DECLARATORIA DE ELECCIONES

ELECCIONES MUNICIPALES

PUNTARENAS, COSTA RICA

 

 

N° 119-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las catorce horas veinte minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Osa de la Provincia de Puntarenas, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Osa de la provincia de Puntarenas, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional y Renovación Costarricense en todos y cada uno de ellos; el partido Acción Ciudadana en el distrito Palmar, y el partido Movimiento Libertario en los distritos Cortés, Palmar y Bahía Ballena, con la salvedad de que esa organización política en este último distrito no inscribió candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Osa de la Provincia de Puntarenas.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

  1. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito el partido Movimiento Libertario según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor – al haberse emitido por candidaturas inexistentes – no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

  2. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

  3. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Osa de la Provincia de Puntarenas se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

 

 

 

 

Cuadro N° 1

 

 

Cuadro N° 2

 

  1. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Osa de la Provincia de Puntarenas, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

  

CORTES
Cifra cociente
339,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
169,750
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
391
1
51,50
0
LIBERACION NACIONAL
252
0
0,00
1
RENOVACION COSTARRICENSE
186
0
0,00
0
MOVIMIENTO LIBERTARIO
529
1
189,50
1
TOTAL
 
1358
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: MOVIMIENTO LIBERTARIO
 
 
 
 
 
 
PALMAR
Cifra cociente
308,000
 
 
 
 
Cifra subcociente
154,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
455
1
147,00
1
LIBERACION NACIONAL
124
0
0,00
0
RENOVACION COSTARRICENSE
213
0
0,00
1
ACCION CIUDADANA
121
0
0,00
0
MOVIMIENTO LIBERTARIO
319
1
11,00
0
TOTAL
 
1232
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
SIERPE
Cifra cociente
156,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
78,125
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
389
2
76,50
1
LIBERACION NACIONAL
178
1
21,75
0
RENOVACION COSTARRICENSE
58
0
0,00
0
TOTAL
 
625
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
BAHIA BALLENA
Cifra cociente
72,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
36,250
 
 
 
 
Partido a sustraer: MOVIMIENTO LIBERTARIO = 64
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
85
1
12,50
0
LIBERACION NACIONAL
170
2
25,00
1
RENOVACION COSTARRICENSE
35
0
0,00
0
TOTAL
290
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
PIEDRAS BLANCAS
Cifra cociente
122,000
 
 
 
 
Cifra subcociente
61,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
291
2
47,00
1
LIBERACION NACIONAL
145
1
23,00
0
RENOVACION COSTARRICENSE
52
0
0,00
0
TOTAL
 
488
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

V. Que en el distrito Sierpe del cantón Osa, el partido Unidad Social Cristiana resultó ganador de las plazas de Síndicos propietario y suplente, aunque sólo inscribió candidatura para Síndico suplente, por lo que al no haber postulado candidato propietario para la plaza en mención - en orden a que se puedan constituir en debida forma los órganos que este funcionario de elección popular debe integrar – lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del candidato suplente en condición de propietario.

 

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Osa de la provincia de Puntarenas, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas: 

CORTES
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Alba Lidieth Cerdas Aguilar
Víctor Manuel Solís Marín
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Rafael Lorenzo Álvarez Barrantes
Francisco Núñez Sánchez
c.c. Oldemar Francisco Núñez Sánchez
José Ángel Zúñiga Vallejos
José Ramón Chaves Bonilla
Sonia Segura Matamoros
Carlos Manuel Juárez Chavarría
María Elena Juárez Chavarría
Flor María Juárez Chavarría
 
 
PALMAR
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Manuel Granados Flores
Felicia Rodríguez Alváñez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ellen Patricia Obregón Obregón
Adrián Herrera Arias
Denis Alberto Gutiérrez Castillo
Zaida Villalobos Vindas
María Guzmán Elizondo
Gilbert Vargas Alvarado
Víctor Fidel Maroto Maroto
Ruth Guzmán Vivas
SIERPE
SINDICO
PROPIETARIO
SUPLENTE
Antonio Espinoza Cruz
----------------------------------------------
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Domingo Castro Alvarado
Florentino Godoy Godoy
Flor Emilia Gutiérrez Álvarez
María Luz Pérez Rojas
Danilo Zúñiga Vargas
Fernando Alvarado Mora
Cristóbal Atencio Bermúdez
José Joaquín Rodríguez Cortés

BAHIA BALLENA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Saúl Castro Méndez
Alis Porras Acuña
c.c. Alicia Porras Acuña
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Alexandra Tabash Méndez
Carlos Méndez Marín
José Antonio Pérez Pérez
Flor Isabel Morales Montiel
Flory Yansy Rojas Orozco
José Marvin Alpízar Jiménez
Leydis Alcócer Villarreal
No se inscribió candidatura
 
 
PIEDRAS BLANCAS
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Delio Carvajal Masís
Yamileth Porras Morales
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTE
Gabriel Palacios Palacios
No se inscribió candidatura
Maritriz Garita Barboza
No se inscribió candidatura
Aristides Salazar Rojas
María de los Ángeles Bogantes Hernández
Enrique Villegas Chacón
No se inscribió candidatura

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.- 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal