ACTA N.º 85-2024

 

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas y veintisiete minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0614-2024 del 12 de agosto de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-1990-2024 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y del señor Magistrado del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

 UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO

TITULAR

SUSTITUYE

PERIODO Y MOTIVO

Sección de

Opciones y

Naturalizaciones

Jefatura

Germán Rojas Flores

Paola Arguedas Castellón

23 de agosto de 2024 / vacaciones.

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación para acompañar en las Elecciones Nacionales de la República del Uruguay. Del señor Wilfredo Penco, Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay, se conoce nota del 8 de agosto de 2024, mediante la cual extiende invitación para acompañar en las Elecciones Nacionales que se celebrarán el domingo 27 de octubre, destinadas a elegir Presidente y Vicepresidente de la República, así como integrantes de las Cámaras de Senadores y Diputados y Juntas Electorales, según indica.

Se dispone: Agradecer al señor Presidente Penco la cordial invitación que cursa, la cual debe declinarse por motivos presupuestarios. ACUERDO FIRME.

B) Informes preliminares y final de las Misiones de Observación Electoral tras las elecciones generales y la segunda vuelta presidencial en Costa Rica. De la señora Carol Arce Echeverría, funcionaria del Departamento de Organismos Internacionales de la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.° DGPE/DOOII-CVAE-175-2024 del 9 de agosto 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con el gusto de saludarla, me permito enviar para su estimable consideración, comunicación recibida en nuestra Misión Permanente ante la OEA que contiene los dos informes preliminares presentados en Costa Rica tras las elecciones generales (07 de febrero de 2022) y la segunda vuelta presidencial (4 de abril de 2022), respectivamente. Además, adjunto el Informe Final de la Misión, enviado por el señor Gerardo de Icaza, del Departamento de Cooperación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia.

Se informó a nuestra Embajadora, Representante Permanente en OEA que, el Manual para las Misiones de Observación Electoral 2024 adjunto, tiene previsto que el informe sea publicado y circulado de manera electrónica sin una presentación verbal en el Consejo Permanente.

Además, se informó que están terminando de trabajar en el documento sobre las elecciones municipales con el objetivo de circular ambos informes finales el mes de septiembre.

Al respecto, nos señala la Embajadora ante OEA, que podría usarse de base el párrafo sobre la presentación de informes finales que se encuentra en la página 106 del mencionado manual, que dice:

Informe final de la Misión

El borrador de este último informe es preparado por el/la Coordinador/a de Especialistas junto con el Subjefe/a de Misión y es aprobado por el/la Jefe/a de la Misión. Este documento es presentado por el/la Director/a al/a la Secretario/a General de la OEA para su consideración y aprobación, para luego ser remitido a la Presidencia del Consejo Permanente de la Organización para su distribución y publicación. El Estado Miembro anfitrión, el/la Presidente/a del Consejo Permanente o el/la Secretario/a General, podrán solicitar al/a la Jefe/a de Misión realizar una presentación verbal durante una sesión ordinaria del Consejo Permanente. Por acuerdo de las tres partes, (Estado Miembro anfitrión, Presidencia del Consejo Permanente y el/la Secretario/a General) el informe podrá ser publicado y circulado de manera electrónica sin una presentación verbal. Previo a su presentación ante el Consejo Permanente, y en tiempo razonable, el informe se remite al país anfitrión para su conocimiento. En caso de estimar que haya alguna inexactitud, puede informar al DECO y remitir el soporte documental relevante para consideración y análisis de la Misión.

Quedamos atentos a su estimable valoración y respuesta.".

Se dispone: Agradecer a la Organización de los Estados Americanos por su importante labor de observación de los procesos electorales organizados por estos organismos electorales. Para su atención inmediata, pase a las direcciones generales del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y de Estrategia y Gestión Política-Institucional. ACUERDO FIRME.

C) Invitación a participar en misión de acompañamiento jurisdiccional de UNIORE en la Ciudad de México. Del señor José Thompson, Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH/CAPEL), se conocen notas del 14 de agosto de 2024, mediante las cuales extienden invitaciones para que la señora Magistrada Zetty Bou Valverde y el señor Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia de este Tribunal, participen en la misión de acompañamiento jurisdiccional de UNIORE, que estará participando en una serie de reuniones dirigidas a profundizar en el análisis de sentencias y el desarrollo de la calificación de la elección mexicana, en la Ciudad de México, del 26 al 29 de agosto, indicando que los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por ese Centro.

Se dispone: Agradecer al señor Thompson la invitación que cursa, para lo cual se autoriza la participación de la señora Zetty María Bou Valverde, Magistrada de este Tribunal, así como la del señor Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo de los funcionarios

Cargo que desempeñan

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Zetty Bou Valverde

Magistrada del TSE

Federación de los Estados Unidos Mexicanos

Del 26 al 29 de agosto de 2024

Misión de acompañamiento jurisdiccional de UNIORE

Ninguno.

Ninguno.

Andrei Cambronero Torres

Jefe del Despacho de la Presidencia

 

ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Bou Valverde se abstiene de votar este asunto.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa del proyecto de “Ley reguladora de la identificación electrónica y de los servicios electrónicos de confianza”, expediente n.° 24.052. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área Legislativa VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPAJUR-0128-2024 del 12 de agosto de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, en virtud de la moción aprobada en la sesión N°12 del 6 de agosto de 2024, ha dispuesto realizar consulta a su representada sobre el Texto Base del Proyecto N°24.052: “LEY REGULADORA DE LA IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA Y DE LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE CONFIANZA”, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el 26 de agosto de 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […].".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 21 de agosto de 2024- pase a la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, y a los señores Luis Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 20 de agosto de 2024. Tomen nota el referido funcionario y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 26 de agosto de 2024. ACUERDO FIRME.

B) Respuesta a la consulta legislativa del proyecto de “Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos neurales y biométricos”, expediente n.º 23.667. De la señora Nancy Patricia Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPECTE-0024-2024 del 5 de agosto de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación, en virtud de moción aprobada en sesión N.° 25, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto dictaminado del proyecto de Ley Expediente 23667, “LEY DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS NEURALES Y BIOMÉTRICOS”, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 16 [sic] de agosto de 2024, y de ser posible, enviar el criterio de forma digital. […].".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares. 

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente este proyecto de ley tiene por objeto que se adicione el inciso j) al artículo 3, un nuevo inciso 3) al numeral 5, y un inciso 5) al canon 9 de la Ley de Protección de Persona frente al Tratamiento de sus Datos, Ley n.° 8968, así como la reforma del artículo 1 de la Ley Reguladora de Investigaciones Biomédicas, Ley n.° 9234, además de la adición del numeral 47 bis al Código Civil, Ley n.° 63, con la finalidad de proteger a la persona frente al tratamiento de sus datos recabados por tecnologías biométricas, sean estos, datos neurales o datos biométricos.

III. Sobre el proyecto.

Sobre el caso que nos ocupa, resulta necesario indicar que este mismo proyecto fue consultado mediante oficio n.° AL-CPECTE-0102-2023 del 23 de agosto de 2023, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, suscrito por la señora Nancy Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, cuyo texto fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo sexto, inciso b) de la sesión ordinaria número 80-2023, celebrada el 5 de setiembre de 2023, ocasión en la que este Colegiado en lo que interesa indicó:

“Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.  ACUERDO FIRME.”.

Al advertir que se trata del mismo expediente legislativo y que las modificaciones que constan en el texto dictaminado que ahora se consulta no ocasionan una variación de fondo respecto al originalmente consultado, este Tribunal reitera el criterio expuesto en el acuerdo antes transcrito. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Nada más que vamos un poco apurados porque viene ahora, a las diez, la entrega del honor que nos confieren varias instituciones de definir nuestro edificio o asignarlo a los edificios que van a estar clasificados con bandera azul.”

A las nueve horas y treinta y ocho minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde