO ADMINISTRATIVO: PIEDRAS NEGRAS
CIFRA COCIENTE 27,500
CIFRA SUBCOCIENTE 13,750
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 45 1 17,500 1
EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA 60 2 5,000 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 5 0 0,000 0
TOTAL 110 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: EL PUENTE Y LOS CAMINOS DE MORA
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: MORA
DISTRITO ADMINISTRATIVO: PICAGRES
CIFRA COCIENTE 62,250
CIFRA SUBCOCIENTE 31,125
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 150 2 25,500 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 99 1 36,750 1
TOTAL 249 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
IV. Que en el distrito Tabarcia el Partido Unidad Social Cristiana resultó ganador de una plaza para Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió tres candidaturas para concejales propietarios, por lo que al no haber propuesto candidaturas para concejales suplentes –en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar– lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer candidato a Concejal de Distrito propietario en esta condición y la del segundo candidato a Concejal de Distrito propietario en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Mora de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:
COLON
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
ERICK STEVENT MONTERO PARRA ROXANA CRISTINA SOLIS SOLIS
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
ALBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ P.L.N
ALEJANDRA MARIA SOLIS QUINTANILLA P.L.N
SANDRA MARIA GARCIA ZAMORA EPCM
FLOR DE MARIA AGUILAR JIMENEZ EPCM
SUPLENTES
GUISELLE MARIA SOLIS MATAMOROS P.L.N
JORGE LUIS CASTRO UREÑA P.L.N
MAYRA CASTRO ARTAVIA EPCM
FLOR MARIA SEGURA CALVO EPCM
GUAYABO
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
ELIECER ALVARADO MORA ROSAURA MENA CORRALES
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
OLGA MARTA MORA MONTERO P.L.N
FRANKLIN HIDALGO CHAVARRIA P.L.N
EVELYN CAMPOS SANDI EPCM
JOHEL MINOR CHINCHILLA SOTO P.M.LIB
SUPLENTES
OSCAR CHAVARRIA ACUÑA P.L.N
ELVIA MESEN CASTRO P.L.N
ROSA EMILIA SALAZAR MESEN EPCM
QUIRICO SANCHEZ RIOS P.M.LIB
TABARCIA
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
OLDEMAR PEREZ HERNANDEZ ANA YANSI LOAIZA MORA
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
DEYANIRA CASTRO VARGAS P.L.N
MARIA DE LOS ANGELES MATA PEREZ P.L.N
MAUREEN ALEJANDRA MATA UREÑA P.U.S.C
ERICK MANUEL LOPEZ VARGAS EPCM
SUPLENTES
FREDDY FRANCISCO UREÑA UREÑA P.L.N
RICARDO ANTONIO MATA CASCANTE P.L.N
ZORAIDA TOMASA MATA UREÑA P.U.S.C
OSCAR EDUARDO VARGAS LOPEZ EPCM
PIEDRAS NEGRAS
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
EZEQUIEL AGUERO BERROCAL LUCIANA VILLALOBOS MONTOYA
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
EDWIN GARITA VILLALOBOS EPCM
SILVIA MONGE CORRALES EPCM
CARLOS CORDOBA ROJAS P.L.N
MARIA MAGDALENA QUIROS QUIROS P.L.N
SUPLENTES
MARIA LUISA BARQUERO SANDI EPCM
OLDEMAR GARITA VALVERDE EPCM
ADEMAR BARQUERO MORA P.L.N
ELBA PARRA BARQUERO P.L.N
PICAGRES
SINDICOS
PROPIETARIA SUPLENTE
ANNIA LILLIANA GAMBOA MORA MARVIN MONGE VARGAS
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
ARIMAY BERMUDEZ SALAZAR P.L.N
JOHNNY CUBERO CARBALLO P.L.N
OMAR ANTONIO RAMIREZ ROJAS P.M.LIB
JUANA BERMUDEZ CHACON P.M.LIB
SUPLENTES
MAYNOR GUEVARA MORA P.L.N
YENDY RAMIREZ ARCE P.L.N
ALBA ARIAS MONGE P.M.LIB
JOSE ELIZONDO MORA P.M.LIB
C.C. JOSE ANTONIO ELIZONDO MORA
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------
Oscar Fonseca Montoya
Presidente |
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado |
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada |
Programa de Declaratorias de Elección
Declaratoria de Síndicos y Concejales
Provincia de San José Cantón Mora