DECLARATORIA DE ELECCION
ELECCIONES MUNICIPALES
CARTAGO, COSTA RICA
N° 091-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las doce horas del veintisiete de enero del dos mil tres.-
Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Paraíso de la Provincia de Cartago, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.
RESULTANDO:
Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.
Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.
Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Paraíso de la provincia de Cartago, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Auténtico Paraiseño, Liberación Nacional e Integración Nacional en todos y cada uno de ellos, y el partido Acción Ciudadana en los distritos Paraíso, Santiago y Cachí.
Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Paraíso de la Provincia de Cartago.
Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y
CONSIDERANDO:
Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Paraíso de la Provincia de Cartago se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:
|
|
Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.
III. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Paraíso de la Provincia de Cartago, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:
PARAISO
Cifra cociente 1238,000
Cifra subcociente 619,000
Partido Votos Cociente Residuo Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 686 0 0,00 1
AUTENTICO PARAISEÑO 2674 2 198,00 0
LIBERACION NACIONAL 1105 0 0,00 1
ACCION CIUDADANA 350 0 0,00 0
INTEGRACION NACIONAL 137 0 0,00 0
TOTAL 4952 2 2
El Partido ganador de Síndico es: AUTENTICO PARAISEÑO
SANTIAGO
Cifra cociente 185,250
Cifra subcociente 92,625
Partido Votos Cociente Residuo Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 81 0 0,00 0
AUTENTICO PARAISEÑO 158 0 0,00 1
LIBERACION NACIONAL 454 2 83,50 1
ACCION CIUDADANA 25 0 0,00 0
INTEGRACION NACIONAL 23 0 0,00 0
TOTAL 741 2 2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
OROSI
Cifra cociente 319,500
Cifra subcociente 159,750
Partido Votos Cociente Residuo Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 233 0 0,00 1
AUTENTICO PARAISEÑO 574 1 254,50 1
LIBERACION NACIONAL 458 1 138,50 0
INTEGRACION NACIONAL 13 0 0,00 0
TOTAL 1278 2 2
El Partido ganador de Síndico es: AUTENTICO PARAISEÑO
CACHI
Cifra cociente 186,250
Cifra subcociente 93,125
Partido Votos Cociente Residuo Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 181 0 0,00 1
AUTENTICO PARAISEÑO 180 0 0,00 1
LIBERACION NACIONAL 259 1 72,75 0
ACCION CIUDADANA 98 0 0,00 1
INTEGRACION NACIONAL 27 0 0,00 0
TOTAL 745 1 3
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
IV. Que en el distrito Cachí, del cantón Paraíso, el partido Liberación Nacional resultó ganador de una plaza para Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió candidaturas para Miembros suplentes, por lo que al no haber postulado ese partido candidato propietario para la plaza en mención – en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que este funcionario de elección popular debe integrar – lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del candidato suplente que corresponda a la primera plaza en condición de propietario.
POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Paraíso de la provincia de Cartago, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:
PARAISO |
SINDICOS |
PROPIETARIO |
SUPLENTE |
Rodrigo Alberto Bravo Maroto |
Virginia Rosas Varela |
CONCEJALES DE DISTRITO |
PROPIETARIOS |
SUPLENTES |
Nidia María Mata Vargas |
Gerardo Hernán Solano Chavarría |
Luz Elena Bonilla Solano c.c. Luz Marina Bonilla Solano |
Kattya Vanessa Calderón Solano |
José Miguel Fonseca Madriz |
Iván Barquero Solano |
Arturo Antonio Chavarría Camacho c.c. Arturo Chavarría Obando |
Alba Elena Leitón Acuña |
SANTIAGO |
SINDICOS |
PROPIETARIO |
SUPLENTE |
José Alfonso Castillo Solano |
María de los Ángeles Ramírez Sánchez |
CONCEJALES DE DISTRITO |
PROPIETARIOS |
SUPLENTES |
Róger Ramírez Sojo |
Arnoldo Redondo Vega c.c. Carlos Arnoldo Redondo Vega |
Gladys Araya Sáenz |
María Lorena Gamboa Blanco |
José Leonardo Calderón Fonseca |
Miguel Ángel Coto Valverde |
Rafael Eduardo Maroto Otárola |
Francisco Solano Fonseca |
OROSI |
SINDICOS |
PROPIETARIO |
SUPLENTE |
Gerardo Mata Flores |
Alexandra Martínez Chavarría |
CONCEJALES DE DISTRITO |
PROPIETARIOS |
SUPLENTES |
Julio Torres Ilama |
Modesto Serrano González |
Rosa Elena Garita Arce |
Vanessa Montoya Quesada |
Alberto Araya Picado |
Susana Quirós Zúñiga |
Juan Luis Chaves Arce |
Ana Lorena Portuguez Arce |
CACHI |
SINDICOS |
PROPIETARIA |
SUPLENTE |
Ileana Jeannette Álvarez Chaves |
Jorge Enrique Arce Arce |
CONCEJALES DE DISTRITO |
PROPIETARIOS |
SUPLENTES |
Marcela Solano Quirós |
--------------------------------------------- |
José Luis Vásquez Solano |
Rosa Iris Ballestero Quirós |
Víctor Gilberto Granados Moya |
Norman Enrique Solano Calderón |
Lidieth Prieto Alegría |
Juana Eliceth Guevara Solano |
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-
Oscar Fonseca Montoya |
Luis Antonio Sobrado González |
Olga Nidia Fallas Madrigal |