ACTA N.º
89-2025
Sesión ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y cinco
minutos del treinta de octubre de dos mil veinticinco, con asistencia del señor
Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron -quien preside-, de las señoras
Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y
el señor Magistrado Héctor Enrique Fernández Masís. Asiste también el señor Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del
Tribunal Supremo de Elecciones.
Interviene
el señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron: “Primero que todo, indicar que me corresponde
presidir esta sesión, en virtud de que nuestra Presidenta
se encuentra atendiendo asuntos propios de su cargo y vinculados con el proceso
electoral que tenemos para el 2026.”
ARTÍCULO
PRIMERO.
APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A)
Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la
presente sesión ordinaria.
B) Se
tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.°
88-2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.
ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de recargo de
funciones de la señora Karen Núñez Víquez. Del
señor Juan Luis Rivera Sánchez, Coordinador del Cuerpo de Letrados de este
Tribunal, se conoce oficio n.° CL-005-2025 del 27 de
octubre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Debido a que la letrada Karen Núñez Víquez
disfrutará de diez días hábiles de vacaciones (del 31 de octubre al 13 de
noviembre de 2025), agradezco poner en conocimiento del Pleno del Tribunal esta
solicitud de vacaciones a fin de que se valore, durante ese lapso, recargar las
funciones de la citada letrada en el funcionario José Manuel Rojas Ramírez,
quien se desempeña en la Secretaría del Tribunal.".
Se dispone: Aprobar
el recargo de funciones conforme se solicita.
ACUERDO FIRME.
B) Propuesta de modificación
al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del
señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General
de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2381-2025
del 15 de octubre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo acordado por el
Tribunal Supremo de Elecciones, en el artículo segundo de la sesión ordinaria
n.º 4-2023, celebrada el 12 de enero de 2023, me permito hacer de su
conocimiento el oficio n.° DE-2696-2025, del 13 de
octubre de 2025, suscrito por la señora Sandra Mora Navarro, Directora
Ejecutiva, en el que se propone una modificación al Manual Descriptivo de
Clases de Puestos y, con el propósito de conocer su criterio, se les otorgan
cinco días hábiles para que se pronuncien sobre el particular, como paso previo
a someter el asunto a conocimiento del Tribunal.".
Se dispone: Aprobar
la modificación al Manual Descriptivo de Clases de Puestos de conformidad con
lo indicado por la Dirección Ejecutiva en su oficio n.°
DE-2696-2025. ACUERDO FIRME.
C) Prórrogas de nombramientos
interinos en distintas unidades administrativas. De
los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2477-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo planteado por el
Departamento de Recursos Humanos -en oficio n.°
RH-2006-2025- y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del
Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos
proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se
detallan a continuación:
|
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
|
1.
Joao Paulo Chinchilla Blanco |
Inspección Electoral |
382424, Asistente
Administrativo 1 |
|
2.
Marianela Valerio Valerio |
Departamento de Proveeduría |
45575, Auxiliar Operativo 1 |
|
3.
Yendry Calderón Alfaro |
Dirección General del
Registro Electoral y FPP |
382352, Profesional
Asistente 1 |
|
4.
Gabriela Corrales Chaves |
Secretaría General del
Tribunal |
45442, Asistente Funcional 3
|
|
5.
Eylen Miranda Guzmán |
Departamento de Programas
Electorales |
368590, Profesional
Asistente 1 |
|
6.
María José Valverde Solano |
Oficina Regional de Grecia |
46141, Profesional en
Gestión 2 |
|
7.
Henzo Henry Medina Flores |
Sección de Archivo |
47842, Asistente
Administrativo 2 |
|
8.
Jason Ricardo Diaz Hernández |
Sección de Servicios
Generales |
353736, Auxiliar Operativo 1
|
|
9.
José Gerardo Porras Murillo |
Departamento de Coordinación
de Servicios Regionales |
45943, Asistente Funcional 3 |
|
10. Rodolfo Francisco Hernández Salazar |
Sección de Servicios
Generales |
45954, Auxiliar Operativo 2 |
|
11. Jorge Alejandro Contreras Obando |
Departamento de Proveeduría |
93961, Profesional Ejecutor
3 |
|
12. Adriana María Madrigal Piedra |
Departamento de Proveeduría |
353721, Profesional
Asistente 1 |
|
13. Berny Cordero Lara |
Sección de Opciones y
Naturalizaciones |
54383, Asistente
Administrativo 2 |
|
14. Wendy Pamela Valverde Bonilla |
Sección de Opciones y
Naturalizaciones |
45807, Asistente
Administrativo 1 |
|
15. Ana Isabel Barrantes Oviedo |
Sección de Actos Jurídicos |
45656, Asistente Funcional 2
|
|
16. Nathalie María Umaña Agüero |
Oficina Regional de Heredia |
46158, Asistente Funcional 3
|
|
17. Karla María Espinoza Marten |
Sección de Documentos de
Identidad |
45714, Asistente Funcional 3
|
|
18. Sharon Denisse Solís Valverde |
Departamento de Programas
Electorales |
382394, Asistente
Administrativo 1 |
|
19. Nancy Patricia Gutiérrez Rojas |
Departamento de Contaduría |
370691, Profesional
Asistente 2 |
|
20. Jorge Steve Alvarado Villalobos |
Departamento Civil |
97467, Técnico Funcional 2 |
|
21. Johanna Brenes Moreno |
Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos |
361410, Técnico Funcional 2 |
|
22. Wendy Paola Brenes Miranda |
Departamento Civil |
45563, Técnico Funcional 2 |
|
23. Sandy Patricio Monney Guzmán |
Departamento Civil |
45672, Asistente Funcional 1 |
|
24. William Humberto Aguirre Caballero |
Sección de Ingeniería y
Arquitectura |
45479, Asistente
Administrativo 1 |
|
25. Blanca Iris Villarreal Medina |
Sección de Servicios
Generales |
45499, Auxiliar Operativo 1 |
|
26. Luis Diego Rodríguez Ruiz |
Departamento de Programas
Electorales |
382392, Conserje Electoral |
|
27. Linda Stephanie Ortiz Ruiz |
Departamento Electoral |
45760, Técnico Funcional 2 |
|
28. Laura María Esquivel Mora |
Sección de Personalización y
Distribución de Documentos de Identidad |
55695, Asistente Funcional 2
|
|
29. Raquel Vanessa Porras Torres |
Departamento de Registro de
Partidos Políticos |
382365, Asistente
Administrativo 1 |
|
30. Ronald Arias Segura |
Secretaría General del
Tribunal |
97483, Profesional en
Gestión 2 |
|
31. Luis Ángel Rosales Rojas |
Secretaría General del
Tribunal |
353730, Profesional Ejecutor
3 |
|
32. Maikol Andrés Jiménez Arguedas |
Secretaría General del
Tribunal |
45422, Profesional Asistente
1 |
|
33. Kevin Andrés Altamirano Gómez |
Departamento de Programas
Electorales |
370864, Técnico Funcional 2 |
|
34. María Niguethe
Zavaleta González |
Departamento de Proveeduría |
86301, Asistente
Administrativo 1 |
|
35. Lucia Arias Arias
|
Departamento de Recursos
Humanos |
104995, Asistente
Administrativo 1 |
|
36. Vivian Ocampo Hidalgo |
Oficina Regional de Puriscal |
46111, Técnico Funcional 2 |
|
37. Karen Gabriela Zamora Benavides |
Departamento Electoral |
45697, Asistente Funcional 3
|
|
38. Silvia Cerdas Simpson |
Departamento Electoral |
76477, Asistente Funcional 1
|
|
39. Erick Miguel Martínez Murillo |
Oficina Regional de
Sarapiquí |
47867, Técnico Funcional 2 |
|
40. Luis Esmayli Delgado Vargas |
Sección de Infraestructura |
95556, Técnico Funcional 2 |
|
41. Ana Yancy Reyes Blanco |
Oficina Regional de Golfito |
46105, Técnico Funcional 2 |
|
42. Ronald Gerardo Solano Otárola |
Sección de Infraestructura |
45832, Técnico Funcional 2 |
|
43. Carlos Arturo Barquero Pérez |
Sección de Servicio al
Cliente de TI |
76486, Técnico Funcional 1 |
|
44. Jorge David Padilla Quirós |
Departamento de Coordinación
de Servicios Regionales |
45945, Asistente Funcional 3
|
|
45. Adolfo Centeno Acevedo |
Oficina Regional de
Puntarenas |
86316, Asistente Funcional 3
|
|
46. Fray Danny Garbanzo López |
Oficina Regional de Pérez
Zeledón |
45624, Asistente Funcional 3
|
|
47. Priscilla Fabiana Garita Solano |
Oficina Regional de Heredia |
101874, Asistente Funcional
2 |
|
48. Carlos Alberto Sánchez Sánchez |
Sección de Opciones y
Naturalizaciones |
76456, Asistente Funcional 2
|
|
49. Karol Vanessa Richmond Soto |
Sección de Servicios
Generales |
45493, Auxiliar Operativo 1 |
|
50. Thelma María Guzmán Paris Del 01-11-2025 al 30-11-2025 |
Departamento de Programas
Electorales |
353455, Asistente Funcional
3 |
|
51. Estefanía Loria Mesen Del 01-11-2025 al
30-11-2025 |
Sección de Análisis |
45756, Asistente Funcional 2
|
En el caso de quienes se ubican en las líneas de la
1 a la 49 sería a partir del 1.° de noviembre de 2025, por un lapso de tres
meses, según lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de
Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo
propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), y
en consideración al acuerdo adoptado en el artículo único de la sesión
extraordinaria n° 28-2024, celebrada el 8 de marzo de
2024 comunicado mediante el oficio STSE-0612-2024. Para el caso de las líneas 50 y 51 se
solicita prorrogar según se indica.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Prorrogar
conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
D) Consulta de nombramiento a
plazo fijo en puesto de Asistente en Servicios Administrativos 3 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2479-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, y con base en el criterio técnico emitido
por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2080-2025 SUSTITUIR-, me permito proponer la aprobación del nombramiento a
plazo fijo de la señora Ana Gabriela Segura
Pérez, en la plaza número 383925,
como Asistente en Servicios Administrativos 3 Electoral, clase Asistente
Funcional 3 S.U., del 1.° de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, dicho nombramiento se solicita aplicando
la posibilidad que enmarca el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de
Salarios y régimen de méritos de estos organismos.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
E) Consulta de nombramiento a
plazo fijo en puesto de Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2480-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, y con base en el criterio técnico emitido
por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2036-2025-, me permito proponer la aprobación del nombramiento a plazo fijo
del señor Leandro Parra Sánchez, en
la plaza número 378096,
como Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral, clase Asistente
Funcional 1 S.U., del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
Quedo atento
a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
F) Consulta de nombramientos
en puestos de Oficinista 1 Electoral. Del señor Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este
Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2481-2025 del 28
de octubre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales” y con base en el criterio técnico emitido
por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2034-2025-, me permito proponer los nombramientos a plazo fijo en las plazas
de Servicios Especiales de las siguientes personas, a partir del 3 de noviembre
y hasta el 31 de diciembre de 2025.
|
Puesto Oficinista 1 Electoral, Clase: Asistente Administrativo 1 S.E. |
||
|
N.° |
Nombre |
Puesto |
|
1 |
Molina Prado Fabiana |
378014 |
|
2 |
Meza Castro Hans |
378040 |
|
3 |
Barrantes Barrantes Ana Catalina |
378041 |
|
4 |
Quesada Pérez Jennifer |
378042 |
|
5 |
Hidalgo Barquero Víctor
Manuel |
378043 |
|
6 |
Espinoza Mora Floribeth |
378054 |
|
7 |
Caldera Arcia Carolina |
378055 |
|
8 |
Orozco Arias Jacqueline de
los Ángeles |
378056 |
|
9 |
Campos Rojas Hellen |
378057 |
|
10 |
Morales Espinoza Greivin
Calixto |
378058 |
|
11 |
Valverde Zumbado Laura |
378059 |
|
12 |
Castillo Centeno Karla
Valeria |
378060 |
|
13 |
Saborio Chaves Santiago |
378061 |
|
14 |
Peralta González Ana Ruth |
378063 |
|
15 |
Fonseca Solórzano Aaron |
378065 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales
prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
G) Consulta de nombramiento a
plazo fijo en puesto de Asistente en Servicios Administrativos 3 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2482-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, y con base en el criterio técnico emitido
por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2079-2025-, me permito proponer la aprobación del nombramiento a plazo fijo
de la señora Zaida María Cambronero
Castellón, en la plaza número 383926,
como Asistente en Servicios Administrativos 3 Electoral, clase Asistente
Funcional 3 S.U., del 1.° de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
H) Informe final del concurso
interno para nombrar Asistentes en Servicios Administrativos 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2483-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, me permito hacer de su conocimiento que el
Departamento de Recursos Humanos -mediante su oficio n.°
RH-2086-2025-, rinde informe final que declara concluido el concurso interno
número 08-2024-I y, en consecuencia, conformando el Registro de Elegibles
correspondiente para la clase de Asistente Funcional 1 -S.U-. e indicando que las dos personas enlistadas, por las
razones particulares que se exponen, no resultan viables para que se gestione
su nombramiento en este tipo de plazas.".
Se dispone: Tener
por recibida la comunicación. ACUERDO FIRME.
I) Consulta de nombramientos
interinos en distintas unidades administrativas. De
los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2478-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos -oficio n.o RH-2082-2025-, nos permitimos proponer la aprobación de
los siguientes nombramientos interinos:
1.- Del señor Luis
Carlos Alvarado López, en la plaza número 370862,
como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Administración Electoral 1, del
Departamento de Programas Electorales, del 1.° de
noviembre de 2025 y mientras se prorrogue la incapacidad que genera su
nombramiento.
2.- De la señora Rebeca
Álvarez Fallas, en la plaza número 353518,
como Técnico Funcional 2, Asistente Electoral, del Departamento Programas
Electorales del 1.° de noviembre de 2025 al 31 de
enero de 2026.
3.- Del señor Daniel
Alberto Quirós Oviedo, en la plaza número 357823,
Profesional Asistente 2, Profesional Asistente Electoral 2, del Departamento de
Programas Electorales, del 1.° de noviembre al 31 de
diciembre de 2025.
4.- De la señora Magdiela
Núñez Díaz, en la plaza número 353471,
como Profesional Asistente1, Profesional Asistente Electoral 1, del
Departamento de Programas Electorales, del 1.° de
noviembre de 2025 al 15 de enero de 2026.
5.- Del señor Rodrigo
Jiménez Ortega, en la plaza número 370772,
como Profesional Ejecutor 3, Encargado de la Unidad de Almacenamiento de la
Proveeduría, del Departamento de Proveeduría, del 1.°
de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
6.- Del señor Javier
Araya Muñoz, en la plaza número 357811,
como Profesional Asistente 1, Encargado de Unidad de Matrimonios, de la Sección
de Inscripciones, del 1.° de noviembre de 2025 al 31
de enero de 2026.
7.- De la señora Geovanna
Quirós Barrantes, en la plaza número 97558,
como Asistente Funcional 3, Asistente en Estudio de Expedientes 2, de la
Sección de Inscripciones del 1.° de noviembre de 2025
al 31 de enero de 2026.
8.- De la señora Eva
Liliana Cubero Marín, en la plaza número 349946,
como Asistente Funcional 2, Registradora Auxiliar, de la Sección de
Inscripciones, del 1.° de noviembre de 2025 al 15 de
enero de 2026.
9.- De la señora Karent
María Mojica Álvarez, en la plaza número 45753,
como Asistente Administrativo 2, Oficinista 2, de la Sección de Inscripciones,
del 1.° de noviembre de 2025 al 15 de enero de 2026.
10.- Del señor Alberto
Cortínez Chaverri, en la plaza número 377870,
como Asistente Funcional 2 -SU-, Conductor 2 Electoral, de la Secretaría
General del Tribunal, del 1.° de noviembre al 31 de
diciembre de 2025.
11.- De la señora Karol
Richmond Soto, en la plaza número 353686,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Contraloría Electoral, del
1.° de noviembre de 2025 al 15 de enero de 2026.
12.- Del señor Oscar
Ramón Quesada Navarro, en la plaza número 353554,
como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia, de la Oficina de
Seguridad y Vigilancia, del 3 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
13.- Del señor Román
Antonio Izcano Sosa, en
la plaza número 11549,
como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia, de la Oficina de
Seguridad y Vigilancia, del 3 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
14.- Del señor Jairo
Gerardo Varela Ramos, en la plaza número 45453,
como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia, de la Oficina de
Seguridad y Vigilancia, del 3 de noviembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
En todos los casos, la designación podrá finalizar
antes del plazo indicado, en el caso de que regrese el titular del puesto o se
conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de
selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.
En el caso del nombramiento de la señora Richmond
Soto -línea 11-, este se solicita aplicando la posibilidad que enmarca el
artículo 36 bis del reglamento a la Ley de salarios y régimen
de méritos de estos organismos.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales
prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
J)
Consulta de nombramientos Interinos en puestos de Conductor 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal,
se conoce oficio n.° STSE-2486-2025 del 28 de octubre
de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y el artículo 46 de la Ley
Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las
“Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de
Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos
Consultivos y Electorales” y con base en el criterio técnico emitido por el
Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2085-2025-, me permito proponer la aprobación de los siguientes nombramientos a plazo fijo, en
las plazas de Servicios Especiales, correspondientes al puesto de Conductor 1
Electoral, clase Auxiliar Operativo 2 -S.U-, de los señores, Andrés Hidalgo
Salazar, en la plaza n.° 378092, José
Miguel Víquez Barrantes, en la plaza n.° 378100,
Mario José Martínez Rivas, en la plaza n.° 378101,
Jarvin Bertín Núñez Velásquez, en la
plaza n.° 378109, Ronald Josué Prado Fallas,
en la plaza n.° 378132, Brandon Steve
Rodríguez Ocampo, en la plaza n.° 378138, Braulio
Rojas Monge, en la plaza n.° 378139, Luis Alberto Vega Serrano,
en la plaza n.° 378483 y Allan Zelada López,
en la plaza n.° 378491, todos a partir del 3
de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso, con la
observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente
autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
K) Solicitud de encargo de
funciones de la señora Jefa del Archivo Central. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2516-2025 del 29 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la
respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento
de Recursos Humanos, mediante oficio RH-2091-2025, por considerarse oportuno
para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones de
la señora Katia Zamora Guzmán, Jefa del Archivo
Central, en la señora Adriana Mena Aguilar, Jefa del
Archivo del TSE, los días 3 y 4 de noviembre de 2025.".
Se dispone: Aprobar
el encargo de funciones conforme se solicita.
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Gestión relacionada con la
publicación de la evaluación del desempeño en el sitio web institucional. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora
Ejecutiva, y del señor Gustavo Roman Jacobo, Director
General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, se conoce oficio
n.° DEGP-0201-2025 del 24 de octubre de 2025,
mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo
cuarto de la sesión ordinaria n.° 83-2025, celebrada
el 9 de octubre de 2025, rinden informe relativo a la publicación de la
evaluación del desempeño en el sitio web institucional.
Se dispone: De
previo a resolver, hágase del conocimiento de la Unión Nacional de Empleados
Electorales y Civiles para que, dentro del plazo del cinco días hábiles, se
refieran al particular. ACUERDO FIRME.
B) Premio al Mérito
Informático que otorga el Colegio de Profesionales en Informática y Computación
(CPIC). Se
dispone: Siendo que la señora Directora General de Estrategia
Tecnológica del Tribunal Supremo de Elecciones, doña Xenia Guerrero Arias,
recientemente recibió el Premio al Mérito Informático, que otorga el Colegio de
Profesionales en Informática y Computación (CPIC), en su edición número XVII,
este Tribunal celebra dicha distinción que reconoce la destacada labor frente a
proyectos que han impulsado la digitalización institucional y por promover
soluciones innovadoras que mejoran la prestación del servicio público a través
del uso de herramientas digitales, siempre con una visión estratégica y de
mejora continua.
De igual manera, se reconoce la mención honorífica
recibida por el Tribunal Supremo de Elecciones en los premios que otorga ese
Colegio, por sus valiosos aportes al desarrollo de la informática y la
computación en Costa Rica. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO.
ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación a integrar la
Misión de Observación de las Elecciones Generales en Honduras. Del
señor José Thompson J., Director Ejecutivo del Centro
de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos
Humanos, se conoce oficio n.° CA-303-25 del 25 de
octubre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Instituto Interamericano de Derechos
Humanos, a través del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (IIDH-CAPEL) en
su condición de Secretaría Ejecutiva de la Unión Interamericana de Organismos
Electorales (UNIORE), les extiende un grato saludo en el ejercicio de sus
funciones.
De conformidad con el oficio No. CNE-P-208-2025 del
Consejo Nacional Electoral de Honduras, fechado el 20 de octubre y dirigido al
Sr. Alfredo Juncá Wendehake,
Magistrado del Tribunal Electoral de Panamá y presidente Pro Tempore de la
Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), se invita a conformar
una Misión de observación con motivo de las Elecciones Generales que se van a
realizar el próximo 30 de noviembre de 2025.
En este sentido, se invita al Tribunal Supremo de
Elecciones de Costa Rica para que designe a alguien que integre el grupo de
observadores de UNIORE que participará en esta Misión. El arribo a Tegucigalpa
está previsto para el jueves 27 de noviembre y
el regreso el lunes 1º de diciembre y,
el CNE de Honduras cubrirá los costos de boleto aéreo en clase económica,
hospedaje, traslados internos y alimentación básica durante los días de la
agenda […]".
Se dispone: Agradecer
al señor Thompson la invitación que cursa, para su atención se designa a la
señora Mary Anne Mannix Arnold, Magistrada suplente de este Tribunal y Secretaria General a. i. del Registro Civil.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal
en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008,
celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se
detalla lo siguiente:
|
Nombre completo de la
persona funcionaria |
Cargo que desempeña |
País a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de
gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y
justificación |
|
Mary Anne Mannix Arnold |
Magistrada suplente del TSE y Secretaria General
a. i. del Registro Civil |
República de Honduras |
Del 27 de noviembre al 1.º de diciembre de 2025 |
Misión de observación con motivo de las Elecciones Generales |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
B) Invitación a la señora
Ileana Aguilar Olivares a participar en el XXI Curso Interamericano de
Elecciones y Democracia. De los señores Hernán Penagos Giraldo, Registrador
Nacional del Estado Civil de la República de Colombia, y José Thompson,
Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto
Interamericano de Derechos Humanos, se conoce nota del 10 de octubre de 2025,
mediante la cual remiten invitación a la señora Ileana Aguilar Olivares,
Secretaria Académica a. i. del Instituto de Formación y Estudios en
Democracia, a la vigésima primera edición del “Curso Interamericano de
Elecciones y Democracia”, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá,
Colombia, los días 24 y 25 de noviembre de 2025, informando que los
organizadores cubrirán los costos de transporte aéreo, hospedaje y
alimentación.
Se dispone: Autorizar
la participación de la señora Ileana Aguilar Olivares, Secretaria
Académica a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia,
conforme se solicita.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal
en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008,
celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se
detalla lo siguiente:
|
Nombre completo de la
persona funcionaria |
Cargo que desempeña |
País a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de
gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y
justificación |
|
Ileana Aguilar Olivares |
Secretaria Académica a. i. del Instituto de Formación y
Estudios en Democracia |
República de Colombia |
Del 23 al 26 de noviembre de 2025 |
“Curso Interamericano de Elecciones y Democracia” |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO.
ASUNTOS ELECTORALES.
A)
Consulta legislativa del proyecto de “Ley para promover la mejora regulatoria
en los gobiernos locales, Reforma a la ley n.º 7794 Código Municipal, de 30 de
abril de 1998 y sus reformas”, expediente n.º 25.213. De la señora Mariana
Zamora Guzman, Jefa de Área de Comisiones Legislativas
VIII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.°
AL-CPEMUN-0939-2025 del 27 de octubre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"La Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud de una
moción aprobada, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el Expediente N.º
25.213 “LEY PARA PROMOVER LA MEJORA REGULATORIA EN LOS GOBIERNOS LOCALES,
REFORMA A LA LEY N.º 7794 CÓDIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998 Y SUS
REFORMAS”, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que
establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le
agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence
el 07 de noviembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma
digital [...]".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de
respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de noviembre de 2025–
hágase del conocimiento del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe
a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas
del 4 de noviembre de 2025. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría
General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada
vence el 7 de noviembre de 2025. ACUERDO FIRME.
B)
Consulta legislativa del proyecto del texto sustitutivo aprobado del proyecto
de “Ley de fortalecimiento de la institucionalidad para la igualdad efectiva
entre mujeres y hombres del sector público”, expediente n.°
24.493. De la señora Noemy
Montero Guerrero, Jefa de Área de Comisiones
Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.°
AL-CPEMUJ-0185-2025 del 28 de octubre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"La Comisión Permanente Especial de la Mujer, en virtud de la moción
aprobada en la sesión N°13, ha dispuesto consultarle su criterio sobre el texto
sustitutivo aprobado del proyecto de ley “LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA INSTITUCIONALIDAD
PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL SECTOR PÚBLICO” Expediente N.° 24.493 el cual se adjunta.
De conformidad con lo que
establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le
agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 07 de noviembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [...]".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de
respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de noviembre de 2025–
hágase del conocimiento del señor Andrei Cambronero Torres, Jefe
del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 11:15 horas
del 4 de noviembre de 2025. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría
General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada
vence el 7 de noviembre de 2025. ACUERDO FIRME.
C)
Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Ley para habilitar el
traslado de domicilio electoral por medios digitales” expediente n.º 24.878. De la señora Cinthya Díaz Briceño, Jefa de Área de Comisiones Legislativas IV de la Asamblea
Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.°
AL-CE23949-1056-2025 del 20 de octubre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"La Comisión Especial N° 23949 de Reformas al
Sistema Político y Electoral del Estado, en virtud de la moción aprobada en la
sesión N.º 36, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto dictaminado
del proyecto “LEY PARA
HABILITAR EL TRASLADO DE DOMICILIO ELECTORAL POR MEDIOS DIGITALES” Expediente N.º 24.878, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que
establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le
agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 31 de octubre de 2025 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [...]".
Se dispone: Contestar
la consulta formulada, en los siguientes términos:
I.-
Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en
forma preceptiva que, tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de
ley relativos a la materia electoral”, la Asamblea Legislativa deberá consultar
al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa
formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las
dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses
previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir
en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del
desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del
artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta
Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice
al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la
integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y,
concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse
“materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos
relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto,
sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes
electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos
electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia
ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9,
99 y 102 de la Norma Suprema.
II.- Objeto del
proyecto. El proyecto de ley n.° 24.878 aspira
a modificar la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil (ley n.° 3504) con el objetivo
de “habilitar el traslado de domicilio electoral por medios digitales”.
III.- Sobre el
proyecto de ley objeto de consulta. La iniciativa sometida a
consulta es el texto dictaminado del proyecto de ley n.º 24.878, sobre el cual,
en su versión original, ya esta Autoridad Electoral
se había pronunciado (ver acta de la sesión ordinaria n.°
31-2025 del 8 de abril de 2025).
El principal cambio introducido en la lege ferenda
es que, en su transitorio, se amplió el plazo con el que contaría este Tribunal
para “habilitar el sistema que permita a los electores hacer
el cambio de su domicilio electoral por vías digitales”. En el texto base, ese lapso era de cuatro meses, tiempo insuficiente
para realizar los ajustes tecnológicos requeridos; sin embargo, en su redacción
actual, el lapso para adecuar los sistemas informáticos al traslado de
domicilio -en su modalidad digital- es de un año.
La citada variación responde a
que, en el criterio inicial, esta Magistratura había objetado parcialmente el
proyecto porque “un cuatrimestre es un tiempo muy corto para completar el desarrollo
tecnológico que permita ajustar el sistema de cambio de domicilio (…) en los términos de la
iniciativa legislativa.”. En otros términos, con la enmienda realizada se
atendió la única razón de oposición que había externado este Órgano
Constitucional en relación con la iniciativa.
En consecuencia, este Tribunal
no tiene objeción sobre el fondo del proyecto de ley consultado; eso sí, debe
hacerse que ver que, en todo caso, para materializar la aspiración de que las
personas ciudadanas puedan variar su domicilio electoral de forma remota no es
necesaria una autorización legal como la que se pretende.
IV.-
Conclusión. Por lo
expuesto, el Tribunal Supremo de Elecciones no objeta, en su versión actual, el proyecto de ley que se
tramita en el expediente legislativo n.° 24.878. ACUERDO FIRME.
D)
Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Reforma a la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República para establecer plazos de resolución.”,
expediente n.º 25.214. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de
Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce
nuevamente oficio n.°AL-CPAJUR-1157-2025 del 21 de octubre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, en
virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios
Técnicos, dispuso consultar su criterio sobre el proyecto de ley
Expediente N.º 25.214, “REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA ESTABLECER PLAZOS DE RESOLUCIÓN.”, cuyo texto
me permito copiar de forma adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la
Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho
días hábiles que vence el 3 de noviembre y, de ser posible, enviar el
criterio de forma digital […]".
Se dispone:
Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta
Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y
aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea
Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio
en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se
necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin
embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular,
solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal
estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo
normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo
12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad
Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo
de esa norma de orden constitucional.
II. Objeto del proyecto.
El
proyecto de ley tiene por objeto reformar los artículos 20 y 33 de la "Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República" (Ley n.° 7428); con el objetivo de situar a las empresas
públicas en competencia, en una posición procesal privilegiada para la
resolución de las gestiones de índole constitucional que requieren autorización
y fiscalización del mencionado órgano fiscalizador constitucional de control
superior de la Hacienda Pública. Asimismo, busca que la normativa atinente a
los plazos de impugnación de los actos administrativos a cargo de la
Contraloría General de la República se encuentre actualizada y claramente
definida en la referida Ley n.° 7428, y que además el
régimen disciplinario aplicable a su personal quede debidamente establecido en
caso de incumplimiento de los plazos de resolución prescritos.
III. Sobre el proyecto.
Del examen de la propuesta
legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna
relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en
modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente
modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente
asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba
emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97
constitucional y 12 del Código Electoral.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la
propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos
organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de
los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
E)
Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Reforma de varios artículos a
la Ley n.º 10.092 “Ley de reducción de la deuda pública por medio de la venta
de activos ociosos o subutilizados del sector público” del 28 de enero de 2022:
para garantizar su efectiva aplicación en el sector público”, expediente n.º
25.202. De la señora Nancy Patricia Vílchez Obando, Jefa
de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce
nuevamente oficio n.°AL-CPOEXO-2124-2025 del 22 de octubre de 2025, recibido
ese mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual
literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, en
virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios
Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley
Expediente N.º 25202 “REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS A LA
LEY N.º 10.092 “LEY DE REDUCCIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA POR MEDIO DE LA VENTA DE
ACTIVOS OCIOSOS O SUBUTILIZADOS DEL SECTOR PÚBLICO” DEL 28 DE ENERO DE 2022:
PARA GARANTIZAR SU EFECTIVA APLICACIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO”, el cual se
anexa.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la
Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho
días hábiles que vence el 04 de noviembre de 2025 y, de ser
posible, enviar el criterio de forma digital […]".
Se dispone: Contestar la consulta
formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta
Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y
aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea
Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio
en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se
necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin
embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular,
solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal
estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo
normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo
12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad
Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo
de esa norma de orden constitucional.
II. Objeto del proyecto.
La iniciativa legislativa
pretende establecer la obligatoriedad de enajenar y rematar aquellos activos
ociosos de todos los entes y órganos del sector público, así como incluir una
definición precisa del término “activo subutilizado”. Aunado a lo anterior,
busca garantizar que se aplique la norma actual de acuerdo con los principios
de eficiencia, eficacia y transparencia que permean el accionar de la
Administración. Finalmente, el proyecto procura que las instituciones públicas
estén obligadas a cumplir con el informe y la declaración de activos ociosos,
caso contrario, podrían ser sancionados.
III. Sobre el proyecto.
Del examen de la propuesta
legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna
relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en
modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente
modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente
asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba
emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97
constitucional y 12 del Código Electoral.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, al
estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al
giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en
los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO
FIRME.
A las once horas y veintinueve minutos terminó la sesión.
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Max
Alberto Esquivel Faerron |
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Zetty
María Bou Valverde |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
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Héctor
Enrique Fernández Masís |
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