ACTA N.º 25-2025

Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las once horas con veintitrés minutos del miércoles once de junio de dos mil veinticinco, con asistencia de los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i del Instituto de Formación y Estudios en Democracia,  Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional.

 

De conformidad con el orden del día aprobado por el suscrito para esta sesión ordinaria, que incluye los documentos de agenda y sus respectivos antecedentes, los cuales fueron de conocimiento previo de las señoras Directoras y señores Directores, se procede al conocimiento y votación de cada uno de dichos asuntos.

ARTÍCULO PRIMERO. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA ANTERIOR.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) No hay documentos para incorporar.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 24-2025 con excepción del señor Gustavo Román Jacobo, quien no participó en dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre dedicación exclusiva estudio del puesto n.° 55709. De la señora Kattya Varela Gomez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos y de los señores Jefferson Vargas Salas, Secretario General a. i. de la Dirección Ejecutiva y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-1406-2025 del 2 de junio de 2025, mediante el cual, en cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 20-2019, celebrada el 30 de abril 2019, rinden informe sobre la afectación al régimen de dedicación exclusiva del puesto n.° 55709, Encargado del Área de Prensa y Protocolo (clase Ejecutivo Funcional 1), ubicado en el Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas, y con base en una serie de consideraciones, se concluye que existen elementos que permiten recomendar la reincorporación del referido puesto al régimen de dedicación exclusiva por razones de conveniencia institucional.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar.

B) Informe relativo a plazas de servicios especiales para el Programa de Inscripción de Candidaturas. De la señora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. del TSE, se conoce oficio n.° STSE-1139-2025 del 3 de junio de 2025, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 44-2025, celebrada ese mismo día por el Tribunal Supremo de Elecciones, en relación con la aprobación de lo propuesto por este Consejo respecto de los nombramientos interinos en puestos de Servicios Especiales de Salario Único asignados al programa de Inscripción de Candidaturas.

Se dispone: Tomar nota.

C) Firma de Contratos. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-1407-2025 del 2 de junio de 2025, mediante el cual somete a conocimiento de este Consejo el oficio n.° DL-363-2024 del 13 de agosto de 2024 suscrito por el señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, en el que rinde informe relacionado con la consulta planteada por la Dirección Ejecutiva sobre la  firma de los contratos producto de procedimientos ordinarios, así como de aquellos tramitados al amparo del artículo 304 del Código Electoral, y en el que, con fundamento en diversas consideraciones, el señor Jiménez Padilla recomienda:

E. Recomendaciones:

Con base en lo expuesto se recomienda:

1) Que, por las razones expuestas, así como en aplicación de los principios de la sana crítica racional, eficiencia, eficacia, una razonable y adecuada utilización de los recursos públicos; así como una equitativa distribución de las tareas administrativas; el CDIR adopte un acuerdo, conciso y concreto (que debe constar en actas), en el sentido de que, cuando ese órgano colegiado –en su condición de jerarca administrativo de esta institución en materia de contratación pública– autorice tramitar contrataciones utilizando el numeral 304 del Código Electoral, la persona que funja como Coordinador (a) del CDIR, será la competente para firmar el contrato, siempre y cuando el monto o cuantía de la adjudicación alcance, o supere, el umbral de la Licitación Mayor. No obstante, cuando el monto de esas contrataciones sea el que aplicaría para una Licitación Menor, la suscripción contractual corresponderá a la persona funcionaria que funja como Director/a General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.

2) Que esa dirección instruya a la Proveeduría institucional para que revise –de manera absoluta e integral– su reglamento interno, y elabore la propuesta de reforma correspondiente, a fin de alinearlo con las modificaciones operadas tanto por la LGCP y su reglamento, como por cualquier normativa interna

3) Que una vez que la Proveeduría realice la labor sugerida en el punto anterior, esa Dirección –en su condición de jerarca administrativo inmediato de dicha dependencia– realice su propia revisión, así como los ajustes que considere pertinentes, de previo a elevarlo al TSE como propuesta de reforma integral de ese instrumento normativo.

4) En caso de que esa Dirección –una vez realizado lo expuesto en el punto anterior– considerara conveniente que este despacho jurídico también revise el documento a fin de sugerir ajustes, proceda a realizar la consulta directa- de rigor, para lo cual debe apegarse a lo establecido al efecto en las “Disposiciones sobre la atención de consultas directas dirigidas al Departamento Legal del Tribunal Supremo de Elecciones”. En ese caso, deberá tener presente lo observado en este informe, en cuanto a la forma y fondo del trámite ante este despacho.

5) Que este informe se ponga en conocimiento tanto del CDIR, para lo referente a la autorización y firma de los contratos que se suscriban al amparo de lo establecido en el artículo 304 del Código Electoral, para efectos de la emisión del acuerdo respectivo; como del propio Tribunal, para efectos informativos.”.

Se dispone: 1.- Con fundamento en las recomendaciones emitidas por el señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe del Departamento Legal, este Colegiado acuerda que, en los casos en que se autorice la tramitación de procedimientos de contratación al amparo del artículo 304 del Código Electoral, la firma de los respectivos contratos corresponderá a la persona coordinadora de este órgano colegiado en el tanto el monto adjudicado alcance o supere el umbral de la Licitación Mayor, y al Director o la Directora General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos cuando se trate de contrataciones que se ubiquen dentro del rango correspondiente a una Licitación Menor. 2.- Proceda la Dirección Ejecutiva con lo que corresponda. 3.- Hágase de conocimiento del Superior.

D) Pruebas, tarjetas e insumos de contingencia para impresión de documentos de identidad. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0450-2025 del 6 de junio de 2025, mediante el cual, en atención a lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 22-2025, celebrada el 28 de mayo de 2025 por este Consejo, remite informe relacionado con la valoración de la continuidad de las pruebas de contingencia que se efectuaban con los equipos CP80+ y la embozadora, así como el destino de los documentos de identidad correspondientes a la contingencia actual y sus respectivos insumos, en virtud de la puesta en marcha de la nueva solución para la impresión de documentos de identidad.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge.

 

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Recomendación para declarar infructuoso trámite 2025LY-000003-0012300001 “Alquiler de local por construir para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Coto Brus”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0189-2025 del 5 de junio de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de licitación mayor de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE, declarar infructuoso el trámite conforme al siguiente detalle:

Línea

T

Recomendación

01

Alquiler de local por construir para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Coto Brus.

Declararlo Infructuoso por inopia de ofertas

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la señora Diana María Rodríguez Barrantes y del señor Tito José Alvarado Contreras, Contrapartes Técnicas, así como de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda.

Por unanimidad declaramos la firmeza de todos los acuerdos

A las once horas con treinta y cuatro minutos terminó la sesión.

 

 

 

 

 

                                                

Luis Guillermo Chinchilla Mora


Luis Antonio Bolaños Bolaños        Sandra Mora Navarro


Gerardo Felipe Abarca Guzmán         Rodrigo Abdel Brenes Prendas


Xenia Guerrero Arias        Gustavo Román Jacobo