ACTA N.º 99-2024

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del primero de octubre de dos mil veinticuatro, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron –quien preside–, la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde y el señor Magistrado Héctor Enrique Fernández Masís. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:

       Consulta legislativa del proyecto de “Reforma del artículo 133 del Código Electoral, Ley n°8765.”, expediente n.° 24.502.

       Consulta legislativa del proyecto de “Reforma del Código Electoral para permitir el uso de certificados de cesión de deuda política en campañas municipales y gastos permanentes de periodos no electorales”, expediente n.° 24.503.

       Solicitud de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles para cambio de fecha en licencia sindical.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 98-2024, con excepción del señor Magistrado Héctor Fernández Masís, quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Para el conocimiento del primer punto, sale del salón de sesiones el señor Magistrado Fernández Masís.”

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Yo creo que no es necesario que salga, porque no se le está dando ningún beneficio en particular a él.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Es el encargo que vamos a conocer de él hacia don Gerardo, si no hay problema podemos continuar.”

Interviene el señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron: “Podríamos continuar, porque no está recibiendo ningún derecho él. Creo que es el criterio que se usa siempre para retirarse del salón. Está más bien autorizándose a un tercero.”

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Y somos nosotros los que proponemos el encargo.”

A) Encargo de funciones en la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2020-2024 del 25 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio RH-2351-2024, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones del señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, en el señor Gerardo Abarca Guzmán, Secretario General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, en esa misma Dirección, del 17 al 21 de octubre de 2024.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de cambio de fecha de rige de nombramiento interino en la Dirección General de Estrategia Tecnológica. De la señora Kattya Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2359-2024 del 26 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-2226-2024 del pasado 11 de setiembre, se solicitó al Superior el nombramiento interino de señor Osvaldo González Chaves en el puesto N.º 370913 de la clase Profesional Ejecutor 3, Profesional en Tecnologías de Información 2, en la Dirección General de Estrategia Tecnológica, a partir del próximo 16 de octubre. Dicho nombramiento fue aprobado en sesión ordinaria N.º 96-2024 celebrada el 19 de setiembre de 2024 y comunicado mediante oficio STSE-1974-2024.

No obstante, mediante nota firmada digitalmente recibida en este departamento el día 26 de setiembre de 2024, el señor González Chaves, solicita ingresar hasta el 21 de octubre de 2024, en virtud del preaviso que debe otorgar en su actual lugar de trabajo.

En consecuencia, de lo anterior, se eleva a valoración de la Magistratura Electoral la petición del señor González Chaves, para que su ingreso sea a partir del 21 de octubre de 2024.".

Se dispone: Autorizar conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones en el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0727-2024 del 26 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-2361-2024 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud del encargo de funciones que se detalla a continuación:

 UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO

TITULAR

SUSTITUYE

PERIODO Y MOTIVO

Departamento de

Coordinación de

Servicios

Regionales

Jefatura

Diana Rodriguez Barrantes

Kattya

Somarribas Salgado

 del 7 al 11 de octubre de

2024 / vacaciones

 

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

D) Consulta de resolución de traslado temporal de funcionaria a la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0323-2024 de las ocho horas y cuarenta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veinticuatro, mediante la cual literalmente manifiesta:

"De común acuerdo con las señoras Carolina Phillips Guardado y Evelyn Vanessa Mora Retana y el señor German Alberto Rojas Flores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, por razones de conveniencia institucional, se dispone efectuar el traslado temporal, por un espacio de 6 meses prorrogables, de la plaza número 45657, de la clase Asistente Funcional 3, de Asistente en Servicios Registrales Civiles, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice, del Departamento Civil a la Sección de Opciones y Naturalizaciones.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

E) Declinación de nombramiento en propiedad en la Oficina de Seguridad y Vigilancia. De la señora Kattya Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2366-2024 del 27 de setiembre de 2024, mediante el cual solicita, en primer lugar, dejar sin efecto el nombramiento en propiedad del señor Ellioth Antonio Silva Montes, en la plaza número 45488, aprobada en sesión extraordinaria n.º 92-2024, celebrada el 5 de setiembre de 2024, en virtud de que el señor Silva Montes declinó a su nombramiento y en segundo lugar, solicita que el Departamento Legal emita criterio jurídico respecto del procedimiento a seguir para la ocupación de la plaza vacante que dejó el señor Silva Montes.

Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento del señor Silva Montes, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. Proceda el Departamento Legal con la solicitud de criterio al respecto para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, se rinda el informe correspondiente. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron.

F) Vacaciones del señor Magistrado Presidente a. i. Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Presidente a. i. Max Alberto Esquivel Faerron, solicita se le conceda el disfrute de vacaciones el día 3 de octubre de 2024.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Vamos a ingresar al sistema del sorteo. Estaríamos entonces realizando el sorteo número 549. En este momento el Pleno se encuentra integrado por don Max Alberto Esquivel Faerron, doña Zetty María Bou Valverde y don Héctor Fernández Masís. Vamos a sustituir a don Max. Vamos a indicar en observaciones que la sustitución es por motivo de vacaciones para el día 3 de octubre. En esta ocasión no participaría don Luis Diego Brenes Villalobos, porque en esta misma sesión se va a conocer de su designación en la misión electoral de Brasil, en las elecciones municipales. Lo vamos a excluir indicando que estaría como observador internacional. Participarían en este sorteo doña Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, doña Mary Anne Mannix Arnold, don Hugo Ernesto Picado León y doña Wendy de los Ángeles González Araya.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “En el caso de don Luis Diego, ¿ya para esas fechas ya va a estar fuera?”.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “La misión de observación comienza propiamente el 3.

Iniciamos el sorteo.

En este caso la Magistrada ganadora del sorteo es doña Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.”

G) Sustitución por vacaciones de señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron. Se dispone: Para sustituir al señor Magistrado Presidente a. i. Max Alberto Esquivel Faerron, durante su ausencia por vacaciones -autorizadas en esta misma sesión- el jueves 3 de octubre de 2024, previo sorteo de rigor -el número 549- se designa a la señora Magistrada Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre dedicación exclusiva estudio del puesto n.° 90232. De la señora Laura Brenes Ramírez, Profesional en Derecho 1 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0264-2024 del 24 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 41-2024, celebrada el 24 de setiembre de 2024 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, que dice:

«De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y los señores Jefferson Vargas Salas, Secretario General a. i. de la Dirección Ejecutiva y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-2204-2024 del 13 de setiembre de 2024, mediante el cual rinden informe sobre la conveniencia institucional de someter el puesto n.° 90232 al régimen de dedicación exclusiva y, con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluyen:

“(…) se evidencian elementos que permiten determinar la conveniencia institucional de someter al puesto n.° 90232 Profesional Ejecutivo/a 1 (clase Profesional Ejecutor 3) ubicado en la DE, al régimen de dedicación exclusiva, de forma tal, que la persona funcionaria que ocupe ese cargo deba dedicar sus servicios profesionales -profesión liberal requisito del puesto y profesiones relacionadas con dicho cargo- exclusivamente al servicio del Tribunal; lo anterior, en virtud de que al ponderar el costo económico que conlleva esa dedicación, la Administración obtiene mayor beneficio al procurar que se garantice el interés público con la dedicación completa de la persona que ocupe ese puesto en las actividades institucionales”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctese la respectiva resolución. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualización al Padrón Nacional Electoral de agosto de 2024. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.° CE-230-2024 del 26 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que por su digno medio se someta a consideración del Tribunal, me permito informar que mediante oficio n.° PE-123-2024 del 09 de setiembre de 2024, el señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría Electoral los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padrón Nacional Electoral, correspondientes al mes de agosto, de conformidad con el siguiente detalle:

 PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

 

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.650.851

TOTAL INCLUSIONES

12.504

TOTAL EXCLUSIONES

             7.071

VARIACIÓN NETA

5.433

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.656.284

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

58.391

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.597.893

 

Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detalla en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de Análisis y Padrón Electoral, así como con los informes diarios extraídos del SICI sobre la producción diaria del centro de impresión de la Sección de Cédulas.

Además, esa información se corroboró con lo expuesto en el oficio n.° DGRC0689-2024, del 11 de setiembre de 2024, suscrito por el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 95-2024, celebrada el 17 de setiembre de 2024, cuya verificación resultó satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de prórroga para atender recomendación de informe de Auditoría Interna. De las señoras Hirlanny Ortiz Campos e Ileana Molina López, Jefa y Encargada a. i. del Programa de Salud Ocupacional (PSAL), respectivamente, del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2312-2024 del 19 de setiembre de 2024, mediante el cual solicitan valorar la solicitud de prórroga a la recomendación 4.3 contenida en el informe de Auditoría Interna IES-01-2024-B de carácter confidencial, según las justificaciones que exponen.

De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce conjuntamente memorando n.° RH-083-2024 del 23 de setiembre de 2024, mediante el cual remite los anexos relativos a dicha prórroga solicitada en el párrafo anterior.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

B) Estado de cumplimiento de lo dispuesto en advertencia de la Auditoría Interna. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-406-2024 del 26 de setiembre de 2024, mediante el cual indica que se tienen por cumplidas las recomendaciones y acciones de mejora relativas a la advertencia AD-05-2021 sobre la derogatoria de las “Normas Técnicas para la Gestión y el Control de las Tecnologías de Información (N-2-2007-CO-DFOE)”, según indica.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de los despachos concernidos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación al Programa de las Elecciones en los Estados Unidos de América, 2024. Del señor Máximo A. Zaldívar Calderón, Director Regional para América Latina y el Caribe de la Fundación Internacional para Sistemas Electorales, se conoce nota del 18 de setiembre de 2024, mediante la cual remite invitación en nombre del señor Anthony N. Banbury, Presidente y CEO de la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES), a participar en el Programa de las Elecciones en los Estados Unidos de América (USEP por sus siglas en Inglés), según expone.

Se dispone: Agradecer al señor Zaldívar Calderón y, por su medio, al señor Banbury, la cordial invitación que cursa, la cual lamentablemente se declina por motivos presupuestarios. ACUERDO FIRME.

B) Mensaje en Conmemoración del 75 Aniversario del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Hernán Penagos Giraldo, Registrador Nacional del Estado Civil de la República de Colombia, se conoce memorial del 25 de setiembre de 2024, mediante la cual literalmente manifiesta:

"Como registrador nacional del Estado Civil de Colombia, es un honor para mí expresarle mis más sinceras felicitaciones con ocasión del 75 0 aniversario del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE). Esta es una gran oportunidad para resaltar el destacado papel que el TSE ha desempeñado en la consolidación de la democracia en Costa Rica y como, desde su creación, ha sido un pilar para la garantía y respeto de los derechos políticos de los y las costarricenses.

Durante los últimos 75 años, la labor del TSE se ha guiado por principios de imparcialidad e independencia, siendo un modelo a seguir para Colombia y para la región. Tanto Colombia como Costa Rica han establecido sistemas electorales robustos que, gracias a la transparencia y la garantía de acceso a la información, han incrementado la confianza de los y las ciudadanas en todas las etapas del proceso electoral.

Sea esta la ocasión para resaltar también la importancia de otra labor que compartimos dentro de la organización electoral, orientada a garantizar, de manera imparcial y objetiva, el derecho a la identificación de todas las personas como base para el acceso a los servicios del Estado.

Desde la Registraduría Nacional del Estado Civil, les reiteramos nuestras felicitaciones por estos 75 años y deseamos que los años venideros sigan siendo testigos de su valiosa labor en el fortalecimiento de la administración electoral, el registro civil y la promoción de los valores democráticos. Les recordamos que tienen un aliado en la región que día a día defiende y protege la democracia.".

Se dispone: Agradecer al señor Penagos Giraldo su comunicación y el reconocimiento que hace de la labor de estos organismos electorales por todos estos años de servicio en favor de la democracia. Este Tribunal, a su vez, aprovecha la ocasión para reafirmar los compromisos de colaboración entre instituciones para el fortalecimiento institucional de la registración civil en las Repúblicas de Colombia y Costa Rica. ACUERDO FIRME.

C) Programa de Invitados Electorales Internacionales de Puerto Rico. De la señora Jessika D. Padilla Rivera, Presidenta Alterna de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, se conoce nota del 24 de setiembre de 2024, mediante la cual literalmente manifiesta:

"Tenemos el agrado de dirigirnos a usted en nombre de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, institución comprometida con la promoción de la transparencia y la democracia en Puerto Rico. El motivo de esta misiva es comunicarle que nuestro país estará llevando a cabo las Elecciones Generales el 5 de noviembre de 2024.

En vista de lo anterior, se le extiende la más cordial invitación para que un (1) funcionario del organismo electoral que usted preside forme parte del Programa de Invitados Electorales Internacionales como miembros de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), que se conformará con motivo de la elección antes mencionada.

En ese sentido, se informa que se estarán cubriendo los gastos relacionados al boleto aéreo en clase económica, alojamiento, traslado interno y alimentación durante el periodo comprendido del sábado, 2 de noviembre de 2024 al miércoles, 6 de noviembre de 2024. A los efectos de coordinar los detalles logísticos necesarios, agradeceremos nos comunique en o antes del martes, 1 de octubre de 2024, el nombre completo del funcionario designado, junto a su correo electrónico y copia del pasaporte.

[…]

Agradecemos de antemano su consideración y esperamos contar con su participación en este importante evento.".

Se dispone: Agradecer a la señora Padilla Rivera la invitación que cursa. Para atenderla se designa a la señora Mary Anne Mannix Arnold, Magistrada suplente de este Tribunal.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo de la funcionaria

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Mary Anne Mannix Arnold

Magistrada suplente del TSE

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Del 1.° al 7 de noviembre de 2024

Elecciones Generales de Puerto Rico

Ninguno.

Ninguno.

 

ACUERDO FIRME.

D) Invitación del Tribunal Superior Electoral (TSE) de Brasil al señor Luis Diego Brenes Villalobos para formar parte de misión de observación de UNIORE. Del señor José Thompson, Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH/CAPEL), se conoce oficio n.° CA-422-24 del 27 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En el marco de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), y con ocasión de las Elecciones Municipales que tendrán lugar el próximo 6 de octubre en Brasil, el IIDH/CAPEL en su condición de Secretaría Ejecutiva ha recibido una invitación de parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) para que se conforme una pequeña misión de observación de UNIORE. En este sentido, nos permitimos invitar al Señor Diego Brenes Villalobos, magistrado suplente, para que acompañe estas elecciones en representación de la UNIORE.

Esta actividad tendrá lugar del 4 al 6 de octubre próximo, se debe llegar a la Ciudad de Brasilia el jueves 3 de octubre y permanecer hasta el lunes 7 de octubre. El Tribunal Superior Electoral de Brasil (TSE) cubrirá los gastos de pasaje aéreo, hospedaje, alimentación y transporte interno.

Agradecemos nos confirme su participación, tan pronto como le sea posible, al correo electrónico […]. Una vez que la recibamos se le enviará la información correspondiente a su estadía en Brasilia y el programa de actividades, así como la propuesta de itinerario de viaje para su consideración.

Muchas gracias por el aporte del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica al fortalecimiento de los procesos electorales en la región y de antemano agradecemos la atención a esta solicitud.".

Se dispone: En el marco de cooperación horizontal entre organismos electorales internacionales, se autoriza la participación del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado suplente de este Tribunal, conforme se solicita.

 De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Luis Diego Brenes Villalobos

Magistrado suplente del TSE

República Federativa de Brasil

Del 3 al 7 de octubre de 2024

Misión de observación UNIORE de las Elecciones Municipales

Ninguno.

Ninguno.

 

ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TSE.

A) Solicitud de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles para cambio en licencia sindical. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce correo electrónico del 27 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación con el acuerdo de la sesión n.º 53-2024, del 14-5-2024, en la cual se autoriza la licencia sindical de los días martes para la suscrita y la señora Arling Castro Jiménez, Secretaria General Adjunta, y dado que, se deben atender algunos asuntos sindicales de interés para la UNEC el día miércoles 3 de octubre; respetuosamente, se solicita autorización para que la señora Castro la próxima semana pueda trasladar la licencia del martes para ese día.

No omito indicar que, el martes 2 la señora Arling Castro se encontrará laborando normalmente.".

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. Tomen nota para lo de sus cargos la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, así como la inmediata de la señora Castro Jiménez. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa del proyecto de “Reforma de los artículos:3 inciso m), 10 incisos a) b) y c), 16, 18 y derogatoria del párrafo final del artículo 68 de la Ley del sistema de estadística nacional”, expediente n.º 24.023. Del señor Leonardo Alberto Salmerón Castillo, Jefe de Área a. i. de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPOECO-0356-2024 del 26 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, en virtud de la moción aprobada en sesión 16, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.º 24023 “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS:3 INCISO M), 10 INCISOS A) B) Y C), 16, 18 Y DEROGATORIA DEL PÁRRAFO FINAL DEL ARTÍCULO 68 DE LA LEY DEL SISTEMA DE ESTADISTICA NACIONAL N°9694 DE 04 DE JUNIO DE 2019”, el cual se anexa.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 10 de octubre de 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 4 de octubre de 2024- pase al señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:15 horas del 3 de octubre de 2024. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 10 de octubre de 2024. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de ley de “Mejora de capacidades del Organismo de Investigación Judicial en la prevención y combate del crimen” expediente n.º 24.191. De la señora Daniella Agüero Bérmudez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPESEG-324-2024 del 27 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, en sesión ordinaria N°19 del 26 de setiembre, 2024 mediante moción aprobada, se solicita el criterio de su representada sobre el texto dictaminado del proyecto de ley expediente N.º 24.191 “MEJORA DE CAPACIDADES DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL EN LA PREVENCIÓN Y COMBATE DEL CRIMEN” el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 11 de octubre, 2024. Por tratarse de un texto dictaminado que será trasladado a la Secretaría del Directorio, no es posible otorgar prórroga por parte de la Comisión. De ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 4 de octubre de 2024- pase al señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:30 horas del 3 de octubre de 2024. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 11 de octubre de 2024. ACUERDO FIRME.

C) Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Ley para proteger, promover y apoyar la lactancia materna.”, expediente n.º 24.481. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPASOC-0919-2024 del 19 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 24.481, “LEY PARA PROTEGER, PROMOVER Y APOYAR LA LACTANCIA MATERNA.”, cuyo texto me permito copiar de forma adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 2 de octubre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares.  

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente este proyecto de ley tiene por objeto, garantizar medidas para proteger, promover y apoyar la lactancia materna como derecho de las personas menores de edad y personas en periodo de lactancia, mediante la reforma de los artículos 95 y 97 del Código de Trabajo, Ley n.° 2 del 27 de agosto de 1943 y sus reformas, y una reforma al artículo 25 de la Ley de Fomento de la Lactancia Materna, Ley n.° 7430 del 14 de setiembre de 1994, así como la obligación de los centros penitenciarios y de detención migratoria de asegurar condiciones adecuadas e higiénicas para garantizar la lactancia materna hasta que los menores dejen de ser alimentados con leche materna.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

No obstante, lo anterior para este Tribunal, como jerarca institucional y órgano integrante de la Administración Pública y entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad político-parlamentaria, no existe objeción u observación alguno que hacer respecto del texto consultado.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto y a la luz de las potestades otorgadas en el artículo 97 constitucional y 12 del Código Electoral, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa del proyecto de “Reforma del artículo 133 del Código Electoral, Ley n°8765.”, expediente n.° 24.502. De la señora Cinthya Díaz Briceño, Jefa de Área de Comisiones Legislativas IV de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CE23949-0473-2024 del 30 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Especial 23949 de Reformas al Sistema Político y Electoral del Estado, en virtud de la moción aprobada en sesión 17, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto “REFORMA DEL ARTÍCULO 133 DEL CÓDIGO ELECTORAL, LEY N°8765” Expediente N.° 24.502, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 11 de octubre del 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 4 de octubre de 2024- pase a los señores Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE, y Ronald Chacón Padilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Para su examen se fijan las 11:45 horas del 3 de octubre de 2024. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 11 de octubre de 2024. ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto de “Reforma del Código Electoral para permitir el uso de certificados de cesión de deuda política en campañas municipales y gastos permanentes de periodos no electorales”, expediente n.° 24.503. De la señora Cinthya Díaz Briceño, Jefa de Área de Comisiones Legislativas IV de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CE23949-590-2024 del 30 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Especial 23949 de Reformas al Sistema Político y Electoral del Estado, en virtud de la moción aprobada en sesión 17, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto “REFORMA DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA PERMITIR EL USO DE CERTIFICADOS DE CESIÓN DE DEUDA POLÍTICA EN CAMPAÑAS MUNICIPALES Y GASTOS PERMANENTES DE PERIODOS NO ELECTORALES” Expediente N.° 24.503, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 11 de octubre del 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 4 de octubre de 2024- pase al señor Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 11:45 horas del 3 de octubre de 2024. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 11 de octubre de 2024. ACUERDO FIRME.

A las diez horas y cuarenta y tres minutos terminó la sesión.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Héctor Enrique Fernández Masís