ACTA N.º 107-2025

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas y veintidós minutos del veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría -quien preside-, las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y los señores Magistrados Héctor Enrique Fernández Masís y Hugo Ernesto Picado León. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:

       Solicitud de licencia sin goce de salario de una persona funcionaria.

       Participación de personas funcionarias en el Programa de Asesores y Empaque Electoral.

       Solicitud del Área de Análisis Ocupacional del Dpto. de Recursos Humanos.

       Integración definitiva de juntas receptoras de votos en territorio nacional.

       Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas y prórrogas. 

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 105-2025 y de la sesión extraordinaria n.° 106-2025; se deja constancia de que el señor Magistrado Esquivel Faerron no participó en la sesión extraordinaria n.° 106-2025 y que el señor Magistrado Picado León no participó en ninguna de las sesiones indicadas.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.            

A) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario de Evelyn Brenes Segura. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2556-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por la funcionaria Evelyn Brenes Segura, destacada en la Dirección Ejecutiva, con la cual solicita que se le conceda prórroga a la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, según las razones y condiciones que expone.

Se dispone: Aprobar la prórroga de la licencia sin goce de salario y la correspondiente cadena de nombramientos, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.          

B) Renuncia del señor Manuel Valverde Jiménez. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2557-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el funcionario Manuel Eduardo Valverde Jiménez, destacado en la Sección de Infraestructura, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del funcionario Valverde Jiménez, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los términos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.             

C) Renuncia de la funcionaria Abdhaly Espinoza D Trinidad. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2575-2025 del 18 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por la funcionaria Abdhaly Espinoza D Trinidad, destacada en el Departamento de Programas Electorales, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la funcionaria Espinoza D Trinidad, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los términos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Nombramientos del Registro de Elegibles y por excepción, Oficinista 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3028-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; y el artículo 46 de la Ley Marco de Empleo Público y su normativa reglamentaria, y con base en el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2554-2025-, me permito proponer la aprobación de los siguientes nombramientos a plazo fijo, correspondientes al puesto de Oficinista 1 Electoral, clase Asistente Administrativo 1 -S.U-,de las siguientes personas: Keylin Nicole Barrientos Baltodano, en la plaza n 377996, Johanna Vanessa Rosales Moreno, en la plaza n.° 386167 y Kimberly Acuña Rivera, en la plaza n.° 386169, todos a partir del 2 de enero y hasta el 31 de marzo de 2026.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.          

E) Solicitud de licencia sin goce de salario de una persona funcionaria. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-472-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 105-2025, celebrada el 18 de diciembre de 2025, rinde informe relativo a la solicitud de licencia sin goce de salario de una persona funcionaria y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"e) Conclusión y sugerencia.

En virtud del análisis realizado, este departamento concluye que el Tribunal en su condición de patrono, se encuentra habilitado jurídicamente para otorgar licencias con goce o sin goce de salario conforme a los términos expuestos en el presente informe, ello bajo su potestad discrecional y en apego a los principios de objetividad, proporcionalidad y razonabilidad. Para el caso concreto, deberá valorar los motivos expuestos y antecedentes acreditados a efectos de ponderar el otorgamiento de la licencia sin goce salarial de conformidad con lo establecido en el numeral 33 inciso c) del RESC.

En caso de que su decisión sea concederla, se sugiere considerar que no esté condicionada al disfrute previo obligatorio de las vacaciones a las que tiene derecho, por cuanto no es un requisito legal, y que además la licencia con goce que le fue otorgada en sesión n.° 17-2025, celebrada el 25 de febrero de 2025 y comunicado mediante oficio STSE-0380-2025, quede suspendida y se reanudaría -por el plazo restante- una vez finalizada la licencia sin goce de salario otorgada.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, se aprueba la licencia sin goce de salario en los términos indicados por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

F) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas y prórrogas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-3032-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2585-2025-, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos (líneas de la 1 a la 6) y prórrogas (líneas de la 7 a la 9):

1.- De la señora Katherine Espinoza Alvarado, en la plaza número 353709, como Profesional Ejecutor 2, Profesional en Gestión Administrativa, de la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al 30 de abril de 2026.

2.- Del señor Roberto Quesada Vargas, en la plaza número 370823, como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Tecnologías de Información 2, de la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.

3.- Del señor Luis Diego Ruíz Herrera, en la plaza número 45831, como Técnico Funcional 2, Técnico en Administración de Servidores, de la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.

4.- De la señora Cinthia María Quirós Zúñiga, en la plaza número 45528, como Asistente Funcional 1, Asistente en Información a las Personas Usuarias, del Departamento Civil, del 1.° de enero al 28 de febrero de 2026.

5.- De la señora Tamara Quesada Fernández, en la plaza número 382341, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Dirección Ejecutiva, del 5 de enero al 30 de junio de 2026.

6.- Del señor Andrés Madrigal Valverde, en la plaza número 353693, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Sección Inscripciones, del 1.° de enero al 15 de enero de 2026.

7.- De la señora Karina Sotela Muñoz, en la plaza número 368716, como Técnico Funcional 2, del Departamento de Programas Electorales, del 1.° de enero al 15 de enero de 2026.

8.- De la señora Karol Richmond Soto, en la plaza número 45493, como Auxiliar Operativo 1, de la Sección de Servicios Generales, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.

9.- Del señor Ronald Eduardo Masís Serrano, en la plaza 382345, como Conserje Electoral de la Sección de Servicios Generales, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.

En el caso de la línea 1 a la 6, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso de que regrese el titular del puesto o se conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso, y prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.                                 

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre dedicación exclusiva estudio de los puestos n.°s 360311 y 86299. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0383-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de los informes relativos a las solicitudes de prórroga del régimen de dedicación exclusiva de los puestos n.°s 360311, correspondiente a Profesional Ejecutivo/a 1 (clase Profesional Ejecutor 3), adscrito a la Dirección Ejecutiva; y del puesto n.º 86299, correspondiente a Profesional Asistente en Administración 1 (clase Profesional Asistente 1), adscrito a la Inspección Electoral; recomendando aprobar dichas prórrogas.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.

El magistrado Picado León se abstiene de votar este asunto.

B) Informe sobre dedicación exclusiva estudio de diversos puestos. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0385-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de los informes relativos a las solicitudes de prórroga del régimen de dedicación exclusiva de los puestos n.°s 47847, correspondiente a Profesional en Servicios Administrativos, (clase Profesional Ejecutor 3), adscrito al Departamento de Proveeduría; 361408, correspondiente a Profesional en Administración Electoral 2, (clase Profesional en Gestión 2), 101904, correspondiente a Encargado/a de Fiscalización Auditora, (clase Profesional Funcional 1), 361407, correspondiente a Encargado/a de Fiscalización de Liquidaciones de Gastos (clase Profesional Funcional 1) y 101902, correspondiente a Profesional en Administración Electoral 1 (clase Profesional Ejecutor 3), adscritos al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos; 97463, correspondiente a Profesional Asistente en Administración 2, (clase Profesional Asistente 2) y 353417, correspondiente a Encargado/a de la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, Apdo. 2163-1000, San José, Costa Rica Telefono: 2287-5900 • Fax: 2255-0213 • E-mail: secretariatse@tse.go.cr

Unidad de Género (clase Profesional Funcional 1) adscritos a la Dirección Ejecutiva; 45649, correspondiente a Profesional Asistente en Administración 1, (clase Profesional Asistente 1), adscrito al Departamento de Coordinación de Servicios Regionales; y 361372, correspondiente a Profesional en Administración Electoral 2, (clase Profesional en Gestión 2) adscrito al Departamento de Programas Electorales; recomendando la incorporación y prórrogas de los referidos puestos bajo dicho régimen.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.

El magistrado Picado León se abstiene de votar este asunto.

C) Participación de personas funcionarias en el Programa de Asesores y Empaque Electoral. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0387-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de la solicitud formulada por el señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, y por la señora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, contenida en el oficio n.° DPE-388-2025, para que, de cara al proceso electoral de 2026, las personas funcionarias indicadas en dicho oficio participen en el Programa de Asesores Electorales y Empaque Electoral con sus propias plazas, conforme a lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria n.° 82-2018, celebrada el 23 de agosto de 2018.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.     

A) Informe de avance n.° 3 de la Comisión Interdisciplinaria de la Implementación de la Ley Marco de Empleo Público. De la señora Marilyn Bravo Cordero, Coordinadora de la Comisión Interdisciplinaria para la Implementación de la Ley Marco de Empleo Público, se conoce oficio n.° CEP-0020-2025 del 16 de diciembre de 2025, mediante el cual remite el informe de avance n.° 3, que detalla las labores realizadas por los equipos interdisciplinarios de trabajo, así como de las unidades administrativas responsables de IDS con corte a septiembre 2025.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. Las unidades administrativas con actividades asignadas (IDS) como parte de su gestión ordinaria, informarán el estado de avance a la propia Comisión de Empleo Público, en el tanto se mantenga vigente, y esta última, informará a este Tribunal. Proceda la Comisión de Empleo Público con la divulgación de lo informado. ACUERDO FIRME.

B) Actas del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos. De la señora Katia Zamora Guzmán, Presidenta del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, se conoce oficio n.° CSED-021-2025 del 18 de diciembre de 2025, mediante el cual, para conocimiento del Superior remite copia digital de las actas correspondientes a las sesiones n.° 08-2025, n.° 09-2025 y n.° 10-2025 celebradas por ese Comité.

Se dispone: Tener por recibida la comunicación que hace la señora Zamora Guzmán. ACUERDO FIRME.                                   

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de Autoevaluación SCI 2025. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3244-2025 del 28 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Unidad de Control Interno, como equipo técnico a cargo de la coordinación y asesoramiento en esta materia, ha procedido con los efectos usuales requeridos para que se pueda ejecutar la Autoevaluación del Sistema de Control Interno (ASCI) del año 2025, que permitirá a las personas Titulares Subordinadas (jefaturas), en conjunto con sus equipos de trabajo, calificar el grado de cumplimiento de la Normativa de Control Interno, además de definir las propuestas de mejora o acciones correctivas en los casos que corresponda, permitiendo de esta manera el fortalecimiento del Sistema de Control Interno (SCI).

Lo anterior responde a lo preceptuado en Ley General de Control Interno n.° 8292, Artículo 17 inciso c) que a la letra indica “Que la administración activa realice, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento del sistema de control interno del cual es responsable.” En adición a lo transcrito, la norma 6.3.2 del componente de Seguimiento establece “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben disponer la realización, por lo menos una vez al año, de una autoevaluación del SCI, que permita identificar oportunidad de mejora del sistema, así como detectar cualquier desvío que aleje a la institución del cumplimiento de sus objetivos.”

A tales efectos, se dispone del proceso establecido que considera:

a) La Unidad de Control interno de esta Dirección Ejecutiva como una Unidad Coordinadora que lidera la ejecución de todas las acciones requeridas;

b) un Equipo Gerencial integrado por las jefaturas institucionales, que deben participar activamente en el proceso; y

c) la Auditoría Interna que realiza su proceso de manera independiente, pero siguiendo los lineamientos institucionales.

Debe señalarse que, para la ASCI del 2025, como ha sido usual, se utilizará una herramienta en formato de Excel -documento adjunto- que facilita la tabulación de la información para elaborar el informe respectivo. Adicionalmente, se indica que los resultados obtenidos pueden integrarse en los informes relativos a los Índices de Capacidad de Gestión Institucional que se reporta a la Contraloría General de la República y demás efectos consiguientes.

En consecuencia, se eleva a criterio de las señores Magistradas y los señores Magistrados la solicitud del señor Armando Vinicio Machado Aguilar, Coordinador a. i. del Sistema de Control Interno para que se autorice la aplicación de la ASCI 2025 a todas las unidades administrativas institucionales, a partir de lo que se obtendría el diagnóstico del estado actual del referido SCI, proceso en el que, en esta ocasión, se evaluarán todos sus componentes: Ambiente de Control, Actividades de Control, Valoración de Riesgos, Sistema de Información y Seguimiento de la Información.

De ser aprobada la petición, se solicita que se establezca el plazo para la presentación de la Autoevaluación SCI 2025 por parte de todas las jefaturas con fecha límite el 15 de enero de 2026.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. La misma Dirección Ejecutiva comunicará lo pertinente a las unidades administrativas institucionales. ACUERDO FIRME.   

B) III Informe Trimestral – Avances del Plan de Mejora al Procedimiento de Gestión de la Nacionalidad Costarricense. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1022-2025 del 12 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 93-2024, celebrada el 10 de setiembre de 2024, remite el “III Informe Trimestral – Avances del Plan de Mejora al Procedimiento de Gestión de la Nacionalidad Costarricense”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.             

C) Sobre manifestaciones de la UNEC respecto de la publicación de salarios en la página web institucional. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3457-2025 del 15 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 95-2025, celebrada el 18 de noviembre de 2025, rinde informe relativo a las manifestaciones de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), respecto a la publicación de salarios en la página web institucional.

Se dispone: Tener por rendido el informe presentado por la Dirección Ejecutiva mediante oficio DE-3457-2025, el cual se acoge. En consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio DE-2784-2025 del 20 de octubre 2025, respecto de la publicación en el sitio web institucional, de la planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, identificándola únicamente con su número de cédula. Hágase de conocimiento de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO FIRME.

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Hay un cambio aquí, un agregado más bien”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Si, yo tenía una observación, porque, de los documentos que se adjuntan la idea es que no se incluya el nombre del funcionario, sino la cédula de identidad entonces resulta que el nombre no es un dato privado, entonces yo había agregado ahí sin incluir el nombre de la persona y sus datos privados”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Pero la cédula donde era que iba”

Intervención de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Es que en el acuerdo, decía que la cédula sin el nombre”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Respecto a la publicación en el sitio web institucional de la planilla, con salario bruto que percibe cada persona funcionaria”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Sin incluir el nombre”

Intervención de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Pero es que decía se incluye número de cédula sin el nombre ni datos privados”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero si, cada persona funcionaria, o la cédula de cada persona funcionaria sin incluir su nombre”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “Como estaba antes”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Como quedaría entonces perdón; respecto a la publicación en el sitio web institucional, de la planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, incluyendo el número de cédula sin sus datos de carácter privado”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Ni su nombre, el tema es ese que toda la documentación, lo que se objeta es que aparezca el nombre del funcionario, entonces sería nada más esa observación”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Pero entonces seria: De la planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, sin incluir su nombre”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero hay que incluir la cédula”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “Identificándose solo con su cédula de identidad”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Ya en la propuesta del oficio de la Dirección Ejecutiva se había indicado que iba la cédula”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Si eso está bien, pero es que en el acuerdo”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “No hay que poner la cédula aquí, estamos aprobando el oficio”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Pero es que aquí no dice”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “Si dice, el cual se acoge”

Intervención de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Si, como vamos acoger el oficio y ahí se especifica, entonces no hay que poner nada, solo que se acoge el oficio”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “¿En la recomendación dice todo lo demás? Es decir, acogerlo, si entonces hay que decir cual se acoge como lo hacemos en otros casos”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “El cual se acoge, en consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio tal y quitamos todo lo demás y dejamos hágase de conocimiento”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero es que son dos oficios diferentes”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Uno ratifica el anterior”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Y en el anterior no estaba incluido”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “En el anterior no estaba incluido el nombre, estaba nada más el número de cédula únicamente”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “¿Entonces porque incluyeron todos los nombres?”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “¿Incluyeron cuándo? En la primera publicación fue”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Exacto”

Intervención del señor Secretario General Chinchilla Mora: “En la de octubre fue, y cuando se publico así UNEC presento el documento y lo pasamos”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “Ah bueno, lo que pasa es que en la de octubre si dice que hay que incluir el nombre”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Exactamente, por eso es que no se puede poner verdad, hay que tenerlo”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “En consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio del 20 de octubre, identificando, perdón, de octubre, respecto a la publicación en el sitio web, identificando con su número de cédula, ¿cómo era que decía Don Héctor?”

Intervención del señor Magistrado Férnandez Masís: “De la planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria identificándose solo con su número de cédula de identidad

Intervención de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “¿Creo que ahí estaba? En el acuerdo estaba así Luis”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Si, con su número de cédula, sin incluir datos de carácter privado”

Intervención de la señora Magistrada Bou Valverde: “Vamos a ver si nosotros ponemos que únicamente con su cédula es una cosa, pero si ponemos con su cédula sin incluir datos privados, el nombre no es un dato privado”

Intervención de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Identificándola únicamente con su número de cédula, perfecto, entonces ahora lo vemos, si tomamos nota, lo leo otra vez si quieren para estar claro; Tener por rendido el informe presentado por la Dirección Ejecutiva mediante oficio DE-3457-2025, el cual se acoge. En consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio DE-2784-2025 del 20 de octubre 2025, respecto de la publicación en el sitio web institucional, de la planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, identificándola únicamente con su número de cédula. Hágase de conocimiento de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC)”           

D) Criterio respecto a la implementación del proyecto de padrón electrónico para el proceso electoral 2026. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-1056-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 98-2025, celebrada el 25 de noviembre de 2025, rinde criterio respecto a la implementación del proyecto de padrón electrónico para el proceso electoral 2026.

Se dispone: Tener por rendido el criterio el cual se acoge. En consecuencia, la implementación del proyecto del padrón electrónico se realizará en las elecciones municipales de 2028, para facilitar la identificación de las personas electoras ante las juntas receptoras de votos. Las Direcciones Ejecutiva y de Registro Electoral gestionarán ante las autoridades hacendarias, la dotación de los recursos presupuestarios que permitan la viabilidad financiera de este proyecto. ACUERDO FIRME.    

E) Informe sobre el estado general de cumplimiento de las recomendaciones y acciones de mejora. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-0627-2025 del 18 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines pertinentes, se remite el Informe n.° IPAC-03-2025 sobre el estado de cumplimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas por la Auditoría en sus diferentes productos -con corte al 15/11/2025-, en observancia a lo establecido en la norma 2.11 de las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, que refiere al establecimiento y mantenimiento del proceso de seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora que se deriven de los servicios de Auditoría, igualmente, en cumplimiento del numeral 22 del Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los informes de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.

Asimismo, es importante indicar que dichas recomendaciones y acciones de mejora, fueron aglutinadas por Instancia superior o staff, con la finalidad de que éstas informen lo pertinente a sus adscritas, Comisiones Institucionales, Equipos de Hacienda Digital y de Reforma Reglamento de Bienes -según proceda-, por lo que, en el Anexo n.° 2 del citado informe se evidencia el detalle general de estas, así como, su estado de cumplimiento.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de las direcciones generales institucionales. ACUERDO FIRME.

F) Situación en el Área de Análisis Ocupacional del Dpto. Recursos Humanos. De la señora Annia Lorena Rodríguez Villegas, Encargada a. i. del Área de Análisis Ocupacional del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2579-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual expone una situación particular que se presenta actualmente en esa área y realiza una serie de petitorias al respecto.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- De previo a resolver, hágase del conocimiento de las señoras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, para que, en forma conjunta, rindan informe, dentro del plazo de quince días hábiles. ACUERDO FIRME.

G) Informe del seguimiento del Plan de mejora de la Autoevaluación de la Calidad de la Auditoría Interna. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-0628-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual remite el Informe de seguimiento n.º IPAC-004-2025 relativo al estado de las acciones del plan de mejora de la Autoevaluación de la Calidad de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones de los periodos 2022, 2023 y 2024, y la validación independiente de la autoevaluación de 2021.

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

A) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de enero de 2026. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-061-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual adjunta la calendarización y el listado de los integrantes de ese grupo sindical que tomarán licencia sindical durante el mes de enero de 2026.

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, así como la inmediata de la señora Vega Figueroa y de las personas funcionarias indicadas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.   

A) Carta Elección y Juramentación de Magistrados del Tribunal Superior Electoral de República Dominicana. Del señor Bautista López García, Encargado de Relaciones Internacionales y Cooperación del Tribunal Superior Electoral de República Dominicana, se conoce nota del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Tengo a bien comunicar, para su conocimiento y el de los demás integrantes de ese órgano electoral, que el Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión celebrada el miércoles 2 de diciembre, procedió a la elección de los señores Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Juez Presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Juez Titular; Fernando Fernández Cruz, Juez Titular; Rafaelina Peralta Arias, Jueza Titular; y Lenis Rosángela García Guzmán, Jueza Titular del Tribunal Superior Electoral.

Asimismo, informamos que los mencionados Magistrados fueron debidamente juramentados en la noche del jueves, y asumieron sus funciones el viernes 5 de diciembre de 2025, en horas de la mañana. De igual modo, fueron juramentados y puestos en posesión los Jueces Suplentes: Lourdes Teresa de Jesús Salazar Rodríguez, Juan Bautista Cuevas Medrano, Juan Manuel Garrido, Freddy Ángel Castro Díaz y Víctor Rafael Menieur Méndez.

En ese orden, nos permitimos indicar que los Magistrados ejercerán sus funciones durante el cuatrienio constitucional correspondiente, comprendido desde diciembre de 2025 hasta diciembre de 2029. De igual manera, es pertinente poner en su conocimiento que se encuentra habilitado el correo institucional […] para cualquier tipo de comunicación relacionada con este Tribunal.

Reiterando nuestra alta consideración y respeto, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy atentamente.".

Se dispone: El Tribunal Supremo de Elecciones felicita a las Magistradas y a los Magistrados, así como a los jueces suplentes del Tribunal Electoral de República Dominicana, por su reciente elección y juramentación. Este pleno augura el mayor de los éxitos al máximo organismo jurisdiccional electoral de República Dominicana en la realización de sus nuevas y delicadas funciones. ACUERDO FIRME.     

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: Si me permite, quisiera nada más agregar que, en el caso de la jueza Rafaelina Peralta Arias, miembro fundadora de AMEA, (Asociación de Magistradas Electorales de las Américas), hemos tenido la ocasión, todos nosotros magistrados y magistradas de este Tribunal, de compartir con ella tanto en su mandato anterior como a través de AMEA, Nosotras las magistradas de Costa Rica de este Tribunal y felicitándolos a todos tal como señalamos en el acuerdo, quisiéramos destacar el honor que significa que una compañera de AMEA integre nuevamente el Consejo en esta ocasión, estando antes en el Tribunal, gracias.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Criterio técnico jurídico respecto a la grabación en audio y video de las sesiones. Del señor Alonso Arnesto Moya, Procurador, se conoce oficio n.° PGR-C-241-2025 del 15 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 86-2024, celebrada el 20 de agosto de 2024, rinde criterio técnico jurídico de ese órgano superior consultivo, respecto a la grabación en audio y video de las sesiones de los órganos colegiados con motivo de la reforma efectuada por la Ley para mejorar el proceso de control presupuestario, por medio de la corrección de deficiencias normativas y prácticas de la administración pública, (n.°10053 del 25 de octubre de 2021) a los artículos 50 y 56 de la Ley General de la Administración Pública (n.°6227, del 2 de mayo de 1978) –en adelante, LGAP– y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"C. CONCLUSIÓN

De conformidad con las consideraciones anteriores, es criterio de la Procuraduría General de República que:

1. Las reglas generales de los artículos 50 y 56 de la LGAP únicamente resultan aplicables a los órganos colegiados que realizan función administrativa –no electoral– y expresan la voluntad de la Administración Pública a la que pertenecen mediante el dictado de una resolución final o de un acto con efectos jurídicos intersubjetivos a falta de legislación especial.

2. En la medida que las comisiones institucionales internas del TSE presenten esos rasgos deberán ajustarse a esas disposiciones, grabando íntegramente en audio y video sus sesiones, mediante el debido respaldo digital, con independencia de si preparan o no los acuerdos para los órganos decisores de la institución.

3. De lo contrario, si como parece ser, estas comisiones institucionales están concebidas como meras unidades administrativas pluripersonales de un determinado órgano del TSE, no deben seguir las reglas de la colegialidad de la LGAP, bastando el informe o criterio técnico que rindan por escrito y firmado por los funcionarios que lo elaboraron al órgano con competencias decisorias.

4. Lo anterior sin perjuicio de que quieran observar facultativamente esas reglas como buena práctica administrativa, pero sin dejar de sopesar el costo en recursos financieros y de otra índole que ello puede suponer para el presupuesto de la institución.".

Se dispone: Tener por recibido el criterio jurídico que remite la Procuraduría General de la República, suscrito por el señor Arnesto Moya. Hágase de conocimiento del Departamento Legal, del Consejo de Directores y de la Secretaría General de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: Sería conveniente también al CDIR, porque como hace una serie de recomendaciones respecto a la necesidad o no de grabación de diferentes comisiones”

B) Informe Final Indicadores Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación 2024. De la Secretaría de Planificación Institucional y Sectorial del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), se conoce correo electrónico del 16 de diciembre de 2025, mediante el cual remite el Informe Final de Indicadores Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación 2024.

Se dispone: Tener por recibido el informe. ACUERDO FIRME.     

B) Carta de apoyo al TSE. De un grupo de personas de la Alianza Ciudadana por el Despertar Democrático, se conoce nota del 19 de diciembre de 2025, mediante la cual manifiestan su apoyo a este Tribunal, reiteran su compromiso de coadyuvar en la convocatoria y movilización cívica, a fin de promover que las personas ejerzan su derecho al sufragio. Asimismo, expresan deseos de fortaleza para la conducción del proceso electoral.

Se dispone: Tener por recibida la comunicación de apoyo a este Tribunal, la cual se agradece. Hágase de conocimiento de la Dirección del Registro Electoral para lo que corresponda.       

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Habíamos agregado que se remitiera, dado que ellos nos preguntan en la misiva en que pueden coadyuvar con el proceso electoral, remitirlo también o comunicarlo para su debida atención a la Dirección General del Registro Electoral

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Agregar también que fue recibida la comunicación de apoyo, para que quede en la parte de disposición”.

C) Transmisión de borradores de los Acuerdos relativos a Privilegios e Inmunidades y a Procedimiento de Observación. De la señora Carol Viviana Arce Echeverría del Departamento de Organismos Internacionales, de la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce correo electrónico n.° DGPE/DOOII-CVAE-0581 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual remite la comunicación SFD-DECO-672-2025, del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos (OEA), y traslada copia de los borradores del “Acuerdo relativo a los Privilegios e Inmunidades”, y del “Acuerdo relativo al Procedimiento de Observación”, correspondientes a la Misión de Observación Electoral de la OEA para las Elecciones Presidenciales y Legislativas de 2026 en Costa Rica, la cual se desplegará en el país en el marco del Capítulo V de la carta Democrática Interamericana, para su revisión y eventual aprobación.

Se dispone: Tener por recibidos los proyectos de borrador remitidos por la señora Arce Echeverría sobre los Acuerdos relativos a Privilegios e Inmunidades y a Procedimiento de Observación, los cuales se agradecen. Para su trámite correspondiente, pase al Programa de Observadores Internacionales y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “De acuerdo, nada más si les parece, tener por recibidos los proyectos de borrador remitidos por la señora Arce Echeverría”.

ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Autorización de traslados de centros de votación. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conocen oficios n.°s DGRE-1076-2025, DGRE-1075-2025, DGRE-1077-2025, DGRE-1046-2025, DGRE-1047-2025, DGRE-1068-2025, DGRE-1069-2025, DGRE-1072-2025, DGRE-1073-2025 y DGRE-1074-2025 del 10, 15 y 16 de diciembre del 2025, mediante los cuales, por las razones que expone, solicita autorización para trasladar los centros de votación en los siguientes lugares: distrito Barrio La Cruz, cantón de Liberia; distrito Westfalia, cantón de Limón; distrito Río Seco, cantón de Montes de Oro; distrito Matina, cantón de Nicoya; distrito Concepción de Platanillo, cantón Nicoya; distrito Juanilama, cantón de Esparza; distrito Barranca, cantón de Naranjo; distrito Bajo de Jorco (parte oeste), cantón de Mora; distrito Santa Marta, cantón de Jiménez y distrito Paso Ancho Norte, cantón de San José.

Asimismo, requiere que el acuerdo que se adopte se comunique al Programa Electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020, al Cuerpo Nacional de Delegados y a todos los partidos políticos que participan en este proceso, así como que se actualice la información correspondiente en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Autorizar los traslados de centros de votación conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

B) Autorización de traslados de centros de votación. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conocen oficios n.°s DGRE-1103-2025, DGRE-1104-2025, DGRE-1105-2025, DGRE-1106-2025, DGRE-1107-2025, DGRE-1108-2025, DGRE-1109-2025, DGRE-1110-2025, DGRE-1111-2025 y DGRE-1112-2025 todos del 19 de diciembre del 2025, mediante los cuales, por las razones que expone, solicita autorización para trasladar los centros de votación en los siguientes lugares: distrito Sánchez, cantón de Curridabat; distrito Cacao, cantón de Santa Cruz; distrito San Martín, cantón de Puriscal; distrito Empalme, cantón de San Ramón; distrito Coyolito de Abangares o La Peña, cantón Abangares; distrito Cipreses, cantón de Curridabat; distrito Quizarrá (parte este), cantón de Pérez Zeledón; distrito Loma Larga, cantón de Cartago; distrito Pavones, cantón de Pérez Zeledón y distrito Aranjuez, cantón de San José.

Asimismo, requiere que el acuerdo que se adopte se comunique al Programa Electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020, al Cuerpo Nacional de Delegados y a todos los partidos políticos que participan en este proceso, así como que se actualice la información correspondiente en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Autorizar los traslados de centros de votación conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

C) Integración definitiva de juntas receptoras de votos en territorio nacional. De las señoras Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales y Silvia Elena Marín Mendoza, Encargada del Programa de Asesores Electorales, se conoce oficio n.° PAE-0380-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En adición al oficio PAE-0338-2025 y como resultado de la propuesta de integrantes para las juntas receptoras de votos (JRV) por parte de los partidos políticos, una vez que finalizó el periodo de subsanación de inconsistencias, así como la integración especial (Tercer integrante) para las JRV correspondientes, se tiene el siguiente resultado:

Integración de las juntas receptoras de votos  

 

Juntas con representación de tres o más partidos políticos 

313

Juntas con representación de dos partidos políticos 

1.170 

Juntas con representación de un partido político 

4.580

Juntas sin representación de partidos políticos 

1.000

Total 

7.063 

 

De conformidad con lo expuesto, se determina que un total de 1.000 juntas receptoras de votos se encuentran sin representación partidaria, por lo que deberán ser integradas con Auxiliares Electorales, esto en concordancia con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 41 del Código Electoral y en el inciso e) del artículo 19 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Nacionales del 1. ° de febrero de 2026.

Debido a lo señalado anteriormente, y en atención a la forma en que se presenta la integración definitiva de las juntas receptoras de votos, se recomienda que estas 1.000 juntas sean declaradas debidamente integradas con los auxiliares electorales requeridos, a fin de garantizar su adecuado funcionamiento el día de la jornada electoral.

Asimismo, se consideran los casos de excepción, tales como las zonas indígenas y los hogares de larga estancia, en los cuales la integración se completará, de ser necesario, con personas funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Para el caso específico de la Isla del Coco, las juntas receptoras de votos se integrarán con las personas voluntarias necesarias.

Al respecto considérese que, de acuerdo con el reporte generado por el Sistema de Información Electoral (SIE), se determina que los partidos Justicia Social Costarricense, Liberación Nacional, Liberal Progresista, Pueblo Soberano, Unidad Social Cristiana y Unidos Podemos presentaron propuestas de personas integrantes para las juntas receptoras de votos. Dichas propuestas fueron incorporadas al sistema conforme a los procedimientos establecidos, sin que se evidencien incidentes que hayan afectado el proceso, por lo que se da la integración de estos organismos electorales, en apego a la normativa electoral vigente y al cronograma definido para el proceso electoral correspondiente.

Por lo expuesto, respetuosamente le solicito se tenga por presentada la integración definitiva del proceso de Elecciones Nacionales 2026 para su respectiva comunicación.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día-. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

A las doce horas y dieciséis minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Héctor Enrique Fernández Masís

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León