ACTA N.º 36-2019
Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas del veintitrés de julio de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.
Antes de iniciar con el orden del día, se le dio audiencia al señor Director del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, Hugo Picado León, para que presentara a los colegas Directores, las acciones de educación digital que estarán desarrollando en los próximos meses, en conjunto con la Asesoría de la Gestión Política y con la empresa Facebook.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Sustitución de funcionarios de oficinas regionales que participarán en el Programa de Asesores Electorales. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio DGRC-0703-2019 del 18 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Como es de su conocimiento, el Consejo de Directores en la sesión ordinaria, celebrada el pasado 18 de julio de 2019, dispuso autorizar la participación de personas funcionarias destacadas en diferentes unidades administrativas de estos organismos electorales, para que, desde sus puestos habituales, puedan fungir como Asesores Electorales, de cara a las Elecciones Municipales 2020.
Respecto a funcionarios destacados en oficinas regionales, se autorizó la participación de las siguientes personas:
Participante |
Cédula |
Oficina Regional |
Guevara Solano Erika |
1-0840-0929 |
Cartago |
Loaiza Ortiz Marvin Guillermo |
6-0386-0124 |
Upala |
Moya Patiño Patricia |
7-0113-0443 |
Alajuela |
Quiros Gamboa Rosa Ines |
3-0375-0379 |
Turrialba |
Sancho Chaves Jacqueline |
2-0593-0604 |
San Ramón |
Torres Morales Ángel Mauricio |
1-0852-0455 |
Pococí |
Ureña Chacon Danny Gerardo |
3-0478-0896 |
Tarrazú |
Tal autorización, implica que, para la sustitución de ese recurso humano, se asignen los puestos que originalmente estaban destinados para ejecutar labores en el Programa de Asesores Electorales, a saber, Técnico/a en Gestión Electoral, de la clase Técnico Funcional 2, de salario único y que, según lo establecido en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos institucional, tiene los siguientes requisitos:
“Segundo año universitario aprobado en Administración, Ciencias Políticas, Contabilidad, Contaduría Pública, Derecho, Docencia, Educación, Educación Cívica, Ingeniería Industrial o Producción Industrial, Psicología, Sociología o Trabajo Social.
Un año de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.”
Estos requisitos, en el caso particular de la gestión de las sustituciones de los puestos detallados en el cuadro anterior, por tratarse de plazas que desempeñarán tareas en sedes regionales, dificultan la labor de conseguir candidatos interesados y que cumplan con los requisitos para llenar esos puestos.
Aunado a lo anterior, la temporalidad y su condición de –salario único– convierten a estos puestos, en poco atractivos para su ocupación por parte del personal que labora actualmente en las propias sedes regionales, donde son requeridos. Esto deriva en que, eventualmente, previa comprobación de existencia de inopia, resulte necesario optar por el mecanismo de proposición de ternas integradas por candidatos externos que cumplan con todos los requisitos, para ocupar dichos puestos.
La misma naturaleza de las tareas del puesto Técnico/a en Gestión Electoral, hace que se dificulte conseguir candidatos externos que puedan cumplir con el requisito de 1 año de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto, por lo que el mecanismo indicado en el párrafo anterior, por el tema de cumplimiento de requisitos, tampoco sería oportuno para llenar los puestos de interés.
Es importante señalar además que, las sustituciones requeridas son para tareas exclusivas de atención de público, en unidades administrativas donde existe una cantidad de recurso humano limitada para hacer frente a la demanda de servicios de las personas usuarias, por lo que, el no realizar oportunamente los reemplazos de personal, tendría un impacto crítico y directo en la calidad de los servicios que se prestan a los usuarios.
Con base en lo expuesto, dada la criticidad de tales puestos para garantizar la adecuada prestación de los servicios de atención al usuario, respetuosamente solicito que para los puestos de Técnico/a en Gestión Electoral que serán destinados a la sustitución de personas funcionarias destacadas en oficinas regionales, que a partir del 01 de agosto fungirán como Asesores Electorales desde sus puestos habituales, se exceptúe el requisito del año de experiencia.”
