ACTA N.º 59-2019


Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de información. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio STSE-2635-2019 del 06 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Por encargo superior, se remite copia del oficio n.° SETSE-143-2019 del 5 de noviembre de 2019, recibido el mismo vía correo electrónicoen esta Secretaría General y suscrito por el señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), respecto de la solicitud de información que enumera, para la debida atención de los puntos 1 y 2 por ese Consejo, y del punto 3 por esa Inspección Electoral.”

Se dispone: Proceda el coordinador a darle respuesta. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de publicación de listas de elegibles para ocupar los puestos en la institución electoral. Del señor Efrén Fedullo Solano, Encargado de la Unidad de Actas y Comunicaciones de la Secretaría General del TSE, se conoce memorando STSE-0412-2019 del 14 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Por encargo superior y para su atención, remito oficio n.° SETSE-148-2019, del día 12 de noviembre de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico- en esta Secretaría General, suscrito por el señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE).”

Se dispone: Proceda el Departamento de Recursos Humanos a publicar la lista de elegibles de los puestos de Secretario 1 y 2, de manera análoga a la publicación realizada de los elegibles para el puesto de oficinistas. ACUERDO FIRME.

C) Informe sobre construcción de Oficina Regional de Orotina. Del señor Tito José Alvarado Contreras, Jefe de la Sección de Ingeniería y Arquitectura, se conoce nuevamente oficio n.° IA-0519-2018 del 8 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente me permito remitir y someter a consideración una propuesta conceptual para la obra de construcción del edificio donde albergará a la Oficina Regional de Orotina.

Para la anterior, [sic] hago llegar documento impreso denominado “Anteproyecto Oficina Regional de Orotina”, el cual también fue incluido en formato digital en el CD que adjunto.

Asimismo, es importante indicar que los costos constructivos aproximados asociados a esta obra ascienden a ¢291.000.000 (doscientos noventa y uno [sic] millones de colones exactos).

Si usted lo considera conveniente, agradezco comunicar si la propuesta reúne los requerimientos esperados a fin de proceder a desarrollar el cartel de contratación para diseño y construcción.".

Se dispone: Devuélvase el documento al remitente, a los efectos de que, en conjunto con el Director del Registro Civil, revisen y ajusten la propuesta de diseño y redefinan el costo. ACUERDO FIRME.

D) Adición a modificación extraordinaria al presupuesto institucional (noviembre 2019). Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a.i del TSE, se conoce oficio STSE-2703-2019 del 14 de noviembre de 2019, recibido el 15 de noviembre en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Esta Secretaría General comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 108-2019, celebrada el 14 de noviembre de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones, integrado por los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos, que dice:

«Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Coordinador a. i. del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0450-2019 del 12 de noviembre de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 57-2019, celebrada ese mismo día por ese Consejo, relativo a la adición a la modificación presupuestaria extraordinaria del año 2019, correspondiente al mes de noviembre, la cual se recomienda aprobar.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.»”

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Revisión acuerdo adoptado en el artículo tercero de la Sesión Ordinaria No. 57-2019. De la señora Herminda Morales Arroyo, Encargada a.i. de la UFEC, se conoce oficio DE-3338-2019 del día 14 de noviembre del 2019, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“ En atención al oficio CDIR-0448-2019 de 12 de noviembre de 2019, recibido por correo electrónico el 13 de noviembre de este año, mediante el cual se comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria número 57-2019, celebrada el 12 de noviembre de 2019 por el Consejo de Directores, con el debido respeto, solicito, revisar la parte dispositiva en el punto 2, ya que dentro de las funciones que competen a esta Unidad como la principal fiscalizadora y verificadora del proceso de ejecución de las contrataciones administrativas de este Tribunal, no se contempla la de instaurar ningún tipo de procedimiento administrativo.”

Se dispone: 1.- Aprobar. 2.- Pase a la Proveeduría para que instaure el procedimiento administrativo que interesa. ACUERDO FIRME

B) Adjudicación trámite 2019LA-000028-0012300001 “Acondicionamiento de espacio”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio PROV-0644-2019 del día 18 de noviembre del 2019, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Partida

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

01

Servicio de instalación de estaciones de trabajo modulares (incluye los módulos) Oficina Seguridad Integral

Amoblamientos Fantini S.A.


¢12.040.263,00*


02

Servicio de instalación de estaciones de trabajo modulares (incluye los módulos) Sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones

Paneltech S.A.

$160.852,11*

03

Servicio de instalación de estaciones de trabajo modulares (incluye los módulos) Sección de Inscripciones

       

*Por el plazo de entrega, ambos montos incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, del señor Tito José Alvarado Contreras, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME

C) Estudio de precio producto “Residuo cartón, línea 4, trámite 2019LA-000024-0012300001”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio PROV-0640-2019 del día 14 de noviembre del 2019, recibido el 15 de noviembre en la coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Mediante oficio de esta Proveeduría No. PROV-0528-2019 del 05 de setiembre de 2019, se recomendó a ese Consejo la adjudicación de la licitación 2019LA-000024-0012300001 “Servicio de recepción de residuos valorizables, destrucción y permuta”, a favor de Recolectora y empacadora CAPRI S.A., cédula jurídica 3-101-153501, por ¢460,00 (cuatrocientos sesenta colones, sin céntimos) totales, obtenidos de la sumatoria del precio por productos a canjear (residuos de papel de color, papel blanco, plástico valorizable para reciclar, cartón, aluminio para reciclar, hierro en cable, papel, cartón (tetra pack y cobre). Se trata de un contrato según demanda, cuya cuantía máxima la administración la estableció en ¢196.000.000,00.  La vigencia del contrato es de un año con posibilidad de prorrogarse por tres periodos iguales para un total de 4 años.

Dicho informe fue aprobado por el Consejo en sesión ordinaria n.º 46-2019, celebrada el 10 de setiembre de 2019 y comunicado mediante oficio No. CDIR-0341-2019 de la misma fecha. Sin embargo, el 16 de setiembre la empresa Beneficio La Sylvia Ltda, recurrió el acto de adjudicación, y en documento N°0006-CDIR-2019 del 09 de octubre del corriente se rechazó de plano el reclamo; y también dispuso que la Proveeduría- como conductor del procedimiento- realice el estudio respecto a la baja en el precio de la oferta de la adjudicataria en el producto denominado “Residuo cartón”, alegado por la otra empresa recurrente.

Lo anterior, debido a que Recolectora y empacadora CAPRI S.A., incluyó en la plantilla de SICOP en la línea 4 un precio de ¢5,00 (cinco colones) el kilogramo de residuo cartón, y en documento adjunto a la oferta lo estableció en ¢10,00 (diez colones); ante esta contradicción, se le solicitó aclaración (bajo número de solicitud 190873), obteniendo en la respuesta un adjunto con el desglose por líneas según el cartel, en la que asignó un valor de ¢5,00 al kilogramo de ese material.

Ante la respuesta de la empresa Recolectora y empacadora CAPRI S.A., mediante oficio PROV-0609-2019 de fecha 31 de octubre se le solicitó al señor Oscar Emmanuel Arias Brenes, contraparte técnica que, “indique cuál precio es el razonable con el del mercado del producto cartón, ¢5,00 (cinco colones) o ¢10,00 (diez colones) el kilogramo”,  ya que es él, quien se ha venido encargado de esta tarea por algún tiempo y quien se mantiene informado de la realidad del mercado costarricense en esa materia.

El 01 de noviembre según oficio DE-3211-2019, respondió: “…en mi condición de contraparte técnica del procedimiento 2019LA-000024-0012300001 Contratación de servicio de recepción de residuos valorizables, destrucción y permuta, cabe aludir, que en el caso del cartón es razonable un precio de ¢10,00 (diez colones), lo anterior, ya que le permitirá a la administración obtener un mejor beneficio en el momento de realizar el canje. Lo cual, se constituye en el fin último de esta contratación.”

Por lo anterior, para realizar la corrección del acto de adjudicación por la suma de ¢465,00 y no como se consignó ¢460,00, se debió utilizar la revocatoria de adjudicación, a nivel del SICOP, aprobada el 13 de noviembre del presente año, por el señor Gerardo Abarca Guzmán.  Todo lo anterior, con el fin de remitir la nueva recomendación al Consejo de Directores, según lo indicado en documento resolutivo N°0006-CDIR-2019 del 09 de octubre del corriente.

Así las cosas, dadas las anteriores consideraciones y el resumen que el sistema muestra en la pantalla “Detalles de la solicitud de verificación” en el botón “ver la pantalla de la información relacionada”, donde encontrará el informe de la recomendación de adjudicación. En virtud del cumplimiento legal y técnico, la Proveeduría recomienda al Consejo de Directores que el monto adjudicado es conforme a lo siguiente:

-Recolectora y empacadora CAPRI S.A, cédula 3101153501, monto total ¢465,00.

En caso de que el Consejo avale esta recomendación, salvo mejor criterio, deberá instruirse lo siguiente:

Que la Proveeduría solicite la cancelación de las especies fiscales que correspondan y proceda con los pasos siguientes en el sistema SICOP.

Que el Departamento Legal deberá proceder con lo de su competencia, a la luz del artículo 198 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, previa cancelación de la garantía de cumplimiento y las especies fiscales que correspondan.

De aprobarse esta recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, al Departamento Legal, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, del señor Oscar Emmanuel Arias Brenes, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Quedo atento a lo que se estime disponer”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME

D) Resolución contractual. De la señora Herminda Morales Arroyo, Encargada a.i. de la UFEC, se conoce oficio DE-3294-2019 del día 11 de noviembre del 2019, recibido el 13 de noviembre en la coordinación de este Consejo, mediante el cual traslada la recomendación de resolución unilateral del contrato, con la empresa VIARSA INDUSTRIAL TEXTIL S.A., para los ítems 1 y 4, según la Contratación Directa 2019CD-000242-0012300001 denominada “COMPRA DE CAMISETAS PARA EL PROCESO ELECTORAL MUNICIPAL 2020 Y LONCHERAS”, la cual después de una serie de consideraciones, literalmente recomienda:

“SEXTO: Por lo dicho anteriormente se traslada para consideración del Consejo de Directores la recomendación de resolución unilateral del contrato con la empresa VIARSA INDUSTRIAL TEXTIL S.A. (líneas 1 y 4) derivado de la contratación 2019CD-000242-0012300001 denominada “COMPRA DE CAMISETAS PARA EL PROCESO ELECTORAL MUNICIPAL 2020 Y LONCHERAS”. Lo anterior según regula el artículo 14 inciso o) del Reglamento de la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, Decreto N° 3-2017 y en específico: ARTÍCULO 14.- Atribuciones de la Unidad. Además de las ya indicadas en esta normativa, la Unidad tendrá las siguientes funciones, sin que ellas constituyan una lista taxativa, pues se consideran numerus apertus: (…) o) Recomendar al CDIR, con amplia fundamentación, sobre la resolución unilateral de un contrato. De aprobarse la recomendación, el Consejo ordenará a la Inspección Electoral tramitar el procedimiento administrativo ordinario para ese efecto.”

Se dispone: 1.- Aprobar. 2.-Pase a la Inspección Electoral para que tramite el procedimiento administrativo respectivo y a la Proveeduría para lo de su cargo. ACUERDO FIRME

E) Informe para segundo contrato adicional del trámite N° 2019CD-000415-0012300001gestionado a través de procedimiento 2000LN-000001-85001 en SICOP. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio PROV-0642-2019 del día 18 de noviembre del 2019, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación para aplicar un contrato adicional, conforme al siguiente detalle:

N° de Partida

Trámite en SICOP

Objeto

Contratista

Monto total

1

2019CD-000415-0012300001


Segundo Contrato Adicional por el Alquiler de la Oficina de Siquirres

  (Trámite precedente en Comprared 2000LN-000001-85001)

KAREEM ABDUL GITTENS DIXON cédula de identidad 1-0978-0682

¢4.324.010,76

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, Lic. Alcides Chavarria Vargas y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: 1-. Incorporar al orden del día. 2-. Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME

A las quince horas y treinta minutos terminó la sesión.




Héctor Enrique Fernández Masis




  Erick Adrián Guzmán Vargas





Luis Antonio Bolaños Bolaños               




 

José Francisco Rodríguez Siles





Hugo Picado León





Dennis Cascante Hernández