ACTA N.º 28-2021

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las trece horas del quince de junio de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Remisión de informe de seguimiento n.° SRIEE-06-2021, de la Advertencia n.° AD-01-2019 sobre la validación de tiquetes electrónicos de los Entes Receptores no Emisores. De la señora Nidia Elvira Aguilar Acuña, Auditora Interna a. i., se conoce oficio n.° AI-154-2021 del 7 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Unidad de Control, como parte de las competencias legales, debe implementar y desarrollar un programa de seguimiento de las recomendaciones de los diferentes tipos de informes que emite este Despacho, así como de las acciones ordenadas por la Administración producto de los servicios de auditoría y servicios preventivos, a fin de asegurar su debida atención por ésta.

Esto de conformidad con lo mencionado en el artículo 36 de la Ley General de Control Interno, la cual destaca:

“Artículo 36.—Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera: a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados (…)”

Sobre lo anterior, con el propósito de que se dispongan las acciones pertinentes, respetuosamente me permito remitirle el documento denominado: Informe de seguimiento n.º SRIEE-06-2021, de la Advertencia n.° AD-01-2019 sobre la validación de tiquetes electrónicos de los Entes Receptores no Emisores.”

En ese contexto, mucho le agradeceré disponer de las acciones correspondientes e informar a esta Unidad de Fiscalización lo que se resuelva, en el curso de los quince días hábiles siguientes a su recibo.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

B) Remisión de informe de seguimiento n.° SRICI-08-2021 sobre el estado de cumplimiento de las acciones de mejora de los informes n.° ICI-05-2018 y n.° ICI-05-2020. De la señora Nidia Elvira Aguilar Acuña, Auditoria Interna a. i., se conoce oficio n.° AI-156-2021 del 7 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Unidad de Control, como parte de las competencias legales, debe implementar y desarrollar un programa de seguimiento de las recomendaciones de los diferentes tipos de informes que emite este Despacho, así como de las acciones ordenadas por la Administración producto de los servicios de auditoría y servicios preventivos, a fin de asegurar su debida atención por ésta.

Esto de conformidad con lo mencionado en el artículo 36 de la Ley General de Control Interno, la cual destaca:

“Artículo 36.—Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera: a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados (…)”

Sobre lo anterior, con el propósito de que se dispongan las acciones pertinentes, respetuosamente me permito remitirle el documento denominado: Informe de seguimiento SRICI-08-2021 sobre el estado de cumplimiento de las acciones de mejora de los informes n.° ICI-05-2018 e ICI-05-2020.”

En ese contexto, mucho le agradeceré disponer de las acciones correspondientes e informar a esta Unidad de Fiscalización lo que se resuelva, en el curso de los quince días hábiles siguientes a su recibo.".

Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y a los Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría. ACUERDO FIRME.

C) Remisión de informe de seguimiento n.° SRICI-07-2021, relativo a las acciones administrativas dispuestas para atender las advertencias n.° AD-03-2018, sobre la funcionalidad de la trazabilidad de los documentos de identidad y n.° AD-06-2018, sobre la no tramitación de expedientes de paternidad responsable. De la señora Nidia Elvira Aguilar Acuña, Auditora Interna a. i., se conoce oficio n.° AI-155-2021 del 7 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Unidad de Control, como parte de las competencias legales, debe implementar y desarrollar un programa de seguimiento de las recomendaciones de los diferentes tipos de informes que emite este Despacho, así como de las acciones ordenadas por la Administración producto de los servicios de auditoría y servicios preventivos, a fin de asegurar su debida atención por ésta.

Esto de conformidad con lo mencionado en el artículo 36 de la Ley General de Control Interno, la cual destaca:

“Artículo 36.—Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera: a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados (…)”

Sobre lo anterior, con el propósito de que se dispongan las acciones pertinentes, respetuosamente me permito remitirle el documento denominado: Informe de seguimiento n.º SRICI-07-2021, relativo a las acciones administrativas dispuestas para atender las advertencias n.° AD-03-2018, sobre la funcionalidad de la trazabilidad de los documentos de identidad y n.° AD-06-2018, sobre la no tramitación de expedientes de paternidad responsable.”

En ese contexto, mucho le agradeceré disponer de las acciones correspondientes e informar a esta Unidad de Fiscalización lo que se resuelva, en el curso de los quince días hábiles siguientes a su recibo.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

D) Excepción de cumplimiento de requisitos a personas funcionarias que sustituyan a participantes en el Programa de Asesores Electorales con sus propias plazas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1005-2021 del 7 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe relativo a la excepción de cumplimiento de requisitos a personas funcionarias que sustituyan a participantes en el Programa de Asesores Electorales con sus propias plazas.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Para su estudio e informe, en el plazo de 5 días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

E) Informe relativo al informe de seguimiento n.° SRICI-05-2021 sobre el estado de cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el informe de control interno n.° ICI-06-2019 “Procesos operativos y de gestión de la Dirección General del Registro Civil”. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0382-2021 del 8 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual se refiere al informe de seguimiento n.° SCIRI-05-2021 a las recomendaciones emitidas en el informe de control interno n.° ICI-06-2019 y adjunta cronograma de actividades para el cumplimiento de recomendaciones. 

Se dispone: Tener por rendido el informe y aprobar las acciones planteadas por la Dirección General del Registro Civil, de conformidad con el cronograma de cumplimiento propuesto. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

F) Informe sobre dedicación exclusiva, estudio del puesto n.° 368562. De los señores Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva, Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-1368-2021 del 10 de junio de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinden informe en el que se concluye la conveniencia institucional de someter el puesto n.° 368562 de Profesional Asistente en Administración 1 (clase Profesional Asistente 1) ubicado en la Sección de Solicitudes Cedulares, al régimen de dedicación exclusiva.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.

G) Informe de valoración cuatrimestral de los Acuerdos de Nivel de Servicio (SLA). De la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-197-2021 del 9 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al oficio n° CDIR-67-2021 del 02 de marzo de 2021, adjunto el informe denominado Valoración sobre los acuerdos de nivel de servicio (SLA), correspondiente al periodo que comprende los meses de febrero a mayo del presente año.

Cabe destacar que producto de los controles establecidos, la efectividad de los acuerdos de nivel de servicio durante el cuatrimestre en estudio ha sido ascendente, demostrando una mejora continua acorde con las metas establecidas. Como prueba de lo anterior, los registros del SLA que atiende los incidentes y requerimientos de TI evidencian una efectividad en el mes de febrero del 94%, mientras que para el mes de mayo pasó a un 98%.".

Se dispone: Tener por rendido el informe. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

H) Producto Comercial: Servicio de Reimpresión del Documento de Identidad (RDI). De la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-200-2021 del 11 de junio de 2021, recibido en la Coordinación de este Consejo el 14 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De acuerdo con lo comunicado en los oficios CDIR-331-2020 del 6 de octubre del 2020 donde se instruyó a la DGET retomar el tema el proyecto de Reimpresión de Documento de Identidad(RDI) y el DGET-262-2020 del 17 de noviembre del 2020, en el cuál se presentó el estudio de dicho proyecto con revisión actualizada y entre otros la sugerencia de formalizar una alianza con Correos de Costa Rica  como socio para la distribución del servicio RDI, hago de su conocimiento que, después de la adjudicación de dicho proveedor mediante contratación 2021CD-000013-0012300001 la cual inició ejecución formal  el día 01 de junio de 2021,  el proyecto para poner en marcha RDI, está llegando, exitosamente, a su etapa final.

Dado lo anterior, y tomando en cuenta, que brindar dicho servicio es de gran interés para la administración y en beneficio de la población costarricense, propongo como fecha de inicio del servicio en cita, el 23 de junio del año en curso.

Así mismo, exhorto a instruir al Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, para que realice los comunicados correspondientes.".

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Observaciones y recomendaciones sobre cesión de contrato de derechos y obligaciones del ICE a favor de RACSA. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-0234-2021 del 8 de junio de 2021, mediante el cual remite una serie de observaciones y recomendaciones respecto a la cesión del contrato de derechos y obligaciones del Instituto Costarricense de Electricidad a favor de Radiográfica Costarricense S. A.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Para que proceda a ejecutar las acciones indicadas por el Departamento Legal en los puntos segundo y tercero, pase a la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual. ACUERDO FIRME.

B) Adjudicación de trámite n.° 2021-CD-000028-0012300001 “Modernización de elevador H con Elevadores Schindler S. A.”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0233-2021 del 8 de junio de 2021, recibido en la Coordinación de este Consejo el 10 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Línea

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

(incluye I.V.A)

01

Modernización de elevador H con Elevadores Schindler S.A.

Elevadores Schindler   S.A.

$89.359,27

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, del señor Randall Raúl Rodríguez Castro, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

C) Adjudicación de trámite n.° 2021LA-000007-0012300001 “Switches para el Centro de Datos del TSE”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0354-2021 del 9 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de adjudicación para la adquisición de diferentes tipos de switches, conforme al siguiente detalle:

N° de Partida

Objeto

Empresa

Monto

-IVA incluido-

1

SWITCHES PARA EL CENTRO DE DATOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

 

VINET TECHNOLOGY ADVISOR SOCIEDAD ANONIMA

¢ 204.624.877,01

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Dirección Ejecutiva, Del Departamento Legal y de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, del funcionario Elías Chaves Sánchez, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

D) Recurso de apelación interpuesto por la empresa PC NOTEBOOK DE COSTA RICA S. A. contra el acto de adjudicación de la licitación abreviada n.° 2020LA-000033-0012300001”. De los señores Allan Roberto Ugalde Rojas, Elard Gonzalo Ortega Pérez y Marlene Chinchilla Carmiol, Gerente de División y Gerentes Asociados, respectivamente, de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se conoce resolución n.° R-DCA-00639-2021 de las 09:47 horas del 9 de junio de 2021, recibida el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante la cual declaran sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la empresa PC Notebook de Costa Rica S. A. contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada n.° 2020LA-000033-0012300001 para la compra de microcomputadoras portátiles y anulan de oficio el acto de adjudicación de dicha licitación.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a la Proveeduría institucional. ACUERDO FIRME.

E) Resolución n.° UFEC-TSE-001-2021 en firme. De la señora Herminda Morales Arroyo, Encargada a. i. de la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, se conoce oficio n.° DE-1366-2021 del 10 de junio de 2021, recibido en la Coordinación de este Consejo el 14 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al Procedimiento para determinar la ejecución de la garantía de cumplimiento rendida por el Consorcio SCYTL-BIZNET, en la licitación pública n.º 2012LN-000032-85002 “Modernización del Sistema de Información Registral Civil”, me permito indicar, que se le dio no ha lugar al escrito de “Adición y Aclaración” presentado por el consorcio (resolución UFEC-0002-2021 de las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, notificada el 10 de junio de 2021), por lo cual la Resolución de Fondo n.º UFEC-TSE-0001-202, de las once horas, del catorce de mayo de dos mil veintiuno, se encuentra firme, para que se sirva tramitar lo pertinente.".

Se dispone: Pase a la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

F) Petición de trámite urgente y recurso de apelación contra resoluciones UFEC-TSE-001-2021 y UFEC-0002-2021. Del señor Alfredo Hernández Romero, representante legal del Consorcio SCYTL-BIZNET, se conoce petición de trámite urgente del 13 de junio de 2021 y recurso de apelación contra las resoluciones n.° UFEC-TSE-001-2021 de las 11:00 horas del 14 de mayo de 2021 y UFEC-0002-2021 del as 10:00 horas del 25 de mayo de 2021, recibidos en la Coordinación de este Consejo el 14 de junio de 2021.

Se dispone: Para su estudio e informe, en el plazo de 3 días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

G) Adjudicación de trámite n.° 2021CD-000056-0012300001, “Empresa de comunicación para la campaña electoral 2022”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0357-2021 del 14 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación para el procedimiento de contratación “2021CD-000056-0012300001. Empresa de comunicación para la campaña electoral 2022”, amparada al artículo 304 del Código Electoral, conforme al siguiente detalle:

Línea No.

Objeto

Adjudicatario

Monto

1

 

Empresa de comunicación para la campaña electoral 2022

H W P COSTA RICA C. A. SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3101063569

¢47.534.479,995

 

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, de la señora Andrea Fauaz Hirsch, Jefa del Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

H) Adjudicación de trámite n.° 2021LA-000009-0012300001, “Mantenimiento de Fachadas para Sede Central”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0355-2021 del 14 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Partida

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

(Incluye I.V.A.)

1

MANTENIMIENTO DE FACHADAS PARA SEDE CENTRA [sic]

AKROS SOLUCIONES SOCIEDAD ANONIMA

 ₡119.124.600,00

Total adjudicar

 ₡ 119.124.600,00

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, de la señora Karla Villalta Medina, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Aprobación de anteproyecto de presupuesto 2022. De la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° STSE-1275-2021 del 10 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 50-2021, celebrada el 10 de junio de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones, en el que se aprobó el anteproyecto de presupuesto 2022.

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

A las catorce horas terminó la sesión.

 

 

 

Erick Adrián Guzmán Vargas      Luis Antonio Bolaños Bolaños



Franklin Mora González        Héctor Enrique Fernández Masís



Ileana Cristina Aguilar Olivares        Xenia Guerrero Arias