DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

CARTAGO, COSTA RICA 

N° 094-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las doce horas quince minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón El Guarco de la Provincia de Cartago, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón El Guarco de la provincia de Cartago, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional y Acción Ciudadana en todos y cada uno de ellos.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón El Guarco de la Provincia de Cartago.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

    1. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón El Guarco de la Provincia de Cartago se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

  

Cantón de EL GUARCO
Partidos/Distrito
EL TEJAR
SAN ISIDRO
TOBOSI
PATIO DE AGUA
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
868
474
560
154
Liberación Nacional
831
545
260
106
Acción Ciudadana
513
396
152
5
Total votos válidos
2,212
1,415
972
265
 
 
    1. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

    2. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón El Guarco de la Provincia de Cartago, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

EL TEJAR

Cifra cociente 553,000

Cifra subcociente 276,500

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 868 1 315,00 1

LIBERACION NACIONAL 831 1 278,00 0

ACCION CIUDADANA 513 0 0,00 1

TOTAL 2212 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

SAN ISIDRO

Cifra cociente 353,750

Cifra subcociente 176,875

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 474 1 120,25 0

LIBERACION NACIONAL 545 1 191,25 1

ACCION CIUDADANA 396 1 42,25 0

TOTAL 1415 3 1

El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL

 

TOBOSI

Cifra cociente 243,000

Cifra subcociente 121,500

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 560 2 74,00 0

LIBERACION NACIONAL 260 1 17,00 0

ACCION CIUDADANA 152 0 0,00 1

TOTAL 972 3 1

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

PATIO DE AGUA

Cifra cociente 66,250

Cifra subcociente 33,125

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 154 2 21,50 0

LIBERACION NACIONAL 106 1 39,75 1

ACCION CIUDADANA 5 0 0,00 0

TOTAL 265 3 1

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón El Guarco de la provincia de Cartago, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas: 

EL TEJAR
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Victoria Eugenia Solano Conejo
Edgar Augusto Brenes Araya
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Oscar Navarro Martínez
Carlos Luis Arias Richmond
María del Carmen Fuentes Leiva
Gustavo Piedra Rodríguez
Carmen Cárdenas Andrade
Patricia González Torres
Elsa Edith Martínez Piedra
Teresita Mercado Saravia
 
SAN ISIDRO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
José Francisco Torres Mena
Hilda Navarro Cordero
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Flor Elizabeth Montero Brenes
José Gerardo Gómez Araya
Olman Campos Tames
María Elena Mena Campos
Jorge Vásquez Garita
Roxana Rodríguez Quesada
Miguel Ángel Flores Vega
Marta Isabel Hernández Calvo
 
 
TOBOSI
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Jorge Luis Trejos Arrieta
Anabel Navarro Monestel
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Miguel Ángel Tencio Cordero
Antonio Fonseca Ramírez
Yenory Romero Álvarez
Maureen Alejandra Trejos Rodríguez
Margarita Sánchez Tencio
No se inscribió candidatura
Francisco Peñaranda Gamboa
Nelci Victoria Navarro Piedra
 
PATIO DE AGUA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Edwin Agustín Camacho Araya
Vilma Grace Calderón Monge
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Raúl Calderón Camacho
Eladio Vianey Monge Cordero
Marietta Navarro Naranjo
Karen Tatiana Jiménez Ortega
Grace Cordero Romero c.c. Greys Cordero Romero
Walter Antonio Romero Monge
José Joaquín Camacho Navarro
Yamilet Ilama Cordero
 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 

 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal