ACTA N.º 59-2021
Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las trece horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Plan de Negocios: Plataforma de Servicios Empresariales (PSE). Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0745-2021 del 12 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio CDIR-0439-2021 del 2 de noviembre de 2021, mediante el cual se comunicó el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 52-2021, celebrada el 2 de noviembre de 2021 por el Consejo de Directores, respecto a la sugerencia realizada por la Dirección General de Estrategia Tecnológica, en cuanto a que, este despacho emita el criterio correspondiente, como responsable de la base de datos del Registro Civil, inscrita ante la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, en relación a la implementación de la “Plataforma de Servicios Empresariales (PSE)”, informo que, esta Dirección avala el Plan de Negocios planteado, por cuanto no se determinó que exista alguna incompatibilidad con la normativa dispuesta en la Ley n. 8968 Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales o su reglamento.".
Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-525-2021 del 10 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe sobre la implementación del Plan de Negocios: Plataforma de Servicios Empresariales (PSE) y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:
"IV. Conclusión y recomendación.
Con base en lo expuesto, siendo que la finalidad del servicio está dirigida a percibir ingresos necesarios para el mejoramiento de la prestación de los servicios públicos que son competencia exclusiva del Tribunal, este despacho, con base en lo dispuesto en el artículo 24 del Código Electoral, considera viable jurídicamente la puesta en práctica de la solución tecnológica denominada PSE, siempre y cuando se establezcan las garantías necesarias para salvaguardar los derechos de las personas involucradas, se respete de manera estricta el deber de confidencialidad y, que al generar las intervenciones correspondientes, no se divulguen, transfieran y/o almacenen en bases ajenas al Tribunal, datos que permitan identificar a las personas involucradas, ni se utilice para fines y condiciones distintas a las que se recabó. Asimismo, se recomienda que el jerarca y el responsable de la base de datos emitan una declaración jurada conjunta ante la Prodhab, mediante el cual se indique que dicha solución tecnológica no comporta una venta de datos personales, con el objetivo de que la institución se exima del pago del canon establecido en el artículo 34 de la Ley 8968.".
Se dispone: Tener por rendidos los informes, los cuales se acogen. Procedan, en consecuencia, la Secretaría General del Tribunal y las Direcciones Generales del Registro Civil y de Estrategia Tecnológica con lo de sus cargos. ACUERDO FIRME.
B) Propuesta de Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos del Tribunal Supremo de Elecciones y en calidad de arrendamiento o convenio. De la señora Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3489-2021 del 6 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite propuesta de Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos del Tribunal Supremo de Elecciones y en calidad de arrendamiento o convenio.
Se dispone: Para estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
C) Informe sobre estudio de dedicación exclusiva del puesto n.° 45446. De los señores Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva, Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-3484-2021 del 3 de diciembre de 2021, recibido en la Coordinación de este Consejo el 7 de diciembre de 2021, mediante el cual rinden informe en el que se concluye la conveniencia institucional de someter el puesto n.° 45446, Profesional Asistente en Proveeduría (clase Profesional Asistente 2) ubicado en la Proveeduría, al régimen de dedicación exclusiva.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de aprobación de Protocolo para celebrar audiencias en modalidad virtual, en procedimientos administrativos que tramita la Inspección Electoral. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Inspectora Electoral, se conoce oficio n.° IE-1139-2021 del 7 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite propuesta de Protocolo para la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en la Inspección Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
E) Marco normativo para las tecnologías de información y comunicaciones. Del señor Vinicio Mora Mora, subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-519-2021 del 7 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe sobre las Normas técnicas para la gestión y control de las Tecnologías de Información y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye:
"III. Conclusión:
Conforme lo expuesto, este Departamento considera que en razón de los principios de separación de poderes e independencia de funciones que rige a ese órgano electoral y las relaciones con el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Elecciones no está en la obligación de adoptar esa normativa como su marco regulador en materia de Tecnologías de la Información, por cuanto las mismas estarían dirigidas principalmente a las instituciones públicas cobijadas bajo el amparo del Poder Ejecutivo. No obstante, bien podrían servir como un marco de referencia, para ser analizado por parte de la Administración, con el fin de determinar si existen aspectos que puedan resultar convenientes en la promulgación del marco normativo propio que la Dirección General de Estrategia Tecnológica emitirá en el presente mes, tal y como se acredita del cronograma elaborado por esa dirección, el cual fue comunicado mediante oficio n.° DGET-0280-2021 del 16 de setiembre de 2021.
(…)".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Aprobar la Norma técnica para la gestión y el control de las tecnologías de información, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), como marco regulador que guíe al Tribunal en materia de Tecnologías de Información. ACUERDO FIRME.
F) Representante de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos en la Comisión de Continuidad del Negocio del TSE. Del señor Mynor Mora Chang, Coordinador de la Comisión de Continuidad del Negocio, se conoce oficio n.° CCN-005-2021 del 7 de diciembre de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su estimable conocimiento, el Consejo de Directores del TSE, constituyó, en sesión ordinaria n.º 63-2018, artículo segundo, la Comisión de Continuidad del Negocio de estos organismos electorales, lo cual fue comunicado en oficio n.º CDIR-0381-2018.
Al respecto, siendo que por oficio n.º DGRE-928-2021, comunicado al suscrito vía correo electrónico el 3 de los corrientes, el señor Héctor Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, informa que el señor Luis Felipe Brosed Lizano –quien fuera designado por ese Consejo en la sesión supra citada como representante de dicha la Dirección–, no seguirá siendo el representante del despacho a su cargo y para ello propone como su sustituto al señor Jose Leonel Obando Vargas.
Por tal razón, si a bien lo tiene el Consejo de Directores, deberá procederse con la sustitución en los términos indicados por el señor Fernández Masis. [sic]".
Se dispone: Designar al señor José Leonel Obando Vargas, conforme se propone. ACUERDO FIRME.
G) Consulta sobre aplicación del trabajo remoto no habitual por objetivos. De la señora Sandra Mora Navarro, Coordinadora de la Comisión Institucional de Teletrabajo, se conoce oficio n.° CITT-005-2021 del 10 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual realiza consulta sobre la aplicación de trabajo remoto no habitual por objetivos.
Se dispone: Pase a estudio individual de las señoras y señores Directoras y Directores de este Consejo. ACUERDO FIRME.
H) Protocolo de seguridad para la custodia y manejo de los insumos utilizados en la producción de los documentos de identidad del TSE. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-526-2021 del 10 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe sobre el procedimiento que se debe realizar a efectos de la sistematización del Protocolo de seguridad para la custodia y manejo de los insumos utilizados en la producción de los documentos de identidad del TSE, así como de su validación y aprobación.
Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, el cual se hará de conocimiento del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y de la Contraloría Electoral. 2.- Procedan la Secretaría General del Tribunal y la Dirección General del Registro Civil con lo de sus cargos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.
A) Adjudicación de trámite n.° 2021CD-000344-0012300001, “Kit de bioseguridad, segunda compra Elecciones 2022.” Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0796-2021 Sustituir del 13 de diciembre de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación para el procedimiento de contratación “2021CD-000344-0012300001: Kit de bioseguridad, segunda compra Elecciones 2022”, amparada al artículo 304 del Código Electoral, conforme al siguiente detalle:
Partidas Nos. |
Adjudicatario |
Monto con el IVA incluido |
1 |
Elmerc Representaciones Sociedad
Anónima |
¢16.174.678,75 |
2 |
||
4 |
Prolim Prlm Sociedad Anónima |
¢8.349.570,00 |
5 |
Pava de Grecia Sociedad Anónima |
¢2.923.875,00 |
6 |
Representaciones Sumi Comp Equipos
Sociedad Anónima |
¢16.877.883,40 |
3 |
Infructuosa, por incumplimiento
técnico y legal de las dos ofertas recibidas |
En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la señorita Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, del señor Juan Gabriel Gómez Pérez, Contraparte Técnica, Departamento de Programas Electorales, así como de la Auditoría Interna.
Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Quedo atento a lo que se estime disponer.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Infructuosidad de trámite n.° 2021LA-000035-0012300001, “Centro de cuido y educación preescolar para niños y niñas de 1 a 6 años”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0797-2021 del 14 de diciembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE declarar infructuoso el trámite.
Partida No. |
Objeto |
Declararlo |
Única |
Centro de cuido y educación preescolar para niños y niñas de 1 a 6 años |
Infructuoso |
En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, de la señora Paola Alvarado Quesada contraparte técnica, así como de la Auditoría Interna.
Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Quedo atenta [sic]
a lo que se estime disponer.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
A las trece horas
cuarenta y cinco minutos terminó la sesión.
Erick Adrián Guzmán Vargas Luis Antonio Bolaños Bolaños
Franklin Mora González Héctor Enrique Fernández Masís
Ileana Cristina Aguilar Olivares Xenia Guerrero Arias