N° 0122-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta minutos del quince de enero del dos mil siete.
Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.
RESULTANDO
1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.
2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.
3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Aserrí de la provincia de San José, en todos y cada uno de ellos, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional y Unidad Social Cristiana, salvo esta última organización política que en el distrito La Legua no inscribió candidaturas para Síndicos; por su parte el Partido Movimiento Libertario las inscribió en los distritos Aserrí, Tarbaca, Salitrillos, Vuelta de Jorco, San Gabriel y Monterrey, con excepción de los últimos tres distritos donde no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito; el Partido Acción Ciudadana las inscribió en los distritos Aserrí, Tarbaca, Vuelta de Jorco, San Gabriel, Monterrey y Salitrillos, en tanto que el Partido Unión Nacional las inscribió en los distritos Monterrey, Salitrillos, Aserrí y Vuelta de Jorco, pero en estos dos últimos distritos no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito ni para Síndicos respectivamente.
4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José.
5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y
CONSIDERANDO
I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito los partidos Movimiento Libertario y Unión Nacional según se detalló supra, debe excluírseles del reparto de estas plazas, pues los votos que hayan recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.
II. Que de igual modo, al no haber inscrito candidaturas para Síndicos los partidos Unión Nacional y Unidad Social Cristiana en los distritos Vuelta de Jorco y La Legua respectivamente, según se detalló supra, los votos que obtuvieron a su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.
III. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:
CANTON ASERRI, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
ASERRI |
TARBACA |
VUELTA DE JORCO |
SAN GABRIEL |
LA LEGUA |
MONTERREY |
SALITRILLOS |
|
LIBERACION NACIONAL |
1.602 |
215 |
681 |
354 |
215 |
124 |
497 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
209 |
18 |
11 |
8 |
0 |
0 |
51 |
ACCION CIUDADANA |
811 |
37 |
191 |
171 |
0 |
17 |
119 |
UNION NACIONAL |
153 |
0 |
0 |
0 |
0 |
16 |
24 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
954 |
90 |
301 |
204 |
0 |
130 |
183 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
3.729 |
360 |
1.184 |
737 |
215 |
287 |
874 |
CANTON ASERRI, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
ASERRI |
TARBACA |
VUELTA DE JORCO |
SAN GABRIEL |
LA LEGUA |
MONTERREY |
SALITRILLOS |
|
LIBERACION NACIONAL |
1.602 |
215 |
681 |
354 |
215 |
124 |
497 |
MOVIMIENTO LIBERTARIO |
209 |
18 |
0 |
0 |
0 |
0 |
51 |
ACCION CIUDADANA |
811 |
37 |
191 |
171 |
0 |
17 |
119 |
UNION NACIONAL |
0 |
0 |
12 |
0 |
0 |
16 |
24 |
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA |
954 |
90 |
301 |
204 |
224 |
130 |
183 |
TOTAL VOTOS VALIDOS |
3.576 |
360 |
1.185 |
729 |
439 |
287 |
874 |
IV. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.
V. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Aserrí de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:
ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO
SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: ASERRI
CIFRA COCIENTE 894,000
CIFRA SUBCOCIENTE 447,000
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
UNION NACIONAL 153
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 1.602 1 708,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 209 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 811 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 954 1 60,000 0
TOTAL 3.576 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: TARBACA
CIFRA COCIENTE 90,000
CIFRA SUBCOCIENTE 45,000
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 215 2 35,000 1
MOVIMIENTO LIBERTARIO 18 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 37 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 90 1 0,000 0
TOTAL 360 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: VUELTA DE JORCO
CIFRA COCIENTE 296,250
CIFRA SUBCOCIENTE 148,125
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
MOVIMIENTO LIBERTARIO 11
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 681 2 88,500 0
ACCION CIUDADANA 191 0 0,000 1
UNION NACIONAL 12 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 301 1 4,750 0
TOTAL 1.185 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN GABRIEL
CIFRA COCIENTE 182,250
CIFRA SUBCOCIENTE 91,125
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
MOVIMIENTO LIBERTARIO 8
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 354 1 171,750 1
ACCION CIUDADANA 171 0 0,000 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 204 1 21,750 0
TOTAL 729 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: LA LEGUA
CIFRA COCIENTE 109,750
CIFRA SUBCOCIENTE 54,875
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 215 1 105,250 1
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 224 2 4,500 0
TOTAL 439 3 1
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: MONTERREY
CIFRA COCIENTE 71,750
CIFRA SUBCOCIENTE 35,875
PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS
MOVIMIENTO LIBERTARIO 0
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 124 1 52,250 1
ACCION CIUDADANA 17 0 0,000 0
UNION NACIONAL 16 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 130 1 58,250 1
TOTAL 287 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
PROVINCIA: SAN JOSE
CANTON: ASERRI
DISTRITO ADMINISTRATIVO: SALITRILLOS
CIFRA COCIENTE 218,500
CIFRA SUBCOCIENTE 109,250
PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL
LIBERACION NACIONAL 497 2 60,000 0
MOVIMIENTO LIBERTARIO 51 0 0,000 0
ACCION CIUDADANA 119 0 0,000 1
UNION NACIONAL 24 0 0,000 0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 183 0 0,000 1
TOTAL 874 2 2
EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL
VI. Que por no haber inscrito el partido Unidad Social Cristiana, según se especificó supra, candidaturas a los puestos de Síndicos propietario y suplente en el predicho distrito La Legua, resulta jurídicamente necesario declarar ganador de la Sindicalía, en aquella circunscripción electoral, como en efecto se hará, al segundo partido que obtuvo mayor cantidad de votos, a saber el Partido Liberación Nacional que inscribió en debida forma las candidaturas en mención y obtuvo una votación que cumple con todos los presupuestos del régimen aplicable a estas votaciones.
