ACTA N.º 32-2018
Sesión extraordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las trece horas del veintiuno de junio de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.
ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Adecuada implementación de jornada laboral acumulativa voluntaria. El Tribunal Supremo de Elecciones, en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 56-2017, celebrada el 29 de junio de 2017, dispuso mantener el plan piloto de las modalidades de trabajo 4/3 (laborar en jornadas de diez horas por cuatro días semanales) y de trabajo remoto no habitual por objetivos, hasta la entrada en vigencia del reglamento que las regulara formalmente.
Posteriormente, en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 58-2018, celebrada el 7 de junio de 2018, promulgó la adición de los artículos 7 bis y 7 ter al Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, que finalmente regularon las citadas modalidades de trabajo.
Adicionalmente, en dicho acuerdo se dictaron los instructivos con las disposiciones generales para su adecuada implementación; sin embargo, su aplicación se encuentra sujeta a que se publique en el diario oficial La Gaceta la referida reforma.
Por tal motivo, ante la inminente entrada en vigencia de esa reforma y el fenecimiento del plan piloto –para una adecuada transición– conviene establecer una serie de medidas con el fin de evitar inconvenientes en ese proceso.
En tal virtud;
Se dispone: Independientemente del día de la semana en el que se publique la reforma reglamentaria, el cual marcará su entrada en vigencia, todas las personas funcionarias que han venido prestando sus servicios bajo las reglas del plan piloto en cuanto a la jornada acumulativa de diez horas por cuatro días, permanecerán en ese plan hasta finalizar esa semana y durante la siguiente, a fin de que en ese plazo, las propias direcciones y jefaturas institucionales adopten las medidas administrativas necesarias para velar porque las personas que deseen someterse o continuar en la referida modalidad de trabajo, cumplan las disposiciones contempladas en los lineamientos del instructivo para la aplicación de dicha jornada (artículos 2 y 3). El detalle final con el nombre de los funcionarios, horarios, día libre acumulado, unidad administrativa a la que pertenecen y demás condiciones que correspondan ser consideradas, deberán ser comunicadas por las jefaturas institucionales al Departamento de Recursos Humanos antes de finalizar el referido plazo. Hágase del conocimiento del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas para su difusión. ACUERDO FIRME.
A las trece horas treinta minutos terminó la sesión.
Nicolás Prado Hidalgo |
Luis Guillermo Chinchilla Mora |
José Francisco Rodríguez Siles |
Héctor Enrique Fernández Masís |
Hugo Picado León |
Dennis Cascante Hernández |