ACTA N.º 47-2025
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y nueve minutos del doce de junio de dos mil veinticinco, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron –quien preside–, de la señora Magistrada Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, de los señores Magistrados Héctor Enrique Fernández Masís y Hugo Ernesto Picado León y de la señora Magistrada Wendy de los Ángeles González Araya. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:
• Consulta de nombramientos Interinos en plazas de servicios especiales.
• Autorización para actividad de conmemoración del Día del Padre 2025.
C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 46-2025, excepto por el señor Magistrado Fernández Masís, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Recargo de funciones del señor Jefe del Departamento Legal. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1188-2025 del 10 de junio de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio RH-1013-2025, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el recargo de funciones del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, en el señor Vinicio Mora Mora, Subjefe de ese mismo departamento, del 27 de junio al 18 de julio de 2025.".
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de regreso a puesto en propiedad del funcionario George Louis Villegas Zúñiga. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1029-2025 del 10 de junio de 2025, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el funcionario George Louis Villegas Zúñiga con la cual solicita el regreso a su puesto en propiedad, como Asistente en Servicios Regionales en la Oficina Regional de Pococí, a partir del 1.º de agosto de 2025, por las razones que expone. Asimismo, la señora Varela Gómez enlista los movimientos de personal consecuencia de dicho regreso.
Se dispone: Aprobar el regreso a su puesto en propiedad del señor Villegas Zúñiga, conforme se solicita, así como los movimientos de personal que se enlistan. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos Interinos en plazas de servicios especiales. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-1215-2025 del 11 de junio de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento a lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-1017-2025 SUSTITUIR-, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos, todos del 16 de junio al 15 de setiembre de 2025:
1.- De la señora Karina Sotela Muñoz, en la plaza número 386136, como Profesional Ejecutor 3 S.U., Profesional en Derecho 1 Electoral del Departamento Programas Electorales.
2.- De la señora Diana Gómez Vargas, en la plaza número 386137, como Profesional Ejecutor 3 S.U., Profesional en Derecho 1 Electoral del Instituto de Formación y Estudios en Democracia.
3.- De la señora Ana Yancy Obando Barrantes, en la plaza número 378470, como Profesional Asistente 2 S.U., Profesional Asistente en Administración 2 Electoral del Departamento de Programas Electorales.
4.- De la señora Johana Venegas Valverde, en la plaza número 386135, como Profesional en Gestión 2 S.U., Profesional en Derecho 2 Electoral del Departamento de Programas Electorales.
5.- De la señora Siryi Gallo Mena, en la plaza número 386145, como Asistente Funcional 2 S.U., Digitadora Electoral (PAE-PIC), Sección de Inscripciones.
6.- De la señora Ana Gabriela Segura Pérez, en la plaza número 386146, como Asistente Funcional 2 S.U., Digitadora Electoral del Departamento de Programas Electorales.
Para los casos indicados en los puntos 1, 5 y 6 se solicita la aplicación del artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE.
En todos los casos la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso de que se conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras a mayo de 2025. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0462-2025 del 10 de junio de 2025, mediante el cual remite el informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente al mes de mayo de 2025.
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre advertencia de la Auditoría Interna respecto de la implementación de recomendación 4.4. del informe especial n.° IES-003-2023. De las señoras Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, y Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DGET-144-2025 del 9 de junio de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 44-2025, celebrada el 3 de junio de 2025, rinden informe relativo a la advertencia de la Auditoría Interna sobre la implementación de recomendación 4.4. del informe especial n.° IES-003-2023, sobre la evaluación de la ciberseguridad en el Tribunal Supremo de Elecciones (Infraestructura Crítica I).
Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio al respecto la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.
B) Autorización para actividad de conmemoración del Día del Padre 2025. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-1496-2025 del 10 de junio de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Por este medio, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de que el Superior conozca la propuesta de actividad para la conmemoración del día del Padre a realizar el jueves 19 de junio de 8 de la mañana a 12 mediodía en el Salón Multiusos. En esta ocasión se presentará el documental Dads (Padres) del 2020.
En ese sentido, la idea sería realizar una actividad sincrónica, presencial y virtual para la cual se tomaron en consideración las propuestas recibidas por los mismos compañeros en consulta realizada por la Unidad de Género. La idea es integrar al personal que se encuentre en las oficinas regionales y en teletrabajo. Siendo así, se solicita que las unidades administrativas propongan al correo de la Unidad de Género, a más tardar al 18 de junio, al menos 2 compañeros y que se indique en la modalidad que participarían -presencial o virtual- para las coordinaciones respectivas.
Adicionalmente, gracias a las propuestas recibidas, se propone realizar una colecta virtual de fotografías para hacer un collage virtual, con 2 grandes temas: los compañeros que son padres que quieran compartir fotos con sus hijos y de todo el personal institucional que quiera compartir foto con su padre o con la persona que haya ejercida esa labor en su vida, como forma de homenajearle.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de colaboración para divulgar campaña educativa. Del señor Orlando Vega Quesada, Ministro a. i. de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, se conoce oficio n.° MICITT-DM-OF-673-2025 del 4 de junio del 2025, mediante el cual, como parte de la implementación de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad, solicita colaboración de este órgano electoral para difundir un mensaje a través de las redes sociales de este Tribunal, sobre la campaña educativa denominada “Es hora de tomar en serio su seguridad digital”.
Se dispone: Para su valoración, pase a las direcciones generales de Estrategia y Gestión Política-Institucional y de Estrategia Tecnológica. ACUERDO FIRME.
B) Resolución que aprueba la solicitud de excepción a la restricción vehicular a estos organismos electorales. Del señor Efraím Zeledón Leiva, Ministro de Obras Públicas y Transportes, se conoce resolución N° 2025-0677 de las once horas con veinticinco minutos del seis de junio del dos mil veinticinco, mediante la cual aprueba la solicitud de excepción a la restricción vehicular para estos organismos electorales en virtud de la organización de la elección nacional de 2026.
Se dispone: Agradecer al señor Zeledón Leiva la atención de la solicitud de este Tribunal. Pase a conocimiento de las direcciones Ejecutiva y General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Ley para otorgar poder liberatorio al dólar de los Estados Unidos de América para transacciones con el estado.”, expediente n.° 24.877. De la señora Nancy Patricia Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPOECO-1349-2025 del 2 de junio de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, en virtud del informe de consultas obligatorias del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles el criterio sobre el proyecto de Ley expediente N.° 24877, “LEY PARA OTORGAR PODER LIBERATORIO AL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA TRANSACCIONES CON EL ESTADO”, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 13 de junio y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente este proyecto de ley tiene por objeto otorgar poder liberatorio al dólar de los Estados Unidos de América en Costa Rica, para que sea aceptado como moneda -al igual que la moneda nacional- en las diferentes transacciones que involucren a los administrados y el Estado, sin necesidad de realizar los cambios de moneda (dólar a colón) para cumplir con las obligaciones.
III. Sobre el proyecto consultado.
Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
No obstante, lo anterior, para este Tribunal, como órgano integrante de la Administración Pública, entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad político-parlamentaria, no existe objeción alguna que hacer respecto del texto consultado.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.
B) Aclaración sobre la instancia competente para autorizar el préstamo de instalaciones educativas públicas para actividades partidarias no proselitistas. Se dispone: Este Tribunal, en el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 28-2025 del 27 de marzo de 2025, recordó que, a tenor de lo establecido en el artículo 137 inciso g) del Código Electoral, las “instalaciones físicas del Estado” pueden ser facilitadas a los partidos políticos para la celebración de sus asambleas y convenciones, lo cual incluye, por supuesto, el uso de centros educativos. Ese préstamo, según se dispuso en la resolución n.° 3798-E3-2025 de las 9:30 horas del 29 de mayo de 2025, corresponde acordarlo, a la luz del “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas del Ministerio de Educación”, a tales instancias colegiadas; sin embargo, se aclara que esa facultad de ceder en préstamo la citada infraestructura educativa es compartida con las respectivas direcciones de los centros educativos, pues así lo dispone la ley n.° 10631 (Ley de Juntas de Educación), de lo cual tomará nota el Departamento de Registro de Partidos Políticos al momento de valorar las autorizaciones de celebración de asambleas o convenciones. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y treinta y seis minutos terminó la sesión.
Max
Alberto Esquivel Faerron |
|
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
Héctor
Enrique Fernández Masís |
Hugo
Ernesto Picado León |
Wendy
de los Ángeles González Araya |