Se dispone: Trasládese el Departamento de Recursos Humanos para que rinda su criterio sobre el particular, dentro del plazo improrrogable de 48 horas. ACUERDO FIRME.
B) Informe de justificación para incluir puesto en régimen de dedicación exclusiva. De la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a.i. del TSE, se conoce oficio STSE-1551-2019 del 16 de julio de 2019, recibido el 17 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 67-2019, celebrada el 16 de julio de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones, el cual literalmente manifiesta:
“«Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0247-2019 del 9 de julio de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 11 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 34-2019, celebrada el 09 de julio de 2019 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a.i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:
«De los señores Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva, Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio DE-1886-2019 del 4 de Julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite el informe de justificación de dedicación exclusiva del puesto 370682, el cual después de una serie de consideraciones literalmente concluye:
“Con fundamento en lo expuesto, en criterio de los suscribientes, se concluye entonces, que existen razones objetivas para determinar como una necesidad institucional que el puesto n.° 370682 de Profesional Ejecutor 3 de la clase Profesional Ejecutivo 1, ubicado en la Dirección Ejecutiva, por la especialidad de las funciones que ejecuta según las competencias otorgadas a esa unidad administrativa, se incluya al régimen de dedicación exclusiva en virtud de que al ponderar el costo económico que conlleva esa dedicación, la Administración obtiene mayor beneficio al procurar que se garantice el interés público con la dedicación completa de la persona que ocupe ese puesto en las actividades institucionales.
Corresponderá al CDIR por así haberlo dispuesto el Tribunal en la sesión ordinaria 7-2019 celebrada el 17 de enero de 2019 (oficio n. ° STSE-0117-2019), tomar la decisión de proponerle al Superior la resolución que prescribe el artículo 29 de la Ley n. ° 2166 recientemente reformada por la Ley n. ° 9635, en caso de considerar la procedencia de lo aquí informado.”
Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. 2.- Con base en los razonamientos establecidos en el citado informe y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, n.° 2166 del 9 de octubre de 1957 reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, n.° 9635, se recomienda al Tribunal que mediante resolución administrativa razonada, determine la procedencia de incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva al puesto 370682, en razón de las funciones asociadas a dicho puesto y el beneficio para el interés público que de ello se deriva. Se adjunta el respectivo proyecto de resolución elaborado por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.»
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, en consecuencia, díctese la resolución de rigor. ACUERDO FIRME.»”
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
C) Gestión relativa a la reclasificación del puesto n.°86326 ubicado en Actos Jurídicos en el contexto del Estudio MRC-3. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-1991-2019 del 17 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite gestión relativa a la reclasificación del puesto n.°86326 ubicado en Actos Jurídicos en el contexto del Estudio MRC-3, el cual después de una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:
“7. Conclusiones de esta Dirección Ejecutiva
7.1. El puesto n.° 86326, fue trasladado a Actos Jurídicos, con la finalidad de que las funciones asignadas, se articularan con su nueva estructura, así las cosas, hechas las valoraciones pertinentes, se concluye que comprende tareas propias de lo que antes se denominaba “Digitador”, de la clase Asistente Funcional 2, no obstante esos puestos producto del estudio administrativo aprobado por el Superior (STSE-0328-2018) fueron reasignados Asistente en Servicios Regionales, de la clase Asistente Funcional 3, ubicados en la Unidad de Digitación y Control de Calidad, siendo necesario reasignarlo de manera tal que armonice con la nueva estructura y se mantenga en igualdad de condiciones con otros destacados en esa Unidad.
7.2. Respecto a la clasificación, ya el Departamento de Recursos Humanos en oficio n.° RH-3677-2017 había emitido criterio técnico concluyendo viable su reclasificación de Asistente Funcional 2 a Asistente Funcional 3. Recientemente, a raíz de este análisis nuevamente confirma (RH-1382-2019), lo antes señalado, indicando que por las tareas endosadas al puesto es procedente su reclasificación, aunado a que su ocupante interina actual, así como el propietario del puesto, cumplen con el requisito.
8. Recomendaciones de esta Dirección Ejecutiva
8.-1 Reasignar el puesto n° 86326, nombre en trámite, de la clase Asistente Funcional 2, al puesto Asistente en Servicios Registrales Civiles, de la clase Asistente Funcional 3, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se daría contenido presupuestario con cargo a la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos”, del subprograma 850-01 para lo cual la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efectos de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 01 de agosto del 2019.
8.2.- Que el puesto se reubique en la Unidad de Digitación y Control de Calidad, toda vez que esa unidad es la que se encarga como bien lo indica su nombre de la captura y aplicación en el sistema informático de Actos Jurídicos de las modificaciones en los asientos registrales civiles, previo control de calidad.
8.3- Que la Dirección Ejecutiva tome nota para efectos de actualización de “Relación de Puestos del TSE”.
8.4 Que el Departamento de Recursos Humanos, en el plazo que establece el procedimiento respectivo, brinde el seguimiento ocupacional producto de dicha reclasificación.”
Se dispone: 1.- Se aprueba lo recomendado por el señor Director Ejecutivo. 2.- Elévese el informe a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.
D) Gestión respecto de porcentaje por dedicación exclusiva. De los señores Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva, Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio DE-1994-2019 del 18 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a lo acordado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 34-2019, celebrada el 9 de julio de 2019 por el Consejo de Directores, comunicado mediante oficio CDIR-0249-2019 de esa misma fecha, en el sentido de que los suscritos nos pronunciemos sobre la dedicación exclusiva del puesto n.° 45565, en los términos establecidos por ese Consejo en sesión ordinaria n.° 20-2019, dentro del plazo de cinco días, nos permitimos indicar lo siguiente:
A solicitud del Departamento de Recursos Humanos, por oficio DC-2009-2019 del 23 de abril de 2019, el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil, remitió a dicho Departamento el informe mediante el cual expuso las razones por las cuales estima necesario que el puesto n.° 45565, denominado Profesional en Servicios Administrativos del Departamento Civil, de la clase Profesional Ejecutor 3, sea sujeto al régimen de dedicación exclusiva. Sin embargo, tras un análisis preliminar del grupo de trabajo, y con la finalidad de poder establecer con claridad, la necesidad real de la Administración y la relación de costo de oportunidad de requerir dedicado un puesto frente al interés público, se solicitó al señor Chinchilla Mora mediante oficio DE-1939-2019 del 10 de julio de 2019, explicar con mayor detalle, así como aportar más elementos de análisis que, con base en las funciones que ejecutará el puesto, expliquen de manera adecuada la vinculación de estas en beneficio a ese interés general.
En virtud de que se está a la espera de la respuesta del Oficial Mayor, a fin de establecer la necesidad de dedicar el puesto en cuestión, respetuosamente solicitamos a este Consejo una prórroga de cinco días hábiles, a partir de que recibamos la referida respuesta, ya que dicho insumo resulta ser indispensable para poder rendir el criterio requerido.”
Se dispone: Se concede la prórroga solicitada. ACUERDO FIRME.
E) Situación de puestos vacantes en el Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio DGRC-0710-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el 23 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica la situación de algunas plazas vacantes en el Departamento Civil, a efectos de que se tomen las medidas administrativas pertinentes.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- El Departamento de Recursos Humanos deberá finalizar la actualización del Manual Descriptivo de Puestos respecto a los que se indican en el oficio DC-3486-2019, en el plazo improrrogable de 3 meses. 3.- Con base en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos, solicitar al TSE que autorice la posibilidad de realizar nombramientos interinos en las plazas indicadas, mientras se actualiza el Manual referido. ACUERDO FIRME.
Antes de finalizar la sesión, se le dio audiencia al señor Director Ejecutivo para que un funcionario de la Dirección Ejecutiva realizara una charla de sensibilización en materia ambiental.
A las quince horas y treinta minutos terminó la sesión.
Héctor Enrique Fernández Masis |
Erick Adrián Guzmán Vargas |
Luis Antonio Bolaños Bolaños |
José Francisco Rodríguez Siles |
Hugo Picado León |
Dennis Cascante Hernández |