ACTA N.º
107-2025
Sesión ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas y veintidós minutos
del veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la señora
Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría -quien preside-, las señoras
Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y los
señores Magistrados Héctor Enrique Fernández Masís y Hugo Ernesto Picado León. Asiste
también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO
PRIMERO.
APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se
tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se
incorporan al orden del día los siguientes asuntos:
• Solicitud
de licencia sin goce de salario de una persona funcionaria.
• Participación
de personas funcionarias en el Programa de Asesores y Empaque Electoral.
• Solicitud
del Área de Análisis Ocupacional del Dpto. de Recursos Humanos.
• Integración
definitiva de juntas receptoras de votos en territorio nacional.
• Consulta
de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas y
prórrogas.
C) Se
tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.°
105-2025 y de la sesión extraordinaria n.° 106-2025;
se deja constancia de que el señor Magistrado Esquivel Faerron no participó en
la sesión extraordinaria n.° 106-2025 y que el señor
Magistrado Picado León no participó en ninguna de las sesiones indicadas.
ARTÍCULO SEGUNDO.
ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de prórroga de
licencia sin goce de salario de Evelyn Brenes Segura. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i.
del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.°
RH-2556-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a
consideración nota suscrita por la funcionaria Evelyn Brenes Segura, destacada
en la Dirección Ejecutiva, con la cual solicita que se le conceda prórroga a la
licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, según las razones y
condiciones que expone.
Se dispone: Aprobar la prórroga de la licencia sin goce de
salario y la correspondiente cadena de nombramientos, conforme a lo indicado
por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
B) Renuncia del señor Manuel
Valverde Jiménez. De la señora Kattya Varela
Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos
Humanos, se conoce oficio n.° RH-2557-2025 del 17 de
diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el
funcionario Manuel Eduardo Valverde Jiménez, destacado en la Sección de
Infraestructura, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo
que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del funcionario
Valverde Jiménez, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior,
en los términos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO
FIRME.
C) Renuncia de la funcionaria Abdhaly Espinoza D Trinidad. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i.
del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.°
RH-2575-2025 del 18 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a
consideración nota suscrita por la funcionaria Abdhaly
Espinoza D Trinidad, destacada en el Departamento de Programas Electorales, con
la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por
los motivos que se sirve exponer.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la funcionaria
Espinoza D Trinidad, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo
anterior, en los términos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO
FIRME.
D) Nombramientos del Registro
de Elegibles y por excepción, Oficinista 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, se conoce oficio n.°
STSE-3028-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de
Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; y el artículo
46 de la Ley Marco de Empleo Público y su normativa reglamentaria, y con base
en el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2554-2025-, me permito proponer la aprobación de los
siguientes nombramientos a plazo fijo, correspondientes al puesto de Oficinista
1 Electoral, clase Asistente Administrativo 1 -S.U-,de las siguientes personas:
Keylin Nicole Barrientos Baltodano, en la plaza n.° 377996, Johanna Vanessa Rosales Moreno, en la plaza n.° 386167 y Kimberly Acuña Rivera, en la plaza n.° 386169, todos a
partir del 2 de enero y hasta el 31 de marzo de 2026.
Quedo atento a lo que a bien
estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso, con la
observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente
autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
E) Solicitud de licencia sin
goce de salario de una persona funcionaria. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a.
i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.°
DL-472-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en
el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 105-2025,
celebrada el 18 de diciembre de 2025, rinde informe relativo a la solicitud de
licencia sin goce de salario de una persona funcionaria y, con fundamento en
una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"e) Conclusión y sugerencia.
En virtud del análisis
realizado, este departamento concluye que el Tribunal en su condición de
patrono, se encuentra habilitado jurídicamente para otorgar licencias con goce
o sin goce de salario conforme a los términos expuestos en el presente informe,
ello bajo su potestad discrecional y en apego a los principios de objetividad,
proporcionalidad y razonabilidad. Para el caso concreto, deberá valorar los
motivos expuestos y antecedentes acreditados a efectos de ponderar el
otorgamiento de la licencia sin goce salarial de conformidad con lo establecido
en el numeral 33 inciso c) del RESC.
En caso de que su decisión
sea concederla, se sugiere considerar que no esté condicionada al disfrute
previo obligatorio de las vacaciones a las que tiene derecho, por cuanto no es
un requisito legal, y que además la licencia con goce que le fue otorgada en
sesión n.° 17-2025, celebrada el 25 de febrero de
2025 y comunicado mediante oficio STSE-0380-2025, quede suspendida y se
reanudaría -por el plazo restante- una vez finalizada la licencia sin goce de
salario otorgada.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por
rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, se aprueba la licencia
sin goce de salario en los términos indicados por el Departamento Legal. ACUERDO
FIRME.
F) Consulta de nombramientos
interinos en distintas unidades administrativas y prórrogas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-3032-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo
dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus
respectivos reglamentos, así como el criterio técnico emitido por el
Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2585-2025-, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes
nombramientos interinos (líneas de la 1 a la 6) y prórrogas (líneas de la 7 a
la 9):
1.- De la señora Katherine Espinoza Alvarado, en la plaza número 353709, como Profesional Ejecutor 2, Profesional en Gestión Administrativa, de
la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al 30 de
abril de 2026.
2.- Del señor Roberto Quesada Vargas, en la plaza número 370823, como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Tecnologías de Información
2, de la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al
31 de marzo de 2026.
3.- Del señor Luis Diego Ruíz Herrera, en la plaza número 45831, como Técnico Funcional 2, Técnico en Administración de Servidores, de
la Sección Infraestructura, del 1.° de enero al 31 de
marzo de 2026.
4.- De la señora Cinthia María Quirós Zúñiga, en la plaza número 45528, como Asistente Funcional 1, Asistente en Información a las Personas
Usuarias, del Departamento Civil, del 1.° de enero al
28 de febrero de 2026.
5.- De la señora Tamara Quesada Fernández, en la plaza número 382341, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Dirección
Ejecutiva, del 5 de enero al 30 de junio de 2026.
6.- Del señor Andrés Madrigal Valverde, en la plaza número 353693, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Sección
Inscripciones, del 1.° de enero al 15 de enero de
2026.
7.- De la señora Karina Sotela Muñoz, en la plaza número 368716, como Técnico Funcional 2, del Departamento de Programas Electorales,
del 1.° de enero al 15 de enero de 2026.
8.- De la señora Karol Richmond Soto, en la plaza número 45493, como Auxiliar Operativo 1, de la Sección de Servicios Generales, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.
9.- Del señor Ronald Eduardo Masís Serrano, en la plaza 382345, como Conserje Electoral de la Sección de Servicios Generales, del 1.° de enero al 31 de marzo de 2026.
En el caso de la línea 1 a
la 6, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso de
que regrese el titular del puesto o se conforme el registro de elegibles para
dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos en la Ley Marco de
Empleo Público.
Quedamos atentos a lo que a
bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme
se propone en cada caso, y prorrogar conforme se solicita, con la observación
según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este
Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.
ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Informe sobre dedicación
exclusiva estudio de los puestos n.°s 360311 y 86299.
De la señora Glenda Victoria
Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce
oficio n.° CDIR-0383-2025 del 17 de diciembre de
2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de los
informes relativos a las solicitudes de prórroga del régimen de dedicación
exclusiva de los puestos n.°s 360311, correspondiente
a Profesional Ejecutivo/a 1 (clase Profesional Ejecutor 3), adscrito a la
Dirección Ejecutiva; y del puesto n.º 86299, correspondiente a Profesional
Asistente en Administración 1 (clase Profesional Asistente 1), adscrito a la
Inspección Electoral; recomendando aprobar dichas prórrogas.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.
El magistrado Picado León se
abstiene de votar este asunto.
B) Informe sobre dedicación
exclusiva estudio de diversos puestos. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del
Consejo de Directores, se conoce oficio n.°
CDIR-0385-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo
acordado por ese Consejo respecto de los informes relativos a las solicitudes
de prórroga del régimen de dedicación exclusiva de los puestos n.°s 47847, correspondiente a Profesional en Servicios
Administrativos, (clase Profesional Ejecutor 3), adscrito al Departamento de
Proveeduría; 361408, correspondiente a Profesional en Administración Electoral
2, (clase Profesional en Gestión 2), 101904, correspondiente a Encargado/a de
Fiscalización Auditora, (clase Profesional Funcional 1), 361407, correspondiente
a Encargado/a de Fiscalización de Liquidaciones de Gastos (clase Profesional
Funcional 1) y 101902, correspondiente a Profesional en Administración
Electoral 1 (clase Profesional Ejecutor 3), adscritos al Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos; 97463, correspondiente a Profesional
Asistente en Administración 2, (clase Profesional Asistente 2) y 353417,
correspondiente a Encargado/a de la Secretaría General del Tribunal Supremo de
Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, Apdo. 2163-1000, San José, Costa
Rica Telefono: 2287-5900 • Fax: 2255-0213 • E-mail:
secretariatse@tse.go.cr
Unidad de Género (clase
Profesional Funcional 1) adscritos a la Dirección Ejecutiva; 45649,
correspondiente a Profesional Asistente en Administración 1, (clase Profesional
Asistente 1), adscrito al Departamento de Coordinación de Servicios Regionales;
y 361372, correspondiente a Profesional en Administración Electoral 2, (clase
Profesional en Gestión 2) adscrito al Departamento de Programas Electorales;
recomendando la incorporación y prórrogas de los referidos puestos bajo dicho
régimen.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.
El magistrado Picado León se
abstiene de votar este asunto.
C) Participación de personas
funcionarias en el Programa de Asesores y Empaque Electoral. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del
Consejo de Directores, se conoce oficio n.°
CDIR-0387-2025 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo
acordado por ese Consejo respecto de la solicitud formulada por el señor
Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. del Registro Electoral y
de Financiamiento de Partidos Políticos, y por la señora Alejandra Peraza
Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, contenida en el oficio n.° DPE-388-2025, para que, de cara al proceso electoral de
2026, las personas funcionarias indicadas en dicho oficio participen en el
Programa de Asesores Electorales y Empaque Electoral con sus propias plazas,
conforme a lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria n.°
82-2018, celebrada el 23 de agosto de 2018.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO.
ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.
A) Informe de avance n.° 3 de la Comisión Interdisciplinaria de la
Implementación de la Ley Marco de Empleo Público. De la señora Marilyn Bravo Cordero, Coordinadora de la Comisión
Interdisciplinaria para la Implementación de la Ley Marco de Empleo Público, se
conoce oficio n.° CEP-0020-2025 del 16 de diciembre
de 2025, mediante el cual remite el informe de avance n.°
3, que detalla las labores realizadas por los equipos interdisciplinarios de
trabajo, así como de las unidades administrativas responsables de IDS con corte
a septiembre 2025.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones
se acogen. Las unidades administrativas con actividades asignadas (IDS) como
parte de su gestión ordinaria, informarán el estado de avance a la propia
Comisión de Empleo Público, en el tanto se mantenga vigente, y esta última,
informará a este Tribunal. Proceda la Comisión de Empleo Público con la
divulgación de lo informado. ACUERDO FIRME.
B) Actas del Comité
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos. De la señora Katia Zamora Guzmán, Presidenta del
Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, se conoce oficio
n.° CSED-021-2025 del 18 de diciembre de 2025,
mediante el cual, para conocimiento del Superior remite copia digital de las
actas correspondientes a las sesiones n.° 08-2025, n.° 09-2025 y n.° 10-2025
celebradas por ese Comité.
Se dispone: Tener por recibida la comunicación que hace la señora Zamora Guzmán. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de Autoevaluación
SCI 2025. De la señora Sandra Mora
Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3244-2025 del 28 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"La Unidad de Control
Interno, como equipo técnico a cargo de la coordinación y asesoramiento en esta
materia, ha procedido con los efectos usuales requeridos para que se pueda
ejecutar la Autoevaluación del Sistema de Control Interno (ASCI) del año 2025,
que permitirá a las personas Titulares Subordinadas (jefaturas), en conjunto
con sus equipos de trabajo, calificar el grado de cumplimiento de la Normativa
de Control Interno, además de definir las propuestas de mejora o acciones
correctivas en los casos que corresponda, permitiendo de esta manera el
fortalecimiento del Sistema de Control Interno (SCI).
Lo anterior responde a lo
preceptuado en Ley General de Control Interno n.°
8292, Artículo 17 inciso c) que a la letra indica “Que la administración
activa realice, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan
al perfeccionamiento del sistema de control interno del cual es responsable.” En
adición a lo transcrito, la norma 6.3.2 del componente de Seguimiento establece “El jerarca y los titulares
subordinados, según sus competencias, deben disponer la realización, por lo
menos una vez al año, de una autoevaluación del SCI, que permita identificar
oportunidad de mejora del sistema, así como detectar cualquier desvío que aleje
a la institución del cumplimiento de sus objetivos.”
A tales efectos, se dispone
del proceso establecido que considera:
a) La Unidad de Control
interno de esta Dirección Ejecutiva como una Unidad Coordinadora que lidera la
ejecución de todas las acciones requeridas;
b) un Equipo Gerencial
integrado por las jefaturas institucionales, que deben participar activamente
en el proceso; y
c) la Auditoría Interna que
realiza su proceso de manera independiente, pero siguiendo los lineamientos
institucionales.
Debe señalarse que, para la
ASCI del 2025, como ha sido usual, se utilizará una herramienta en formato de
Excel -documento adjunto- que facilita la tabulación de la información para
elaborar el informe respectivo. Adicionalmente, se indica que los resultados
obtenidos pueden integrarse en los informes relativos a los Índices de
Capacidad de Gestión Institucional que se reporta a la Contraloría General de
la República y demás efectos consiguientes.
En consecuencia, se eleva a
criterio de las señores Magistradas y los señores Magistrados la solicitud del
señor Armando Vinicio Machado Aguilar, Coordinador a. i. del Sistema de Control
Interno para que se autorice la aplicación de la ASCI 2025 a todas las unidades
administrativas institucionales, a partir de lo que se obtendría el diagnóstico
del estado actual del referido SCI, proceso en el que, en esta ocasión, se
evaluarán todos sus componentes: Ambiente de Control,
Actividades de Control, Valoración de Riesgos, Sistema de Información y
Seguimiento de la Información.
De ser aprobada la petición,
se solicita que se establezca el plazo para la presentación de la
Autoevaluación SCI 2025 por parte de todas las jefaturas con fecha límite el 15 de enero de 2026.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. La misma Dirección
Ejecutiva comunicará lo pertinente a las unidades administrativas
institucionales. ACUERDO FIRME.
B) III Informe Trimestral –
Avances del Plan de Mejora al Procedimiento de Gestión de la Nacionalidad
Costarricense. Del señor Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Director General
del Registro Civil, se conoce oficio n.°
DGRC-1022-2025 del 12 de diciembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado
en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º
93-2024, celebrada el 10 de setiembre de 2024, remite el “III Informe
Trimestral – Avances del Plan de Mejora al Procedimiento de Gestión de la Nacionalidad
Costarricense”.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se
acogen. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
C) Sobre manifestaciones de la
UNEC respecto de la publicación de salarios en la página web institucional. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva,
se conoce oficio n.° DE-3457-2025 del 15 de diciembre
de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el
artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 95-2025,
celebrada el 18 de noviembre de 2025, rinde informe relativo a las
manifestaciones de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC),
respecto a la publicación de salarios en la página web institucional.
Se dispone: Tener por rendido el informe presentado por la
Dirección Ejecutiva mediante oficio n° DE-3457-2025,
el cual se acoge. En consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y
las recomendaciones consignadas en el oficio n°
DE-2784-2025 del 20 de octubre 2025, respecto de la publicación en el sitio web
institucional, de la planilla con salario bruto que percibe cada persona
funcionaria, identificándola únicamente con su número de cédula. Hágase de
conocimiento de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO
FIRME.
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Hay un cambio aquí, un
agregado más bien”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Si, yo tenía una observación, porque, de los
documentos que se adjuntan la idea es que no se incluya el nombre del
funcionario, sino la cédula de identidad entonces resulta que el nombre no es
un dato privado, entonces yo había agregado ahí sin incluir el nombre de la
persona y sus datos privados”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría:
“Pero
la cédula donde era que iba”
Intervención
de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Es que
en el acuerdo, decía que la cédula sin el nombre”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Respecto a la publicación
en el sitio web institucional de la planilla, con salario bruto que percibe
cada persona funcionaria”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Sin incluir el nombre”
Intervención
de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Pero es que decía se
incluye número de cédula sin el nombre ni datos privados”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero si, cada persona funcionaria, o la
cédula de cada persona funcionaria sin incluir su nombre”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “Como estaba antes”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Como quedaría entonces
perdón; respecto a la publicación en el sitio web institucional, de la planilla
con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, incluyendo el número de
cédula sin sus datos de carácter privado”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Ni su nombre, el tema es ese que toda la
documentación, lo que se objeta es que aparezca el nombre del funcionario,
entonces sería nada más esa observación”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Pero entonces seria: De la
planilla con salario bruto que percibe cada persona funcionaria, sin incluir su
nombre”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero hay que incluir la cédula”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “Identificándose solo con su cédula de
identidad”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Ya en la propuesta del
oficio de la Dirección Ejecutiva se había indicado que iba la cédula”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Si eso está bien, pero es que en el
acuerdo”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “No hay que poner la cédula
aquí, estamos aprobando el oficio”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Pero es que aquí no dice”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “Si dice, el cual se acoge”
Intervención
de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “Si, como vamos
acoger el oficio y ahí se especifica, entonces no hay que poner nada, solo que
se acoge el oficio”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “¿En la recomendación dice todo lo demás?
Es decir, acogerlo, si entonces hay que decir cual se acoge como lo hacemos en
otros casos”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “El cual se acoge, en
consecuencia, se mantiene la propuesta de publicación y las recomendaciones
consignadas en el oficio tal y quitamos todo lo demás y dejamos hágase de
conocimiento”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Pero es que son dos oficios diferentes”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “Uno ratifica el anterior”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Y en el anterior no estaba incluido”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “En el anterior no estaba
incluido el nombre, estaba nada más el número de cédula únicamente”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “¿Entonces porque incluyeron todos los
nombres?”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “¿Incluyeron cuándo? En la
primera publicación fue”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Exacto”
Intervención
del señor Secretario General Chinchilla Mora: “En la de octubre fue, y
cuando se publico así UNEC presento el documento y lo
pasamos”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “Ah bueno, lo que pasa es que en la de
octubre si dice que hay que incluir el nombre”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Exactamente, por eso es que
no se puede poner verdad, hay que tenerlo”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “En consecuencia, se mantiene
la propuesta de publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio del
20 de octubre, identificando, perdón, de octubre, respecto a la publicación en
el sitio web, identificando con su número de cédula, ¿cómo era que decía Don
Héctor?”
Intervención
del señor Magistrado Férnandez Masís: “De la planilla con salario bruto que percibe
cada persona funcionaria identificándose solo con su número de cédula de
identidad”
Intervención
de la señora Magistrada Chinchilla Retana: “¿Creo que ahí estaba? En
el acuerdo estaba así Luis”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Si, con su número de cédula,
sin incluir datos de carácter privado”
Intervención
de la señora Magistrada Bou Valverde: “Vamos a ver si nosotros ponemos que
únicamente con su cédula es una cosa, pero si ponemos con su cédula sin incluir
datos privados, el nombre no es un dato privado”
Intervención
de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavaría: “Identificándola únicamente
con su número de cédula, perfecto, entonces ahora lo vemos, si tomamos nota, lo
leo otra vez si quieren para estar claro; Tener por rendido el informe
presentado por la Dirección Ejecutiva mediante oficio n°
DE-3457-2025, el cual se acoge. En consecuencia, se mantiene la propuesta de
publicación y las recomendaciones consignadas en el oficio n°
DE-2784-2025 del 20 de octubre 2025, respecto de la publicación en el sitio web
institucional, de la planilla con salario bruto que percibe cada persona
funcionaria, identificándola únicamente con su número de cédula. Hágase de
conocimiento de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC)”
D) Criterio respecto a la
implementación del proyecto de padrón electrónico para el proceso electoral
2026. Del señor Gerardo Abarca
Guzmán, Director General a. i. del Registro
Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-1056-2025 del 17 de diciembre de 2025, mediante el
cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la
sesión ordinaria n.º 98-2025, celebrada el 25 de noviembre de 2025, rinde
criterio respecto a la implementación del proyecto de padrón electrónico para
el proceso electoral 2026.
Se dispone: Tener por rendido el criterio el cual se acoge. En
consecuencia, la implementación del proyecto del padrón electrónico se
realizará en las elecciones municipales de 2028, para facilitar la
identificación de las personas electoras ante las juntas receptoras de votos.
Las Direcciones Ejecutiva y de Registro Electoral gestionarán ante las
autoridades hacendarias, la dotación de los recursos presupuestarios que
permitan la viabilidad financiera de este proyecto. ACUERDO FIRME.
E) Informe sobre el estado
general de cumplimiento de las recomendaciones y acciones de mejora. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-0627-2025 del 18 de diciembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Para los fines
pertinentes, se remite el Informe n.° IPAC-03-2025
sobre el estado de cumplimiento de las recomendaciones y acciones de mejora
emitidas por la Auditoría en sus diferentes productos -con corte al
15/11/2025-, en observancia a lo establecido en la norma 2.11 de las Normas
para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, que refiere al
establecimiento y mantenimiento del proceso de seguimiento de las
recomendaciones y acciones de mejora que se deriven de los servicios de
Auditoría, igualmente, en cumplimiento del numeral 22 del Reglamento para el
seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los
informes de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.
Asimismo, es importante
indicar que dichas recomendaciones y acciones de mejora, fueron aglutinadas por
Instancia superior o staff, con la finalidad de que éstas informen lo
pertinente a sus adscritas, Comisiones Institucionales, Equipos de Hacienda
Digital y de Reforma Reglamento de Bienes -según proceda-, por lo que, en el
Anexo n.° 2 del citado informe se evidencia el
detalle general de estas, así como, su estado de cumplimiento.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge.
Hágase del conocimiento de las direcciones generales institucionales. ACUERDO
FIRME.
F) Situación en el Área de
Análisis Ocupacional del Dpto. Recursos Humanos. De la señora Annia Lorena
Rodríguez Villegas, Encargada a. i. del Área de Análisis Ocupacional del
Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.°
RH-2579-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual expone una situación
particular que se presenta actualmente en esa área y realiza una serie de
petitorias al respecto.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- De
previo a resolver, hágase del conocimiento de las señoras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, para
que, en forma conjunta, rindan informe, dentro del plazo de quince días
hábiles. ACUERDO FIRME.
G) Informe del seguimiento del
Plan de mejora de la Autoevaluación de la Calidad de la Auditoría Interna. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-0628-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el
cual remite el Informe de seguimiento n.º IPAC-004-2025 relativo al estado de
las acciones del plan de mejora de la Autoevaluación de la Calidad de la
Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones de los periodos 2022, 2023
y 2024, y la validación independiente de la autoevaluación de 2021.
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular.
Hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.
A) Calendario mensual para el
uso de licencia sindical durante el mes de enero de 2026. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General
Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE),
se conoce oficio n.° SETSE-061-2025 del 17 de
diciembre de 2025, mediante el cual adjunta la calendarización y el listado de
los integrantes de ese grupo sindical que tomarán licencia sindical durante el
mes de enero de 2026.
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento
de Recursos Humanos, así como la inmediata de la señora Vega Figueroa y de las
personas funcionarias indicadas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO.
ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Carta Elección y
Juramentación de Magistrados del Tribunal Superior Electoral de República
Dominicana. Del señor Bautista López
García, Encargado de Relaciones Internacionales y Cooperación del Tribunal
Superior Electoral de República Dominicana, se conoce nota del 17 de diciembre
de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo a bien
comunicar, para su conocimiento y el de los demás integrantes de ese órgano
electoral, que el Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión celebrada el
miércoles 2 de diciembre, procedió a la elección de los señores Ygnacio Pascual
Camacho Hidalgo, Juez Presidente; Pedro Pablo Yermenos
Forastieri, Juez Titular; Fernando Fernández Cruz, Juez Titular; Rafaelina
Peralta Arias, Jueza Titular; y Lenis Rosángela García Guzmán, Jueza Titular
del Tribunal Superior Electoral.
Asimismo, informamos que los
mencionados Magistrados fueron debidamente juramentados en la noche del jueves,
y asumieron sus funciones el viernes 5 de diciembre de 2025, en horas de la
mañana. De igual modo, fueron juramentados y puestos en posesión los Jueces
Suplentes: Lourdes Teresa de Jesús Salazar Rodríguez, Juan Bautista Cuevas
Medrano, Juan Manuel Garrido, Freddy Ángel Castro Díaz y Víctor Rafael Menieur
Méndez.
En ese orden, nos permitimos
indicar que los Magistrados ejercerán sus funciones durante el cuatrienio
constitucional correspondiente, comprendido desde diciembre de 2025 hasta
diciembre de 2029. De igual manera, es pertinente poner en su conocimiento que
se encuentra habilitado el correo institucional […] para cualquier tipo de
comunicación relacionada con este Tribunal.
Reiterando nuestra alta
consideración y respeto, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy
atentamente.".
Se dispone: El Tribunal Supremo de Elecciones felicita a las
Magistradas y a los Magistrados, así como a los jueces suplentes del Tribunal
Electoral de República Dominicana, por su reciente elección y juramentación.
Este pleno augura el mayor de los éxitos al máximo organismo jurisdiccional
electoral de República Dominicana en la realización de sus nuevas y delicadas
funciones. ACUERDO FIRME.
Interviene
la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: Si me permite, quisiera
nada más agregar que, en el caso de la jueza Rafaelina Peralta Arias, miembro
fundadora de AMEA, (Asociación de Magistradas Electorales de las Américas),
hemos tenido la ocasión, todos nosotros magistrados y magistradas de este
Tribunal, de compartir con ella tanto en su mandato anterior como a través de
AMEA, Nosotras las magistradas de Costa Rica de este Tribunal y felicitándolos
a todos tal como señalamos en el acuerdo, quisiéramos destacar el honor que
significa que una compañera de AMEA integre nuevamente el Consejo en esta
ocasión, estando antes en el Tribunal, gracias.
ARTÍCULO OCTAVO.
ASUNTOS EXTERNOS.
A) Criterio técnico jurídico
respecto a la grabación en audio y video de las sesiones. Del señor Alonso Arnesto Moya, Procurador, se conoce oficio n.° PGR-C-241-2025 del 15 de diciembre de 2025, mediante el
cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la
sesión ordinaria n.º 86-2024, celebrada el 20 de agosto de 2024, rinde criterio
técnico jurídico de ese órgano superior consultivo, respecto a la grabación en
audio y video de las sesiones de los órganos colegiados con motivo de la
reforma efectuada por la Ley para mejorar el proceso de control presupuestario,
por medio de la corrección de deficiencias normativas y prácticas de la
administración pública, (n.°10053 del 25 de octubre de 2021) a los artículos 50
y 56 de la Ley General de la Administración Pública (n.°6227, del 2 de mayo de
1978) –en adelante, LGAP– y, con fundamento en una serie de consideraciones,
literalmente concluye:
"C. CONCLUSIÓN
De conformidad con las
consideraciones anteriores, es criterio de la Procuraduría General de República
que:
1. Las reglas generales de
los artículos 50 y 56 de la LGAP únicamente resultan aplicables a los órganos
colegiados que realizan función administrativa –no electoral– y expresan la
voluntad de la Administración Pública a la que pertenecen mediante el dictado
de una resolución final o de un acto con efectos jurídicos intersubjetivos a
falta de legislación especial.
2. En la medida que las
comisiones institucionales internas del TSE presenten esos rasgos deberán
ajustarse a esas disposiciones, grabando íntegramente en audio y video sus
sesiones, mediante el debido respaldo digital, con independencia de si preparan
o no los acuerdos para los órganos decisores de la institución.
3. De lo contrario, si como
parece ser, estas comisiones institucionales están concebidas como meras
unidades administrativas pluripersonales de un determinado órgano del TSE, no
deben seguir las reglas de la colegialidad de la LGAP, bastando el informe o
criterio técnico que rindan por escrito y firmado por los funcionarios que lo
elaboraron al órgano con competencias decisorias.
4. Lo anterior sin perjuicio
de que quieran observar facultativamente esas reglas como buena práctica
administrativa, pero sin dejar de sopesar el costo en recursos financieros y de
otra índole que ello puede suponer para el presupuesto de la institución.".
Se dispone: Tener por recibido el criterio jurídico que remite la
Procuraduría General de la República, suscrito por el señor Arnesto Moya.
Hágase de conocimiento del Departamento Legal, del Consejo de Directores y de la Secretaría General de este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
Interviene la señora Magistrada Presidenta
Zamora Chavarría: “Sería conveniente también al CDIR, porque como hace
una serie de recomendaciones respecto a la necesidad o no de grabación de
diferentes comisiones”
B) Informe Final Indicadores
Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación 2024. De la Secretaría de Planificación Institucional y Sectorial del
Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), se
conoce correo electrónico del 16 de diciembre de 2025, mediante el cual remite
el Informe Final de Indicadores Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación
2024.
Se dispone: Tener por recibido el informe. ACUERDO
FIRME.
B) Carta de apoyo al TSE. De un grupo de personas de la Alianza Ciudadana por el Despertar
Democrático, se conoce nota del 19 de diciembre de 2025, mediante la cual
manifiestan su apoyo a este Tribunal, reiteran su compromiso de coadyuvar en la
convocatoria y movilización cívica, a fin de promover que las personas ejerzan
su derecho al sufragio. Asimismo, expresan deseos de fortaleza para la
conducción del proceso electoral.
Se dispone: Tener por recibida la comunicación de apoyo a este Tribunal, la cual se
agradece. Hágase de conocimiento de la Dirección del Registro Electoral para lo
que corresponda.
Interviene la señora Magistrada Presidenta
Zamora Chavarría: “Habíamos agregado que se
remitiera, dado que ellos nos preguntan en la misiva en que pueden coadyuvar
con el proceso electoral, remitirlo también o comunicarlo para su debida
atención a la Dirección General del Registro Electoral
Interviene la señora
Magistrada Bou Valverde: “Agregar también que fue
recibida la comunicación de apoyo, para que quede en la parte de disposición”.
C) Transmisión de borradores
de los Acuerdos relativos a Privilegios e Inmunidades y a Procedimiento de
Observación. De la señora Carol Viviana
Arce Echeverría del Departamento de Organismos Internacionales, de la Dirección
General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
se conoce correo electrónico n.° DGPE/DOOII-CVAE-0581
del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual remite la comunicación
SFD-DECO-672-2025, del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de
los Estados Americanos (OEA), y traslada copia de los borradores del “Acuerdo
relativo a los Privilegios e Inmunidades”, y del “Acuerdo relativo al Procedimiento
de Observación”, correspondientes a la Misión de Observación Electoral de
la OEA para las Elecciones Presidenciales y Legislativas de 2026 en Costa Rica,
la cual se desplegará en el país en el marco del Capítulo V de la carta
Democrática Interamericana, para su revisión y eventual aprobación.
Se dispone: Tener por recibidos los proyectos de borrador
remitidos por la señora Arce Echeverría sobre los Acuerdos relativos a Privilegios
e Inmunidades y a Procedimiento de Observación, los cuales se agradecen.
Para su trámite correspondiente, pase al Programa de Observadores
Internacionales y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Presidenta
Zamora Chavarría: “De acuerdo, nada más si les parece, tener por
recibidos los proyectos de borrador remitidos por la señora Arce Echeverría”.
ARTÍCULO NOVENO.
ASUNTOS ELECTORALES.
A) Autorización de traslados
de centros de votación. Del señor Gerardo Abarca
Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Políticos, se conocen oficios n.°s DGRE-1076-2025,
DGRE-1075-2025, DGRE-1077-2025, DGRE-1046-2025, DGRE-1047-2025, DGRE-1068-2025,
DGRE-1069-2025, DGRE-1072-2025, DGRE-1073-2025 y DGRE-1074-2025 del 10, 15 y 16
de diciembre del 2025, mediante los cuales, por las razones que expone, solicita
autorización para trasladar los centros de votación en los siguientes lugares:
distrito Barrio La Cruz, cantón de Liberia; distrito Westfalia, cantón de
Limón; distrito Río Seco, cantón de Montes de Oro; distrito Matina, cantón de
Nicoya; distrito Concepción de Platanillo, cantón Nicoya; distrito Juanilama, cantón
de Esparza; distrito Barranca, cantón de Naranjo; distrito Bajo de Jorco (parte
oeste), cantón de Mora; distrito Santa Marta, cantón de Jiménez y distrito Paso
Ancho Norte, cantón de San José.
Asimismo, requiere que el
acuerdo que se adopte se comunique al Programa Electoral de Asesores
Electorales, al Sistema de Información 1020, al Cuerpo Nacional de Delegados y a todos los partidos políticos que participan en
este proceso, así como que se actualice la información correspondiente en la
página web del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Autorizar los traslados de centros de votación conforme se propone en
cada caso. ACUERDO FIRME.
B) Autorización de traslados
de centros de votación. Del señor Gerardo Abarca
Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Políticos, se conocen oficios n.°s DGRE-1103-2025, DGRE-1104-2025, DGRE-1105-2025, DGRE-1106-2025,
DGRE-1107-2025, DGRE-1108-2025, DGRE-1109-2025, DGRE-1110-2025, DGRE-1111-2025
y DGRE-1112-2025 todos del 19 de diciembre del 2025, mediante los cuales, por
las razones que expone, solicita autorización para trasladar los centros de
votación en los siguientes lugares: distrito Sánchez, cantón de Curridabat;
distrito Cacao, cantón de Santa Cruz; distrito San Martín, cantón de Puriscal;
distrito Empalme, cantón de San Ramón; distrito Coyolito de Abangares o La
Peña, cantón Abangares; distrito Cipreses, cantón de Curridabat; distrito
Quizarrá (parte este), cantón de Pérez Zeledón; distrito Loma Larga, cantón de
Cartago; distrito Pavones, cantón de Pérez Zeledón y distrito Aranjuez, cantón
de San José.
Asimismo, requiere que el
acuerdo que se adopte se comunique al Programa Electoral de Asesores
Electorales, al Sistema de Información 1020, al Cuerpo Nacional de Delegados y a todos los partidos políticos que participan en
este proceso, así como que se actualice la información correspondiente en la
página web del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Autorizar los traslados de centros de votación conforme se propone en
cada caso. ACUERDO FIRME.
C) Integración definitiva de
juntas receptoras de votos en territorio nacional. De las señoras Alejandra Peraza Retana, Jefa del
Departamento de Programas Electorales y Silvia Elena Marín Mendoza, Encargada
del Programa de Asesores Electorales, se conoce oficio n.°
PAE-0380-2025 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiestan:
"En adición al oficio
PAE-0338-2025 y como resultado de la propuesta de integrantes para las juntas
receptoras de votos (JRV) por parte de los partidos políticos, una vez que
finalizó el periodo de subsanación de inconsistencias, así como la integración
especial (Tercer integrante) para las JRV correspondientes, se tiene el
siguiente resultado:
|
Integración de las juntas
receptoras de votos |
|
|
Juntas con representación de tres o más partidos políticos |
313 |
|
Juntas con representación de dos partidos políticos |
1.170 |
|
Juntas con representación de un partido político |
4.580 |
|
Juntas sin representación de partidos políticos |
1.000 |
|
Total |
7.063 |
De conformidad con lo
expuesto, se determina que un total de 1.000 juntas receptoras de votos se
encuentran sin representación partidaria, por lo que deberán ser integradas con
Auxiliares Electorales, esto en concordancia con lo dispuesto en el cuarto párrafo
del artículo 41 del Código Electoral y en el inciso e) del artículo 19 del
Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Nacionales del 1. °
de febrero de 2026.
Debido a lo señalado
anteriormente, y en atención a la forma en que se presenta la integración definitiva de las juntas receptoras de
votos, se recomienda que estas
1.000 juntas sean declaradas debidamente integradas con los auxiliares
electorales requeridos, a fin de garantizar su adecuado funcionamiento el día
de la jornada electoral.
Asimismo, se consideran los
casos de excepción, tales como las zonas indígenas y los hogares de larga
estancia, en los cuales la integración se completará, de ser necesario, con
personas funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Para el caso
específico de la Isla del Coco, las juntas receptoras de votos se integrarán
con las personas voluntarias necesarias.
Al respecto considérese que,
de acuerdo con el reporte generado por el Sistema de Información Electoral
(SIE), se determina que los partidos Justicia Social Costarricense, Liberación Nacional,
Liberal Progresista, Pueblo Soberano, Unidad Social Cristiana y Unidos Podemos presentaron propuestas de personas integrantes para las juntas
receptoras de votos. Dichas propuestas fueron incorporadas al sistema conforme
a los procedimientos establecidos, sin que se evidencien incidentes que hayan
afectado el proceso, por lo que se da la integración de estos organismos
electorales, en apego a la normativa electoral vigente y al cronograma definido
para el proceso electoral correspondiente.
Por lo expuesto,
respetuosamente le solicito se tenga por presentada la integración definitiva
del proceso de Elecciones Nacionales 2026 para su respectiva
comunicación.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día-. 2.- Aprobar
conforme se propone. ACUERDO FIRME.
A las doce horas y dieciséis minutos terminó la sesión.
|
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
|
Zetty
María Bou Valverde |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
|
Héctor
Enrique Fernández Masís |
Hugo
Ernesto Picado León |