TIPO DE PROCESO
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MOTIVO DE LA GESTIÓN
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RESOLUCIÓN
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FUNDAMENTO DE LO RESUELTO
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Recurso de apelación contra decisión
de la Inspección Electoral
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Se cuestiona que no se acepte la petición de celebrar
actividades en sitios públicos por extemporánea.
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1823-E-2002
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Sin lugar. Que no estuviera designado como candidato por
el PLN el señor Araya Monge (a alcalde de SJ) para el momento de vencer el
plazo de peticiones, no justifica que no se hicieran los trámite a tiempo.
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Denuncia contra Johnny Araya Monge por
referirse al candidato del PLN en un canal de televisión
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Se
cuestiona que el alcalde hable favorablemente de un candidato y se presente a
centros de votación a apoyar a esa tendencia
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1480-E-2006
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Sin lugar. A los alcaldes solo les aplica la restricción
genérica de participación política por lo que fuera de su jornada pueden
apoyar a partidos y candidatos.
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Solicitud de opinión consultiva
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Se
consulta si Johnny Araya Monge debe renunciar para competir a lo interno de
la agrupación por una nueva postulación
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0622-M-2009
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Inevacuable por ser caso concreto.
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Amparo electoral y solicitud de
cancelación de credenciales
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Se
objeta un permiso concedido por el Concejo Municipal a Johnny Araya Monge.
Además, se pide la cancelación de su credencial por disfrutar de esa licencia
sin goce de salario
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0788-E1-2009
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Sobre la legalidad del permiso, no es un tema electoral,
por lo que se rechaza el recurso. Debe plantearse en la sede ordinaria.
Al estar en permiso sin goce de salario el alcalde podía
participar en las actividades que se indica se dieron en horario de la
municipalidad; él no estaba en funciones para ese momento (justamente por el
permiso concedido por el Concejo Municipal).
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Solicitud de opinión consultiva
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Si
Johnny Araya debe renunciar como alcalde para participar como precandidato o
candidato presidencial por PLN
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2689-E8-2009
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Los alcaldes no deben renunciar a sus cargos, pero deben
respetar la prohibición genérica.
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Amparo electoral
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Contra
la inscripción de la candidatura a alcalde de Johnny Araya Monge por no
residir en el cantón San José
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6428-E1-2010
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Rechazo de plano. Gestionante no tenía legitimación y, en
todo caso, los cuestionamientos contra la inscripción de cualquier
candidatura, según lo señala la legislación, deben hacerse por apelación
electoral, no por amparo.
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Denuncia por beligerancia política
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Contra
Johnny Araya por hablar de temas político-electorales durante el acto oficial
de presentación del Festival de la Luz
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218-E6-2012
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Sin lugar. El denunciando respondió a una pregunta
periodística no fue que habló de un tema político-electoral adrede para
convencer electores.
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Amparo electoral
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Contra
Johnny Araya por no querer nombrar al asesor de la fracción del PAC en el
concejo municipal, según se le requirió por ese grupo político
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8010-E1-2012
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Rechazo de plano. El tema no es electoral, por ende el
TSE no es competente
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Denuncia por beligerancia política
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Contra
Johnny Araya y otros alcaldes por participar en una actividad política en la
Asamblea Legislativa durante horario laboral
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2621-E6-2013
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Sin Lugar. Johnny Araya se encontraba de vacaciones en el
momento de la actividad.
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Amparo Electoral
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Contra el PLN porque el estatuto permitía al candidato
presidencial (en ese momento Johnny Araya) designar una cantidad importante
de delegados en la asamblea que definiría las candidaturas a diputados
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3782-E1-2013
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Con lugar. El candidato no podrá designar delegados; se
debe modificar la normativa del PLN.
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Amparo electoral
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Contra Johnny Araya por hacer campaña en favor de su
precandidatura al tiempo que mantuvo su cargo de alcalde municipal.
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418-E1-2013
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Rechazo. La jurisprudencia ha señalado que los alcaldes
no deben renunciar para postularse a ese mismo cargo de elección o a otros.
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Otros asuntos electorales
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Contra PLN porque en la página de Facebook del candidato
Johnny Araya se veía una bandera de otro partido
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1186-E7-2014
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Se rechaza la gestión. No existe sanción en el
ordenamiento para la situación denunciada.
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Recurso de apelación
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El PLN cuestiona que se le haya puesto una multa por
colgar una manta con la imagen de su candidato Johnny Araya en un inmueble
del Estado
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1902-E3-2014
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Parcialmente con lugar. Se modifica el monto de la multa
pero se mantiene que el PLN incumplió las normas de propaganda.
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Recurso de amparo
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Contra Johnny Araya y SINART por violar tregua navideña
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208-E1-2014
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Rechazo. El candidato participó de un programa de
entrevistas, lo cual no está incluido en la tregua navideña (esta solo
alcanza propaganda).
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Recurso de amparo
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Johnny Araya contra el PLN por haber suspendido su
militancia luego de que él renunció a sus aspiraciones presidenciales en
segunda ronda
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1337-E1-2015
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Sin lugar. La sanción impuesta por el partido a Araya
Monge fue legítima.
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Recurso de amparo
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Johnny Araya contra el Tribunal de Ética y Disciplina PLN
por haber suspendido su militancia luego de que él renunció a sus
aspiraciones presidenciales en segunda ronda
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2298-E1-2015
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Rechazo de plano. Ya el TSE había indicado que la sanción
fue legítima.
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Otro asunto electoral
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Denuncia al PIN por hacer propaganda injuriosa en contra
de Johnny Araya
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669-E7-2016
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Rechazo por el fondo. No se puede hacer control de
contenido de la propaganda.
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ASUNTOS MUNICIPALES
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Cancelación de credencial
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Contra Johnny Araya Monge, entonces alcalde municipal de
San José, por los hechos del informe n.° 037-INF-A-2010, suscrito por el
Auditor Municipal y titulado: “Convenios y Contratos Municipales relacionados
a Publicidad en Mupis y Publicidad en Estructuras Varias.”.
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1299-M-2014
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Se archivan las diligencias. La Contraloría General de la
República dio por cerrado el caso.
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Cancelación de credencial
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Contra Johnny Araya Monge por faltar a las normas de
control y fiscalización de la Hacienda Pública
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010-M-2013
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Se archiva. La Contraloría General de la República
desestimó los hechos.
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Cancelación de credencial
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Johnny Araya renuncia a su cargo de alcalde de San José
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2882-M-2013
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Se cancela la credencial por renuncia.
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Cancelación de credencial
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Contra Johnny Araya por faltas contra normas relativas a
la fiscalización de la Hacienda Pública
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1703-M-2012
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Se archiva. La sanción de la Contraloría General no
implica la cancelación de la credencial. Ejecuta concejo municipal
respectivo.
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Cancelación de credencial
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Contra Johnny Araya por faltas contra normas relativas a
la fiscalización de la Hacienda Pública
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8114-M-2012
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Se archiva. Contraloría General de la República no
encontró mérito para iniciar siquiera un procedimiento administrativo.
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Cancelación de credenciales
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Contra Johnny Araya por no residir efectivamente en el
cantón en el que sirve el cargo
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6323-M-2010
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Se archivan las diligencias. El cuestionamiento a la
vecindad debió plantearse antes de declararse la elección; luego de eso, solo
por un cambio sobreviniente de domicilio se puede cancelar la credencial.
Araya Monge vivía en Escazú desde antes de la declaratoria, por lo que no es
hecho sobreviniente.
Se envía a la Fiscalía por presunta falsedad en las
solicitudes de cédula en las que se dijo que vivía en un lugar en el que no
lo hacía.
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Cancelación de credencial
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Contra Johnny Araya por presunto incumplimiento de
deberes
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4291-M-2008
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Se rechaza. El incumplimiento de deberes no es causal
electoral de cancelación; ese tema debe tramitarse como delito ante el
Ministerio Público.
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