ACTA N.�
10-2026
Sesi�n extraordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las siete horas y cuarenta y
seis minutos del primero de febrero de dos mil veintis�is, con asistencia de la
se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or
Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a
Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado H�ctor
Enrique Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ART�CULO �NICO. ASUNTOS ELECTORALES.
A)
Solicitud de �Comunicado oficial recordatorio sobre la prohibici�n de divulgar
encuestas y sondeos el d�a de la elecci�n (y durante el plazo de veda legal).�.
Del se�or
Miguel �ngel Guill�n Salazar, Secretario General del
partido Liberaci�n Nacional (PLN), se conoce el oficio n.�
SGMG-10 del 30 de enero de 2026, en el que, entre otros aspectos, solicita un
�comunicado oficial recordatorio sobre la prohibici�n de divulgar encuestas y
sondeos el d�a de la elecci�n (y durante el plazo de veda legal).�.
Se
dispone: La Constituci�n Pol�tica dispone que la ley debe desarrollar
preceptos que garanticen un voto libre de presiones indebidas (art�culo 95); es
un derecho fundamental de las personas ciudadanas el tomar la decisi�n
electoral en libertad. Las diferentes vedas, establecidas en la legislaci�n
electoral, buscan aminorar el impacto que pueden tener, en este momento final
de reflexi�n, factores externos espec�ficos (como la propaganda en medios de
comunicaci�n o los resultados de encuestas y sondeos de opini�n) en la
selecci�n de la agrupaci�n pol�tica a la que se apoyar� en las urnas.
�El pasado jueves 29 de enero inici� el per�odo
en el que est� prohibida la divulgaci�n �parcial o total, por
cualquier medio, de sondeos de opini�n y encuestas relativas a procesos
electorales�� (numeral 138 del C�digo Electoral), restricci�n que tutela
la libre determinaci�n de los votantes. La divulgaci�n de esos ejercicios de
medici�n -a pocos d�as de los comicios o el propio d�a de las votaciones- puede
convertirse en una herramienta espuria para provocar variaciones en el
comportamiento electoral: publicitar esos datos podr�a presionar a unas
personas a votar o dejar de hacerlo en determinado sentido o a que del todo se
abstengan de sufragar.
Por ello,
el ordenamiento jur�dico nacional sanciona con multas que oscilan entre los 10
y los 50 salarios base (sea, hasta poco m�s de 23 millones de colones) a
aquellas personas f�sicas o jur�dicas que difundan el referido tipo de
encuestas y sondeos de opini�n en esta fase del proceso electoral (d�a de la
votaci�n) (ordinales 138 y 289 del C�digo Electoral).
Este
Tribunal Supremo de Elecciones estima pertinente recordar la citada
prohibici�n, al tiempo que instruye a las personas f�sicas y jur�dicas para que
se abstengan de difundir, por cualquier medio (incluidas las redes sociales y
plataformas digitales, seg�n se defini� en la resoluci�n n.�
0382-E8-2018), resultados parciales o totales de encuestas y sondeos de
opini�n. El incumplimiento a lo que se dispone en este acuerdo no solo puede
ser sancionado con el correctivo pecuniario expuesto, si no
que tambi�n configurar�a el delito de desobediencia reprimido con penas
privativas de libertad (ordinales 284 del C�digo Electoral y 314 del C�digo
Penal).
Este
Pleno, como �rgano constitucional garante de los derechos pol�tico-electorales,
reitera su compromiso con la libertad del sufragio e invita -una vez m�s- a que
la jornada de votaci�n transcurra en orden y en paz, tal y como ha ocurrido en
nuestro pa�s desde hace m�s de 75 a�os. ACUERDO FIRME.
A las siete horas y cincuenta y ocho minutos termin� la
sesi�n.
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Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
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Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
Mar�a Bou Valverde |
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Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
H�ctor
Enrique Fern�ndez Mas�s |