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Aserrí de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:
ASERRI
SINDICOS
PROPIETARIA SUPLENTE
MARIA DEL ROSARIO BARBOZA MASIS ELIEZER FALLAS SALAZAR
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
CARMEN MARIA RETANA SEGURA P.L.N
FERNELLY ARIAS SOLANO P.L.N
FERNANDO ALEXIS SOLANO CORRALES P.U.S.C
MARIA MARGARITA FLORES ALVARADO P.A.C
SUPLENTES
MARIA DEL CARMEN ARIAS ARGUEDAS P.L.N
JUAN LUIS MENA MORA P.L.N
CARLOS LUIS SOLANO OROZCO P.U.S.C
JENNY CHAVARRIA FALLAS P.A.C
TARBACA
SINDICOS
PROPIETARIA SUPLENTE
GISELLE PATRICIA CHAVARRIA FALLAS SOLEDAD MARIA HIDALGO FALLAS
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
MARIO ALBERTO MOLINA SEGURA P.L.N
GERARDINA FALLAS ARAYA P.L.N
OLGA FALLAS QUIROS P.L.N
MIRIAM SEGURA BARBOZA P.U.S.C
SUPLENTES
LIGIA MARIA FALLAS MONGE P.L.N
GILBERT MORA ROJAS P.L.N
JORGE ARTURO SABORIO MESEN P.L.N
CLAIRE ARIAS SEGURA P.U.S.C
VUELTA DE JORCO
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JOSE VALDEMAR VALVERDE BARBOZA ZAIRA LORENA CASTRO CORRALES
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
MAYNOR MORA NARANJO P.L.N
MARIA NELLY HERNANDEZ MESEN P.L.N
XINIA VICTORIA MONGE MONGE P.U.S.C
JORGE MARIO CORDERO BARBOZA P.A.C
SUPLENTES
CARLOS ALBERTO GAMBOA DIAZ P.L.N
FLOR CHINCHILLA CARVAJAL P.L.N
RONALD GERARDO DURAN CASTRO P.U.S.C
LUIS ANTONIO HERNANDEZ MORA P.A.C
SAN GABRIEL
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
WILFRIDO SANDI SANDI HANNIA ABARCA VALVERDE
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
GERARDO CORRALES MORA P.L.N
CLAUDIA VALVERDE VARGAS P.L.N
OLGA LIDIETH CORELLA UREÑA P.U.S.C
HANNIA PEREZ BRENES P.A.C
SUPLENTES
YAMILETH PICADO NARANJO P.L.N
CARLOS LUIS HIDALGO MORA P.L.N
VERNY ENRIQUE UREÑA BADILLA P.U.S.C
FABIAN ABARCA CALDERON P.A.C
LA LEGUA
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
JORGE ARTURO MORALES BARBOZA ANA LORENA ROJAS CAMACHO
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
VIRGINIA ESPINOZA CAMACHO P.U.S.C
MARGOTH RIVERA PADILLA P.U.S.C
GILBERTO GARCIA JIMENEZ P.L.N
HEILIN MADRIGAL SEGURA P.L.N
SUPLENTES
MARIA AUXILIADORA AGUILAR ALVARADO P.U.S.C
YESSENIA MARIA NAVARRO MENA P.U.S.C
ELVIN PADILLA VALVERDE P.L.N
C.C. EDWIN PADILLA VALVERDE
RIGOBERTO MENA SUAREZ P.L.N
MONTERREY
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
ODILIO BONILLA UREÑA CINTHIA GABRIELA OROZCO ESTRADA
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
CARMEN CARDENAS HIDALGO P.U.S.C
JOSE GILBERTO SOLIS CAMACHO P.U.S.C
VIVIANA SEGURA VINDAS P.L.N
GONZALO PADILLA FALLAS P.L.N
SUPLENTES
ROGER ROLANDO CARDENAS FONSECA P.U.S.C
MARTINA PICADO CARDENAS P.U.S.C
FRANCISCO ZUÑIGA BONILLA P.L.N
MARIA CRISTINA ZUÑIGA PICADO P.L.N
SALITRILLOS
SINDICOS
PROPIETARIO SUPLENTE
MARCO TULIO CARDENAS CERDAS MARIA LILIANA GUERRERO CARDENAS
C.C. MARIA LILLIANA GUERRERO CARDENAS
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
CARLOS LUIS CAMBRONERO RODRIGUEZ P.L.N
ANDREA MARIN ALVARADO P.L.N
FLORA ALICIA ALVARADO LEON P.U.S.C
ELENA MORA ALVARADO P.A.C
SUPLENTES
ANTONIO GERARDO SEGURA FERNANDEZ P.L.N
MARITZA ISABEL VALVERDE CAMPOS P.L.N
RODRIGO LOPEZ AGUERO P.U.S.C
MERCEDES MORA CARMONA P.A.C
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------
Oscar Fonseca Montoya
Presidente |
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado |
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada |
Programa de Declaratorias de Elección
Declaratoria de Síndicos y Concejales
Provincia de San José Cantón Aserrí