DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

SAN JOSE, COSTA RICA

N° 061-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Mora de la provincia de San José, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional y Acción Ciudadana en todos y cada uno de ellos, y el partido Movimiento Libertario en los distritos Colón, Guayabo y Tabarcia.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

    1. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Mora de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

 

 

 

  

Cantón de MORA
Partidos/Distrito
COLON
GUAYABO
TABARCIA
PIEDRAS NEGRAS
PICAGRES
 
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
520
227
357
36
102
Liberación Nacional
818
116
227
47
16
Acción Ciudadana
343
23
120
3
95
Movimiento Libertario
385
36
96
0
0
Total votos válidos
2,066
402
800
86
213
 
 

 

    1. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

    2. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Mora de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

 

 

 

 

 

COLON

Cifra cociente 516,500

Cifra subcociente 258,250

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 520 1 3,50 0

LIBERACION NACIONAL 818 1 301,50 0

ACCION CIUDADANA 343 0 0,00 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 385 0 0,00 1

TOTAL 2066 2 2

El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL

 

 

GUAYABO

Cifra cociente 100,500

Cifra subcociente 50,250

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 227 2 26,00 1

LIBERACION NACIONAL 116 1 15,50 0

ACCION CIUDADANA 23 0 0,00 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 36 0 0,00 0

TOTAL 402 3 1

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

TABARCIA

Cifra cociente 200,000

Cifra subcociente 100,000

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 357 1 157,00 1

LIBERACION NACIONAL 227 1 27,00 0

ACCION CIUDADANA 120 0 0,00 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 96 0 0,00 0

TOTAL 800 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

PIEDRAS NEGRAS

Cifra cociente 21,500

Cifra subcociente 10,750

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 36 1 14,50 1

LIBERACION NACIONAL 47 2 4,00 0

ACCION CIUDADANA 3 0 0,00 0

TOTAL 86 3 1

El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL

 

 

PICAGRES

Cifra cociente 53,250

Cifra subcociente 26,625 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 102 1 48,75 1

LIBERACION NACIONAL 16 0 0,00 0

ACCION CIUDADANA 95 1 41,75 1

TOTAL 213 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Mora de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

 

 

  

COLON
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Javier Alpízar Villegas
Xinia Chinchilla Cambronero
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Erick Stevent Montero Parra
José Luis Arias Valverde
Rafael Ángel Sibaja Vargas
José González Venegas
Alejandrina Vargas Retana
Carlos Manuel Agüero Jiménez
Minor Pérez Fernández
Carolina Mena Castro
 
 
GUAYABO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Ulises Mora Mora
Marta Aguilar Bermúdez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
José Serrano Mena
Flor María Hernández Morales
Emilia Bustamante Cubillo
Johel Minor Chinchilla Soto
Gerardo Alpízar Mora
Eliécer Alvarado Mora
José Ángel Morales Solís
María Eugenia Cambronero Calderón

 

TABARCIA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Rolando Bustamante Marín
Juliana Vargas Vásquez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Johel Mata Carmona
Eduardo Ulises Vargas Vargas
Ovidio Bustamante Ureña
Diego Cordero Barquero
Isabel Vásquez Pérez
Paola Porras Vargas
Rebeca Morales Mata
Bernardo Retana Araya

 

 

 

PIEDRAS NEGRAS
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Egidio Chaves Delgado
Ana Victoria Marín Arroyo
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Vidal Rojas Hernández
José Lan Sandí Marín
 
c.c. José Allan Sandí Marín
Helen Orozco Marín
Ana María Villalobos Sandí
Belfort Quesada Rojas
Olivier Vargas Álvarez
Anita Guevara Quirós
Nargivia Porras Barquero
 
c.c. Nergivia Porras Barquero

 

PICAGRES
SINDICO
PROPIETARIO
SUPLENTE
Alfredo Ramírez Tenorio
No se inscribió candidatura
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Robertino Bermúdez Chacón
Johnny Cubero Carballo
Alba Arias Monge
José Luis Sojo Fallas
Margarita Ramírez Rojas
Dagoberto Rodríguez Arias
Sergio Bermúdez Flores
Catalina Mora Elizondo
 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal