ACTA N.º 75-2024

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y un minuto del dieciséis de julio de dos mil veinticuatro, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron –quien preside–, y de las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tienen por leídas y aprobadas las minutas de la sesiones ordinaria n.° 73-2024 y extraordinaria n.° 74-2024, ésta última con excepción del señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron, quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras a junio de 2024. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0545-2024 del 11 de julio de 2024, mediante el cual remite el informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente al mes de junio de 2024.

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0541-2024 del 10 de julio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras Magistradas y del señor Magistrado del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de autorización para firmar certificaciones del Departamento de Civil que detallo a continuación:

 NOMBRE

CÉDULA

OFICINA

OFICIO DE LA

JEFATURA

Luis Geovanni Esquivel Arias

108490664

Regional de Turrialba

CSR-0613-2024

 

Con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al referido funcionario para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrese la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Estudio administrativo para la conformación de la Unidad Técnica de Ética y Valores. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-1567-2023 [sic] del 3 de julio de 2023 [sic], mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Dirección atendió la recomendación n.° 4.2 del Informe de control interno n.° ICI-001-2023 relativo al ambiente ético Institucional -factores informales-, y seguimiento de los informes de control interno n.° ICI-05-2014, ICI-04-2017 e ICI-08-2019, mediante la realización de un estudio administrativo, tendiente a determinar la conformación de una unidad encargada del proceso de inserción de la gestión ética y propiciar una cultura ética en el quehacer institucional.

Consecuentemente, se solicita presentar al Superior el resultado del estudio realizado para tal fin, de conformidad con el artículo 2°, inciso c) del Reglamento de la Dirección Ejecutiva, se establece como una de sus funciones la de “Efectuar y dirigir estudios e investigaciones administrativas para el mejoramiento y modernización de la estructura organizacional …”. Así como por el acuerdo adoptado por el Superior en sesión ordinaria n.° 54-2011 del 7 de junio de 2011, comunicada en oficio n.° STSE-1586-2011 de misma fecha, en el que dispuso;

“En lo sucesivo gestiones análogas que tengan por objeto la reorganización, transformación o creación de puestos de estos organismos electorales serán atendidas únicamente por la Dirección Ejecutiva, instancia a la que corresponde efectuar y dirigir estudios e investigaciones administrativas para el mejoramiento y modernización de la estructura institucional, la que –con fundamento en tales estudios – recomendará lo procedente a este Tribunal, el cual resolverá en definitiva lo que corresponda. Asimismo, en lo sucesivo, las solicitudes de reasignación o reclasificación de puestos serán resueltas en primera instancia sólo por la Dirección Ejecutiva”.  

Las conclusiones y recomendaciones del estudio se consignan de seguido.

9. Conclusiones

9.1    En informe de control interno n.° ICI-01-2023, la Auditoría Interna determinó que en la institución no se cuenta con un diagnóstico sobre el ambiente ético, ni con información actualizada que permita dimensionar la percepción y la efectividad de la puesta en práctica de las acciones realizadas por la Administración, así como el establecimiento de las oportunidades de mejora que procure el fortalecimiento de la gestión ética.

9.2    La institución cuenta con la Comisión de Ética y Valores del TSE (CEV), a la cual le corresponde conducir técnicamente la gestión ética en la institución, por medio del desarrollo de las diferentes etapas del proceso de la gestión ética establecidas en los Lineamientos para las Comisiones y las Unidades Técnicas de Ética y Valores Institucionales en la Gestión Ética emitidos por la Comisión Nacional de Ética y Valores.

9.3    El desempeño de la Comisión se ha visto afectado por diferentes limitaciones, entre las cuales se encuentra su integración, pues está conformada por personas funcionarias de las Direcciones Generales que no se dedican de forma exclusiva y permanente a la Comisión, lo que se suma a la alta rotación de los integrantes, afectando la atención de los planes y cumplimiento de funciones orientadas a la promoción y difusión del tema ético en la institución.

9.4    El Tribunal ha desarrollado acciones que han contribuido con el fortalecimiento del tema ético institucional, generando que el marco ético se ubique actualmente en el grado de madurez “competente”; no obstante, el órgano auditor ha señalado en varios informes de control interno de 2014, 2017, 2019 y 2023, situaciones que no han permitido alcanzar un nivel de madurez mayor del obtenido, determinando que las acciones efectuadas por la Comisión y la Administración, no han sido oportunas, incidiendo en los componentes del marco ético.

9.5    Como parte de los esfuerzos realizados por la Administración y la Comisión de Ética y Valores, a nivel institucional se dispone del Compendio: Marco Ético Institucional del TSE, elaborado por la CEV, aprobado por el Superior en sesión ordinaria n.º 1-2023, del 3 de enero de 2023, para propiciar una cultura ética en el quehacer institucional y robustecer la gestión ética, en cumplimiento del marco normativo vigente.

9.6    A partir de las funciones que le competen a estos organismos electorales, el entorno actual impone nuevos retos, caracterizado cada vez por una mayor exigencia en cuanto a transparencia, calidad, eficiencia en la prestación de los servicios, acceso a la información, imagen institucional y rendición de cuentas, lo que demanda contar con mecanismos y acciones permanentes orientadas a fomentar la gestión de la ética de manera continua, que permitan establecer pautas en las actuaciones y comportamientos de las personas funcionarias y las relaciones de éstas con los grupos de interés de la institución.

9.7    En concordancia con los Lineamientos para las Comisiones y las Unidades Técnicas de Ética y Valores Institucionales en la Gestión Ética que establecen que las instituciones públicas, además de la Comisión pueden tener dentro de su estructura una Unidad Técnica de Ética y Valores, entorno a la realidad del TSE se ha determinado conveniente que la institución cuente con una Unidad de ese tipo que se encargue de la implementación, desarrollo, mantenimiento y mejoramiento del proceso de gestión ética, en todas sus etapas, con impacto en todas las dependencias y en todo el accionar de la institución de manera sistemática y continua, y que mantendrá a su vez una coordinación constante con la CEV.

9.8    Se colige que sobre el proceso de la gestión ética en la Administración Pública, se cuenta con normativa atinente que busca prevenir conductas ímprobas, resolver correctamente los conflictos de interés y gestionar los riesgos de fraude y corrupción, marco normativo que tiene en común aspectos tales como: Compromiso superior, Marco ético, Diagnóstico ético, Capacitación y sensibilización, Personal idóneo, Gestión de riesgos, Respuestas a violaciones a la integridad (sanciones) y la Comunicación constante.

9.9    El estudio administrativo para la creación de la Unidad Técnica de Ética y Valores surge debido a los hallazgos de la Auditoría Interna en diversos informes de control interno y recomendaciones realizadas en diferentes momentos por parte de varias personas coordinadoras que ha tenido la Comisión de Ética y Valores del TSE, externadas en diferentes informes de la CEV al CDIR, y con base en la revisión de la normativa atinente a nivel nacional.

9.10  La toma de comparadores en instituciones públicas permitió recabar información  sobre la forma en que están estructuradas para la atención de la gestión ética, sea por medio de comisiones, secretarías o unidades técnicas, su integración, ubicación jerárquica, nivel profesional de las personas funcionarias que las integran, funciones , entre otros aspectos, concluyendo que si bien es cierto la gran mayoría opera con la figura de la comisión, estas cuentan con personal profesional que desarrolla las labores de forma más expedita y precisa, unas responden directamente al jerarca, otras se ubican en otras dependencias.

9.11  El estudio administrativo realizado determinó conveniente la conformación de la Unidad Técnica de Ética y Valores y su estructura ocupacional. Tal y como se visualiza en el aparte n.° 7 Propuesta, Cuadro n.° 2, que corresponde al desglose de la estructura ocupacional, la que estaría conformada por un puesto de Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores, de la clase Profesional Funcional 1, y un Profesional Asistente en Administración 1, de la clase Profesional Asistente 1, resultando necesario la creación del perfil del primer puesto y la actualización de tareas del perfil del segundo puesto.

9.12  Las funciones que asumirá la referida Unidad, se avocarán a la conducción e inserción del proceso de gestión ética en la institución el cual debe ser continuo y permanente y que a su vez permita propiciar una cultura ética en el quehacer diario institucional, de manera tal que se puedan adoptar las mejores prácticas en materia ética.

9.13  De conformidad con la valoración técnica realizada por el Departamento de Recursos Humanos, del análisis efectuado a las funciones que se le pretenden endosar al puesto Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores, y al Profesional Asistente en Administración 1, según los factores de dificultad, supervisión (ejercida y recibida), responsabilidad, condiciones de trabajo y consecuencia del error del Método Factores y Puntos, se determina que efectivamente las tareas que tendrían asignadas son concordantes con las clases Profesional Funcional 1 y Profesional Asistente 1, respectivamente.

9.14  Para disponer de la estructura indicada en la conclusión 9.10 se dispone de la plaza de cargos fijos n.° 25375 de la clase Auxiliar Operativo 1, Trabajador Misceláneo 1, vacantes que pertenece a la Sección de Servicios Generales, la cual en consonancia con el Plan de estabilización y racionalización de la planilla institucional, se ha determinado que resulta de mayor conveniencia institucional su traslado definitivo a la Dirección Ejecutiva para transformarla a la clase Profesional Funcional 1, como Coordinador/a de la citada Unidad.

9.15  Con respecto al puesto que brindará asistencia profesional en materia administrativa, en este momento la Administración no cuenta con plazas vacantes disponibles de esta categoría o para transformar, de manera tal que esta será provista a la Unidad cuando se disponga de un puesto para tal fin.

9.16  Con base en el análisis efectuado se concluye que resulta de mayor conveniencia y oportunidad para la Administración la ubicación de esa nueva unidad administrativa en la Dirección Ejecutiva, como jerarca administrativo, además que dispone de las condiciones adecuadas que le permitirán asumir el proceso de la gestión ética en la institución.

9.17  Las funciones que tendrán asignadas la Unidad Técnica y la Comisión serán las determinadas en los Lineamientos para las Comisiones y las Unidades Técnicas de Ética y Valores Institucionales en la Gestión Ética, en su aparte 5.4. Funciones de las comisiones y las unidades técnicas de ética y valores institucionales.

9.18  Con base en lo indicado en la conclusión n.° 9.14. resultará necesario que la CEV realice una revisión general del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Ética y Valores del TSE vigente y formule la modificación respectiva, especialmente en lo atinente a las funciones que le corresponderá asumir a partir de la creación de la Unidad Técnica de Ética y Valores.

9.19  El análisis realizado permite determinar que la ubicación de la Unidad Técnica de Ética y Valores en la estructura organizacional no dependería directamente del jerarca, sino más bien dentro de la estructura de la Dirección Ejecutiva, como jerarca administrativo.

9.20  Con base en el análisis de la información recabada se tiene que la creación de la Unidad Técnica no elimina la Comisión de Ética y Valores, sino que les tocaría coordinar en lo que a cada una competa, según la división de funciones que se menciona en el aparte 7. Asimismo, se aclara que tanto la Comisión como la Unidad Técnica no constituyen un Tribunal de Ética ni ningún tipo de órgano disciplinario. Cualquier asunto en materia disciplinaria o legal deberá resolverse por las vías correspondientes dispuestas por la Administración.

9.21  La Unidad Técnica de Ética y Valores al igual que las demás dependencias institucionales deberá generar el Plan Operativo Anual en el que plasme sus necesidades de requerimientos. Sin embargo, se aclara que para el presente ejercicio económico el presupuesto institucional ya se encuentra en ejecución y para el presupuesto del año 2025, el Anteproyecto de Presupuesto ya fue remitido al Ministerio de Hacienda.

9.22  Es necesario que la Dirección Ejecutiva adopte las acciones necesarias para la actualización de la Ficha de la Unidad Administrativa, actualice el Manual de Procedimientos de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Unidad de Control Interno, y dentro del citado Manual lo correspondiente a indicadores misionales y de gestión, entre otros, para lo cual podrá contar con el acompañamiento del Área de Planificación Institucional y la Unidad de Control Interno. Asimismo, las gestiones respectivas para la gestión documental y las siglas para la nueva Unidad, de acuerdo con lo establecido por el Archivo Central, en un plazo razonable de tres meses.

10     Recomendaciones

10.1  Que se apruebe la conformación de la Unidad Técnica de Ética y Valores, dentro de la estructura organizacional de la Dirección Ejecutiva.

10.2  Que se apruebe la propuesta de integración de la Unidad Técnica de Ética y Valores, cuyo detalle se consigna en el aparte n.° 7, Cuadro n.° 3 [sic] que corresponde al desglose de la estructura ocupacional.

10.3  Que se transforme el puesto de cargos fijos n.° 25375 que actualmente es de la clase Auxiliar Operativo 1, Trabajador Misceláneo 1, al puesto Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores, de la clase Profesional Funcional 1, lo que cuenta con la valoración técnica del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01, para lo cual la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir de la firmeza del acuerdo.

10.4  Que el Superior emita la resolución de traslado definitivo de la plaza n.° 25375 de la Sección de Servicios Generales a la Dirección Ejecutiva, con rige a partir del 16 de julio de 2024.

10.5  Que con base en la directriz establecida en oficio n.° STSE-0463-2017, del 15 de marzo de 2017, el Superior someta a conocimiento de las agrupaciones sindicales, los perfiles que se adjuntan en los anexos números 4 y 5, con el fin de que el Superior proceda con la aprobación del nuevo perfil correspondiente al puesto Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores, así como la modificación del perfil del puesto Profesional Asistente en Administración 1, los cuales cuentan con la validación técnica del Departamento de Recursos Humanos y la revisión de la Dirección Ejecutiva.

10.6  Que el Departamento de Recursos Humanos proceda, a partir de la aprobación del Superior según corresponda, con la actualización de las descripciones de los puestos del Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores y el Profesional Asistente en Administración 1, y las clases respectivas.

10.7  Que la Dirección Ejecutiva en coordinación con las unidades técnicas respectivas provea los recursos necesarios para el óptimo funcionamiento de la Unidad Técnica, tales como el espacio físico, insumos de índole tecnológico y mobiliario, así como el puesto para asumir la función de asistencia administrativa, Profesional Asistente en Administración 1.

10.8  Que la Dirección Ejecutiva, en el plazo de 9 meses, disponga de una plaza para la asistencia profesional en materia administrativa, ya sea de la categoría del Profesional Asistente 1, o para transformar.

10.9  Que la Dirección Ejecutiva proceda a tramitar los nombramientos respectivos y de previo –si así lo considera y resulta conveniente- gestionar la dedicación exclusiva de los puestos correspondientes al puesto Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores y del Profesional Asistente en Administración 1, cuando se disponga de la plaza, quienes deberán cumplir con los requisitos, según lo establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.

10.10          Que el puesto de Coordinador/a de la Unidad de Ética y Valores forme parte permanente de la Comisión de Ética y Valores del TSE.

10.11          Que a partir de la aprobación para constituir la Unidad Técnica de Ética y Valores, en un plazo de 2 meses, la Comisión de Ética y Valores, remita al Superior la propuesta de reforma al Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Ética y Valores del TSE vigente, principalmente en lo que compete a la modificación de las funciones que se señalan en el aparte n.° 7 del presente estudio administrativo, que tendrá a cargo a la Comisión.

10.12          Que una vez entre en funcionamiento la Unidad Técnica de Ética y Valores coordine lo que corresponda con la Comisión, a razón de las funciones que les tocará desempeñar a cada instancia

10.13          Que una vez entre en funcionamiento la Unidad Técnica de Ética y Valores, la Comisión de Ética y Valores, tendrá que realizar la revisión de los objetivos e indicadores relacionados con el Plan Operativo Anual, para lo cual podrá contar con el acompañamiento del Área de Planificación Institucional de la Dirección Ejecutiva.

10.14          Que la Dirección Ejecutiva coordine con el Archivo Central lo pertinente a la designación de siglas y lo relativo a la gestión documental.

10.15          Que la Dirección Ejecutiva actualice su Manual de Procedimientos, a partir de la inclusión de su nueva estructura organizacional.

10.16          Que con la inclusión de la Unidad Técnica de Ética y Valores se apruebe la nueva estructura de la Dirección Ejecutiva, a partir del 16 de julio de 2020  [sic].

10.17          Que la Dirección Ejecutiva gestione a lo interno lo respectivo, a efectos de que el Área de Planificación Institucional, considere lo que corresponda en la Ficha de Unidad Administrativa de la Dirección.

10.18          Que la Dirección Ejecutiva aplique los ajustes que correspondan en el organigrama y solicite al Webmáster institucional, la publicación en la página web del TSE.

10.19          Que el Departamento de Recursos Humanos en un periodo de un año proceda a brindar seguimiento ocupacional a los puestos Coordinador/a de la Unidad Técnica de Ética y Valores y el Profesional Asistente en Administración 1 que conformarán la Unidad Técnica de Ética y Valores.

10.20          Que la Dirección Ejecutiva tome nota para efectos de la actualización correspondiente en la Relación de Puestos correspondiente, con base en las resoluciones que deberá emitir el Superior.".

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Ahí nada más, aunque en el escrito se puso “sic”, creo que si es importante aclarar que se refiere al 2024, tanto el oficio DE-1567, como su fecha.”

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. 2.- Procedan con lo de sus cargos los despachos concernidos. 3.- Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. 4.- Respecto de la recomendación 10.5 del citado informe y de acuerdo con lo dispuesto por este Pleno en la sesión ordinaria n.° 4-2023, celebrada el 12 de enero de 2023, se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y al Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), por el plazo de cinco días hábiles, para lo cual la Dirección Ejecutiva suministrará a los estimables representantes sindicales la información que sea de su interés. ACUERDO FIRME.

B) Criterio de la Auditoría Interna respecto de la solicitud de prórroga del Departamento de Recursos Humanos para el cumplimiento de recomendación en informe especial. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-273-2024 del 5 de julio de 2024, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 70-2024, celebrada el 2 de julio de 2024, rinde criterio sobre la solicitud realizada por la Jefa del Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° RH-1567-2024 del 28 de junio de 2024, en torno a la prórroga del plazo establecido para el cumplimiento la recomendación 1.6 del IES-001-2015.

Se dispone: En virtud de lo indicado por la Auditoría Interna, en oficio n.° AI-273-2024, y en razón de que este Tribunal está sometido a plazos legalmente establecidos para la atención de las recomendaciones contenidas en los informes de Auditoría Interna, lo que obliga a actuar con la mayor diligencia e inmediatez a fin de que no se consoliden eventuales responsabilidades administrativas, según se establece en el artículo 39 de la Ley General de Control Interno, y siendo que la señora Ortiz Campos solicita la prórroga fuera de plazo y no adjuntó a su petición evidencia que respalde su solicitud, se deniega la solicitud de prórroga al 20 de noviembre del presente año como se solicitó. Sin embargo, atendiendo los principios de razonabilidad y proporcionalidad, se le otorga a la señora jefa del Departamento de Recursos Humanos un plazo improrrogable de dos meses a partir de la firmeza de este acuerdo, a fin de que cumpla a cabalidad con las recomendaciones contenidas en el informe de la Auditoría Interna que se conoce. ACUERDO FIRME.

C) Criterio de la Auditoría Interna respecto de la solicitud de prórroga del Departamento de Recursos Humanos para el cumplimiento de recomendación en asesoría. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-288-2024 del 11 de julio de 2024, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 70-2024, celebrada el 2 de julio de 2024, rinde criterio sobre la solicitud realizada por la Jefa del Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° RH-1586-2024 del 22 de junio de 2024, en torno a la prórroga del plazo establecido para el cumplimiento de la asesoría AS-AI-002-2023.

Se dispone: En virtud de lo indicado por la Auditoría Interna, en oficio n.° AI-288-2024, en razón de que este Tribunal está sometido a plazos legalmente establecidos para la atención de las recomendaciones contenidas en los informes de Auditoría Interna, lo que obliga a actuar con la mayor diligencia e inmediatez a fin de que no se consoliden eventuales responsabilidades administrativas, según se establece en el artículo 39 de la Ley General de Control Interno, siendo que la señora Ortiz Campos solicita una prórroga para la atención de este asunto y que, a pesar de que cumple con las formalidades que regula el artículo 14 del Reglamento para el Seguimiento de las Recomendaciones y Acciones de Mejora Emitidas en los Informes de Auditoría Interna del TSE, se deniega la solicitud de prórroga al 20 de diciembre del presente año como se solicitó. Sin embargo, atendiendo los principios de razonabilidad y proporcionalidad, se le otorga a la señora jefa del Departamento de Recursos Humanos un plazo improrrogable de tres meses, a partir de la firmeza de este acuerdo, a fin de que cumpla a cabalidad con las recomendaciones contenidas en el informe de la Auditoría Interna que se conoce. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Invitación de la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia para participar del curso bimodal de círculos de paz. De la señora Sara Virginia Castillo Vargas, Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (Conamaj), se conoce oficio n.° of-104-CONAMAJ-2024 del 10 de julio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Sirva la presente para saludarle y, a la vez, poner a disposición del Tribunal Supremo de Elecciones una edición del curso bimodal de círculos de paz en el segundo semestre del presente año, el cual es impartido por la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (Conamaj), con el apoyo de la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial.

Esta edición especial del curso de círculos de paz sería dedicaba con exclusividad para que personal de diferentes áreas de interés del Tribunal pueda participar, con un cupo máximo de 20 personas.

El curso se imparte bajo una modalidad mixta, una parte virtual y otra parte presencial, con el objetivo de que las personas participantes fortalezcan sus capacidades personales y profesionales para la gestión de conflictos, fomenten el diálogo y consenso en el abordaje de controversias, así como promuevan la sana convivencia social y laboral.

Se trata de un curso de aprovechamiento por 36 horas, certificado emitido por la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, lo que implica evaluaciones permanentes en cada fase del proceso de formación.

Conamaj pone a disposición esta oferta de capacitación para el personal de Tribunal con el espíritu de apoyar al recurso humano en el mejoramiento de sus habilidades blandas y conocimiento profesional en la autogestión de conflictos desde un enfoque restaurativo.".

Se dispone: Agradecer a la señora Castillo Vargas el gentil ofrecimiento para participar de tan importante actividad de capacitación, el cual se acepta. Para coordinar lo necesario, se designa a la señora Mary Anne Mannix Arnold, Encargada de seguimiento del Programa consultivo Conversemos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de permiso para atención de asuntos sindicales. De la señora Fanny Sequeira Mata, Secretaria General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, se conoce oficio n.° CTRN-2024 [sic] del 11 de julio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta: 

"La Confederación de Trabadores [sic] Rerum Novarum CTRN les saluda y a la vez solicita respetuosamente, se le brinde el permiso respectivo al compañero Julio Cesar [sic] Arroyo López, Suplente N°3 de nuestro Comité Ejecutivo, para que participe, en representación de nuestra Confederación, en la reunión de cooperación de estudio para salarios vitales a realizarse el martes 16 de julio de 2024, a partir de la 1:00 p.m. en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 7mo piso.".

Se dispone: Autorizar la participación del señor Arroyo López. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, así como la inmediata del señor Arroyo López. ACUERDO FIRME.

A las diez horas y once minutos terminó la sesión.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla