DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

ALAJUELA, COSTA RICA

 

N° 080-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las once horas cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Naranjo de la Provincia de Alajuela, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Naranjo de la provincia de Alajuela, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana y Liberación Nacional en todos y cada uno de ellos; el partido Acción Ciudadana en los distritos Naranjo, San Miguel, San José, Cirrí Sur, San Juan y Rosario, en tanto que el partido Movimiento Libertario inscribió candidatura sólo para Síndicos propietario y suplente en el distrito Naranjo.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Naranjo de la provincia de Alajuela.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

  1. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito el partido Movimiento Libertario según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor – al haberse emitido por candidaturas inexistentes – no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

  2. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

III. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Naranjo de la Provincia de Alajuela se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

Cuadro N° 1 

Síndicos
Cantón de NARANJO
Partidos/Distrito
NARANJO
SAN MIGUEL
SAN JOSE
CIRRI SUR
SAN JERONIMO
SAN JUAN
ROSARIO
 
 
 
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
1,057
152
264
412
233
375
152
Liberación Nacional
1,499
103
148
284
205
109
324
Acción Ciudadana
714
116
54
181
0
47
27
Movimiento Libertario
184
0
0
0
0
0
0
Total votos válidos
3,454
371
466
877
438
531
503
 
 

Cuadro N° 2

Concejales
Cantón de NARANJO
Partidos/Distrito
NARANJO
SAN MIGUEL
SAN JOSE
CIRRI SUR
SAN JERONIMO
SAN JUAN
ROSARIO
 
 
 
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
1,057
152
264
412
233
375
152
Liberación Nacional
1,499
103
148
284
205
109
324
Acción Ciudadana
714
116
54
181
0
47
27
Total votos válidos
3,270
371
466
877
438
531
503
 
 

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Naranjo de la Provincia de Alajuela, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

NARANJO
   
 
 
 
 
Cifra cociente
817,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
408,750
 
 
 
 
Partido a sustraer: MOVIMIENTO LIBERTARIO = 184
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
1057
1
239,50
0
LIBERACION NACIONAL
1499
1
681,50
1
ACCION CIUDADANA
714
0
0,00
1
TOTAL
3270
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
SAN MIGUEL
Cifra cociente
92,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
46,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
152
1
59,25
1
LIBERACION NACIONAL
103
1
10,25
0
ACCION CIUDADANA
116
1
23,25
0
TOTAL
 
371
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
SAN JOSE
Cifra cociente
116,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
58,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
264
2
31,00
0
LIBERACION NACIONAL
148
1
31,50
1
 
ACCION CIUDADANA
54
0
0,00
0
TOTAL
 
466
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
CIRRI SUR
Cifra cociente
219,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
109,625
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
412
1
192,75
1
LIBERACION NACIONAL
284
1
64,75
0
ACCION CIUDADANA
181
0
0,00
1
TOTAL
 
877
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
SAN JERONIMO
Cifra cociente
109,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
54,750
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
233
2
14,00
0
LIBERACION NACIONAL
205
1
95,50
1
TOTAL
 
438
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
 
SAN JUAN
Cifra cociente
132,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
66,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
375
2
109,50
1
LIBERACION NACIONAL
109
0
0,00
1
ACCION CIUDADANA
47
0
0,00
0
TOTAL
 
531
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
 
ROSARIO
Cifra cociente
125,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
62,875
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
152
1
26,25
0
LIBERACION NACIONAL
324
2
72,50
1
ACCION CIUDADANA
27
0
0,00
0
TOTAL
 
503
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Naranjo de la provincia de Alajuela, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

NARANJO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Giovanni Lobo Campos
Yadira Rojas Torres
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Gladys Arrieta Molina
No se inscribió candidatura
Ileana Guzmán Castro
Teresita Corrales Saborío
 
Xenia Fernández Umaña
c.c. Xenia Fernández Sánchez
Julio Antonio Castro Herrera
 
Sergio Valerio Arroyo
No se inscribió candidatura
 
 
SAN MIGUEL
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Silvia Elena Brenes Chacón
Juan Antonio Arce Ramírez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ruth Ester Arrieta Sánchez
Víctor Manuel Argüello Chacón
Elvin Barrantes Quirós
c.c. Edwin Barrantes Quirós
María Julia Barquero Santamaría
 
Maricela de los Ángeles Rodríguez Porras
Alba Iris Ávila Rocha
Kennetth Gerardo Pérez Carmona
Mariville Murillo Morales
SAN JOSE
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Gilbert Antonio Villalobos Morales
Nury Olivia Salas Valverde
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Geisel Yorlene Villalobos Gómez
Guillermo Enrique Rodríguez González
Lisandro Villalobos Salazar
Karen Lorena Steller Valverde
Ana Ruth Rojas Salas
Jorge Andrés Rojas Jiménez
Olivier Jiménez Alpízar
Roxana María Acuña López
 
CIRRI SUR
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Carlos Luis Paniagua Barrantes
María Mónica Campos Salazar
CONCEJALES DE DISTRITO 
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Blanca Rosa Zúñiga Montero
Tobías Chaves Rojas
María Lorena Vindas Marín
No se inscribió candidatura
Agustín Arrieta Solís
Ana Daisy Solís Rodríguez
Hernán Domingo Solís Rodríguez
María del Carmen Carranza Arrieta
 
 
SAN JERONIMO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Odilio Alfaro Cubero
Rosa Guadalupe Jiménez Morales
CONCEJALES DE DISTRITO 
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Anazita Murillo Ramírez
Carlos Herrera Aguilera
Miguel Ángel Cabezas González
Jerlim María Alvarado Rojas
Karla Vanessa Padilla Rodríguez
Tobías Luis Segura Salazar
Dagoberto Aguilera González
Lilliam Durán Rojas
 
 
SAN JUAN
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Arnoldo Valverde Elizondo
Margarita María Bolaños Rojas
CONCEJALES DE DISTRITO 
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Elsie Navarro Vargas
c.c. Elsi Navarro Vargas
Eider Gerardo Villarreal Gómez
 
Mainor Arroyo Rivera
Iriana Chacón Corrales
Zelmira Navarro Villalobos
Segundo Chacón Jiménez
José Luis Morales Jara
Anabelle Araya Castro
 
ROSARIO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Francisco Vásquez Araya
Maritza Araya Madrigal
 
CONCEJALES DE DISTRITO 
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Sonia María Araya Madrigal
Rolando Castro Porras
Adrián Arnoldo Alfaro Alfaro
Miriam Mejías Pérez
María Isabel Santamaría Rodríguez
Gerardo Pérez Castro
Ana Ruth Vargas Madrigal
Ricardo López Mondragón

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal