ACTA N.º 53-2020
Sesión extraordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas del veintisiete de agosto de dos mil veinte, con asistencia de los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Juan Carlos Corrales Umaña, Director General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:
ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Nuevas medidas para enfrentar la emergencia sanitaria, hasta el mes de setiembre. Este Consejo, en sesión extraordinaria n.º 46-2020, celebrada el 29 de julio del año en curso, en consideración de las medidas sanitarias emitidas por el Poder Ejecutivo, recomendó al Tribunal Supremo de Elecciones mantener la vigencia de las medidas aprobadas en la sesión extraordinaria n.º 50-2020 celebrada el pasado 27 de mayo, hasta el 31 de agosto del año en curso. Sin embargo, en virtud de que se mantienen vigentes la mayoría de las medidas de mitigación implementadas por el Poder Ejecutivo y siendo que las condiciones que dieron lugar a los lineamientos generales emitidos por el Ministerio de Salud con ocasión de la crisis sanitaria generada por el COVID-19, no solo persisten, sino que se han agravado, sin tenerse certeza de un pronto mejoramiento de la crisis existente, este colegiado, consciente de la necesidad de que la institución implemente tales medidas, a los efectos de mitigar los riesgos de contagio, en virtud de lo cual debe procurarse que la mayor cantidad posible de personal labore bajo la modalidad de trabajo remoto por objetivos, con el fin de garantizar la presencia mínima de personal en la institución, al tiempo que se debe velar por la razonable continuidad de las labores y evitar futuras afectaciones de servicios durante el tiempo que se requiera, para restaurar, en lo que cabe, la dinámica del país. Adicionalmente, se conoce el oficio n.º DE-2046-2020, de fecha 26 de agosto 2020, mediante el cual la Dirección Ejecutiva rinde informe sobre el análisis integral de funcionarios con factores de riesgo, donde se indica que no es posible reasignar las funciones de los colaboradores ahí referidos, en virtud de lo cual se recomienda, en lo que interesa, lo siguiente: 1) Que las jefaturas inmediatas de los funcionarios que cuentan con vacaciones o pueden realizar adelanto correspondiente al periodo 2019-2020, procedan a autorizar el disfrute de estas, para lo cual se detalla, con base en el reporte emitido por el Departamento de Recursos Humanos, al 12 de agosto de 2020, el listado de los funcionarios y los saldos de vacaciones de cada uno, sin perjuicio de que cada jefatura verifique dichos saldos con el Departamento de Recursos Humanos, dados los movimientos del presente mes que no estarían registrados en dicho reporte. 2) que las personas que no cuentan con saldo de vacaciones para el periodo 2019-2020, se reincorporen a sus funciones, con base en los “Lineamientos para personas trabajadoras con factores de riesgo que ocupan puestos no teletrabajables, emitidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, en particular el acápite 6 que literalmente señala: “… 6. Si la naturaleza de las funciones que desempeña la persona trabajadora no permite la implementación de ninguna de las opciones de readecuación de funciones o de ubicación antes señaladas ni resulta posible el disfrute de vacaciones, la persona empleadora deberá garantizar a la persona trabajadora con factores de riesgo, el acceso a todos los implementos de higiene recomendados”. 3) Que los funcionarios que lleguen a disfrutar las vacaciones según el punto 1, se reincorporen luego a sus funciones de acuerdo a lo establecido en el punto 2. 4) Que se instruya a las jefaturas inmediatas de los puestos involucrados para que, sin perjuicio de las acciones que deben llevar a cabo para garantizar las condiciones a este personal en los términos que recomienda el Ministerio de Trabajo, tengan presente y velen por lo que se desprende en el “Recordatorio de acatamiento de medidas ante la emergencia sanitaria que enfrenta el país”, comunicado mediante el oficio CDIR-245-2020, del 11 de agosto de 2020.
SE DISPONE: Recomendar al Tribunal lo siguiente:
A las quince horas terminó la sesión.
Héctor Enrique Fernández Masís |
Erick Adrián Guzmán Vargas |
Carlos Alberto Murillo Montoya |
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Hugo Picado León |
Juan Carlos Corrales Umaña |