DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

SAN JOSE, COSTA RICA

N° 065-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Vázquez de Coronado de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Vázquez de Coronado de la provincia de San José, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional, Acción Ciudadana, Movimiento Libertario y Fuerza Democrática en todos y cada uno de ellos, en tanto que los partidos Acción Ciudadana en el distrito Cascajal, Movimiento Libertario en los distritos San Isidro, San Rafael, Dulce Nombre de Jesús y Cascajal, y Fuerza Democrática en los distritos San Rafael y Cascajal, no inscribieron candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Vázquez de Coronado de la Provincia de San José.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

  1. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito los partidos Acción Ciudadana, Movimiento Libertario y Fuerza Democrática según se detalló supra, debe excluírseles del reparto de estas plazas, pues los votos que hayan recibido en su favor – al haberse emitido por candidaturas inexistentes – no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

  2. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

  3. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Vázquez de Coronado de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

Cuadro N° 1

 

 

Cuadro N° 2

 

 

  1. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Vázquez de Coronado de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

  

SAN ISIDRO
Cifra cociente
667,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
333,625
 
 
 
 
Partido a sustraer: MOVIMIENTO LIBERTARIO = 152
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
1168
1
500,75
1
LIBERACION NACIONAL
921
1
253,75
0
ACCION CIUDADANA
505
0
0,00
1
FUERZA DEMOCRATICA
75
0
0,00
0
TOTAL
2669
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
SAN RAFAEL
Cifra cociente
290,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
145,250
 
 
 
 
Partidos a sustraer: MOVIMIENTO LIBERTARIO = 28
FUERZA DEMOCRATICA = 11
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
414
1
123,50
0
LIBERACION NACIONAL
602
2
21,00
0
ACCION CIUDADANA
146
0
0,00
1
TOTAL
1162
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
DULCE NOMBRE DE JESUS
Cifra cociente
277,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
138,875
 
 
 
 
Partido a sustraer: MOVIMIENTO LIBERTARIO = 32
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
455
1
177,25
1
LIBERACION NACIONAL
479
1
201,25
1
ACCION CIUDADANA
152
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
25
0
0,00
0
TOTAL
1111
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
PATALILLO
Cifra cociente
493,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
246,875
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
703
1
209,25
0
LIBERACION NACIONAL
509
1
15,25
0
ACCION CIUDADANA
280
0
0,00
1
MOVIMIENTO LIBERTARIO
269
0
0,00
1
FUERZA DEMOCRATICA
214
0
0,00
0
TOTAL
 
1975
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
CASCAJAL
Cifra cociente
216,000
 
 
 
 
Cifra subcociente
108,000
 
 
 
 
Partidos a sustraer: ACCION CIUDADANA = 104
MOVIMIENTO LIBERTARIO = 30
FUERZA DEMOCRATICA = 7
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
389
1
173,00
1
LIBERACION NACIONAL
475
2
43,00
0
TOTAL
864
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Vázquez de Coronado de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

  

SAN ISIDRO
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
María Isabel Vargas Madrigal
Carlos Manuel Hidalgo Sanabria
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Julio César Vargas Madrigal
Henry Moya Quesada
José Joaquín Calvo Jiménez
Karla Hernández Martínez
María de los Ángeles Sánchez Quesada
c.c. Marielos Sánchez Quesada
Luis Ángel Padilla Porras
Reina Violeta Bejarano Vargas
Gladys Porras Marín
SAN RAFAEL
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Alan Giovanni Chinchilla Núñez
Gloria Luz Núñez Morales
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Mayela Isabel Morales Rodríguez
Filadelfo Corrales Núñez
Danilo Alberto Barquero Núñez
Elizabeth María Rojas Espinoza
Vera Violeta Zúñiga Blanco
Paulina Méndez Soto c.c. Sally Méndez Soto
María Isabel Rivera Mora
Fauricio José Méndez Méndez
 
 
DULCE NOMBRE DE JESUS
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Giselle Castro Méndez
Ronald Eduardo Madriz Vargas
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Marcelo Vargas Jiménez
Flor Mayela Hernández Oquendo
Orliden Durán Garbanzo
Carlos Enrique Hernández Vargas
María Benilda Ávila Torres
William Moreira Cabrera
Carmen Mileidy Jiménez Vega
Aida Lilliam Villegas Rodríguez
 
 
PATALILLO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Iván David Jiménez Hidalgo
Angélica Soto Chacón
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
José Hernández Hernández c.c. Reynaldo Gutiérrez Hernández
María Angélica Méndez Soto
Heleodoro Brenes Marín
Crostilda Morales González c.c. Cleotilde Morales González
Carlos Alberto Castro Muñoz
Marcela Méndez Mata c.c. Marcella Méndez Mata
Yamileth Garro Araya
Javier Eduardo Hurtado Siverio
CASCAJAL
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Patricia Mayela Monge Vargas
Eric Esteban Camacho Méndez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Carlos Francisco Arias Tenorio
Aida Teresa Quirós Artavia
Blanca Rosa Núñez Carvajal
Marcos Antonio Quirós Vargas
Mario Guillermo Vargas León
Inés Sidey Núñez Carvajal c.c. Inés Sirley Núñez Carvajal
 
María Cristina Chinchilla Rodríguez
Johnny Antonio López Mora

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal