ACTA N.º 75-2025

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y y treinta y nueve minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinticinco, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron -quien preside-, las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y el señor Magistrado Héctor Enrique Fernández Masís. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

Interviene el señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron: “Comienzo aclarando que doña Eugenia no va a estar presente en esta sesión, debido a que está preparando la comparecencia que tiene hoy en la Asamblea Legislativa, para referirse al presupuesto del Tribunal Supremo de Elecciones. Se excusó de no estar presente.”

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 74-2025.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Nombramientos interinos en el Registro Civil por sustituciones producto de incapacidades. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0753-2025 del 12 de setiembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento a lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, así como el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-1698-2025-, me permito proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos:

1.- De la señora Katherine Calderón Figueroa, en la plaza número 46156, como Profesional en Gestión 3, Jefe /a de Oficina Regional 3 en la Oficina Regional de Heredia, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice y por todo el periodo que se prolongue la incapacidad de la persona titular.

2.- Del señor Fabricio Cerdas Díaz, en la plaza número 46136, como Profesional en Gestión 2, Jefe/a de Oficina Regional 2 en la Oficina Regional de Turrialba, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice y por todo el tiempo que se prorrogue el nombramiento propuesto en la línea 1.

3.- Del señor Uldrich Castillo Azofeifa, en la plaza número 55715, como Profesional en Gestión 1, Jefe/a de Oficina Regional 1 en la Oficina Regional de Siquirres, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice y por todo el tiempo que se prorrogue el nombramiento propuesto en la línea 2.

4.- Del señor Juan José Delgado Cubillo, en la plaza número 45569, como Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación en la Sección de Documentos de Identidad, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice y por todo el tiempo que se prorrogue la incapacidad de la persona titular del puesto.

En todos los casos, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso de que regrese el titular del puesto o se conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.

Para el nombramiento planteado en la línea 3, este se solicita aplicando la posibilidad que enmarca el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2067-2025 del 12 de setiembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento a lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-1699-2025-, me permito proponer el nombramiento interino de la señora Gina Gabriela Araya Araujo, en la plaza número 386138, como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Derecho 1 Electoral, del Departamento de Programas Electorales.

De igual manera, se solicita la ratificación y prórroga del nombramiento a plazo fijo en el puesto de Servicios Especiales n.° 386137 de la señora Diana Jazmín Gómez Vargas en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, según se indica.

Ambas gestiones tendrían fecha de rige a partir del 16 de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar y prorrogar conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre estudio de dedicación exclusiva de puesto adscrito al Departamento Civil. De la señora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0261-2025 del 10 de setiembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, respecto a la solicitud de incorporación al régimen de dedicación exclusiva del puesto n.° 353425, Profesional Asistente en Servicios Informáticos (clase Profesional Asistente 2), adscrito al Departamento Civil, recomendando la incorporación del referido puesto bajo dicho régimen.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctese la respectiva resolución. ACUERDO FIRME.

B) Justificación de ausencias a sesiones del Consejo de Directores. De la señora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0265-2025 del 10 de setiembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, en cuanto a tener por justificada la ausencia del señor Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, a la sesión del 10 de setiembre de 2025, según indica.

Se dispone: Tener por justificada la ausencia del señor Román Jacobo. ACUERDO FIRME.

C) Trabajo en modalidad presencial durante la época electoral. De la señora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0269-2025 del 10 de setiembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, respecto a la suspensión temporal de la modalidad de teletrabajo y del trabajo remoto por objetivos para todos los integrantes de ese Consejo de Directores, de todas las jefaturas institucionales y de los Encargados de Programas Electorales, para que, desde el 1.° de octubre de 2025 y hasta el 1.° de febrero de 2026 se reintegren a sus labores de forma presencial. De igual manera, en el caso de una segunda ronda electoral, dicho plazo se amplíe, en la modalidad presencial, hasta la celebración de la elección respectiva.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda; asimismo, se hace extensiva esta medida a las personas funcionarias en puestos de confianza. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.

A) Comunicación de recomendación de nuevas Jefaturas y Subjefaturas Regionales, además renuncias del Cuerpo Nacional de Delegados. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-705-2025 del 10 de setiembre de 2025, mediante el cual comunica los nombramientos de los jefes y subjefes regionales que indica, así como renuncias de personas integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados.

Se dispone: Designar conforme se propone. Tener por presentadas las renuncias de las personas indicadas por el señor Prado Hidalgo, a quienes, por su medio, se les agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de prórroga para rendir criterio sobre servicio preventivo de advertencia sobre situaciones detectadas en trámites en la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0746-2025 del 10 de setiembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 72-2025, celebrada el 4 de setiembre de 2025, solicita que se conceda una prórroga de cinco días hábiles adicionales, para rendir el criterio relativo al servicio preventivo de advertencia sobre situaciones detectadas en trámites en la Sección de Opciones y Naturalizaciones.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

A) Identidad Digital Costarricense. Se dispone: En atención a los ajustes tecnológicos que ha involucrado la implementación del proyecto de cédula digital (Identidad Digital Costarricense) se requiere la intervención del Consejo de Directores, quien es el órgano competente a nivel institucional en materia de contratación administrativa, para que verifique la correcta ejecución del proyecto, el logro del fin perseguido y el cumplimiento efectivo y oportuno de los términos contractuales por parte de la empresa contratista. Asimismo, deberá dicho Consejo informar con carácter urgente las acciones a tomar para cumplir a cabalidad con el objeto contractual. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud para garantizar el traslado electoral de funcionarios antes del cierre del padrón electoral. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-051-2025 del 11 de setiembre de 2025, mediante el cual formula solicitud para garantizar el traslado electoral de funcionarios antes del cierre del padrón electoral.

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse dentro del plazo de tres días hábiles, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Programa de Visitantes Internacionales para las Elecciones Legislativas Argentina 2025. De la señora Luz Landívar, Directora Nacional Electoral, y del señor Daniel  Bejas, Presidente de la Cámara Nacional Electoral de la República de Argentina, se conoce nota del 5 de setiembre de 2025, mediante la cual remiten invitación para participar del Programa de Visitantes Internacionales para las Elecciones Legislativas Argentina 2025, que se desarrollará del 23 al 26 de octubre de 2025, indicando que la organización cubrirá los gastos que se generen por dicha participación, relacionados al tiquete aéreo, hospedaje, alimentación y transporte interno.

Se dispone: Agradecer a la señora Landívar y al señor Bejas, la invitación que cursan. Para atenderla se designa al señor Hugo Ernesto Picado León, Magistrado suplente de este Tribunal y Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Para sustituir al señor Picado León, en sus funciones como Director General, se encarga al señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General de ese Instituto.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

 

 

 

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Hugo Ernesto Picado León

Magistrado suplente del TSE y Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia

República Argentina

22 al 27 de octubre de 2025

Programa de Visitantes Internacionales para las Elecciones Legislativas

Ninguno.

Ninguno.

 

ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Ley marco de deuda pública”, expediente n.º 25.098. Del señor Leonardo Alberto Salmerón Castillo, Jefe de Área a. i. de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.°AL-CPOECO-1790-2025 del 4 de septiembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.º 25098 “LEY MARCO DE DEUDA PÚBLICA”, el cual se anexa.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 18 de setiembre de 2025 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […] ".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares.      

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

La iniciativa legislativa pretende establecer un marco legal que permita al Estado diseñar una estrategia de gestión de la deuda pública que trascienda los planes gubernamentales, para constituirse en una política de largo plazo orientada a consolidar y mantener un equilibrio entre el endeudamiento y la sostenibilidad fiscal de las instituciones públicas, cuyo objetivo primordial es generar la estabilidad financiera en Costa Rica a través del uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

A las once horas y doce minutos terminó la sesión.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Héctor Enrique Fernández Masís